Excmo. Sr. D. Patxi López Álvarez
Nafarroa kalea, 2
01007 Vitoria-Gasteiz (Álava)
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1.- Para el ejercicio de las funciones que le atribuyen el Estatuto de Autonomía, la Ley de Gobierno y otras disposiciones legales, el Lehendakari estará asistido por los órganos integrados en la Presidencia del Gobierno, cuya estructura y funciones se determinarán mediante Decreto. Se asignan a la Presidencia del Gobierno las siguientes áreas de actuación:
a) La asistencia al Lehendakari en las funciones de coordinación de la acción del Gobierno.
b) Las relaciones y comunicaciones con el Parlamento y el Ararteko y las de carácter interinstitucional.
c) Impulso y desarrollo de las relaciones de cooperación, coordinación, planificación conjunta y articulación institucional del País Vasco.
d) El diseño y la aplicación de la Gobernanza Pública Vasca en la definición, coordinación y ejecución de las políticas públicas.
e) La política de desarrollo autonómico y la coordinación, a tal efecto, de las actuaciones de los Departamentos.
f) La Secretaría del Gobierno.
g) El Boletín Oficial del País Vasco.
h) Portavoz del Gobierno.
i) Política informativa y de comunicación del Gobierno ante los medios de comunicación, así como de nuevas tecnologías y producción multimedia.
j) Relaciones sociales e institucionales.
k) Política del Gobierno en materia de Asuntos Europeos, Cooperación Transfronteriza e Interregional y Colectividades y Centros Vascos.
l) Política de representación y proyección de Euskadi en el exterior.
m) Política de igualdad de oportunidades en materia de género.
Decreto 175/2011, de 26 julio, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno-Lehendakaritza. (BOPV 149; 08-08-11).
Decreto 39/2011, de 22 de marzo, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno–Lehendakaritza, (BOPV 59; 25-03-11).
Decreto 1/2010, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Presidencia del Gobierno–Lehendakaritza, (BOPV 11; 19-01-10).
Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV 148 ; 4-08-09).
Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV 86; 9-05-09).;
3.- Están así mismo adscritos y/o vinculados a Lehendakaritza, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:
a) Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación, creado y regulado por el Decreto 1/2007, de 17 de abril, del Lehendakari.
b) Comisión Interdepartamental de Publicidad, creada por el Decreto 151/1989, de 18 de abril.
c) Comisión Interdepartamental de Acción Exterior, regulada por el Decreto 127/2007, de 31 de agosto.
d) Consejo Asesor de Relaciones con las Colectividades Vascas, regulado por el Decreto 234/1995, de 11 de abril.
e) Comisión Interinstitucional de Cooperación al Desarrollo, creada por la Ley 1/2007, de Cooperación al Desarrollo, y regulada por el Decreto 71/2009, de 24 de marzo.
f) Consejo Vasco de Cooperación al Desarrollo, creado por la citada Ley 1/2007, y regulado por el Decreto 158/2008, de 16 de septiembre.