Sesión de  15/05/2012
Índice

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
Convocadas 225 becas de colaboración
290.593 euros para actividades educativas dirigidas al alumnado gitano
Olimpiada de Física 2012
190,591 millones de euros para los conciertos educativos
175.000 euros para formación del personal de centros privados
Reconocimiento de los títulos del marco común europeo para dar clase en lengua extranjera
Comunidad de Trabajo de los Pirineos
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Proyecto de ley de movilidad sostenible
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
Aprobado el calendario oficial de fiestas laborales para 2013
DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO
Convocadas las Becas y Ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario
Modificados los límites máximos de efectivos estructurales de personal en Osakidetza
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
Convocadas ayudas por valor de 1.269.872 euros a las inversiones de las empresas en protección ambiental
Aprobada la convocatoria de 220.000 euros en ayudas para las entidades que realicen acciones dentro de la estrategia ambiental vasca de desarrollo sostenible
Convocadas ayudas por 130.435 euros para inversiones en establecimientos de agroturismo
DEPARTAMENTO DE CULTURA
El Gobierno destina 72.600 euros a proyectos de residencia en los teatros del País Vasco
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

CONVOCADAS 225 BECAS DE COLABORACIÓN

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan becas de colaboración, para el curso académico 2012-2013.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado en el día de hoy una orden por la que se convocan ayudas al estudio de carácter especial denominadas becas de colaboración, para el curso académico 2012/2013.

Estas ayudas, por un importe global de 697.500 euros, se concretan en 225 becas de colaboración para estudiantes con vecindad administrativa en el País Vasco, que cursando el último año de estudios conducentes a títulos oficiales deseen prestar su colaboración en centros docentes de la universidad.

Los beneficiarios de estas ayudas prestarán su colaboración durante tres horas diarias en el departamento correspondiente de la Universidad, en régimen de compatibilidad de estudios, iniciándose en tareas docentes o de investigación directamente vinculadas a los estudios que vienen cursando.
 

 

290.593 EUROS PARA ACTIVIDADES EDUCATIVAS DIRIGIDAS AL ALUMNADO GITANO

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca a entidades sin ánimo de lucro, que deseen continuar su colaboración con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en el desarrollo, en el ámbito escolar, de actividades educativas dirigidas al alumnado gitano.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado, en su reunión de hoy, una orden por la que se convoca a Entidades sin ánimo de lucro, que deseen continuar o iniciar su colaboración con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en el desarrollo, en el ámbito escolar, de actividades educativas dirigidas al Alumnado Gitano.

El objeto de esta orden, que cuenta con un presupuesto de 290.593 euros, es el subvencionar la realización de actividades, del 1 de enero al 31 de agosto de 2012, que se dirijan, singularmente, a la consecución de los siguientes fines: Aumento del éxito escolar del alumnado gitano y mejora de la convivencia.
 

 

OLIMPIADA DE FÍSICA 2012

Acuerdo de concesión de una subvención directa a la Universidad del País Vasco para la organización de la Olimpiada de Física 2012.

El Consejo de Gobierno, en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha acordado autorizar conceder a la Universidad del País Vasco UPV/EHU, una subvención directa por un importe de 25.000 euros, con destino a la celebración de la Olimpiada de Física 2012.

   

 

190,591 MILLONES DE EUROS PARA LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS

Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de los conciertos educativos de los centros docentes privados para el periodo septiembre-diciembre 2012 del curso escolar 2012/13

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado una orden por la que se convoca la renovación de los conciertos educativos y la suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares 2012-2013, 2013-2014, 2014-2015, 2015-2016, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2012-2013.

Los Conciertos Educativos de los Centros docentes privados tienen un presupuesto económico para el período septiembre-diciembre de 2012 del curso escolar 2012/13 de 190,521 millones de euros.
 

 

175.000 EUROS PARA FORMACIÓN DEL PERSONAL DE CENTROS PRIVADOS

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones destinadas a las Federaciones y Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con Centros Privados Concertados de enseñanza no universitaria para la realización de Actividades de Formación del personal docente de dichos centros a desarrollar durante el Curso 2012-2013.

