Sesión de  03/04/2012
Índice

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
Subvenciones directas a universidades
El Decreto de Exenciones es ¿un paso de gigante¿ en la normalización del euskera
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Servicio centralizado de traductores
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
El Gobierno aprueba el Reglamento de Transporte de Viajeros por carretera
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
Autorizados 7,8 millones en ayudas a la transformación, comercialización, y promoción de productos agrarios y alimentarios vascos
El Gobierno Vasco destina 1.259.524 ¿ a financiar a interés cero la demolición de ruinas industriales
Convocadas ayudas por valor de 4,4 millones a la transformación y comercialización de productos derivados de la pesca y acuicultura
Educacion y Medio Ambiente destinan 1.000.000¿ en subvenciones al programa Agenda 21 Escolar
Convocadas ayudas por valor de 4.077.603¿ a la promocion y desarrollo del litoral
DEPARTAMENTO DE CULTURA
El Gobierno destina 1.496.000 euros al sector audiovisual
Declarada Conjunto Monumental la zona arqueológica de Portilla
PRESIDENCIA
El Gobierno, contrario a modificar la Ley de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo
El Gobierno apoya la creación de un Colegio Vasco de Periodistas
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

SUBVENCIONES DIRECTAS A UNIVERSIDADES

El Consejo de Gobierno, en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha acordado autorizar la concesión de las siguientes subvenciones directas:

1,546 millones de euros, para el año 2012, a la Fundación “Basque Culinary Center” (BCC) para la construcción del edificio y la adquisición de equipamiento científico-tecnológico.

473.467 euros, para el año 2012, para los Centros Asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  

 

EL DECRETO DE EXENCIONES ES ¿UN PASO DE GIGANTE¿ EN LA NORMALIZACIÓN DEL EUSKERA

Decreto de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.

El consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto de exenciones de Euskera con el objetivo de que sea publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el lunes, día 16 de abril, con lo que entraría en vigor al día siguiente. A partir de ese momento, todas las personas que hayan cursado sus estudios en euskera tendrán la posibilidad de quedar exentas de certificar titulaciones de idiomas en todo tipo de exámenes oficiales. Los Departamento de Educación y Cultura han considerado el decreto como “un paso de gigante” en el proceso de normalización social de la lengua vasca.

Isabel Celaá, consejera de Educación, Universidades e Investigación, valoró en la presentación del decreto que “la enseñanza en euskera es una enseñanza de calidad, como siempre mejorable, pero no inferior a la impartida en otra lenguas”. En su opinión, y por este motivo, no se justifica la excepción que se hace actualmente por la que se pide la certificación de su conocimiento a las personas que hayan cursado sus estudios en euskera para acceder a puestos de trabajo en la administración pública y otras instituciones. “Estamos comenzado a actuar como un país normal: sin exigir a los ciudadanos ninguna certificación lingüística en su propia lengua oficial”, argumentó la consejera de Educación.

“Es aplicar la lógica. Has estudiado en euskera, por lo tanto sabes euskera y no tienes que acreditarlo. Exactamente igual que si has estudiado en castellano no debes acreditar que lo conoces”, le respaldó Blanca Urgell, consejera de Cultura. Puso en valor, además, el gran esfuerzo de coordinación que ha supuesto dentro del gobierno. “Es fruto del trabajo de todos los Departamentos implicados, especialmente Educación y Cultura, pero también de Interior, Sanidad y Justicia, y de la firme convicción de este Gobierno por trabajar por el euskera desde la normalidad y para la ciudadanía, lejos de trincheras y banderas y cerca de las personas”, detalló.

Para llegar a este punto de madurez, el decreto ha tenido que pasar por un proceso “largo y laborioso” que ha requerido de la participación y colaboración de diversos agentes educativos vascos. Las tres universidades(UPV-EHU, Universidad de Deusto y Mondragón Unibertsitatea) han participado y hecho sus aportaciones y el Consejo Escolar de Euskadi ha presentado un dictamen favorable. Además, las consejeras de Educación y Cultura han comparecido dos veces en el Parlamento Vasco para presentarlo, donde ningún grupo puso objeciones de fondo.

