Sesión de  27/03/2012
Índice

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
185.604 euros para los centros afectados por disminución de unidades concertadas
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
El Gobierno ha puesto en marcha el Programa de Intermediación de viviendas de alquiler para movilizar viviendas a precios más asequibles que los del mercado libre
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
Autorizado el gasto de 53.000.000 ¿ para el Pago Único y otras ayudas directas comunitarias a la agricultura y la ganadería
Aprobado el Decreto por el que se crea el Comité Consultivo de Pesca del País Vasco
Aprobada una subvención de 85.000 euros para la construcción de una nave de cuarentena en el centro de selección de ovejas latxa y carranzana
Aprobado el Decreto que regula las funciones y el funcionamiento del Consejo y de la Comisión Agraria y Alimentaria
DEPARTAMENTO DE CULTURA
Convocado el programa Juventud Vasca Cooperante 2012
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

185.604 EUROS PARA LOS CENTROS AFECTADOS POR DISMINUCIÓN DE UNIDADES CONCERTADAS

Acuerdo de concesión de subvenciones directas a centros afectados por la disminución de unidades concertadas entre los cursos 2010/2011 y 2011/2012, en aplicación del Acuerdo de 5 de junio de 1997 entre la Administración, Organizaciones Patronales y Sindicales de la Enseñanza Privada en Euskadi

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha acordado en su reunión de hoy subvencionar a los centros educativos, con la cantidad total de 185.604 euros, en aplicación del Acuerdo de 5 de junio de 1997 entre la Administración, Organizaciones Patronales y Sindicales de la Enseñanza Privada de Euskadi, en concepto de la disminución de unidades concertadas entre los cursos 2010/2011 y 2011/2012.

 

 

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EL GOBIERNO HA PUESTO EN MARCHA EL PROGRAMA DE INTERMEDIACIÓN DE VIVIENDAS DE ALQUILER PARA MOVILIZAR VIVIENDAS A PRECIOS MÁS ASEQUIBLES QUE LOS DEL MERCADO LIBRE

Decreto por el que se crea el Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa)

El límite de ingresos será 39.000 euros.

La renta oscilará entre 400 y 650 euros según el municipio.

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se crea el Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa) para facilitar que las viviendas privadas se incorporen al mercado del alquiler a un precio asequible para los inquilinos.

Para ello, el Departamento de Vivienda garantizará a los propietarios el cobro de las rentas, la defensa jurídica y la reparación de desperfectos mediante la contratación de las pólizas de seguro necesarias para cubrir estas contingencias.

A cambio de las garantías ofrecidas a los propietarios, el Gobierno Vasco fijará los precios máximos de los alquileres y garantizará precios sensiblemente más bajos y competitivos que los del mercado libre. De esta manera, los demandantes de vivienda que, por sus circunstancias socio-económicas, queden fuera de este mercado, tendrán mayores opciones de acceso a la vivienda en alquiler.

Las rentas a pagar oscilarán entre 400 y 650 euros según el municipio. Podrán alquilar una vivienda de este tipo todas aquellas personas que tengan unos ingresos anuales ponderados entre 7.000 y 39.000 euros.

El Gobierno vasco pretende movilizar 3.000 viviendas entre 2012 y 2013 dentro de este nuevo programa.

Para articular este Programa de Intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre, se crea por parte del Gobierno Vasco una Red de Agentes Colaboradores en la intermediación, que asumirá una serie de funciones trascendentales para la puesta en marcha y funcionamiento del programa.

 

Inquilinos
Se incorporaran automáticamente como demandantes del Programa las personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda, Etxebide, que soliciten vivienda en alquiler y que cumplan las siguientes condiciones:

a) Carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de celebración del contrato de arrendamiento, salvo las excepciones expresamente previstas en la normativa en vigor en materia de viviendas de protección focial.

b) Estar empadronado o tener empadronado, como mínimo, a uno de sus miembros, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Tener ingresos anuales comprendidos entre 7.000 y 39.000 €. ponderados con arreglo a lo previsto en el artículo 23 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, o normativa que lo sustituya.

d) Que la renta de las viviendas no supere el 30% de sus ingresos anuales ponderados.

