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Acuerdos adoptados por el Consejo del Gobierno Vasco
(9 / 02 / 2010)

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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

Decreto Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración con el Ministerio de Ciencia e Innovación para el desarrollo del protocolo general relativo al programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3) para el año 2009.
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Se aprueba el Programa de Apoyo a las PYMEs y trabajadores autónomos dotado con 600 millones de euros
Informe sobre el Plan Anual de Auditoria para el año 2010
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Acuerdo por el que se aprueban instrucciones de tramitación en el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general con rango de Decreto y otras medidas encaminadas a su ordenación.
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Acuerdo por el que se manifiesta la voluntad asociativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para ingresar en la Asociación Agrupación de Usuarios del Puerto de Pasaia/Pasaiko Portuaren Erabiltzaileen Elkartea, GIPORT, y se designa representante en la Junta Directiva.
Acuerdo de autorización para la celebración de un contrato de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para las obras de instalaciones eléctricas y equipos del tramo Ariz-Basauri de la Línea 2 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.

Acuerdo de autorización para la celebración de un contrato de obras de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para la construcción de los accesos mecanizados para las estaciones de Uribarri y Arizgoiti de la Línea 2 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros en concepto de prestación económica de renta de garantía de ingresos (RGI), establecida en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la garantía de ingresos y para la inclusión social.
DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO
Orden por la que se desarrolla el programa de ayudas económicas destinadas a Entidades Locales y Entidades promovidas por ellas para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN:
420.000 € PARA INTENSIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA

El Consejo de Gobierno ha acordado, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, la suscripción de un Convenio Específico de Colaboración con el Ministerio de Ciencia e Innovación para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3).

Mediante este convenio el Ministerio de Ciencia e Innovación, se compromete a transferir a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco 420.000 €, para incentivar la captación e incorporación estable de 4 profesores/as investigadoras con una trayectoria investigadora destacada.

Esta aportación se hará de la siguiente forma: 260.000 € en el año 2010 y 160.000 € en el 2011.

 


DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA:
PROGRAMA DE APOYO FINANCIERO A PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EMPRESARIOS INDIVIDUALES Y PROFESIONALES AUTONOMOS

Se aprueba el Programa de Apoyo a las PYMEs y trabajadores autónomos dotado con 600 millones de euros.

Las operaciones de préstamo formalizadas estarán avaladas por las Sociedades de Garantía Recíproca.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma 2010 autorizan al Gobierno a aprobar, a propuesta del Departamento de Economía y Hacienda, un programa de apoyo a la financiación de las empresas vascas dotado con un máximo de 600 millones de euros.

El objetivo del Programa se concreta en financiar las necesidades de circulante de las PYMEs y autónomos; la renovación de la deuda a corto plazo, la adecuación de la deuda a corto plazo en deuda a medio y a largo plazo.

La prolongación de la crisis económica y la profundización de sus efectos se caracterizan, entre otras cuestiones, por las dificultades de acceso a la financiación. Con este Programa de Apoyo se pretende prorrogar el funcionamiento de la línea equivalente del año 2009 con la actualización de algunas de sus características. El Decreto regula las condiciones de acceso al crédito, sus beneficiarios, la disponibilidad de recursos y las condiciones de los créditos y prestamos.

Todas las operaciones de préstamo formalizadas en virtud de lo establecido en el presente Decreto deberán estar avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca. La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Sociedades de Garantía Recíproca operantes en la misma suscribirán un Convenio que dotará de un sistema de garantías a las operaciones financieras avaladas por las citadas Sociedades.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Entidades Financieras suscribirán, asimismo, Convenios de Colaboración con el objeto de formalizar los préstamos a favor de los beneficiarios.

CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE AVAL

1.- Los avales financieros otorgados por las Sociedades de Garantía Recíproca garantizarán riesgos dinerarios de los beneficiarios ante las Entidades Financieras colaboradoras derivados de operaciones de préstamo destinadas a la cobertura de las necesidades definidas en el artículo primero de este Decreto.

2.- El coste y condiciones de los avales serán los siguientes:

- Comisión de estudio: 0,15% del principal del préstamo, por una sola vez a la solicitud del aval.

- Comisión de aval: 0,50 % anual. Se aplicará anticipadamente con fecha 1 de enero sobre el saldo medio anual del préstamo avalado. En el año de su formalización y el de su vencimiento definitivo se aplicará sobre el saldo medio de forma proporcional al número de días efectivamente transcurridos hasta fin de año o hasta el vencimiento.

-No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional.

CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES DE PRÉSTAMO

La cuantía de los préstamos estará comprendida:

a) Entre 50.000 € y 600.000 € para pequeñas y medianas empresas.

b) Entre 10.000 € y 100.000 € para empresarios individuales y profesionales autónomos.

c) Para el cómputo de estos importes se acumularán los saldos vivos de operaciones de financiación concedidas al amparo del Decreto 229/2008, de 30 de diciembre y del Decreto 230/2008, de 30 de diciembre, existentes a la fecha en que se efectúe una solicitud de financiación al amparo de este Decreto.