A día de hoy, 37.000 personas están aprendiendo euskera en los euskaltegis pertenecientes a HABE. De esa cantidad, más de un cuarto son jóvenes de entre 16 a 25 años que pueden resultar beneficiados con el decreto de exenciones, con el consiguiente ahorro de dinero y tiempo que supondrá el no tener que presentarse a los exámenes. Además, todo el que se vea afectado por el decreto, podrá continuar sus estudios de Euskera en escuelas oficiales de idiomas o Euskaltegis a partir del nivel de exención que le otorguen sus estudios. Esto se une al efecto principal del decreto, por el que las personas que se beneficien de él quedarán exentas de presentar perfiles lingüísticos en exámenes oficiales, como los procesos de oposición para entrar a formar parte de la administración pública o las pruebas para dar clases en la educación concertada y Euskaltegis entre otros.

El grado de exención que recibirá el alumnado dependerá directamente de su nivel de estudios. De esta forma, las personas con un título de graduado en secundaria o de formación profesional de grado medio quedarán exentos de acreditar certificaciones equivalentes al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia, siempre y cuando hayan cursado en euskera más del 50% del currículum correspondiente y tengan aprobada la asignatura de lengua vasca y literatura. Los títulos de bachillerato o formación profesional de grado superior eximen de presentar un B2 y con estudios universitarios se puede llegar hasta C1 y C2. (Se adjuntan dos anexos con el grado de exención).

Para contar con el “enorme consenso” que arropa ahora mismo al decreto, se ha optado por la vía de la prudencia. En este sentido, la consejera de Cultura explicó que en el resto de comunidades con dos lenguas oficiales lo habitual es otorgar el C1(Equivalente al EGA) al finalizar el bachillerato (Por ejemplo en Cataluña para los estudios realizados en catalán o en Galicia para los estudios en gallego). Con el euskera, por el contrario, esta exención no se dará hasta niveles universitarios.

Según reveló la consejera de Educación, se trata de un decreto que ha levantado una gran expectación entre la ciudadanía, como atestiguan las “numerosas” solicitudes de información que ha recibido el Gobierno desde que se anunció. El decreto tendrá efecto retroactivo para todos los títulos obtenidos con posterioridad al 16 de abril de 2008, exactamente cuatro años antes de que entre en vigor el decreto. En esta fecha tuvo lugar la homologación de títulos de euskera ofrecidos por el Gobierno Vasco al Marco Común Europeo.

 

Anexo I (Nuevas titulaciones, post plan Bolonia)
 

Estudios en euskera Requisito adicional Créditos específicos de formación lingüística en euskera Exención de acreditación de los niveles equivalentes a
48 ECTS Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera 12 ECTS C 1
84 ECTS   12 ECTS C 1
114 ECTS   6 ECTS C 1
144 ECTS     C 1
Título de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)     C 2
Grado en Estudios Vascos o Grado en Filología Vasca     C 2
Grado en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A     C 2

 

NOTA 1: Los créditos ECTS requeridos podrán obtenerse de una única titulación de grado o de la suma de los créditos correspondientes a una única titulación de Grado y a una única titulación de Master Oficial.

NOTA 2: En los casos en los que la realización en euskera del Trabajo Fin de Grado o del Trabajo Fin de Master no sea requisito adicional, los créditos correspondientes al mismo tendrán un valor doble a la hora de su cómputo para el logro del total de los créditos ECTS de la primera columna.

 


Anexo II (Titulaciones antiguas, pre plan Bolonia)

 

Estudios en euskera Requisito adicional Créditos específicos de formación lingüística en euskera Exención de acreditación de los niveles equivalentes a
52 Créditos Proyecto fin de carrera o Trabajo Fin de Master Oficial en euskera 12 ECTS C 1
84 Créditos   12 ECTS C 1
114 Créditos   6 ECTS C 1
144 Créditos     C 1
Título de Doctor (Tesis escrita y defendida en euskera)     C 2
Licenciatura en Filología Vasca     C 2
Licenciatura en Traducción e Interpretación con lengua vasca como lengua A     C 2

NOTA 1: Los créditos requeridos podrán obtenerse de las asignaturas troncales, obligatorias y optativas, sin que puedan contabilizarse los créditos de libre elección.

NOTA 2: Los créditos requeridos podrán obtenerse de una única titulación de las recogidas en el artículo 1.2 o de la suma de los éstos y los correspondientes a una única titulación de Master Oficial.

NOTA 3: En los casos en los que la realización en euskera del Proyecto Fin de Carrera o del Trabajo Fin de Master Oficial no sea requisito adicional, los créditos correspondientes al mismo tendrán un valor doble a la hora de su cómputo para el logro del total de los créditos de la primera columna.
 