Las personas físicas o unidades convivenciales que deseen acceder al Programa deberán inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda. Las renuncias a las viviendas del Programa serán causa de baja en el Registro de Solicitantes de Vivienda, en los términos previstos en la norma reguladora del Registro.

 

Criterios de preferencia
Los criterios de preferencia serán los siguientes:
    a) Correlación entre ingresos anuales ponderados de la unidad convivencial y renta de la vivienda.

    b) Municipio en el que se demanda la vivienda.

    c) Máximo ajuste entre las características de la vivienda y el número de miembros de la unidad convivencial.

    d) Antigüedad de la inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda.

El Departamento de Vivienda elaborará una relación de solicitantes de vivienda, ordenada con arreglo a los criterios de preferencia, y la remitirá a los Agentes Colaboradores en función de su ámbito territorial de actuación.

 
Requisito de las viviendas
Para su incorporación al Programa, las viviendas deberán cumplir los siguientes requisitos:
    a) No estar sometidas a régimen alguno de protección pública.
    b) Disponer de la licencia de primera ocupación.
    c) Reunir las condiciones generales de adecuación estructural y constructiva y de habitabilidad
    d) Presentar un aspecto pulcro y aseado.
    e) Estar equipadas con muebles en cocina y baños.
    f) No estar arrendadas, ocupadas, ni sometidas a cualquier limitación que impida arrendarlas. 
    g) Estar ubicadas en los términos municipales o comarcas en las que, a criterio del Departamento, exista demanda suficiente de alquiler.

 

Requisitos de los propietarios

Los propietarios deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Atribuir en exclusiva la gestión de la vivienda al Agente Colaborador que la haya captado, incluidos el depósito y la cancelación de las fianzas de los contratos de arrendamiento.

b) Retribuir al Agente Colaborador con:
    1) Una mensualidad de alquiler correspondiente al primer contrato de arrendamiento de la vivienda, que se devengará en el momento de la firma del mismo.
    2) La mitad de una mensualidad del alquiler correspondiente a cada uno de los contratos de arrendamiento posteriores al primero que se formalicen sobre la vivienda con el mismo arrendatario, que se devengará en el momento de la firma de cada uno de dichos contratos.
    3) Una mensualidad de alquiler correspondiente a cada uno de los contratos de arrendamiento posteriores al primero que se formalicen sobre la vivienda con un arrendatario distinto, que se devengará en el momento de la firma de cada uno de dichos contratos.
    4) Una comisión máxima equivalente al 3% de la renta, que se devengará mensualmente mientras el contrato permanezca en vigor.

 

Agentes Colaboradores

Para su homologación, los Agentes Colaboradores del Gobierno Vasco deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Ser Agente de la Propiedad Inmobiliaria o ser persona, física o jurídica legalmente constituida que, sin estar en posesión de título alguno, ni pertenecer a ningún colegio oficial, cumpla las condiciones establecidas por el artículo 3 de la Ley 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliaria y de transportes, para el ejercicio de la actividad de intermediación inmobiliaria.

b) Acreditar una experiencia mínima de 5 años en el ejercicio de dicha actividad.

c) Tener un establecimiento abierto al público, que garantice su accesibilidad.

d) Tener un seguro de responsabilidad civil para el ejercicio de la actividad con una cobertura mínima de 600.000 euros anuales.

 

Funciones:
Los Agentes Colaboradores tendrán, entre otras, las siguientes funciones:

a) Informar sobre el programa tanto a los propietarios como a los inquilinos y colaborar en las acciones infomativas del Gobierno Vasco sobre las ayudas públicas disponibles para el fomento del arrendamiento, facilitando su tramitación cuando así se requiera.

b) Actuar como intermediarios en la firma de los contratos entre propietarios y arrendatarios.

c) Favorecer una adecuada relación arrendaticia, mediar para buscar acuerdos en los conflictos que surjan durante la vida del contrato, utilizando preferentemente los servicios públicos gratuitos ofrecidos por las Delegaciones Territoriales de Vivienda del Gobierno Vasco.

d) Captar viviendas libres.

e) Proponer la realización de las obras de adecuación que sean precisas para la inclusión de las viviendas en el Programa y revisarlas una vez concluidas.

f) Realizar un inventario completo del estado de las viviendas para garantizar su recuperación en las mismas condiciones.

