Sesión de  19/04/2011
Índice

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
Conciertos educativos
140.000 euros para formación de profesorado no universitario (Plan Garatu 2011/12)
1,071 millones de euros para la movilidad universitaria de carácter internacional
780.000 euros para las AMPAs
275.000 euros para proyectos de Formación/Innovación Educativa
Convocatoria de ayudas a las cooperativas de enseñanza
Acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en la CAPV.
Ayudas económicas para actividades desarrolladas en la educación de las personas adultas
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
El Gobierno aprueba el Plan Anual de Auditorias del ejercicio 2011
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Protocolo para el desarrollo de las terminales logísticas intermodales de Lezo y Jundiz
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
Convocadas ayudas por valor de 2.319.000 euros a las inversiones de las empresas en protección ambiental
DEPARTAMENTO DE CULTURA
Aprobados 1.800.000 euros para el desarrollo del Plan General de Promoción del uso del euskera en entidades locales
1.576.000 euros para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en las TICS
El Gobierno destina 1.280.000 euros para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad
El Gobierno destina 5.480.000 euros a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera
2.400.000 euros para fomentar el uso y la presencia del euskera en las empresas de Euskadi
El Gobierno destina 8.235.000 euros para financiar la Producción Audiovisual en el País Vasco
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

CONCIERTOS EDUCATIVOS

Orden por la que se establecen las condiciones de suscripción de nuevos conciertos para el curso escolar 2011/2012, y se convoca a los centros docentes que deseen acceder al régimen de conciertos por primera vez a la concertación del curso escolar 2011/2012

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado la orden por la que se regulan las condiciones de suscripción de nuevos conciertos educativos para el curso escolar 2011/2012 y se convoca los centros docentes que deseen acceder al régimen de conciertos por primera vez a la concertación del curso escolar 2011/2012.

El objeto de esta orden es convocar a los centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que deseen acogerse al régimen de conciertos, a la suscripción de un concierto educativo nuevo, para el curso escolar 2011/12, para las enseñanzas E. Infantil (2º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria, E. Especial, Bachilleratos, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior.

 

140.000 EUROS PARA FORMACIÓN DE PROFESORADO NO UNIVERSITARIO (PLAN GARATU 2011/12)

Orden, por la que se publica la oferta institucional de las actividades de formación y perfeccionamiento para el profesorado no universitario y se regula la convocatoria para la realización de las mismas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, dentro del Plan Garatu 2011-2012, así como las ayudas económicas individuales al profesorado participante en dichas actividades.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, la Orden por la que se regula la convocatoria de cursos del Plan Garatu 2011/2012 para el profesorado de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El objeto de esta orden, que cuenta con una dotación económica de 140.000 euros, es el establecer el procedimiento de convocatoria y selección de participantes para la realización de cursos de formación y perfeccionamiento del profesorado de niveles no universitarios de la CAPV dentro del Plan Garatu 2011/12, así como la regulación de la concesión de ayudas económicas al profesorado que haya superado los mencionados cursos de formación y perfeccionamiento, que den lugar a la percepción de la mismas, conforme a los que se establezca en la resolución de convocatoria de cada curso.

 

1,071 MILLONES DE EUROS PARA LA MOVILIDAD UNIVERSITARIA DE CARÁCTER INTERNACIONAL

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado, en el día de hoy la orden por la que se convocan becas de movilidad universitaria de carácter internacional para las y los estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores, en el curso académico 2011-2012.

El objeto de esta orden, por un importe total de 1.071.200 euros, es el convocar becas de movilidad universitaria de carácter internacional para las y los estudiantes universitarios y de enseñanzas artísticas superiores, matriculados en la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, en la Universidad de Deusto, en Mondragón Unibertsitatea, en la Escuela Superior de Ingenieros de la Universidad de Navarra con sede en Donostia-San Sebastian (TECNUN), así como en los centros de enseñanzas artísticas superiores ubicados en el País Vasco, en el curso académico 2011-2012.