 

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

SERVICIO CENTRALIZADO DE TRADUCTORES

Decreto por el que se determina la centralización de los servicios transversales de traducción de la Administración General de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Autónomos.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se determina la centralización de los servicios de traducción en la Administración General y en sus organismos autónomos.

Por primera vez, y tal como regula el nuevo decreto, el Gobierno va a contar con una política general de traducciones que establecerá los criterios de uso de la traducción profesional en la administración vasca.

En el plano organizativo, la centralización va a suponer la readscripción de 26 personas al Servicio Oficial de Traductores ya existente y que está adscrito al IVAP (Instituto Vasco de Administración Pública) desde su creación en el año 2000.

A partir de ahora, este Servicio Oficial va a ser el órgano aglutinador de todos los servicios de traducción de los diferentes departamentos del Gobierno. Con las incorporaciones de personal mencionadas, el servicio contará con una plantilla total de 46 personas. El volumen de palabras a traducir en 2012 se estima en unos 18 millones, y el servicio gestionará unos 8.000 expedientes de traducción.

La puesta en marcha del servicio centralizado de traductores va a suponer un ahorro de entre 400.000 y 500.000 euros al año; esto es, entre el 30 y el 40% de la contratación externa de traducciones. Además, para el conjunto de los departamentos del Gobierno Vasco, la reducción del gasto en traducciones representará un ahorro del 10%, por la aplicación de precios públicos.

El análisis de viabilidad de esta medida, en la que Función Pública viene trabajando desde hace más de un año y que entrará en vigor el próximo mes de mayo, ha tenido en cuenta cuestiones relacionadas con la oportunidad de generar sinergias, eliminar ineficiencias, simplificar procedimientos, racionalizar el volumen de traducción y de expedientes, así como, la mejor atención a los departamentos y la optimización del gasto.
 

 

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EL GOBIERNO APRUEBA EL REGLAMENTO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA

Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Transporte de Viajeros por Carretera.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Reglamento de Transporte de Viajeros por carretera que desarrolla la Ley 4/2004, de 18 de marzo, de Transporte de Viajeros por Carretera.

Este Reglamento tiene en cuenta la necesidad de avanzar hacia un modelo de transporte más sostenible en su triple variante; sostenibilidad medioambiental, a partir de una apuesta clara por los medios de transporte más sostenibles, que apuesten por las fuentes de energía más limpias y contribuyan a una mayor eficiencia del consumo energético; sostenibilidad social, permitiendo la accesibilidad universal a los medios de transporte y la atención a los colectivos más desprotegidos o que requieren una especial atención y; sostenibilidad económica, lo cual supone una asignación de los recursos más eficiente a partir de la necesaria coordinación por parte del Gobierno Vasco a través de sus facultades de planificación contempladas en la Ley, para lograr así, la optimización de la oferta los servicios de transporte y de la gestión de los recursos públicos.

Por otra parte, este Reglamento pretende fomentar la calidad y especialmente la seguridad del transporte por carretera y concretamente, la seguridad de los desplazamientos a los centros educativos.

Además, el Reglamento trata de propiciar un mercado más abierto, libre y ajustado a las últimas tendencias del Derecho de la Competencia que debe redundar en un mejor y menos costoso servicio para el usuario a partir de la adjudicación de la gestión del servicio de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general a través, como regla general, de un sistema de concesiones, con sujeción a los principios de publicidad, concurrencia y transparencia, de tal manera que se logre un modelo donde primen los méritos para la prestación del servicio más adecuado sobre cualquier otra consideración.

Es por ello, que se ha aprobado un desarrollo normativo armónico con el existente en el Estado y en la Unión Europea.

El texto regula principios básicos, la potestad planificadora de las diversas Administraciones, la colaboración entre ellas y la coordinación con otras modalidades de transporte, el régimen tarifario y el régimen jurídico para el desempeño de la actividad de transportista.

Asimismo, regula los distintos aspectos jurídicos de la prestación del servicio público interurbano, que podrá promoverlo la Administración de oficio, los particulares u otras Entidades públicas o privadas, atendiendo a las demandas reales o potenciales de transporte, los medios existentes para servirlas, la repercusiones de su inclusión en la red y el resto de las circunstancias sociales que afecten a su establecimiento, debiendo actualizarse los programas y planes de transporte cuando no incluyan servicios cuyo establecimiento se demuestre necesario o conveniente, o incluyan servicios cuya creación o mantenimiento se demuestren posteriormente injustificados.