g) Realizar las gestiones necesarias para depositar y cancelar en la Delegación Territorial de Vivienda del Gobierno Vasco las fianzas de los contratos de arrendamiento en nombre de los arrendadores.

h) Gestionar en exclusiva las viviendas que haya captado para su incorporación al Programa.

i) En el caso de viviendas que hubieran contado con algún ciclo de alquiler, desplegar la máxima diligencia para su nueva ocupación.

j) Mostrar cada una de las viviendas a los potenciales arrendatarios, siguiendo estrictamente el orden de prelación establecido en la relación remitida por el Departamento hasta obtener una persona o unidad convivencial que la acepte.

k) Realizar las gestiones necesarias para tramitar la liquidación de los impuestos correspondientes al contrato de arrendamiento.

l) Recuperar la vivienda cuando el arrendatario la abandone voluntariamente una vez finalizado el contrato.

m) Visitar la vivienda una vez finalizado un contrato de arrendamiento, para evaluar su estado, verificar el inventario y constatar posibles desperfectos, realizando un informe, para proceder, en su caso, y con la autorización expresa del arrendador, bien a la devolución total de la fianza, o bien a la devolución parcial de la misma, una vez descontados los costes de reparación de desperfectos y reposición del inventario, o bien a su retención.

 

Pólizas de seguros
El Departamento contratará la póliza o pólizas de seguro que sean precisos. Los capitales asegurados serán, como mínimo:
    a) continente: 50.000 euros a primer riesgo
    b) contenido: 10.000 euros
    c) responsabilidad civil: 180.000 euros

El crédito presupuestario consignado para hacer frente al abono de las primas correspondientes a las pólizas de seguro durante los años 2012 y 2013 asciende a 761.094 euros.

 

Las rentas máximas admisibles en el Programa serán las siguientes:

 

zonas precios máximos vivienda protegida rentas máximas mensuales programa intermediación
Donostia                   650
Bilbao/Gasteiz                   600

Álava: Llodio
 

Bizkaia: Amorebieta, Barakaldo, Basauri, Berango, Bermeo, Bilbao, Durango, Erandio, Ermua, Galdakao, Gernika-Lumo, Getxo, Leioa, Mungia, Portugalete, Santurtzi, Sestao y Sopelana.

Gipuzkoa: Andoain, Arrasate, Astigarraga, Eibar, Errenteria, Hernani, Hondarribia, Irún, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Pasaia, Tolosa y Zarautz.

                  550

Álava: Salvatierra/Agurain, Amurrio, Oyón/Oion.

Bizkaia: Abadiño, Abanto y Ciérvana/Abanto Zierbena, Alonsotegi, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Bakio, Balmaseda, Barrika, Berriz, Derio, Elorrio, Etxebarri, Gorliz, Güeñes, Igorre, Iurreta, Larrabetzu, Lekeitio, Lemoa, Lemoiz, Lezama, Loiu, Markina-Xemein, Muskiz, Ondarroa, Orduña, Ortuella, Plentzia, Sondika, Ugao-Miraballes, Urduliz, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zaldibar, Zalla, Zamudio, Zaratamo, Zeberio, Zierbena, Ziortza-Bolibar.

Gipuzkoa: Aretxabaleta, Azkoitia, Azpeitia, Beasain, Bergara, Deba, Elgoibar, Eskoriatza, Getaria, Ibarra, Lazkao, Legazpia, Oñati, Ordizia, Orio, Soraluze-Placencia de las Armas, Urnieta, Urretxu, Usurbil, Villabona, Zestoa, Zizurkil, Zumaia, Zumarraga.

                  475
Resto municipios                   400


El Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP estará vigente desde la entrada en vigor del presente Decreto hasta el 31 de diciembre de 2.018.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA

AUTORIZADO EL GASTO DE 53.000.000 ¿ PARA EL PAGO ÚNICO Y OTRAS AYUDAS DIRECTAS COMUNITARIAS A LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA

Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de los regímenes de ayudas comunitarias de "pago único" y otros regímenes de ayudas directas a la agricultura y ganadería.

