Sesión de  12/06/2012
Índice

DEPARTAMENTO DE INTERIOR
El Consejo de Gobierno aprueba el Plan de Emergencia Exterior de la Balsa de estériles de Mina Troya
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
Becas de excelencia académica
Ayudas para Proyectos de Investigación básica y/o aplicada y para Proyectos en Cooperación
2 millones de euros para el proyecto CEI Euskampus
400.000 euros para equipamiento científico
Acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional
3 millones de euros para el programa ZabaldUz
IES Badaia BHI
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El Gobierno aprueba el Decreto de reparación de víctimas de violencia de motivación política
DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Puertos
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
El nuevo Plan Vasco de Inclusión Activa superará los 500 millones al año para luchar contra la pobreza
Destinados 5,88 millones de euros a los ayuntamientos para que contraten técnicos en servicios sociales e inmigración
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA
Convocadas ayudas por 50.000 euros para la participacion en la produccion agraria ecologica
Avanza la reorganizacion de Hazi con la modificacion de funciones de la Fundación
Convocadas las ayudas a la implantación de servicios de gestión agroforestal y para la instalación de jóvenes agricultores
DEPARTAMENTO DE CULTURA
Abierto el plazo para que los ayuntamientos soliciten subvenciones destinadas a la promoción de los archivos públicos, dotadas con 220.000 euros
Subvenciones para que los ayuntamientos implanten nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas integradas en la red de lectura pública de Euskadi
El Departamento de Cultura abre el plazo para que los ayuntamientos soliciten subvenciones destinadas a la promoción de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas municipales entre niños y jóvenes
El Gobierno destina 483.000 euros a la producción literaria tanto en euskera como en castellano
El Gobierno aprueba el III Plan Joven de Euskadi, marco para las políticas interinstitucionales y abierto a la participación social
DEPARTAMENTO DE INTERIOR

EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA EL PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR DE LA BALSA DE ESTÉRILES DE MINA TROYA

Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Emergencia Exterior de la Balsa de estériles de Mina Troya, ubicada en Gabiria (Gipuzkoa).

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Plan de Emergencia Exterior de la Balsa de estériles de Mina Troya, ubicada en Gabiria, Gipuzkoa.

El acuerdo está basado en la Ley de Gestión de Emergencias en la que se contempla la elaboración de Planes especiales para hacer frente a riesgos cuya naturaleza requiera de una metodología técnico-científica, sobre todo en el caso de aquellos que están contemplados en la Norma Básica de Protección Civil.

Entre dichos planes se incluyen los de emergencia exterior que deben elaborarse para aquellos establecimientos incluidos en el ámbito de aplicación del conjunto normativo sobre medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

Conforme a dicha normativa, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas elaborarán, con la colaboración de los industriales, un Plan de Emergencia Exterior para prevenir y, en su caso, mitigar, las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados que establezcan las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN

BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan becas de excelencia académica para reconocer y premiar al alumnado universitario de alto rendimiento académico, para el curso académico 2012-2013.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, la Orden por la que se convocan becas de excelencia académica para reconocer y premiar al alumnado universitario de alto rendimiento para el curso académico 2012-2013.

El objeto de esta orden, por un importe global de 705.000 euros, es la concesión de becas denominadas “becas de excelencia académica” destinadas al alumnado de alto rendimiento que haya obtenido esta beca para el curso académico 2011-2012 ó que accede por primera vez a la universidad en el curso académico 2012-2013 y está matriculado en enseñanzas de Grado o nivel académico equivalentes.

Las “becas de excelencia académica” tienen como finalidad potenciar la excelencia en el estudio y en las tareas de investigación del alumnado universitario, premiando su rendimiento académico.


 

AYUDAS PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN BÁSICA Y/O APLICADA Y PARA PROYECTOS EN COOPERACIÓN

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para la realización de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada y Proyectos en Cooperación para el periodo 2013-2015.

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación; Universidades e Investigación, ha aprobado una orden por la que se convocan ayudas para la realización de Proyectos de Investigación básica y/o aplicada y Proyectos en Cooperación para el periodo 2013-2015.