En el apartado sobre “Régimen concesional” se desarrollan las previsiones para garantizar la aplicación de los principios de transparencia, igualdad de trato de los operadores en competencia, y proporcionalidad, se definen las obligaciones de servicio público a incluir en los pliegos de la concesión y se regula la duración de las concesiones atendiendo a las características y necesidades del servicio, no pudiendo superar los 10 años pero pudiéndose prorrogar por un porcentaje máximo del 50 % del periodo original en los supuestos que expresamente se tasan.

El Reglamento también regula el régimen jurídico de los servicios de transporte de interés público. Así, se determinan las normas para el establecimiento de un servicio público de baja utilización y de servicios regulares temporales cuyo carácter extraordinario y temporal justifiquen la necesidad de su establecimiento.

También se regulan los servicios de transporte regular de uso especial, las autorizaciones de transporte público discrecional, el transporte turístico, los transportes privados complementarios, el transporte urbano e interurbano de viajeros, las Estaciones de viajeros, estableciendo los requisitos mínimos que han de cumplir las instalaciones y el régimen de inspección y control.

Planificación general
Corresponderá al Gobierno Vasco la planificación general del transporte interurbano con objeto de precisar las previsiones, objetivos y prioridades del sector, a fin de garantizar su desarrollo armónico y equilibrado, eficiente y sostenible, y la adecuada coordinación y oferta de todos los servicios de transporte público, engarzándolo en el conjunto del sistema de transporte. De esta manera, se garantizará la coordinación con los servicios de otras modalidades de transporte y con otros ámbitos de actuación administrativa, todo ello en aras a una mayor eficiencia en la gestión de recursos públicos.

El Plan General de Transporte contemplará entre otros los siguientes aspectos: Análisis y diagnóstico de la movilidad en Euskadi y, en particular, la movilidad en el transporte público por carretera; el análisis de la cobertura de la red y la accesibilidad; el análisis de la demanda global y adecuación de la oferta actual de servicios y de las infraestructuras e instalaciones existentes. A partir de estos análisis, el Plan General de Transporte establecerá el diseño general de la red de transportes regulares, sus ejes básicos y su integración con el resto de sistemas de transporte y de la oferta de transporte público en Euskadi.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA

AUTORIZADOS 7,8 MILLONES EN AYUDAS A LA TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACIÓN, Y PROMOCIÓN DE PRODUCTOS AGRARIOS Y ALIMENTARIOS VASCOS

Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de las ayudas económicas reguladas en la Orden por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2012, las ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios (Programa Lehiatu), al amparo del Decreto 172/ 2008 de 7 de octubre

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar 7.873.650 euros a la convocatoria de ayudas a la transformación, comercialización y promoción de productos agrarios y alimentarios incluidas en el Programa Lehiatu 2012.

El Consejo de Gobierno ha aprobado así la autorización de gasto y la Orden de la Consejera Pilar Unzalu, por la que se convocan estas ayudas, de las que 5.523.600 euros se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del País Vasco y 2.350.050 euros a través del Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural (FEADER).

Este programa de subvenciones apoya la realización de inversiones en la transformación y comercialización de productos agrarios y alimentarios y los productos forestales, así como la promoción exterior de los productos alimentarios, pesqueros y forestales.

De los 5.523.600 euros a financiar por el País Vasco, 3.623.600 corresponden a créditos de pago para este año; 1.400.000 son créditos de compromiso para 2013; y 500.000 euros para el ejercicio 2014.
 

 

EL GOBIERNO VASCO DESTINA 1.259.524 ¿ A FINANCIAR A INTERÉS CERO LA DEMOLICIÓN DE RUINAS INDUSTRIALES

Orden mediante la que se señalan el plazo y el lugar de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 75/1998 de 21 de abril, por el que se regulan las ayudas para la redacción y/o ejecución de los proyectos de demolición de ruinas industriales

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar un total de 1.259.524 euros a ayudar económicamente en la redacción y ejecución de proyectos de demolición de ruinas industriales para el año 2012.

El consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden de la Consejera Pilar Unzalu por la que se convocan estas ayudas destinadas a propietarios o ayuntamientos que, sin ser los titulares de la propiedad, actúen en virtud de una ejecución subsidiaria en la redacción y ejecución de proyectos de demolición de ruinas industriales.

