Funciones
- a) Asistir a la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior en la gestión y ejecución de la política de relación con las Colectividades Vascas .
- b) Promover, coordinar, establecer e intensificar los lazos y relaciones entre Euskadi y las Colectividades y Centros Vascos-Euskal Etxeak en el exterior, así como con los países en los que están asentados.
- c) El ejercicio de las funciones atribuidas en la Ley 8/1994, de 27 de mayo, de Relaciones con las Colectividades y Centros Vascos en el exterior de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dando cumplimiento a las previsiones, derechos y prestaciones contempladas en la misma.
- d) Realizar y difundir cuantos estudios y publicaciones sean convenientes para promover una mayor aproximación entre Euskadi y las comunidades vascas en otros países.
- e) Desarrollar proyectos de difusión y mantenimiento de la cultura y lengua vascas entre las comunidades de vascos en el exterior y cursos, seminarios, conferencias, exposiciones y congresos sobre temas históricos y de actualidad, comunes a la realidad vasca en Euskadi y en los países donde existan colectividades de vascos.
- f) Coordinar y, en su caso, ejecutar el Plan cuatrienal de apoyo a las Colectividades Vascas.
- g) Apoyo y asistencia al Consejo de Relaciones con las Colectividades Vascas.
- h) Y todas aquéllas que le atribuye el ordenamiento jurídico vigente.
- Artículo 16.– Dirección de Asuntos Europeos.
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