En la presente convocatoria se contemplan dos modalidades, la primera destinada a fomentar la ejecución de proyectos de Investigación básica y/o aplicada en un único organismo y la segunda en la que se fomenta los grupos de investigación de diferentes organismos en un mismo proyecto.

Esta convocatoria cuenta con una dotación económica de 860.000 euros, distribuidos de la siguiente forma: 380.000 euros para el primer año, 240.000 € para el ejercicio 2014 y 240.000 € para el de 2015.
 

 

2 MILLONES DE EUROS PARA EL PROYECTO CEI EUSKAMPUS

Acuerdo de concesión de una subvención directa a la Universidad del País Vasco para la implementación de diversos programas en el marco del proyecto CEI Euskampus.

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación; Universidades e Investigación, ha acordado autorizar la concesión de una subvención directa a la Universidad del País Vasco, por un importe de 2.000.000 euros, para la implementación de los programas : Unidades de Excelencia; nExUs, Campus Transfronterizo; TranUx, Campus Ubicuo; UbiUs, Puentes internacionales; GlobUs, Difusión territorio; EveniUs, Escuela de Master y Doctorado; DoktoreUz, TalenUz y EuskampUs.

 

400.000 EUROS PARA EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas en el ejercicio 2013 para la adquisición de equipamiento científico.

El Consejo de Gobierno, en su reunión de hoy, ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, una orden por la que se convocan ayudas para equipamiento científico.

Estas ayudas, por un importe global de 400.000 euros, tienen como objeto incrementar el potencial científico y tecnológico de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como mejorar la gestión de uso del activo en equipamiento, y se destinarán a la adquisición de equipamiento científico ordinario y de gran equipamiento científico.


 

ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Orden de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan las ayudas para la impartición de cursos de preparación de la Prueba de acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional para el curso 2012-2013.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, ha aprobado, en su reunión de hoy, la orden por la que se convocan las ayudas para la impartición de cursos de preparación de la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional para el curso 2012-13.

El objeto de esta orden es el convocar ayudas económicas, por un importe global de 224.000 euros, a centros privados concertados para la organización e impartición de cursos de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de Grado Medio o de Grado Superior de Formación Profesional para el curso 2012-13, dirigidos a las personal mayores de edad interesadas en acceder a ciclos formación profesional pero carecen de la titulación correspondiente.


 

3 MILLONES DE EUROS PARA EL PROGRAMA ZABALDUZ

Acuerdo de concesión de una subvención directa a la Universidad del País Vasco para la implementación del programa ZabaldUz en el marco del proyecto CEI Euskampus.

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación; Universidades e Investigación, ha acordado autorizar la concesión de una subvención directa a la Universidad del País Vasco, por un importe de 3.000.000 euros, para la implantación del programa ZabaldUz en el marco del Proyecto CEI Euskampus.

Este programa posibilita que el esfuerzo investigador se haga dentro del CEI Euskampus, lo que facilita el futura para las personal participantes en el mismo al crearse el entrono adecuado desde “la idea al bienestar social”, al tiempo que se abona el tejido empresarial y social del País Vasco con profesionales altamente cualificados.
 

 

IES BADAIA BHI

Acuerdo de autorización del contrato de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para la obra de construcción del IES Badaia BHI, en Iruña de Oca (Álava).

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación; Universidades e Investigación, ha acordado autorizar el gasto de 5.649.546 euros para la contratación de la obra de construcción del nuevo centro IES BADAIA BHI en Iruña de Oca (Araba).

 

 

 

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

EL GOBIERNO APRUEBA EL DECRETO DE REPARACIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE MOTIVACIÓN POLÍTICA

Decreto de declaración y reparación de las víctimas de violencia de motivación política.

El Pleno del Parlamento Vasco aprobó el 31 de Marzo de 2011 la Proposición no de Ley 61/2011 sobre víctimas de sufrimientos injustos como consecuencia de violaciones de derechos humanos, en un contexto de violencia de motivación política. En dicha proposición, el Parlamento instó al Gobierno Vasco a poner en marcha medidas y actuaciones destinadas al reconocimiento de dichas víctimas, y a la reparación de su sufrimiento.