Este programa de ayudas se implantó en el año 1992 y se conceden en concepto de préstamo a interés cero, a devolver en el plazo de 6 meses desde la aprobación del proyecto de urbanización o desde la obtención de la licencia de edificación en el caso de no existir tal proyecto. En el supuesto de que no se lleve a cabo ni urbanización ni edificación, la devolución se realizará en el plazo máximo de 10 años.
 

 

CONVOCADAS AYUDAS POR VALOR DE 4,4 MILLONES A LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DERIVADOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA

Orden de 4 de abril de 2012, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2012, las ayudas a la transformación y comercialización de productos derivados de la pesca y la acuicultura. (Programa LEHIATU-ARRANTZA), al amparo del Decreto 226/ 2010 de 31 de agosto de 2010.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar en 2012 un total de 4.400.000 euros en ayudas a la transformación y comercialización de productos derivados de la pesca y la acuicultura a través del Programa Lehiatu-Arrantza que cofinancian la Unión Europea y el País Vasco.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden por la que la Consejera Pilar Unzalu convoca estas ayudas cofinanciadas a través del Fondo Europeo de Pesca (FEP).

Del total de 4.400.000 euros, 2.469.861 euros son créditos con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En concreto, 898.131€ son créditos de pago para 2012, y el resto créditos de compromiso para 2013 (1.403.330€) y 2014 (168.400€).

El FEP aportará los 1.930.139€ restantes mediante créditos de pago en 2012 (701.869€) y de compromiso para 2013 (1.096.670€) y 2014 (131.600€).

Dentro del sector transformador se podrán acoger a estas ayudas los subsectores de conservas; semiconservas; depuradora, cetáceas y viveros; salazones, ahumados, precocinados a base de pescados, etc.; precocidos; tratamiendo y transformación de subproductos; o elaboración de productos a base de pescado (salsas, sucedáneos de pescado, etc).

En el ámbito de la comercialización, se podrán subvencionar los subsectores de mayoristas en origen que descargan sus productos mayoritariamente en puertos vascos (almacenamiento no frigorífico, almacenamiento frigorífico, almacenamiento de congelación, etc); y mayoristas en destino (almacenamiento no frigorífico, almacenamiento frigorífico, almacenamiento de congelación, etc).
 

 

EDUCACION Y MEDIO AMBIENTE DESTINAN 1.000.000¿ EN SUBVENCIONES AL PROGRAMA AGENDA 21 ESCOLAR

Orden de 4 de abril de 2012 de la Consejera de Educación Universidades e Investigación y la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de subvenciones a centros escolares no universitarios ubicados en la Comunidad Autómona del País Vasco, para el desarrollo del programa Agenda 21 Escolar.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar un total de 1.000.000 euros en subvenciones al desarrollo del programa educativo para la sostenibilidad y la calidad del centro educativo no universitario Agenda 21 Escolar (Curso 2012-2013).

Los departamentos de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca y el de Educación, Universidades e Investigación participan en el impulso de este programa, al que destinarán 800.000 euros en 2012 y 200.000 euros el año próximo.

La finalidad de este programa de educación ambiental es desarrollar conocimientos, capacidades, actitudes, motivación y compromisos para tomar parte en la resolución de los problemas ambientales.

Tiene como características principales:

  • Abarcar dos ámbitos: el escolar y el municipal o comarcal.
  • La participación de la comunidad educativa como eje y  fundamento y el protagonismo del alumnado.
  • Fomentar la gestión responsable y sostenible.
  • Promover la innovación del currículo.

Participan en este programa, que se puso en marcha el curso escolar 2003-2004, un total de 472 centros escolares, de125 municipios, con un alumnado de 210.092 y un profesorado de 18.939.
 

 

CONVOCADAS AYUDAS POR VALOR DE 4.077.603¿ A LA PROMOCION Y DESARROLLO DEL LITORAL

Orden de 4 de abril de 2012 de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca por la que se convocan para el año 2012 las ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la comunidad autónoma del País Vasco (programa ITSASPEN) al amparo del decreto 22/2012, de 21 de febrero.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar en 2012 un total de 4.077.603 euros en ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la Comunidad Autónoma del País Vasco dentro del Programa Itsaspen para la mejora, renovación y revitalización de las áreas dependientes de la pesca.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden de la Consejera Pilar Unzalu por la que se convocan estas ayudas al amparo del Decreto 22/2012, de 21 de febrero, un documento alineado con los criterios marcados en el Fondo Europeo de Pesca (2007-2013) para la diversificación de la actividad económica.