El Consejo de Gobierno ha autorizado en su reunión de hoy el gasto de 53.000.000 de euros para la ejecución de 2012 del régimen de ayudas comunitarias de ‘Pago Único’ y otros regímenes de ayudas directas a la agricultura y la ganadería.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la propuesta de Pilar Unzalu por la que se prevé destinar en el ejercicio 2012 un total de 39.000.000 de euros al Pago Único (desacoplado), 8,5 millones al Pago Acoplado y 5,5 millones a otras ayudas específicas.

La totalidad de estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrario de Garantía (FEAGA) y, una vez observado el cumplimiento de todos los requisitos, el Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco procede a la ejecución del pago.

La previsión para el presente ejercicio es que vía Pago Único (no vinculado a la producción específica de ningún producto) haya un total de 10.774 agricultores o ganaderos beneficiarios y que se paguen un total de 124.816 derechos; y que a través de las Ayudas Acopladas (vaca nodriza y remolacha azucarera) existan 7.795 agricultores y ganaderos beneficiarios, un total de 51.080 Unidad de Ganado Mayor (UGM) apoyadas y 115.029 hectáreas aprobadas.

Por otra parte, en aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009 se conceden ayudas específicas que habilitan pagos adicionales a sectores de tabaco, azúcar, vacuno de carne, legumbres, vaca nodriza, ovino-caprino o producción y sector lácteo.

En la reunión de hoy también se ha comunicado la Orden de la consejera Pilar Unzalu por la que se convocan y adaptan estas ayudas para la campaña 2012 por el importe citado.
 

 

APROBADO EL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL COMITÉ CONSULTIVO DE PESCA DEL PAÍS VASCO

Decreto por el que se crea el Comité Consultivo de Pesca.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy el Decreto por el que se crea el Comité Consultivo de Pesca, un órgano que configura un espacio de participación a todos los sectores sociales que desarrollan su actividad en el ámbito pesquero.

Entre las funciones del Comité Consultivo de Pesca figura elaborar informes sobre cuestiones que afecten al sector; elevar propuestas y recomendaciones en materia pesquera a los organismos, administraciones y agentes que correspondan; y asesorar sobre los asuntos que se presenten para su reflexión.

El Comité estará integrado por representantes del Gobierno Vasco, Hazi, Azti-Tecnalia o Elika; Euskadiko Kirol Portua SA; las Federaciones de Cofradías de Pescadores; la OPAO; armadores; mayoristas y detallistas de pescado; conserveras; mercas y comercializadores; sindicatos representativos en el sector; rederas y neskatilas; o asociaciones de consumidores
 

 

APROBADA UNA SUBVENCIÓN DE 85.000 EUROS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA NAVE DE CUARENTENA EN EL CENTRO DE SELECCIÓN DE OVEJAS LATXA Y CARRANZANA

Acuerdo de concesión de una subvención directa a Ardiekin, S.L. para la financiación de la construcción de una nueva instalación de cuarentena.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy la concesión de una ayuda directa de 85.000 euros al centro de selección e inseminación artificial de ovino de las razas latxa y carranzana para la construcción de una nueva instalación de cuarentena.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la propuesta de la Consejera Pilar Unzalu por la que se concede esta ayuda directa al centro de selección Ardiekin SL, del que son socios las tres asociaciones de ganaderos de ovino de raza latxa existentes en Euskadi (ACOL, AGORALA y ELE).

El Reglamento (CE) nº 176/2010, de la Comisión, de 2 de marzo, establece algunas exigencias destinadas a los centros de selección e inseminación necesarias para obtener determinadas autorizaciones y el número de registro veterinario, requisitos entre los que se encuentran que donde desarrollen su actividad se disponga de una instalación de cuarentena, que únicamente aloje a los corderos de nuevo ingreso, para que dispongan del mismo estatus sanitario.

Este reglamento exige además que la nave esté construida o aislada, de tal forma que se evite todo contacto con ganado que se encuentre en el exterior, impidiéndose asimismo de manera efectiva la entrada de cualquier persona no autorizada. Debe disponer asimismo de acceso independiente para los camiones de transporte de los animales.

Para cumplir con estos requisitos es preciso acometer la inversión de una instalación de cuarentena en un nuevo emplazamiento, por lo que urge la construcción de una nave de 340 m2, que es el objetivo único de la ayuda directa hoy aprobada.

