PROGRAMA CICs 2008
Departamento / Organismo Autónomo
Industria, Comercio y Turismo
Dirección de Tecnología
La financiación de los planes de acción global actuación que presentan los agentes científico-tecnológicos CICs para los ejercicios 2008, 2009 y 2010.
Los Centros de Investigación Cooperativa acreditados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Subvenciones a fondo perdido.
DECRETO 130/2008, de 8 de julio, por el que se habilita a la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, para la modificación y derogación de programas de ayudas en el ámbito de su competencia.
ORDEN de 4 de agosto de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de Investigación Cooperativa. Programa CICs.
RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2008, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2008, en el marco establecido por la Orden que regula el programa de apoyo a los Agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación acreditados en la categoría de Centros de Investigación Cooperativa.
Dirección de Tecnología
Elena Torner
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 82 54
E-mail: e-torner@ej-gv.es
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
E-mail: mgarcia@spri.es
Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud adjunta y cumplimentarla con los siguientes documentos:
- Datos generales del beneficiario.
- Acreditación del Agente Tecnológico como integrante en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación
- Fotocopia del poder notarial de la persona solicitante.
- Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.
- Justificación documental de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social en el momento de presentarse la solicitud.
- Certificado de estar al corriente con Hacienda Foral o autorización expresa del peticionario facultando a la Administración de la C.A.P.V. a solicitar directamente a los órganos competentes en materia tributaria, la expedición de certificación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias por los solicitantes de las ayudas y subvenciones.
- Declaración del solicitante en el que se harán constar las ayudas obtenidas y las solicitadas para las mismas actividades a cualquier Administración o ente público. De la misma forma se contraerá el compromiso de comunicar al Departamento de Industria, Comercio y Turismo cualquier otra solicitud que efectúe para la financiación de idénticas actividades del Agente Científico-Tecnológico.
- Declaración de que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
- Plan de acción global 2008/2010. Ver modelo adjunto.
- Memoria económica relativa a los contenidos del Plan de Acción Global con detalle por concepto contable de las actividades no económicas planteadas y resumen del esquema de financiación de estas.
26/08/2008 - 09/09/2008
Gobierno Vasco
Dirección de Tecnología
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo
General Concha, 23
48010 Bilbao
Oficina Territorial de Industria, Comercio y Turismo
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
El proceso a grandes rasgos es el siguiente:
- La recepción y subsanación de solicitudes la realiza la Dirección de Tecnología.
- La evaluación de los planes de actuación se realiza en la SPRI.
- Se tramitan las propuestas de resolución a la Oficina de Control Económico.
- La resolución la realiza el Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial y el pago posterior lo efectúa la Dirección de Tecnología.
- El seguimiento y control posterior lo realiza también la Dirección de Tecnología.
Viceconsejeria de Tecnología y Desarrollo Industrial.
Dos meses desde la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.
Desestimatorios
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
- impreso de solicitud
- plan de acción global
- memoria económica
-
Las ayudas a conceder en el marco del presente programa de ayudas tienen por objeto la financiación de los Planes de Acción Global de los CICs integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Las actividades a incluir en los Planes de Acción Global deberán, en su caso, incluir aquellas actividades de investigación previstas o iniciadas en el marco de los instrumentos de promoción del Espacio Europeo de Investigación diseñados a tal efecto en los Programas Marco de la Unión Europea y, específicamente, aquellos compromisos de investigación adquiridos por los Agentes dentro de los programas de trabajo de las Redes de Excelencia Europeas en las que se encuentran insertos.
Es necesario establecer el escenario de financiación para las actividades relacionadas en el Plan de Acción Global, detallando los orígenes obtenidos hasta el momento y la previsión para el resto del período de la ayuda.
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
24/07/2008