 

780.000 EUROS PARA LAS AMPAS

Orden, por la que se convocan ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado en el día de hoy una orden por la que se convocan ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El Objeto de esta orden es convocar ayudas, por un importe global de 780.000 euros, para colaborar en la financiación de los gastos de actividades y gastos de infraestructura necesarios para el funcionamiento de las asociaciones alumnos y alumnas de EPA y de las asociaciones de madres y padres; Y en las financiación de los gastos de actividades dirigidas a madres y padres y al alumnado de los diferentes centros educativos.

 

275.000 EUROS PARA PROYECTOS DE FORMACIÓN/INNOVACIÓN EDUCATIVA

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado, en el día de hoy una orden por la que se convocan a los centros privados concertados de enseñanza no universitaria para la realización de Proyectos de Formación/Innovación Educativa y se determinan las condiciones o requisitos para el otorgamiento de dotaciones subvenciones para la realización de los referidos proyectos a desarrollar durante el Curso 2011/2012.

El objeto de esta orden, por un importe global de 275.000 euros, es el convocar a los centros concertados que imparten cualquiera de los distintos niveles y tipos de enseñanza no universitaria excepto ciclos formativos, para que presenten planes de mejora, al currículo y al desarrollo de las competencias básicas, así como determinar las condiciones y los requisitos para el otorgamiento de subvenciones para la realización de los referidos proyectos a desarrollar durante el curso 2011-2012.

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS COOPERATIVAS DE ENSEÑANZA

Orden, por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, una orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El objeto de esta orden es convocar ayudas, por un importe global de 53.000 euros, para las cooperativas de enseñanza, para colaborar en los gastos por ellas soportados por la realización de actividades dirigidas al alumnado de los diferentes centros educativos y para la formación de madres y padres del alumnado.

 

ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO EN LA CAPV.

Decreto por el que se regula el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado, en el día de hoy el Decreto por el que se regula el acceso a las Enseñanza Universitarias Oficiales de Grado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Este Decreto desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, para su aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 

AYUDAS ECONÓMICAS PARA ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN LA EDUCACIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS

Orden, por la que se convocan ayudas económicas a entidades sin fines de lucro por actividades desarrolladas en el área de la Educación de las Personas Adultas.

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado una orden por la que se convocan ayudas económicas a Entidades sin fines de lucro por actividades desarrolladas en el área de la Educación de las Personas Adultas.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, por un importe global de 47.958 euros, a Entidades radicadas en la Comunidad Autónoma que, sin finalidad de lucro, están colaborando durante el curso 2010/2011 en el área de la Educación de las Personas Adultas en el ámbito de la Formación Básica.

 

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

EL GOBIERNO APRUEBA EL PLAN ANUAL DE AUDITORIAS DEL EJERCICIO 2011

Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Azkoitia y Azkoitia Lantzen, S.A., para la construcción de un nuevo edificio para el Centro IES Urola Ikastola.

El Gobierno Vasco ha aprobado, a propuesta del Consejero de Economía Carlos Aguirre, el Plan Anual de Auditorías. El Plan fija las actuaciones de control económico-financiero y de gestión que realiza la Oficina de Control Económico.

En el documento aprobado se dispone, entre otras, la realización de auditorías financieras de todos los Entes Públicos y de Derecho Privado y las Sociedades Públicas integradas en el sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se verificará, de igual modo, el cumplimiento de los aspectos marcados por la Ley de Contratos del Sector Público.

También se realizarán auditorías financieras del Consejo de Relaciones Laborales y de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Destaca la obtención y análisis de las práctica totalidad de las entidades participadas por la Administración de la CAE. Asimismo se revisará la gestión de las entidades colaboradoras en el pago de subvenciones.

Cabe destacar, en este ejercicio, las auditorías que se realizarán sobre los programas subvencionales de SPRI, EVE y LANGAI, así como una verificación de la Orden de 25 de noviembre de 2009, del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales por la que se convocaban ayudas extraordinarias de apoyo a la contratación de personas desempleadas y/o perceptoras de la renta de garantía de ingresos de la CAE.