El objeto de Ardiekin, S.L. es la selección y mejora genética y la difusión de los mejores reproductores de las razas Latxa y Carranzana que son autóctonas del País Vasco. Estas razas de aptitud lechera y la leche obtenida se destinan a la elaboración de queso, siendo en su mayor parte destinado a la denominación de Origen Idiazabal.

El programa de mejora genética de las ovejas de estas razas se basa en un objetivo de selección en raza pura para el incremento principalmente de la cantidad y calidad de la leche.
 

 

APROBADO EL DECRETO QUE REGULA LAS FUNCIONES Y EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO Y DE LA COMISIÓN AGRARIA Y ALIMENTARIA

Decreto por el que se determinan las funciones y régimen de funcionamiento del Consejo Agrario y Alimentario de Euskadi y de la Comisión de Política Agraria y Alimentaria.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy el Decreto que fija las funciones y establece el funcionamiento del Consejo Agrario y Alimentario de Euskadi y de la Comisión de Política Agraria y Alimentaria.

El Consejo Agrario y Alimentario de Euskadi se configura como un órgano de audiencia, coordinación, consulta y asesoramiento técnico de las administraciones agrarias vascas con los agentes sectoriales más representativos para el diseño de las políticas agrarias y alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo debatirá sobre todos los asuntos que se consideren de interés para este sector, como las reformas de la Política Agraria Común (PAC), los planes estratégicos y sectoriales, sobre los documentos que le sean remitidos desde la Comisión o sobre otros asuntos en torno a los que el propio Consejo quiera acordar y posicionarse para su posterior remisión a la Comisión.

El consejo estará presidido por la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, y contará con representantes del Gobierno Vasco, las diputaciones forales y de Eudel. Asimismo tendrán representación las organizaciones profesionales agrarias, las de productores, las de industrias agrarias y alimentarias, la Confederación de Forestalistas, la Federación de Cooperativas Agroalimentarias y una representación de las entidades reconocidas para el asesoramiento a las explotaciones agrarias.

Por otro lado, la Comisión de Política Agraria y Alimentaria se configura como el órgano interinstitucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el que se diseñarán las políticas agrarias y alimentarias, y se debatirán y elaborarán las propuestas de actuación, planes y programas sobre estas materias.

La Comisión diseña, debate y aprueba planes y programas subsectoriales, así como medidas de fomento; coordina actuaciones que le sean encomendadas conjuntamente por las administraciones agrarias vascas; se posiciona ante reformas como la de la PAC; o diseña y aprueba actuaciones extraordinarias o de urgencia provocadas por crisis sanitarias, climáticas o de mercados.

La Comisión será presidida por la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, y contará con representantes del Gobierno Vasco y de las diputaciones forales.
 

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

CONVOCADO EL PROGRAMA JUVENTUD VASCA COOPERANTE 2012

Orden por la que se convoca el programa Juventud Vasca Cooperante, para el año en curso.

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se convoca el programa Juventud Vasca Cooperante para el año 2012. Mediante dicha Orden se facilitará el desplazamiento de un máximo de 100 personas, en edades comprendidas entre 21 y 30 años, a determinados países y proyectos de cooperación seleccionados en virtud de lo dispuesto en la Orden de 13 de diciembre de 2011 de la consejera de Cultura, por la que se convocaban a las entidades de cooperación al desarrollo para la presentación de proyectos para el programa Juventud Vasca Cooperante de Euskadi 2012.

Este programa tiene como finalidad fomentar el valor de la solidaridad entre las personas jóvenes del País Vasco, además de propiciar su sensibilización en acciones de cooperación al desarrollo. En este sentido, se continúa con el objetivo de que las personas jóvenes del País Vasco se acerquen al concepto de cooperación ofreciendo la posibilidad de conocer "in situ" el desarrollo de tales acciones, experiencia que se verá ampliada y completada con la celebración previa de unas jornadas informativas y orientativas.

El importe global máximo de este programa para sufragar los gastos de viaje y, en su caso, del visado de entrada en el país de destino de las personas seleccionadas en 2012 está establecido en 155.000 euros, si bien dicha cuantía podrá incrementarse conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional de la presente Orden.