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado la Orden por la que se convocan subvenciones a la Federaciones y Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con Centros Privados de Enseñanza No Universitaria para la realización de Actividades de Formación del personal docente de dichos Centros a desarrollar durante el curso 2012-2013.

El objeto de la convocatoria, por un importe económico es de 175.000 euros, son las actividades para el fomento y participación en el programa Eskola 2.0. y otros contenidos de carácter curricular o didáctico, especialmente dirigidos al desarrollo de las competencias básicas.
 

 

RECONOCIMIENTO DE LOS TÍTULOS DEL MARCO COMÚN EUROPEO PARA DAR CLASE EN LENGUA EXTRANJERA

Decreto por el que se establecen los requisitos de competencia lingüística para impartir áreas o materias en lenguas extranjeras en los centros públicos y privados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El consejo de Gobierno ha aprobado hoy un decreto que regula los requisitos necesarios para ejercer la docencia en lengua extranjera. A día de hoy la normativa estatal establece que el nivel necesario para dar clases en otros idiomas es el B2 y la interpretación que se hace habitualmente de la misma lo limita a las titulaciones que ofrece la Escuela Oficial de Idiomas(EOI). La norma concebida por el departamento Educación, Universidades e Investigación establece las acreditaciones de entidades distintas a la EOI y referencias en el Marco común europeo que tendrán validez acreditativa.

En cuanto el decreto se publique en el Boletín oficial del País Vasco, títulos de reconocido prestigio como los ofrecidos por la universidad de Cambridge(First, Advance), los del Ministerio de educación francés(DELF) o los del Instituto Goethe(Goethe-Zertifikat) servirán para dar clase de asignaturas como matemáticas, física o ciencias sociales en los idiomas correspondientes. “Esta norma acaba con una situación injusta y evita que los profesores pierdan tiempo y dinero en hacer nuevos exámenes cuando posean titulaciones con todas las garantías”, ha explicado Isabel Celaá, consejera de Educación, Universidades e Investigación.

El decreto también marca el camino a seguir para mantener vivo el catálogo de titulaciones que servirán para ejercer la docencia en idiomas extranjeros. Será responsabilidad del consejero o consejera de Educación mantener actualizado el anexo de la norma en la que están comprendidos los títulos aceptados. Asimismo, el texto legal establece otras vías alternativas como tener una Licenciatura en Filología, Filosofía y Letras (sección Filología) y Traducción e Interpretación o el Grado equivalente o tener una Diplomatura en Traducción e Interpretación y en el caso concreto de la educación primaria ser Maestro con la habilitación o especialidad en Lengua extranjera. En todos los casos estas titulaciones se habrán debido cursar en el idioma en el que se quiera dar clase.
 

 

COMUNIDAD DE TRABAJO DE LOS PIRINEOS

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para el desarrollo de Redes de Investigación y Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico en el marco de cooperación de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (2012-2013).

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, una Orden por la que se convocan ayudas para el desarrollo de Redes de Investigación y Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico en el marco de cooperación de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (2012-2013).

El objeto de esta convocatoria, que cuenta con un presupuesto de 180.000 euros para los ejercicios de 2012 y 2013, es la puesta en marcha de programas de cooperación transpirenaicos en los ámbitos del Desarrollo de Redes de Investigación y Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

En el caso del programa de Desarrollo de Redes de Investigación, se trata de financiar las actividades de redes temáticas interregionales constituidas por un mínimo de de tres grupos de investigadores pertenecientes a un mínimo de tres regiones de la CTP, con carácter transfronterizo.

Y por último, el objetivo del programa de Proyectos de investigación y Desarrollo tecnológico es desarrollar acciones comunes en materia de investigación favoreciendo la cooperación entre universidades, centros de investigación y tecnología y empresas de las diferentes regiones de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos (CTP), en el marco de proyectos científicos y tecnológicos originales, favoreciendo el intercambio de los diferentes medios existentes en la actualidad en materia de investigación y desarrollo.
 

 

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROYECTO DE LEY DE MOVILIDAD SOSTENIBLE

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de ley de movilidad sostenible que pretende ser el marco de referencia general de todos los esfuerzos e iniciativas que se llevan a cabo por las distintas Administraciones públicas vascas así como por otros actores público privados.