El Plan contempla la emisión del Informe y certificado de auditoria de las cuentas anuales del Organismo pagador de las ayudas de los fondos europeos FEAGA y FEADER y el control de las formas de intervención cofinanciadas por los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión de la Unión Europea.

Por último se realizará la auditoría de centros escolares públicos con autonomía de gestión.

 

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE LAS TERMINALES LOGÍSTICAS INTERMODALES DE LEZO Y JUNDIZ

Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un protocolo de colaboración con el Ministerio de Fomento para el desarrollo de las terminales logísticas intermodales incluidas en la Red Básica de Mercancías del Plan Estratégico para el Impulso del Transporte Ferroviario de Mercancías.

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde a la firma de un protocolo de colaboración con el Ministerio de Fomento para el desarrollo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca, de las terminales logísticas intermodales incluidas en la Red Básica de Mercancías del Plan Estratégico para el Impulso del Transporte Ferroviario de Mercancías.

Las terminales contempladas en el Plan en Euskadi, y, por tanto incluidas en el protocolo, son, Jundiz y Lezo.

Para cada una de estas terminales, el Ministerio de Fomento y el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco llevarán a cabo los estudios necesarios para evaluar su viabilidad logística y económica, así como para definir, en su caso, el modelo de promoción y gestión más adecuado.

La promoción y gestión de las terminales se realizará, preferentemente, a través de esquemas de participación público-privada.

El Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes será el responsable de la realización de los estudios relativos al encaje territorial y urbanístico de las terminales, así como aquellos referidos al mercado logístico.

Estos trabajos serán puestos a disposición del Ministerio de Fomento con el objeto de que pueda desarrollar armonizadamente en plazos el proyecto conjunto para todo el Estado.

A partir de estos trabajos, y antes de la fecha de finalización del Protocolo que tendrá una vigencia de un año, prorrogable por otro, el Ministerio de Fomento elaborará un estudio de viabilidad económica de las terminales, proponiendo, en su caso, las fórmulas más adecuadas para la promoción y gestión de las mismas así como para el diseño funcional más eficiente en su aspecto ferroviario y logístico.

Plan Estratégico para el Impulso del Transporte Ferroviario de Mercancías

El Ministerio de Fomento tiene entre sus objetivos prioritarios la potenciación del transporte de mercancías por ferrocarril y el desarrollo de la intermodalidad, para conseguir así un sistema de transportes más equilibrado y sostenible. En desarrollo de esta política el Ministerio ha elaborado el Plan Estratégico para el Impulso del Transporte Ferroviario de Mercancías en España (PEITFM), que fue presentado a las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial celebrada el 14 de setiembre de 2010.

Dentro del Plan se define una Red Básica de Mercancías que incorpora terminales logísticas intermodales en cada Comunidad Autónoma, con el objetivo de integrar plenamente el ferrocarril en la cadena logística.

Estas nuevas terminales intermodales se conciben como auténticos centros logísticos con capacidad de generar valor añadido al transporte, prestando atención especial a los accesos viarios y ferroviarios, así como a su diseño interior, para reducir maniobras y costes operativos innecesarios.

La definición de estas terminales logísticas intermodales se ha llevado a cabo de forma coordinada entre el Ministerio de Fomento y las distintas Comunidades Autónomas, dando asimismo participación a los distintos agentes económicos y sociales del sector implicados en la materia. El Gobierno Vasco comparte los principios del Plan y considera necesario colaborar en el desarrollo de las terminales logísticas intermodales situadas en el Territorio.

Por esta razón, suscribirá un Protocolo de Colaboración que tiene por objeto instrumentar la cooperación para el desarrollo de las terminales logísticas de Lezo y Jundiz.

