Funciones
- Programación, impulso y coordinación de la acción exterior del Gobierno Vasco.
- Apoyo y asesoramiento al Gobierno en materia de acción exterior y ejecución de las instrucciones del Lehendakari en este ámbito.
- Planificación, apoyo y coordinación de la presencia y las actuaciones del Gobierno Vasco en el exterior
- La política de actuación y coordinación en las relaciones bilaterales que el Gobierno Vasco pueda mantener con otros países, regiones o entidades subestatales, o con instituciones supranacionales.
- La política de actuación y coordinación en las relaciones que el Gobierno Vasco pueda establecer con Organizaciones Internacionales, así como la coordinación de la participación de representantes de la Comunidad Autónoma en los órganos y grupos de trabajo de las mismas.
- La política de actuación en relación con las Instituciones Europeas, en particular con la Unión Europea y con el Consejo de Europa.
- Dirigir la acción del Gobierno Vasco en el movimiento regional europeo, en particular, en la Asamblea de Regiones de Europa y en aquellos órganos y entidades interregionales en las que participe Euskadi.
- El impulso, el desarrollo y la coordinación de las relaciones de cooperación transfronteriza e interregional.
- La ejecución y gestión de la política de relación con las colectividades vascas en el exterior.
- El seguimiento de la actuación del Estado en los aspectos relacionados con la acción exterior de Euskadi.
- Establecimiento de los cauces bilaterales de cooperación e información con la Administración del Estado, en particular con el Ministerio de Asuntos Exteriores, a fin de garantizar la mejor realización de la acción exterior.
- Dirección y coordinación de la participación de la Comunidad Autónoma en la elaboración y negociación de Tratados Internacionales, mediante los cauces acordados con la Administración del Estado.
- Coordinación de la presencia y participación de la Comunidad Autónoma en las Conferencias, Comisiones u órganos que se constituyan a los efectos de proceder a la formación de la voluntad del Estado en estas materias.
- Informar a otros órganos y entes de la Comunidad Autónoma de las relaciones mencionadas en los apartados anteriores.
- Desarrollar las relaciones con aquellas entidades públicas o privadas de Euskadi cuando realicen actuaciones de relevancia exterior.
- Y todas aquellas funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico vigente.
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