Mediante la aprobación del presente Decreto, el Gobierno Vasco:

    - reconoce la injusticia del sufrimiento de aquellas víctimas.
    - reconoce la necesidad de acabar con el olvido institucional en que han permanecido.
    - declara su firme voluntad de contribuir a paliar este sufrimiento a través de las medidas de reparación que contempla.

Los derechos de estas víctimas fueron vulnerados en condiciones de impunidad y con clara intencionalidad política entre los años 1960 y 1978, en el periodo predemocrático anterior a la aprobación de nuestra Constitución.

Hay que recordar también que buena parte de los hechos ni tan siquiera fueron investigados y, los que si lo fueron, no gozaron de las suficientes garantías legales y judiciales.

El silencio que han padecido estas víctimas, además de agraviar el sufrimiento generado, ha supuesto una notable pérdida de confianza en las instituciones públicas por parte de las propias víctimas, de sus familiares y demás afectados. De ahí que sea necesario y urgente restituir esta confianza.

Este Decreto implica el reconocimiento oficial de la existencia de estas víctimas y de la injusticia ejercida sobre ellas, lo que resulta especialmente importante dado que, en numerosos de estos hechos, estuvieron directamente implicados agentes del Estado.

Del decreto quedan expresamente excluidas las personas que se encontraran desarrollando actividades violentas y también los casos en que el fallecimiento o las lesiones se produjeran por actos dirigidos a evitar o repeler dicha acción violenta.

El Gobierno Vasco está convencido de que ejercer el reconocimiento público hacia estas víctimas, desde presupuestos morales firmes y compartidos, es una de las mejores contribuciones que, entre todos, podemos prestar para el futuro, en paz y convivencia, de la ciudadanía vasca.

Y es, asimismo, la mejor manera de consolidar un discurso de deslegitimación radical de la violencia que evite su justificación sobre la base de espacios de impunidad en la sociedad vasca.
 

 

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EL GOBIERNO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PUERTOS

Proyecto de Ley de Puertos del País Vasco.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Puertos. Euskadi dispone de la competencia plena sobre los puertos de titularidad vasca, por lo que el Gobierno Vasco entiende que es necesario una Ley que aborde la materia de forma integral y que regule una materia que actualmente está regulada de forma fragmentaria y dispersa.

La Ley se estructura en cinco Títulos, una Disposición Adicional, cuatro Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y tres Finales.

El objeto de la ley es:

- Determinar y clasificar los puertos marítimos de titularidad vasca, así como definir sus zonas de actividad portuaria diferenciada.

- Establecer la estructura y funcionamiento de la Administración Portuaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Regular la planificación, explotación, construcción, ampliación, reforma y mantenimiento de los puertos de titularidad vasca.

- Regular la gestión del dominio público portuario competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, estableciendo su régimen de uso.

- Regular el régimen de prestación de los servicios portuarios en los puertos de titularidad vasca, así como el acceso y uso de los mismos.

- Establecer el régimen de infracciones y sanciones en el dominio público portuario autonómico, así como las potestades de vigilancia, inspección y control correspondientes a la Administración Portuaria vasca.

- Regular el régimen económico-financiero derivado de la utilización del dominio público portuario autonómico y de la prestación de servicios portuarios.

La Ley Incorpora una clasificación de los puertos de titularidad vasca en función a las actividades que desarrollen y de los servicios e instalaciones mínimas que ofrecen.

La tipología establecida los divide en:

• puertos pesqueros
• infraestructuras náutico-recreativas
• y puertos mixtos, definiendo estos últimos como aquellos en los que se simultanean las actividades pesquera, náutico-recreativa y comercial.

Se admite, asimismo, la posibilidad de que un mismo puerto marítimo albergue, dentro de su ámbito, puertos pesqueros e infraestructuras náutico-recreativas, en consonancia con la previsión según la cual en su ámbito pueden desarrollarse una o más actividades portuarias diferenciadas.