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA

CONVOCADAS AYUDAS POR VALOR DE 2.319.000 EUROS A LAS INVERSIONES DE LAS EMPRESAS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL

Orden, por la que se convocan, para el ejercicio 2010, las subvenciones previstas en el Decreto 260/2010, de 19 octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar en 2011 un total de 2.319.000 euros en subvenciones a las empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, por la que se convocan estas ayudas económicas cuyo objetivo es que las empresas incorporen medidas de protección ambiental más exigentes de las que legalmente les son exigibles.

Esta convocatoria incluye la concesión de ayudas para la realización de estudios ambientales directamente vinculados a las inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes; para financiar inversiones para la gestión de residuos generados por terceros empleando «tecnología punta» o utilizando tecnologías convencionales de forma innovadora; y para el saneamiento de solares contaminados, cuando no se pueda identificar al responsable de la contaminación o no se le pueda obligar a correr con el coste.

También son subvencionables las inversiones en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero; la incorporación de equipos destinados a posibilitar la valorización de arenas de moldeo de las fundiciones; la realización de estudios de viabilidad técnico ambiental previos a inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes que analicen comparativamente las mejores técnicas disponibles y/o el ciclo de vida de la inversión en cuanto a generación de gases de efecto invernadero, consumo de materias primas, generación de residuos, vertidos y emisiones.

Asimismo, se incluyen ayudas a las PYMEs para financiar los costes externos derivados de servicios de asesoramiento externo en materia medioambiental, en concreto, para la inscripción en el registro europeo de gestión ambiental EMAS; la implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE 150.301, ecoetiquetas (tipo I o tipo III), huella de carbono o certificaciones de aprovechamiento forestal sostenible; y la adaptación de los Sistemas de Gestión Recursos Empresariales (ERP) al Sistema de Gestión Integral de la Información Medioambiental, Sistema IKS eeM.

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

APROBADOS 1.800.000 EUROS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL USO DEL EUSKERA EN ENTIDADES LOCALES

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se convocan ayudas económicas para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE) en entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y para la aprobación de planes de normalización del uso del euskera en las administraciones de las mencionadas entidades locales. A tal fin se destinarán 1.800.000 euros.
El objeto de esta Orden es regular la forma de adjudicación de ayudas económicas destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (PGPUE) o para la aprobación de los planes de normalización del uso del euskera en la administración de dichas entidades locales.
El objetivo primordial del Plan General de Promoción del Uso del Euskera consiste en adoptar e implantar medidas de política lingüística conducentes a ofrecer a los ciudadanos que así lo deseen la posibilidad de vivir en euskera e intensificar las acciones a favor del euskera para lograr la total normalización de su uso en el ámbito personal, social y oficial. En ese sentido, las entidades locales tienen dos grandes tareas a realizar en lo que a su actividad interna se refiere: por un lado aprobar y desarrollar el Plan de Normalización del Uso del Euskera en las Administraciones Públicas y, por otro, crear o fortalecer el Servicio de Euskera. En cuanto a su actividad externa, los quehaceres fundamentales son tres: posibilitar a los ciudadanos el aprendizaje o perfeccionamiento del euskera; colaborar en la estructuración de redes de relaciones en euskera; y encauzar los servicios y productos en euskera así como la información concreta sobre todo ello.
La cantidad global destinada a la ayuda regulada en esta orden será de 1.800.000 euros y podrán ser beneficiarias las entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellas entidades de derecho público dependientes o vinculadas a ellas que tengan entre sus objetivos la normalización lingüística. Así mismo, podrán acceder a las ayudas las entidades locales asociadas para ese fin por medio de convenios de colaboración.