De los 4.077.603 euros, un total de 760.603 son créditos de pago correspondientes al presente ejercicio 2012, mientras que el resto son créditos de compromiso para 2013.

Entre las líneas contempladas en esta Orden figuran ayudas a la implantación de servicios básicos para la economía y la población litoral; ayudas a la conservación y mejora del patrimonio litoral; ayudas a la creación, ampliación y modernización de empresas, relacionadas preferentemente con el recurso mar y pesca; ayudas para la diversificación de la actividad económica del sector pesquero hacia otras actividades; ayudas para la cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector pesquero; y ayudas al autoempleo.
 

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

EL GOBIERNO DESTINA 1.496.000 EUROS AL SECTOR AUDIOVISUAL

Orden por la que se convoca la concesión de ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden de la consejera de Cultura por la que se convoca la concesión de ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual, y para la que se existe una dotación de 1.496.000 euros.

Teniendo en cuenta la importancia que tiene el sector audiovisual en la sociedad actual y de cómo el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se promueve esta una nueva convocatoria centrada en los proyectos propuestos por el sector audiovisual, que trata de incentivar el desarrollo de proyectos (de ficción, animación, documental y multimedia), así como la producción de obras audiovisuales (largometrajes cinematográficos de ficción, largometrajes cinematográficos de animación, documentales de creación y cortometrajes cinematográficos de ficción y animación). Todo ello con el objetivo de potenciar y ayudar a la consolidación de una infraestructura audiovisual tan importante y necesaria, desde una perspectiva cultural, en nuestro País.

La Orden hoy aprobada para la concesión de ayudas durante el ejercicio 2012 a la creación, desarrollo y producción audiovisual establece las modalidades siguientes:

1.- Ayudas a desarrollo de proyectos de cine, televisión y/o multimedia, para lo que se destinan 100.000 euros. A este apartado podrán concurrir aquellos proyectos que estén incluidos en alguno de los siguientes géneros y tengan una duración total no inferior a la que se señala:

- Obras para cine y/o televisión:
   a) Ficción (proyectos individuales y series): 50 minutos.
   b) Animación (proyectos individuales y series): 25 minutos.
   c) Documental de creación (proyectos individuales y series): 25 minutos.

- Obras de multimedia: proyectos de contenido artístico y cultural. No se requiere un mínimo de duración para este tipo de proyectos.
 

2.- Ayudas a la producción de obras audiovisuales, con una dotación de 1.396.000 euros, distribuida conforme a las siguientes modalidades:

   a) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de ficción.
   b) Ayudas a la producción de largometrajes para televisión (TV movies).
   c) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de animación.
   d) Ayudas a la producción de documentales de creación.
   e) Ayudas a la producción de cortometrajes.
 

 

DECLARADA CONJUNTO MONUMENTAL LA ZONA ARQUEOLÓGICA DE PORTILLA

Decreto por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Conjunto de Portilla, en Zambrana (Álava).

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Conjunto de Portilla, en Zambrana (Araba/Álava). A partir de este momento, el Departamento de Cultura inscribirá dicha zona arqueológica en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco.

La aprobación de este Decreto se notificará al Ayuntamiento de Zambrana, a los Departamentos de Euskera, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, y se instará al Ayuntamiento de Zambrana para que proceda a la adecuación de la normativa urbanística municipal a las prescripciones del régimen de protección que se determina para dicho Conjunto Monumental.

Los límites que se han señalado para este conjunto son aquellos considerados suficientes para la protección del poblamiento a lo largo de su historia y que, en buena medida, se ajustan a las líneas naturales que configuran el terreno. Así, la línea de delimitación al norte será la del camino que lleva a Portilla por ese lado, más allá de la fuerte caída que presenta el terreno en esa zona; al sur, las dos líneas de barrancos, con algunas peñas aisladas, a modo de atalayas, dentro de la delimitación; al este, también servirá de límite la línea de inflexión del terreno, justo donde comienza a subir éste de nuevo, y al oeste, la línea próxima y paralela al camino que, desde Portilla, sube al castillo.