Los puertos pesqueros se clasifican, atendiendo a los servicios e instalaciones mínimas que ofrezcan, en:

a) Puertos pesqueros de Nivel 1 o Prioritario
En estos puertos los servicios e instalaciones mínimas serán los siguientes:
Lonja de venta de pescado y báscula, Almacén de cajas, Fábrica de hielo, Almacenes de pertrechos, Grúa de 5 t, Suministro de combustible, Acceso restringido, Acceso camiones, Garbigune (recogida de envases, pilas y baterías, aceite y materia orgánica).

b) Puertos pesqueros de Nivel 2 o Secundarios.
Son los puertos en los que no se cuenta con todos los servicios e instalaciones indicados para los de Nivel 1 o Prioritarios.

 

Las infraestructuras náutico-recreativas se clasifican en:

a) Puertos deportivos: son aquellos construidos expresamente para tal fin y con un número de amarres a pantalán igual o superior a 200.

En los puertos deportivos los servicios e instalaciones mínimas a satisfacer serán los siguientes: Capitanía marítima, Servicio de previsión meteorológica, Área técnica con zona de carenado y reparaciones, Talleres de reparación, Grúa de 5 t o travel-lift,Porcentaje de amarres a pantalán del 100%, Amarres a pantalán con torretas de agua y electricidad, Pantalanes con puerta de acceso restringido, Pantalán de recepción para los barcos en tránsito, Porcentaje de amarres destinado a tránsito (10%).Zona de parking, Acceso restringido al paso de vehículos, Suministro de combustible, Garbigune (envases, pilas y baterías, aceite y materia orgánica), Cafetería-Restaurante y Vestuarios para amarristas.

b) Dársenas deportivas: son aquellas que, encontrándose en el interior de un puerto pesquero, se destinan a la actividad náutico-recreativa.

En las dársenas deportivas los servicios e instalaciones mínimas a satisfacer serán los siguientes: Servicio de previsión meteorológica, Área técnica con zona de carenado y reparaciones, Grúa de 5 t, Porcentaje de amarres a pantalán del 60%, Amarres a pantalán con torretas de agua y electricidad, Pantalanes con puerta de acceso restringido, Pantalán de recepción para los barcos en tránsito y Garbigune (envases, pilas y baterías, aceite y materia orgánica).

c) Instalaciones náutico-recreativas: son aquellas en las que o bien no se alcanza el 60% de amarre a pantalán o bien se trata de zonas de fondeo de embarcaciones carentes de pantalanes de amarre, situadas generalmente en puertos pesqueros o en rías, que apenas prestan más servicios que el abrigo.

 En las instalaciones náutico-recreativas los servicios e instalaciones mínimas a satisfacer serán los siguientes: Área técnica con zona de carenado y reparaciones, Rampa de varada o, en su defecto, grúa, Fondeos organizados y regulados convenientemente, Garbigune (envases, pilas y baterías, aceite y materia orgánica.

Los puertos mixtos son los que simultanean las actividades pesquera, náutico-recreativa y comercial sin un carácter marcadamente preponderante de alguna de ellas.

Un mismo puerto de titularidad vasca podrá tener dentro de su ámbito puertos pesqueros de Nivel 1 o 2 e infraestructuras náutico-recreativas.

En materia organizativa, la Ley opta por un modelo de gestión portuaria en el que la competencia exclusiva en materia de puertos se ejercerá por el Departamento del Gobierno competente en materia de puertos y asuntos marítimos, que tendrá la consideración de Administración Portuaria.

Se prevé, asimismo, la creación de órganos consultivos y de participación que garantizarán la participación institucional y social en materia de puertos y asuntos marítimos con presencia de otras Administraciones Públicas y/o Departamentos del Gobierno Vasco, así como de representantes de los sectores y agentes protagonistas de las diferentes actividades que se desarrollan en el ámbito portuario vasco.

El Título II aborda tanto la ordenación territorial y urbanística del espacio portuario y su necesaria articulación con la planificación sectorial portuaria, como la explotación y construcción de los puertos de titularidad vasca.