 

1.576.000 EUROS PARA LA PROMOCIÓN, DIFUSIÓN Y/O NORMALIZACIÓN DEL EUSKERA EN LAS TICS

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden por la que se regula la concesión y se convocan subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. El presupuesto destinado a esta convocatoria IKT es de 1.576.000 euros.
La Orden regula la convocatoria de subvenciones destinadas a la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. Solamente podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen en el año 2011. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados antes del 31 de diciembre de 2011.
Podrán acogerse a esta modalidad de ayudas proyectos de portales y sitios web en euskera, y nuevos contenidos en euskera para Internet. Para este grupo se destinarán 876.000 euros. El otro grupo subvencionable estará formado por proyectos destinados a la localización y/o creación en euskera de software, y estará dotado con 700.000 euros.
Para la primera modalidad será necesario cumplir los siguientes requisitos específicos:
a) Los portales y sitios web en euskera deberán ofrecer servicios múltiples.
b) Los portales y sitios web en euskera deberán disponer de una planificación de actualización continua, así como una propuesta para dar a conocer el sitio web.
c) En cuanto a los nuevos contenidos en euskera, se detallará la propuesta para difundir o dar a conocer dichos contenidos.
d) Los sitios web deberán disponer de un contador de visitas, visible u oculto. Si está oculto, la entidad solicitante deberá facilitar a la Dirección de Investigación y Coordinación Lingüística la opción técnica oportuna para poder conocer el número de visitas recibidas.
Sobre los proyectos del otro grupo, deberán disponer necesariamente de un plan específico para poder ser albergados en Internet o ser comercializados en un formato accesible al público en general.
En todo caso, la presente modalidad de ayudas está dirigida a sufragar parcialmente los gastos directamente imputables a los trabajos de ejecución de los diferentes proyectos. Si se presentan proyectos subvencionados en años anteriores, sólo se subvencionarán las innovaciones.

 