De esta forma, el texto sistematiza e integra todas las acciones y planes de movilidad existentes en torno a la consecución de unos mismos objetivos comunes para propiciar así una visión compartida de país en el ámbito de la movilidad sostenible.

El Proyecto de Ley parte de un concepto y un alcance amplio de lo que cabe entender por movilidad sostenible. Así, junto con la tradicional dimensión medioambiental de la sostenibilidad en el sentido de atenuar los efectos colaterales que la movilidad puede generar en el entorno y en el medioambiente, la ley da una especial importancia a la sostenibilidad económica y social.

Por sostenibilidad social se entiende la función que debe ejercer la movilidad para no solo garantizar sino propiciar una mayor cohesión social a través de un sistema de transportes accesible.
Una accesibilidad que trata de evitar por una parte que los medios de transporte no se conviertan en entornos discapacitantes para personas con movilidad reducida u otro tipo de problema que le pueden disuadir de usar los transportes públicos.

Asimismo, la accesibilidad debe suponer que los transportes públicos sean económicamente asequibles para todos, y, por último, los medios de transporte deben permitir similares índices de acceso a las redes de transporte independientemente del lugar de residencia.

Con todo ello, una movilidad sostenible debe contribuir a la consecución de la igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía independientemente de sus condiciones personales o sociales.

Como sostenibilidad económica se fijan dos objetivos. En primer lugar, la movilidad tiene que estar orientada de una manera que dote de mayor competitividad al territorio y a la economía vasca.

En segundo lugar y, de manera novedosa, se prevé la necesidad de realizar análisis de viabilidad económica y financiera de las inversiones en nuevas infraestructuras de transporte y de nuevos servicios de transporte de tal manera que se realice una planificación de las infraestructuras desde parámetros de racionalidad y objetividad, priorizando aquellos proyectos con mayores ratios económico sociales.

 

General

Dado el carácter novedoso y el carácter jurídico indeterminado y ambiguo de lo que significa movilidad sostenible, se introduce un listado de definiciones con intención pedagógica así como una serie de fines y objetivos que tratan de introducir esta materia entre los operadores jurídicos y los actores implicados en la movilidad.

El texto ha huido de establecer contenidos o umbrales concretos para la aprobación de las diversas iniciativas de movilidad sostenible ya que ello no parece propio de una ley que se quiere duradera. Al contrario, el Proyecto de Ley establece los instrumentos de planificación y las pautas que los distintos implicados en la movilidad deben interiorizar en la gestión de su actividad.

Será en estos planes e instrumentos de planificación donde deban incorporarse los distintos contenidos y umbrales concretos relativos a la movilidad y que irán modificándose en función de las circunstancias existentes en cada momento en que se aprueben.

 

Instrumentos de planificación

Desde el respeto competencial de cada una de las administraciones públicas, el proyecto de ley contempla la aprobación de un Plan de Movilidad del País Vasco que viene a ser el plan general de todos los demás planes. Un plan de diez años revisable con carácter bianual.

Este plan recoge los objetivos que en materia de movilidad sostenible deben lograrse en el plazo de referencia en Euskadi, y contempla la necesidad de prever una serie de directrices e instrumentos de cuantificación y monitorización de los planes de movilidad. En este sentido, se contempla expresamente la necesidad de establecer objetivos y pautas relacionadas con la internalización de los costes externos generados por el transporte.

Además el Plan de Movilidad de Euskadi también recogerá una planificación de la red ferroviaria. Aunque este Plan prevalecerá sobre el resto, el Proyecto de Ley también contempla los Planes de movilidad de los territorios históricos y los Planes urbanos que serán obligatorios para los municipios con más de 20.000 habitantes.

Asimismo, cuando varios municipios lo decidan y la movilidad de sus pueblos esté integrada, será posible la elaboración de planes conjuntos bien de manera consorciada o de cualquier otra forma de colaboración institucional.