Por lo que respecta a la planificación territorial y urbanística, se mantiene el modelo general consagrado por la legislación en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Se confirma el sentido coordinador que se ha venido reconociendo a la regulación en materia de ordenación del territorio respecto a las acciones con incidencia territorial que corresponda desarrollar a las diferentes Administraciones públicas en ejercicio de sus respectivas competencias. Se subraya, asimismo, el protagonismo de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco como foro de cooperación entre todas las Administraciones vascas con competencias sobre el territorio.

La Ley incorpora una previsión relativa a la utilización del dominio público portuario por parte de otros órganos de la Administración General del País Vasco, así como de órganos de la Administración General del Estado durante el tiempo que sea preciso, siempre que dicha utilización sea compatible con la normal explotación del puerto y se solicite para finalidades de interés general. En este último supuesto, dicha utilización se materializará mediante la suscripción del correspondiente convenio.

Se incluye en este Título un Capítulo dedicado a la construcción, ampliación, reforma y mantenimiento de los puertos de titularidad vasca, dividiéndose en dos secciones: la primera, aplicable al supuesto de que tales actuaciones correspondan a la iniciativa pública; y la segunda, que da entrada en esta materia a la iniciativa privada a través del contrato de concesión de obras públicas portuarias, regulando con detalle los requisitos objetivos y subjetivos de esta figura, así como el contenido mínimo que deberá incluir el título de otorgamiento.

El Título III regula la gestión del dominio público portuario. Para ello, se acude a instituciones ya clásicas que posibilitan su utilización por los particulares, la autorización y concesión, según las características del uso que se pretenda, y se establece el régimen jurídico de dichos títulos habilitantes.

Este Título recoge, asimismo, prescripciones encaminadas a la conservación del demanio estableciendo obligaciones esenciales que deberán ser observadas tanto por las personas usuarias del dominio público portuario como por las instalaciones portuarias: prohibición de vertidos, reposición de terrenos o instalaciones que se puedan alterar, prohibición de obras de dragado sin autorización previa y recepción de residuos en instalaciones adecuadas.

El Título IV es el que se destina a la regulación de los servicios portuarios y es la parte de la Ley en que se pone de manifiesto con mayor claridad la nueva concepción de los puertos como operadores económicos y sede de diferentes actividades, servicios que se definen como prestaciones ofrecidas al público para la satisfacción de operaciones y necesidades marítimas y portuarias mínimas para el adecuado funcionamiento de los puertos.

Así, el Departamento competente fijará los servicios portuarios a establecer en cada puerto y, en caso de que algún servicio no se preste en un determinado puerto, el mecanismo de cobertura del mismo.Los servicios generales serán prestados por la Dirección competente, bien directamente, o mediante cualquier mecanismo de gestión indirecta legalmente previsto, de acuerdo a lo que reglamentariamente se determine. La prestación de servicios generales dará lugar a la exacción de la correspondiente tasa portuaria.

Los servicios especiales serán prestados en régimen de competencia por particulares con autorización de la Dirección competente a través del otorgamiento de la correspondiente licencia, o por la Administración Portuaria en caso de ausencia o insuficiencia de prestación por parte del sector privado.

La prestación de servicios especiales por el sector privado dará lugar al cobro de las correspondientes tarifas que, con carácter de máximas, serán fijadas por la Dirección competente en materia de puertos y asuntos marítimos en los pliegos de condiciones del servicio correspondiente.

El Título V se destina a regular la actividad de policía y el régimen sancionador, abordando la regulación de un régimen sancionador para el sector basado en los principios de legalidad, tipicidad, responsabilidad, irretroactividad y proporcionalidad.

Se establecen, asimismo, las potestades de vigilancia, inspección y control correspondientes a la Administración Portuaria vasca que serán ejercidas a través del personal portuario adscrito a la Administración Portuaria debidamente cualificado, a quien se reconoce la condición de autoridad pública en el ejercicio de las mismas, de forma que los hechos que constate tendrán valor probatorio.

La potestad sancionadora en materia de puertos y asuntos marítimos queda de forma exclusiva en manos de los órganos de la Administración Portuaria, repartiendo la competencia sancionadora entre los órganos superiores del Departamento competente en dichas materias en atención a la gravedad de la sanción a imponer.
 