EL GOBIERNO DESTINA 1.280.000 EUROS PARA LA PROMOCIÓN, DIFUSIÓN Y/O NORMALIZACIÓN DEL EUSKERA EN LA SOCIEDAD

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad. Para esta convocatoria, que lleva por nombre Euskalgintza, se ha destinado una partida presupuestaria de 1.280.000 euros.
Es objeto de esta convocatoria Euskalgintza regular y convocar para el ejercicio 2011 la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas privadas que desarrollan una labor de promoción, difusión y/o normalización del euskera en la sociedad
Solamente podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen durante el año 2011. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y/o presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2011.
Los proyectos subvencionables bajo esta convocatoria son:
- Proyectos destinados a promocionar y consolidar el uso del euskera en las actividades de los grupos de tiempo libre: formación y elaboración de materiales dirigidos a los monitores y monitoras; desarrollo de actividades ajenas al horario escolar.
- Proyectos que tienen por objeto impulsar y promover el uso del euskera, tanto oral como escrito, en las relaciones sociales, desde la perspectiva que supone el salto del conocimiento de la lengua a su uso habitual. Se priorizarán determinados grupos sociales: infancia y juventud, euskaldun berris.
- Proyectos destinados a intensificar, promover y fortalecer el uso del euskera en las actividades deportivas de tiempo libre de niños, niñas y jóvenes.
- Proyectos destinados al acercamiento de personas vascas no vascohablantes al euskera, así como aquellos que tienen por objeto dar a conocer a dichas personas las actividades creadas y realizadas en euskera.
- Proyectos cuyo objeto sea recopilar, salvaguardar o digitalizar y difundir información relativa al patrimonio del euskera.
- Jornadas destinadas a analizar diferentes aspectos relacionados directamente con el euskera.
- Proyectos dirigidos a homenajear a personas y colectivos por su trabajo a favor del euskera.
- Proyectos cuyo objeto sea la consolidación de la transmisión del euskera en el ámbito familiar.
- Proyectos destinados a incentivar el hábito de la lectura en euskera: actividades dirigidas a desarrollar la destreza lecto-escritora, premios, concursos, encuentros entre escritores y escritoras, con lectores y lectoras, y guías literarias.
- Proyectos destinados a promocionar la creación cultural en euskera relacionados con la mujer: conferencias, exposiciones y talleres.
- Iniciativas destinadas a la promoción de actividades y proyectos orientados al fomento del uso del euskera entre la población inmigrante.
- Proyectos destinados a impulsar y proteger aportaciones de calidad elaboradas y difundidas en euskera, según parámetros de excelencia.
- Juguetes, juegos y pasatiempos realizados en euskera.
- Otros proyectos que, no habiendo sido contemplados en los apartados anteriores y no sean subvencionables a través de otras modalidades de subvenciones gestionadas por la Viceconsejería de Política Lingüística, ayuden a materializar las líneas de prioridad recogidas en la ponencia resultante del proceso de debate abierto por el Consejo Asesor del Euskera, “Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado. Bases para la política lingüística del siglo XXI”.
La cantidad destinada a financiar estos proyectos asciende a 1.280.000 euros, estando esta modalidad de subvención dirigida a sufragar parcialmente los gastos directamente imputables a la ejecución de los diferentes proyectos. No obstante, quedan excluidos los gastos que pudieran derivarse de la ejecución de los proyectos en otra lengua diferente al euskera, así como las inversiones realizadas en inmovilizado material patrimonial.
Todo proyecto presentado deberá tener necesariamente un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado. Consecuentemente, aquel proyecto que no tenga dicho presupuesto equilibrado quedará excluido. Así mismo, los proyectos deberán tener necesariamente un nivel de financiación propia mínimo. Consecuentemente, aquel proyecto que no tenga dicho nivel de financiación quedará excluido. Dicha financiación será, según el caso, de al menos el 45% del presupuesto de gastos en proyectos cuyo objeto sea la elaboración de productos destinados a su comercialización o venta y de al menos el 35% del presupuesto de gastos en el resto.
La financiación propia citada podrá estar integrada por las aportaciones de las personas solicitantes, las obtenidas mediante la venta de servicios, las obtenidas mediante la venta de productos, las obtenidas mediante publicidad o las recibidas de entidades privadas.
Únicamente podrán ser subvencionados los proyectos que sean deficitarios, es decir, aquellos proyectos que no puedan cubrir los gastos previstos mediante su financiación propia obligatoria. Consecuentemente, aquellos proyectos que no sean deficitarios quedarán excluidos.
La subvención obtenida a través de la convocatoria Euskalgintza es compatible con aquellas que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. En caso de que finalizada la vigencia de esta Orden y una vez llevada a cabo la justificación establecida su artículo 21, se observe que existe sobrefinanciación, se reducirá el importe de la subvención, que será equivalente a la sobrefinanciación.
Toda aquella persona física o jurídica privada interesada en tomar parte en esta convocatoria podrá presentar tantos impresos de solicitud como considere oportunos. El plazo de presentación de las solicitudes concluirá en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

 

EL GOBIERNO DESTINA 5.480.000 EUROS A LA CONSOLIDACIÓN, DESARROLLO Y NORMALIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN EUSKERA

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera, convocatoria que lleva por nombre Hedabideak. Para el cumplimiento del objetivo fijado en esta convocatoria, este ejercicio se destinarán 5.480.000 euros.
La convocatoria Hedabideak tendrá en cuenta la actividad realizada por los medios de comunicación objeto de subvención durante el año 2011, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, y su objeto es la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera.
Para la concesión de dichas ayudas, la Orden agrupa a los medios de comunicación de la siguiente manera:
- Grupo A: prensa diaria impresa íntegramente en euskera, que incluye tanto diarios distribuidos en todo el ámbito geográfico del euskera como diarios distribuidos en determinados municipios o comarcas. A este grupo de prensa diaria impresa íntegramente en euskera se destinan 2.000.000 de euros.
- Grupo B: revistas impresas íntegramente en euskera. Aquí se agrupan las revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera, y las revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos. A este grupo se destinan 2.050.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma: 1.250.000 euros para las revistas de información general o revistas especializadas; y 800.000 euros para las revistas de información general.
- Grupo C: suplementos íntegramente en euskera elaborados y difundidos por diarios que utilizan principalmente el castellano. En el presente caso, la solicitante y la beneficiaria será la empresa editora del diario con el que se distribuye el suplemento. A la publicación de estos suplementos se destinarán 250.000 euros.
- Grupo D: radios que, disponiendo de los correspondientes títulos habilitantes, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas. Las subvenciones en este apartado alcanzarán los 250.000 euros.
- Grupo E: televisiones que, disponiendo de los correspondientes títulos habilitantes, emiten, parcial o íntegramente, en euskera. Para este grupo se ha establecido una cantidad de 550.000 euros.
- Grupo F: medios de comunicación difundidos por Internet y agencias de noticias. Este apartado incluye los diarios y revistas íntegramente en euskera, las radios que emiten parcial o íntegramente en euskera y las agencias de noticias en euskera. A este grupo se destinan 380.000 euros.
Los intersados en tomar parte en esta convocatoria podrán presentar tantos impresos de solicitud como consideren oportunos. El plazo de presentación de las solicitudes concluirá en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

