a) Estudio y, en su caso, informe técnico-jurídico de los Proyectos de disposiciones normativas, Propuestas de Acuerdo o Convenios presentados por las Direcciones del Departamento .
b) Tramitación de los asuntos que deban ser sometidos al Consejo de Gobierno o Comisión Delegada para Asuntos Económicos, así como de los que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco u otros Boletines Oficiales.
c) Elaboración de dictámenes técnicos y asesoramiento jurídico en general en materias propias del Departamento, a propuesta de los órganos del mismo.
d) Relaciones institucionales con los Colegios de Notarios y Registradores, así como la tramitación de los expedientes relativos a sus respectivos nombramientos.
e) Realizar estudios e informes sobre demarcaciones judiciales, notariales y registrales.
f) Régimen general de las Asociaciones de competencia de esta Comunidad Autónoma y llevanza del Registro creado a tal efecto, y coordinación, dirección y supervisión de la las Oficinas Territoriales de Asociaciones, así como el Protectorado de las Asociaciones declaradas de Utilidad Pública.
g) Régimen general de las fundaciones de competencia de esta Comunidad Autónoma y llevanza del Registro creado a tal efecto así como el ejercicio de las funciones que corresponden al Protectorado de dichas fundaciones.
h) Ejercicio de las funciones institucionales, generales y corporativas relacionadas con los Colegios Profesionales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, y sin perjuicio de las relaciones que, respecto a éstos, mantengan los Departamentos en su ámbito sectorial.
i) Ordenación, gestión y actualización de la Biblioteca, del Fondo Documental y Archivo del Departamento.
j) Seguimiento de la legislación, jurisprudencia y doctrina de interés para el Departamento.
k) Planificación y, en su caso, ejecución de los programas de estudios e investigación del Departamento, así como elaboración de informes generales y dictámenes técnicos que se deriven de los mismos.
l) Elaboración del Plan Estadístico Departamental colaborando con el Euskal Estatistika-Erakundea / Instituto Vasco de Estadística en la elaboración del Plan Vasco de Estadística y de los Programas Estadísticos anuales.
m) Apoyo técnico a cualquier órgano del Departamento en materias relacionadas con las estadísticas departamentales.
n) Ejercicio de las competencias y facultades atribuidas al órgano estadístico específico del Departamento, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 32/1996, de 13 de febrero.
o) Actuar como órgano de relación y coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior para la ejecución del Acuerdo de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos sobre medidas de coordinación para la intervención del Gobierno Vasco en la elaboración y aplicación de la normativa y de las políticas de la Unión Europea, así como con los demás órganos de la Lehendakaritza.