2) El plazo de las operaciones de préstamo será de tres años, con uno de carencia opcional para la amortización. La liquidación de intereses y de cuotas de amortización se efectuará con periodicidad trimestral, por períodos vencidos.

3) El tipo de interés aplicable será el Euribor más un margen del 1,50%. El tipo de interés de los préstamos se revisará trimestralmente.

4) No se aplicará ningún tipo de comisión o gasto adicional.

5) El prestatario podrá cancelar o amortizar anticipadamente el préstamo sin coste alguno.

CONVOCATORIAS

1.- El acceso a las líneas de financiación reguladas por este Decreto será objeto de convocatoria que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y se realizará bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

La convocatoria se realizará por Orden del Consejero de Economía y Hacienda y precisará el importe total de los recursos disponibles, el plazo y lugar para la presentación de solicitudes y demás aspectos de procedimiento, e incluirá la relación de las Sociedades de Garantía Recíproca y Entidades Financieras colaboradoras en la convocatoria.

2.- Se garantizará en la convocatoria o conjunto de convocatorias un importe mínimo de 50 millones €, ampliable en caso de suficiente demanda a 150 millones €, para el colectivo de empresarios individuales y autónomos definidos en la Sección Segunda del Capítulo I de este Decreto.

No obstante, el Departamento de Economía y Hacienda podrá reasignar los importes en caso de insuficiencia en la demanda de financiación en alguno de los colectivos objetos de este Decreto.

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA:
PLAN DE AUDITORIA DEL EJERCICIO 2010

La Ley 14/1994 de control económico y contabilidad de la CAPV establece que “las actuaciones de control económico-financiero y de gestión se incluirán en el Plan Anual de Auditorias elaborado por la Oficina de Control Económico”.

Del citado plan son destacables los siguientes puntos:

- El seguimiento de la implantación del Modelo y Guía de Gobierno Responsable para los Entes, Sociedades y Fundaciones del Sector Público de la CAPV.

- La realización de auditorías financieras de todos los Entes Públicos de Derecho Privado y Sociedades Públicas que conforman el Sector Público Empresarial de la CAPV , así como del Consejo de relaciones Laborales y de la Agencia Vasca de Protección de Datos. También se obtendrán los informes de auditoría de sociedades participadas.

- Las auditorías de los procedimientos de gestión de los servicios de la Administración.

- La auditoría de las cuentas anuales del Organismo Pagador de las ayudas FEAGA y FEADER y los relativos a los controles de las formas de intervención cofinanciadas por los Fondos Estructurales y de Cohesión europeos.

- La auditoría de la gestión de 30 centros escolares públicos con autonomía de gestión.

- El Control financiero permanente sobre la actividad de OSAKIDETZA.

- El análisis de ayudas y subvenciones a determinadas entidades colaboradoras y beneficiarios.

 


DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
MEDIDAS PARA MEJORAR Y AGILIZAR LA TRAMITACIÓN DE DECRETOS

El Consejo de Gobierno, a propuesta del Departamento de Justicia y Administración Pública, ha aprobado en su reunión de hoy un nuevo modelo de tramitación administrativa de los proyectos de elaboración de disposiciones de carácter general, con rango de decreto, dentro del marco jurídico de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, de procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general.

El acuerdo establece una serie de instrucciones que deben cumplir los órganos del Gobierno que tramitan la aprobación de los decretos, a fin de promover un mayor conocimiento de las iniciativas reglamentarias de los Departamentos. Para ello se crea un espacio colaborativo en el que los operadores jurídicos de la Administración aportarán sugerencias y observaciones que contribuyan a una visión más extensa y compartida de los contenidos de la futura norma.

Para agilizar la tramitación se contempla simultanear, siempre que una norma no lo impida, todos los trámites legalmente previstos para la elaboración de la norma (audiencia, información pública, participación de otras administraciones, solicitud de informes y dictámenes).

En la misma línea, el acuerdo encomienda a la Dirección de Innovación y Administración Electrónica la creación de una herramienta informática que permita realizar una experiencia piloto de tramitación de decreto por vía telemática.

 


DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES:
EL GOBIERNO PARTICIPARÁ COMO SOCIO INSTITUCIONAL EN LA AGRUPACIÓN DE USUARIOS DEL PUERTO DE PASAIA

El Gobierno ha manifestado su voluntad de integrarse, a través del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, como socio institucional en la Asociación Agrupación de Usuarios del Puerto de Pasaia/Pasaiko Portuaren Erabiltzaileen Elkartea, Giport.

Para ello, promoverá el procedimiento de admisión como socio institucional mediante el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, manifestando su adhesión a los fines de la Asociación.

Asimismo, participará en la financiación de GIPORT a través de la cuota que resulte de aplicación y que se instrumentará mediante el otorgamiento de la correspondiente subvención.

El 26 de marzo de 2009 se constituyó esta Asociación, integrada por entidades públicas y privadas que constituyen la Comunidad Portuaria de dicho Puerto.