 

2.400.000 EUROS PARA FOMENTAR EL USO Y LA PRESENCIA DEL EUSKERA EN LAS EMPRESAS DE EUSKADI

En su reunión de hoy, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se regula la concesión de subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo de entidades del sector privado ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el año 2011. La dotación económica prevista para esta convocatoria, denominada Lanhitz, asciende a 2.400.000 euros.
Podrán acogerse a la presente convocatoria de subvenciones los proyectos que se materialicen en 2011. Consecuentemente, todas las actividades, servicios y productos derivados de los proyectos acogidos a la convocatoria deberán ser materializados y presentados públicamente antes del 31 de diciembre de 2011. Toda entidad interesada en tomar parte en esta convocatoria, que regula las subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo de entidades del sector privado ubicados en Euskadi, podrá presentar su solicitud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.
La dotación económica establecida para la convocatoria Lanhitz asciende a 2.400.000 euros y se repartirá conforme a los siguientes criterios:
1.- Aquellas entidades que en 2010 hayan conseguido el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística-Bikain. Al mismo tiempo, si cumplen los requisitos de esta convocatoria, podrán acceder a una subvención adicional, siempre y cuando consigan el mínimo de puntos necesario para acceder a la subvención.
2.- La cantidad restante se repartirá entre las entidades que soliciten ayuda para el diseño del plan y para el plan de gestión de 2011, según la puntuación y los límites recogidos en la Orden.
Así, las subvenciones previstas en esta convocatoria se destinarán al diseño del primer plan de euskera y plan de gestión de centros de trabajo de entidades del sector privado ubicados en la CAPV.
Las entidades podrán solicitar subvención para el diseño del primer plan si con anterioridad no ha recibido subvención ni para el diseño del plan ni para el plan de gestión. En caso de presentar el diseño del plan de euskera, la entidad solicitante deberá presentar, además, el plan de gestión anual. Las actividades previstas dentro del plan de gestión deberán desarrollarse del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre del mismo año.

 

EL GOBIERNO DESTINA 8.235.000 EUROS PARA FINANCIAR LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL EN EL PAÍS VASCO