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

EL NUEVO PLAN VASCO DE INCLUSIÓN ACTIVA SUPERARÁ LOS 500 MILLONES AL AÑO PARA LUCHAR CONTRA LA POBREZA

Acuerdo por el que se aprueba el III Plan Vasco para la Inclusión Social 2011-2015. Plan de Inclusión Activa.

Este programa tendrá vigencia hasta el año 2016 y se estructura en nueve líneas u objetivos

El nuevo Plan Vasco de Inclusión Activa, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, destinará más de 500 millones de euros al año con el objetivo de luchar contra la pobreza y la exclusión social de los ciudadanos vascos más vulnerables. Este proyecto establece los retos y las prioridades a abordar en la prevención y el tratamiento de la exclusión social y aborda los cambios y las actuaciones que deberán acometerse para facilitar y ordenar los procesos de inclusión social y laboral en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El plan tendrá vigencia hasta 2016 y en cada ejercicio, el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales destinará un presupuesto aproximado superior a los 500 millones de euros. Esta inversión económica, además de las políticas activas de empleo (formación, orientación laboral, fomento a la contratación...), incluirá las prestaciones económicas, como la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y la Prestación Complementaria de Vivienda (PCV).

“El contexto de la durísima crisis económica que sufrimos obliga a asegurar aún más la acción protectora, pero también a mejorar su eficacia y eficiencia, entendiendo la inclusión social como una inversión y una oportunidad de crecimiento económico y de creación de empleo”, ha subrayado la consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta.

El Plan Vasco de Inclusión Activa se estructura en nueve líneas u objetivos estratégicos, cinco de las cuales se corresponden con los sistemas de actuación que lo conforman, a saber, Empleo, Servicios Sociales, Educación, Sanidad y Vivienda. Los otros cuatro objetivos estratégicos del Plan focalizan las actuaciones en elementos transversales, tales como la coordinación y cooperación entre los sistemas de actuación y las instituciones y agentes, la contribución de las entidades de acción social del llamado Tercer Sector; la realización de estudios e investigaciones acerca de la pobreza y exclusión social y, finalmente, el desarrollo del marco de normativa legal.

Las líneas estratégicas se despliegan, a su vez, en 26 objetivos generales y éstos en 146 medidas o actuaciones. Para poder evaluar el grado de realización, el resultado y el impacto de estas medidas en la población objetivo, se ha incluido una propuesta de más de 180 indicadores de evaluación del plan.

 

 Niveles previos a la crisis

Asimismo, el plan establece una meta cuantitativa de reducción de la pobreza hasta 2016 a los niveles previos a la crisis económica, evitando que ésta se traduzca en un sustancial deterioro de las condiciones de vida en Euskadi.

Para establecer esta meta se ha tenido en cuenta el escenario macroeconómico previsto, el impacto del paro, el acceso a prestaciones de desempleo, la duración del paro, la dinámica demográfica, etc. De las mismas, se deriva una tendencia al alza en el impacto de la privación para los próximos años, debido en parte al empeoramiento de la situación de la población parada, incluso en el contexto de la caída final del paro prevista a partir de 2013.

Entre las líneas de actuación necesarias para llegar a la meta de reducir la tasa de pobreza y exclusión social destacan dos: por un lado, mantener en lo esencial el actual nivel de protección, incluidas las prestaciones económicas; y por otro lado, introducir una acción selectiva en los procesos de inserción por el empleo. Esto es, se trata de conseguir un impacto diferencial en los beneficiarios de prestaciones económicas que permita derivar a parte del colectivo hacia el empleo.

Destinatarios

Las personas destinatarias del Plan son personas con necesidades de inclusión relacional, social y/o laboral, en las que también pueden presentarse necesidades económicas, de salud, educativas o de vivienda y que, en definitiva, pueden encontrarse en situación o en riesgo de exclusión social. Concretamente, los grupos de población que sufren la tasa más alta de pobreza son los hogares encabezados por personas jóvenes menores de 35 años, los encabezados por mujeres monoparentales, los que sufren precariedad laboral y los encabezados por personas inmigrantes.