Descripción
El Conjunto de Portilla se localiza al sudeste del pueblo de Portilla de Ibda, desde el que será fácil su acceso, en un lugar elevado (a 793 m. la cima). Presenta un gran dominio visual, tanto hacia Zambrana y Berantevilla (al oeste y norte) como buena parte de la Cuenca de Miranda de Ebro. Si bien al lugar se le identifica tradicionalmente bajo la denominación de «Castillo de Portilla», se trata de un yacimiento mucho más amplio y complejo, por lo que se ha optado por esta denominación de «Conjunto de Portilla».

El Conjunto de Portilla es un yacimiento en el que sucesivas campañas de investigación arqueológica han constatado la ocupación del área desde la Protohistoria a la Edad Moderna. Concretamente, se han recuperado restos del Bronce Final - Hierro I, tardorromanos y de la Edad Media (entre los siglos XI al XIV), así comon algunos restos puntuales que perduran hasta el siglo XVIII.

Actualmente, lo más visible y que identifica al yacimiento, son los extraordinarios murallones de piedra que conserva, cerco de la que fue villa medieval de Portilla, los paredones de su derruida iglesia, así como el cerco y torreón del castillo en la zona más elevada del emplazamiento. Sin embargo, más allá de los estrechos muros de la fortaleza y villa medievales, el poblamiento se extiende tanto al sur como al oeste, con restos destacables que permiten asegurar su cronología más antigua.
 

 

PRESIDENCIA

EL GOBIERNO, CONTRARIO A MODIFICAR LA LEY DE RECONOCIMIENTO Y REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO

Acuerdo de manifestación del criterio del Gobierno en relación con la toma en consideración de la proposición de ley formulada por el grupos parlamentario Popular Vasco, sobre modificación de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento a las Víctimas del Terrorismo.

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy manifestar su criterio desfavorable a la toma en consideración de la proposición de Ley formulada por el Grupo Popular Vasco sobre “modificación de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo”.

Este criterio viene motivado por las siguientes razones:

1.- Que la concesión de importe económico a las víctimas del terrorismo cuando ha habido daños personales, tiene su raíz en un razonamiento jurídico establecido en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo, en virtud del cual el Estado se subrogaba en la deuda del terrorista condenado a abonar responsabilidad civil a la víctima, al objeto de garantizar a ésta la percepción de su indemnización, evitando los inconvenientes de la insolvencia del victimario.

2.- Que la concesión de los pluses a cargo de algunas Comunidades Autónomas no tiene más justificación que una apelación genérica a la solidaridad de cada Comunidad, atribuyendo unas cuantías solo a los residentes y estableciendo con ello discriminaciones absolutamente injustificadas entre las víctimas del terrorismo, atendiendo a su vecindad administrativa u otros criterios similares de más que dudosa equidad.

3.-Que no es verdad que la medida sea generalizada en España ya que tan solo la han incorporado las Comunidades Autónomas de Andalucía, Valencia, Aragón, Navarra y Murcia

4.- Que apenas hace unos meses se ha aprobado una nueva legislación aplicable al conjunto de España donde el Estado ha hecho un gran esfuerzo, en tiempo de grave crisis económica, para revisar al alza -y con carácter retroactivo- las cantidades concedidas a las víctimas del terrorismo por sus daños personales.

5.- Que el criterio de valoración preferente para las actividades desarrolladas en la Comunidad Autónoma Vasca ya está recogido de manera suficiente en la Orden de 22 de junio de 2011, del Consejero de Interior, por la que se regulan las ayudas a organizaciones y asociaciones que promuevan la prestación de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas del terrorismo. 

 

EL GOBIERNO APOYA LA CREACIÓN DE UN COLEGIO VASCO DE PERIODISTAS

Acuerdo de manifestación del criterio del Gobierno en relación con la toma en consideración de la proposición de ley formulada por los grupos parlamentarios Socialistas Vasco, Popular Vasco, Mixto-Ezker Anitza-IU y Mixto-Unión, Progreso y Democracia, de creación del Colegio Vasco de Periodistas.

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy mostrar su criterio favorable a la toma en consideración de la Proposición de Ley formulada por los grupos parlamentarios Socialistas Vascos, Popular Vasco, Mixto-Ezker Anitza-IU y Mixto-Unión, Progreso y Democracia, de creación del Colegio Vasco de Periodistas, dado que, según se expone en la misma, se tratará de un colegio de adscripción voluntaria, en plena coherencia con las previsiones de la normativa española y autonómica de transposición de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.