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la Consejera de Cultura por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2011 del régimen de financiación para el fomento de la producción audiovisual en la Comunidad Autónoma de Euskadi. La cantidad destinada a esta convocatoria asciende a 8.235.000 euros.
Esta Orden tiene por objeto establecer el régimen y condiciones para acceder a las líneas de fomento para la potenciación de la producción, la competitividad y el empleo en el sector audiovisual vasco, mediante la financiación de proyectos audiovisuales. A tal efecto, se habilitan dos líneas de fomento mediante la concesión de préstamos sin interés y de préstamos para la financiación de contratos.
El coste global del programa, que tiene una anualización en diferentes ejercicios, asciende a 8.235.000 euros, y que se desglosan de la siguiente manera: 5.000.000 de euros para la línea de Préstamos reintegrables sin interés, y 3.235.000 euros para la línea de Financiación de contratos, que serán imputadas a las dotaciones previstas en los presupuestos.
El régimen de financiación para el fomento de la producción audiovisual en la Comunidad Autónoma de Euskadi está regulado por el Decreto 107/2007, de 26 de junio de 2007, modificado por el Decreto 214/2008, de 16 de diciembre, donde se establece que podrán acceder a las líneas de fomento pre¬vistas las obras audiovisuales de nueva producción y, dentro de éstas, tanto las orientadas a la creación no seriada, como el resto de producciones.
Las obras deberán cumplir con al menos tres de los siguientes requisitos de contenido cul¬tural, que en el caso de las obras audiovisuales de animación serán al menos dos:
– Que el guión esté ambientado en Euskadi.
– Que al menos uno de los personajes princi¬pales esté vinculado a la cultura vasca o europea.
– Que el guión esté escrito en euskera.
– Que el guión sea una adaptación de una obra literaria original.
– Que el argumento de la producción audio¬visual trate sobre arte o un artista de cualquier disciplina, tanto sea vasco o de otro país de la Unión Europea.
– Que el argumento de la producción audio¬visual trate sobre personajes o acontecimientos históricos.
– Que el argumento de la producción audio¬visual aborde asuntos políticos, sociales o cultu¬rales relevantes para la sociedad vasca.
– Que la obra audiovisual utilice el patrimonio arquitectónico, arqueológico o natural de Euska¬di para reflejar le contexto cultural europeo.
Las obras deberán invertir un porcentaje equivalente al 40% del presupuesto en la contra¬tación de creativos, personal técnico, artístico y servicios prestados por profesionales o empresas con residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Las obras audiovisuales que, conforme a lo establecido en el Decreto, tengan la consi¬deración de obras audiovisuales de creación no seriada, podrán acceder a ambas modalidades de fomento, en tanto que las que no ostenten tal condición, tan sólo podrán acceder a la moda¬lidad de préstamos para la financiación de con¬tratos.
Los productores de obras audiovisuales de creación no seriada podrán compatibilizar ambas modalidades de financiación, con los siguientes límites específicos:
– No cabrá reconocer cantidades por ambas modalidades a favor de un mismo proyecto au¬diovisual por cuantía superior a 600.000 euros.
– No cabrá que un mismo sujeto tenga pen¬diente de devolución cantidades reconocidas a través de las modalidades previstas en este Decre¬to por cuantía superior a 1.500.000 euros.
Ambas modalidades serán compatibles con cualquier otra ayuda o subvención que pu¬dieran obtener. No obstante, el conjunto de ayu¬das públicas concedidas, incluidas las reguladas en el Decreto, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el 50% de los costes de la producción audiovisual beneficiaria de la ayu¬da, excepto en el supuesto de que se realice ínte¬gramente en euskera o se trate de producciones experimentales, documentales, pilotos de serie de animación y producciones de bajo presupuesto. En el caso de que se sobrepasen los límites cita¬dos, se reducirá el importe de la ayuda hasta el límite máximo que corresponda.
A los efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, se entenderá por:
a) Producción audiovisual, las obras audio¬visuales de nueva producción para televisión o multimedia, tanto las orientadas a la creación no seriada, como el resto de producciones.
b) Obras audiovisuales de nueva producción, aquéllas que se produzcan en el mismo año en el que se adquieren los derechos de emisión o en el año siguiente.
c) Obra audiovisual de creación no seriada, las películas de largometraje, los documentales de creación, los pilotos de serie o de multimedia y los cortometrajes, destinados a su exhibición cinematográfica y/o televisiva. Igualmente se en¬tenderán como tales, las creaciones audiovisua¬les de decidido carácter cultural o experimental cualquiera que sea su soporte y excepcionalmen¬te las series de animación, en los términos que formalmente se establezca para este supuesto.
El plazo de presentación de solicitudes para acceder a cualquiera de las dos líneas de financiación establecidas para el fomento de la producción audiovisual en Euskadi comenzará el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 15 de julio de 2011.