Por último y, junto a los planes de las administraciones vascas, el Proyecto de Ley prevé lo que se han denominado Planes de centros de actividad que son aquellos centros educativos, de ocio, sanitarios o centros de trabajo que estarán obligados a elaborar planes de movilidad de sus centros que analicen la movilidad que generan y pongan en marcha la implantación de medidas como transportes colectivos, coches compartidos o incluso la posibilidad del teletrabajo para gestionar adecuadamente la movilidad que generan.

El desarrollo del Plan de Movilidad de Euskadi determinará qué centros están obligados a elaborar sus propios planes y, en cualquier caso, se fomentará la elaboración de planes en el resto de centros de actividad aunque no estuvieran obligados.

En todos los instrumentos de planificación el proyecto de Ley establece la necesidad de incorporar instrumentos de evaluación y seguimiento del cumplimiento de las medidas previstas en los planes.

 

Financiación de las políticas de movilidad

El proyecto de Ley introduce medidas para conseguir una gestión de los recursos públicos desde criterios de racionalidad económica y eficiencia.

En este sentido, se introduce la figura de los programas de inversiones de financiación de las infraestructuras que deben ser elaborados por cada administración a partir de los correspondientes ratios económico sociales que permitan priorizar unas alternativas sobre otras.

Junto con los programas de inversiones, también se contempla la necesidad de elaborar planes de servicios de los servicios de transporte en los cuales se deberá analizar su forma de gestión, viabilidad, necesidad y coincidencia con otros servicios públicos.

También se prevé la necesidad de que los promotores de importantes proyectos inmobiliarios y productivos vengan acompañados de un proyecto de incorporación al sistema de transporte o red de transporte en los que además de establecer el impacto que para la movilidad tiene el nuevo desarrollo urbanístico o centro de producción, debe concretar las fórmulas de participación que el promotor va a tener que aportar para remediar los impactos en la movilidad, financiando por ejemplo, el nuevo servicio que se implante para servir los nuevos tráficos de movilidad.

Entre los mecanismos para incorporar criterios de eficiencia y racionalidad económica en la toma de decisiones de las administraciones, el artículo 16 introduce la necesidad de realizar un estudio de viabilidad previo que valore el coste de oportunidad o impacto que comporta la creación, modificación o adaptación de una infraestructura de transporte o de un servicio de transporte, su viabilidad económica, estudio de demanda etc.

Se condiciona la ejecución de cualquier inversión o la puesta en marcha de cualquier nuevo servicio a la elaboración del estudio de viabilidad que demuestre que concurren los ratios de rentabilidad económico social salvo que excepcionalmente razones de interés general justifiquen la inversión incluso si no se dan los ratios.

 


Cuestiones de gobernanza

El proyecto de ley a entrada en la Autoridad de Transportes de Euskadi (ATE) al sector de transporte y a otros actores privados implicados y atribuye a este órgano nuevas funciones que quieren convertirlo en el foro de encuentro de todas las partes implicadas; el Gobierno Vasco, las diputaciones forales, los ayuntamientos y actores privados especialmente ligados a la movilidad.

El texto encomienda a la ATE la elaboración de informes preceptivos sobre numerosas iniciativas del resto de administraciones como son los planes de movilidad, lo cual trata de convertirle en el órgano más importante de gobernanza de las distintas administraciones donde poder coordinar y consensuar las acciones de todos los actores.
 

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

APROBADO EL CALENDARIO OFICIAL DE FIESTAS LABORALES PARA 2013

Decreto por el que se aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2013.

A propuesta de la consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, el Consejo de gobierno ha aprobado el Calendario oficial de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2013.

En aplicación de la legislación del Estado, durante 2013 tendrán consideración de días inhábiles a efectos laborales todos los domingos del año y las festividades de:

   1 de enero, Año Nuevo
   28 de marzo, Jueves Santo
   29 de marzo, Viernes Santo
   1 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección
   1 de mayo, Fiesta del Trabajo
   25 de julio, Santiago Apóstol
   15 de agosto, Asunción de la Virgen
   12 de octubre, Fiesta Nacional de España
   25 de octubre, Día del País Vasco-Euskadiko Eguna
   1 de noviembre, Todos los Santos
   6 de diciembre, Día de la Constitución española
   25 de diciembre, Natividad del Señor

 
En 2013 serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por las y los delegados territoriales del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos respectivos, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada Territorio Histórico.

Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la respectiva Delegación Territorial que por ubicación les corresponda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOPV del presente Calendario oficial.
 

 

DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y CONSUMO

CONVOCADAS LAS BECAS Y AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PROFESIONALES DEL ÁMBITO SANITARIO

Orden por la que se convocan becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario.

El Departamento de Sanidad y Consumo convoca Becas y Ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario, por un importe de 172.610€, siendo requisito indispensable poseer título universitario superior o medio y estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con, al menos, un año de anterioridad a la fecha de solicitud.

Este concurso tiene dos modalidades:

- Becas y ayudas para la realización de cursos y estancias en el extranjero.
- Becas y ayudas para estancias destinadas a completar la formación del personal investigador y, en su caso, potenciar las tareas de investigación en sus propios centros de origen.

Esta convocatoria es consecuencia de la política de este Departamento que, tiene entre sus objetivos promover la mejora de la calidad de los servicios sanitarios mediante la formación del propio colectivo. Igualmente, considera la investigación e innovación como elementos fundamentales en el desarrollo del sistema sanitario de Euskadi.

Ambos objetivos se enmarcan dentro de una estrategia a largo plazo para capacitar al personal sanitario en su práctica profesional así como impulsar su formación en investigación e innovación para incorporarse, posteriormente, a la comunidad investigadora del sistema sanitario vasco.
 

 

MODIFICADOS LOS LÍMITES MÁXIMOS DE EFECTIVOS ESTRUCTURALES DE PERSONAL EN OSAKIDETZA

Acuerdo por el que se modifican los límites máximos de efectivos estructurales de personal, según grupos profesionales, con que puede contar el ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El Consejo de Gobierno ha aprobado la actualización del número máximo de efectivos, según grupos profesionales, con que puede contar el ente público Osakidetza-Servicio vasco de salud y que supone un descenso de nueve cargos directivos, dadas las reestructuraciones realizadas en las organizaciones de servicios.

Así, Osakidetza con esta actualización, pasa de tener una plantilla de 25.825 trabajadores a 25.816 empleados.

La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi dispone que las plantillas de personal de Osakidetza deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos profesionales, que apruebe el Consejo de Gobierno. Este aprobó por última vez en septiembre de 2011 un Acuerdo para la fijación de los límites, correspondiendo ahora su actualización.

El presente acuerdo es consecuencia de la aprobación, en febrero de este año, por el Consejo de Administración del Ente Público, del expediente de amortización-creación de puestos para la adecuación ordinaria de los recursos humanos.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA

CONVOCADAS AYUDAS POR VALOR DE 1.269.872 EUROS A LAS INVERSIONES DE LAS EMPRESAS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL

Orden por la que se convocan, para el ejercicio 2012, las subvenciones previstas en el Decreto 260/2010, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy destinar en 2012 un total de 1.269.872 euros en subvenciones a las empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, por la que se convocan estas ayudas económicas cuyo objetivo es que las empresas incorporen medidas de protección ambiental más exigentes de las que legalmente les son exigibles.

Esta convocatoria incluye la concesión de ayudas para la realización de estudios ambientales directamente vinculados a las inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes; para financiar inversiones para la gestión de residuos generados por terceros empleando «tecnología punta» o utilizando tecnologías convencionales de forma innovadora; y para el saneamiento de solares contaminados, cuando no se pueda identificar al responsable de la contaminación o no se le pueda obligar a correr con el coste.

También son subvencionables las inversiones en reducción de emisiones de gases de efecto invernadero; la incorporación de equipos destinados a posibilitar la valorización de arenas de moldeo de las fundiciones; la realización de estudios de viabilidad técnico ambiental previos a inversiones destinadas a superar las normas de protección medioambiental vigentes que analicen comparativamente las mejores técnicas disponibles y/o el ciclo de vida de la inversión en cuanto a generación de gases de efecto invernadero, consumo de materias primas, generación de residuos, vertidos y emisiones.