Respecto al anterior plan de inclusión social, se pueden destacar algunos elementos diferenciales:

-Incremento de su duración de 3 a 5 años.

-Aumento del número de actuaciones

-La empleabilidad y el acceso al empleo son aún en mayor medida el eje central para la inclusión social.
-Mayor énfasis en la coordinación entre los sistemas e instituciones implicadas y en la evaluación, así como la transferencia de las políticas activas de empleo a Euskadi y la gestión centralizada de las prestaciones económicas y su vinculación a los servicios de activación laboral.

Así, el plan pone las bases para que la prestación de servicios de los sistemas de protección (empleo, servicios sociales, educación, salud y vivienda) se realice de forma coordinada entre los sistemas e instituciones, para generar sinergias entre sus actuaciones y centrarse en los problemas y dificultades específicas de las personas.

Evaluación anual

El plan se pone en marcha a partir de su aprobación, y su ejecución y resultados se evalúan anualmente. El Gobierno Vasco, principalmente a través del departamento de Empleo y Asuntos Sociales, es el organismo responsable de la aprobación y ejecución del plan. El Plan debe rendir cuentas de su contribución y, así, la Ley 18/2008, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, ha establecido la obligación de redactar informes anuales de seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan.

Varios son los principios de actuación del Plan: la concepción multidimensional de los procesos de exclusión e inclusión social, la garantía del doble derecho a unos ingresos mínimos y a la inclusión social, la diferencia entre las situaciones de pobreza y las de exclusión social, el método de intervención de la inclusión activa mediante acuerdos escritos de corresponsabilidad respecto a los itinerarios individuales de inserción, entre otros.
  

  Objetivos Estratégicos Objetivos Generales
Objetivo sectorial 1. Impulsar la inclusión social mediante la activación desde el empleo a las personas más vulnerables para reducir la pobreza y la exclusión social, asegurando un nivel de renta digno y el acceso a las personas empleables a un empleo decente 1.1 Proporcionar a las personas con mayores dificultades una atención personalizada de mayor intensidad, que se materializará en un número mínimo de recursos a los que tendrán acceso, durante el periodo de referencia.
1.2 Incrementar la empleabilidad de las personas con mayores dificultades.
1.3 Promover la permanencia y el progreso en el empleo
1.4 Prevenir el desarrollo de la pobreza en el empleo, incrementado su calidad y sostenibilidad
 
Objetivo sectorial 2. Fomentar la inclusión social mediante la activación desde los Servicios Sociales, dentro de su misión de favorecer la integración social, la autonomía y el bienestar social de todas las personas, familias y grupos, desarrollando una función promotora, preventiva, protectora y asistencial, a través de prestaciones y servicios de naturaleza fundamentalmente personal y relacional, reforzando sus servicios en las situaciones de vulnerabilidad riesgo y/o exclusión social 2.1 Mejorar la coordinación con otros sistemas de protección social: coordinación entre el sistema de servicios sociales, empleo y el de garantía de ingresos; la construcción del espacio sociosanitario; trabajo en red con centros escolares; coordinación con otros sistemas (justicia, vivienda, transporte…)
2.2 Promover la inclusión social y laboral y la autonomía de las personas usuarias y potenciar la participación social enfocada desde la solidaridad, construyendo un modelo de responsabilidad social y compromiso de todos los agentes, instituciones, entidades, asociaciones y personas
2.3 Adecuar la atención a las necesidades de las personas más vulnerables: elaboración de herramientas comunes que faciliten la determinación de la intensidad de apoyo requerida por las personas demandantes de Servicios Sociales y de otros ámbitos de intervención, según las necesidades detectadas
2.4 Potenciar la prevención de las situaciones de desprotección infantil mediante programas de preservación e intervención familiar
 
Objetivo sectorial 3. Promover la inclusión social mediante la activación desde la educación a lo largo de toda la vida 3.1 Impulsar la reducción del abandono escolar como elemento clave para la prevención de la exclusión social.
3.2 Promover la inclusión escolar y social, adecuando las respuestas educativas a todas las personas
 