Es una Asociación sin ánimo de lucro constituida con el fin de promover, fomentar y apoyar el desarrollo y la aplicación de la logística intermodal en el Puerto de Pasaia, así como de velar por los intereses generales, presentes y futuros, de los agentes, clientes y usuarios del hinterland portuario.

GIPORT cuenta en la actualidad con 34 socios, en su mayoría empresas usuarias que operan en el Puerto –estibadores, operadores de transporte ferroviario, por carretera y marítimo, empresas navales, empresas de servicios portuarios–, y empresas clientes.

Sus Estatutos, al referirse a la clase de socios que pueden integrarla, prevén la figura del socio Institucional –Administraciones Públicas, entre otros entes– que, adhiriéndose de forma activa a los fines de la Asociación, participe en sus órganos de gobierno con carácter permanente, asumiendo una contribución económica como mínimo 20 veces superior a la cuota de los socios Fundadores y Ordinarios.

El Departamento de Transportes ha considerado oportuno para el eficaz cumplimiento de los intereses portuarios comunitarios promover su integración en la Asociación en calidad de socio institucional.

Si bien es cierto que el Puerto de Pasaia es un puerto de interés general, y, en consecuencia de competencia estatal, desde el año 1997 las Comunidades Autónomas en cuyos litorales se ubican puertos de dicha categoría han asumido de forma indirecta la responsabilidad de la política portuaria a través de la designación de los órganos de gobierno de las respectivas Autoridades Portuarias, entes gestores de los puertos.

En concreto, por lo que se refiere a la CAE, el Decreto 82/1998, de 5 de mayo, otorgó la competencia al Consejo de Gobierno para designar y separar a los Presidentes de las Autoridades Portuarias de Bilbao y Pasaia, así como a los vocales de sus respectivos Consejos de Administración, y ello a propuesta del titular del Departamento competente en materia de transportes y obras públicas que, por lo demás, está representado en dicho Consejo con 4 vocales.

Así las cosas, el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes se ha marcado como uno de sus principales objetivos el desarrollo de una política de apoyo a los diferentes sectores profesionales relacionados con las áreas de su competencia –puertos y transporte marítimo–, representando la integración en GIPORT una decidida apuesta por el fomento de la actividad portuaria y la mejora de la competitividad del Puerto de Pasaia.

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES:
APROBADA LA REALIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y EQUIPOS PARA EL TRAMO ARIZ-BASAURI Y PARA LOS ACCESOS MECANIZADOS DE LAS ESTACIONES DE URIBARRI Y ARIZGOITI DE LA LÍNEA 2 DEL METRO DE BILBAO

El Consejo de Gobierno ha autorizado que el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes contrate las obras por un importe de alrededor de siete millones setecientos seis mil euros para la realización de las instalaciones eléctricas y equipos para el tramo Aritz-Basauri de la línea 2 del metro de Bilbao.

Asimismo ha acordado la contratación por un importe de alrededor diez millones doscientos mil euros las obras para la realización de los accesos mecanizados para las estaciones de Uribarri y Arizgoiti de la línea 2.

 


DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES:
EL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES DESTINA 320 MILLONES DE EUROS A LA RENTA DE GARANTÍA DE INGRESOS

A propuesta de la consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, el Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 281,4 millones de euros para la hacer frente a las solicitudes de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) durante 2010. Igualmente, el Gobierno destinará 43,1 millones de euros a la financiación de la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) para el ejercicio 2010.

La RGI es una prestación periódica de naturaleza económica dirigida a las personas integradas en una unidad de convivencia que no dispongan de ingresos suficientes para hacer frente tanto a los gastos asociados a las necesidades básicas como a los gastos derivados de un proceso de inclusión social.

Las PCV son, igualmente, prestaciones articuladas como un complemento de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) que se dirigen a cubrir las necesidades relacionadas con los gastos de alquiler de la vivienda o del alojamiento habitual de las personas titulares de esta prestación.

Ambos casos se rigen por el principio de la corresponsabilidad, lo que implica que todos los perceptores de las ayudas deberán realizar, a través del llamado convenio de inclusión, una serie de tareas dirigidas a facilitar su autonomía económica y personal en el menor tiempo posible. Para el Gobierno vasco, el esfuerzo económico que está realizando Euskadi en esta materia, que le ha llevado a alcanzar el mayor nivel de cobertura de prestaciones de todo el Estado, debe de estar íntimamente relacionado con la exigencia de la activación laboral y formativa de las personas perceptoras.

 


DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO:
AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERESES DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS Y USUARIAS

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden por la que se desarrolla el programa de ayudas económicas destinadas a Entidades locales y Entidades promovidas por ellas, para la promoción y defensa de los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias.

La Dirección de Consumo, continúa así con la política de apoyo a las Oficinas Municipales de Información a las Personas Consumidoras.

Estas ayudas, con un importe económico de 1.110.600 euros, tienen por objeto sufragar los gastos de instalación, reforma, equipamientos o cambio de ubicación de centros y servicios destinados a OMIC; sus gastos de funcionamiento, así como los derivados de actividades de formación, divulgación e inspección de consumo que realicen estas oficinas.

 


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Ultima modificación: 9-02-2010

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