Asimismo, se incluyen ayudas a las PYMEs para financiar los costes externos derivados de servicios de asesoramiento externo en materia medioambiental, en concreto, para la inscripción en el registro europeo de gestión ambiental EMAS; la implantación y certificación en Norma de Ecodiseño UNE 150.301, ecoetiquetas (tipo I o tipo III), huella de carbono o certificaciones de aprovechamiento forestal sostenible; y la adaptación de los Sistemas de Gestión Recursos Empresariales (ERP) al Sistema de Gestión Integral de la Información Medioambiental, Sistema IKS eeM.
 

 

APROBADA LA CONVOCATORIA DE 220.000 EUROS EN AYUDAS PARA LAS ENTIDADES QUE REALICEN ACCIONES DENTRO DE LA ESTRATEGIA AMBIENTAL VASCA DE DESARROLLO SOSTENIBLE

Orden por la que se regulan y convocan subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos de voluntariado ambiental, educación, participación, formación y sensibilización en materia de medio ambiente.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy convocar las ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos de voluntariado ambiental por valor de 220.000 euros.

El Consejo de Gobierno ha dado así curso a la orden de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, por la que se convocan estas ayudas y que tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a las que podrán acogerse las entidades privadas sin animo de lucro que realicen, desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, actividades de voluntariado, educación, información, participación, formación y sensibilización en materia de medio ambiente, en el marco de las previsiones de la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible.

Con la ayuda de 220.000 euros aprobada se subvencionarán aquellos proyectos que tengan una incidencia directa en la mejora ambiental del territorio, o en la conservación de las especies; los que recojan información del medio, útil para la puesta en valor de alguna zona, su mejor gestión ambiental o el conocimiento o protección de alguna especie; y aquellos que diseñen y pongan en marcha actividades que posibiliten la implicación de la ciudadanía, y que impulsen el conocimiento, valoración, prevención y la mejora de problemas ambientales.
 

 

CONVOCADAS AYUDAS POR 130.435 EUROS PARA INVERSIONES EN ESTABLECIMIENTOS DE AGROTURISMO

Orden por la que se procede a la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2012, al amparo del Decreto 184/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula el régimen de concesión de ayudas económicas para inversiones en establecimientos de agroturismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy la convocatoria de la línea de ayudas por la que se subvencionarán inversiones en establecimientos de agroturismo del País Vasco por un valor total de 130.435 euros.

El Consejo ha dado así luz verde a la Orden por la que se convocan estas subvenciones, de las que 90.000 euros se abonarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y los 40.435 euros restantes a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Las actuaciones subvencionables a través de esta convocatoria han de estar relacionadas directamente con las obras de rehabilitación, ampliación o mejora del propio caserío o establecimiento de agroturismo.
 

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

EL GOBIERNO DESTINA 72.600 EUROS A PROYECTOS DE RESIDENCIA EN LOS TEATROS DEL PAÍS VASCO

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2012 a proyectos de residencia en los teatros de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta Orden está dotada con 72.600 euros.

La Orden tiene como objetivo la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a financiar parte del gasto que ocasiona el desarrollo de programas de colaboración entre las compañías residentes y los espacios escénicos de acogida de titularidad pública municipal de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el ejercicio 2012 y podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos u Organismos dependientes de ellos que sean titulares de un equipamiento escénico estable.

El presupuesto global destinado a estas subvenciones es de 72.600 euros, no pudiendo superar los 25.000 euros el importe concedido a un proyecto.

Las ayudas van dirigidas a aquellos proyectos presentados conjuntamente por el titular del espacio escénico y la compañía residente, y que incluyan como mínimo:

    a) La cesión de uso (con arreglo a las condiciones pactadas) a la compañía residente de las instalaciones administrativas y el espacio escénico necesario para la consecución del proyecto, la maquinaria y material escénico y los servicios profesionales del personal técnico.
    b) La realización de una producción y/o de sus representaciones en el teatro de acogida del espectáculo producido.
    c) La presentación de un programa de promoción del teatro en su entorno local (sensibilización, promoción de públicos, formación, dinamización…) donde se recoja de manera detallada los objetivos, actividades y calendario propuesto.
    d) Un presupuesto detallado que recoja los conceptos presentados en el punto anterior y que incluya la cantidad solicitada como subvención.