Objetivo sectorial 4. Impulsar la inclusión social activa desde las políticas de vivienda 4.1 Mejorar la coordinación entre los servicios vinculados a la ayuda social y el funcionamiento del parque público de viviendas en venta y alquiler
4.2 Fomentar el acceso a una vivienda en condiciones de todas las personas que lo necesiten
 
Objetivo sectorial 5. Fomentar la inclusión social activa desde la sanidad, mediante la implementación de medidas y acciones que persigan los siguientes objetivos: la equidad en el acceso a los servicios sanitarios, la prevención de las situaciones de exclusión social y la coordinación con los agentes implicados en el área de inclusión social 5.1 Reforzar la coordinación de los agentes implicados en la prestación de servicios sanitarios y la inclusión activa
5.2 Garantizar el acceso a los servicios sanitarios a todas las personas en igualdad de condiciones
5.3 Prevenir desde los servicios sanitarios las situaciones de exclusión social
 

 

  Objetivos Estratégicos Objetivos Generales
Objetivo horizontal  6. Articular establemente e impulsar la cordinación y cooperación interadministrativa, interdepartamental y multisistema, así como la gobernanza participativa, con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia del Plan Vasco de Inclusión Activa. 6.1.Asegurar la coordinación del Plan Vasco de Inclusión Activa con otros planes e iniciativas ya existentes que incorporan actuaciones para la inclusión activa de grupos poblacionales vulnerables, con el objeto de aprovechar los avances y las experiencias acumuladas en materia de inclusión activa.
6.2.Establecer mecanismos de coordinación, cooperación y comunicación entre todos los actores públicos con competencias en materias relacionadas con la inclusión activa, para diseñar y desarrollar acciones conjuntas que mejoren la integración activa de las personas, reforzando la vinculación de las políticas activas de empleo con las políticas pasivas y de protección social.
6.3..Mejorar la sensibilización, formación y adaptación a las nuevas estrategias de actuación de los/as profesionales de la inclusión social de todos los sistemas de protección, con el objetivo de conocer las necesidades individuales de cada persona y asegurar una gestión eficaz de los recursos a disposición de los beneficiarios del PVIA.
6.4. Realizar un seguimiento sistemático para promover una adaptación final óptima de los nuevos mecanismos de funcionamiento y coordinación y un diseño del sistema sostenible.
 
Objetivo horizontal 7. Reconocer y potenciar el valor de la aportación de las entidades del Tercer Sector en el trabajo con colectivos en situación o riesgo de exclusión social 7.1. Re-organizar la colaboración de las entidades del Tercer Sector en la gestión de los procesos de intervención para la inclusión sociolaboral, dando valor a su conocimiento, saber hacer y a su labor de representación de estas personas y potenciar sinergias en el trabajo colaborativo
7.2. Realizar acciones de comunicación e información para mejorar la coordinación y colaboración entre los organismos públicos con competencia en el plan y las entidades del Tercer Sector y otros agentes económicos y sociales
7.3. Trabajar de manera colaborativa con el objetivo de cambiar la comprensión que la sociedad vasca tiene de las necesidades, las oportunidades y la contribución social y laboral de las personas en situación de exclusión o en riesgo de padecerla.
 
Objetivo horizontal 8. Analizar y realizar estudios e informes para la planificación estratégica y la innovación en las políticas de garantía de ingresos, el empleo y la formación definiendo nuevos enfoques que contribuyan a la activación e inclusión laboral. 8.1. Mejorar el conocimiento sobre los fenómenos de la pobreza y la exclusión social, de modo que contribuya a la evaluación y al diseño de las políticas públicas y a la toma de decisiones.
8.2. Mejorar el conocimiento sobre la situación social, laboral y formativa de las personas más vulnerables en la CAPV, para evaluar las políticas, orientar la toma de decisiones hacia nuevas política, y mantener informada y sensibilizada a la opinión pública en general.
8.3 Promover la innovación social, fomentando el emprendimiento social y la responsabilidad social corporativa
 
Objetivo horizontal 9. Adecuar el marco normativo vigente al objeto de ordenar y facilitar los procesos de inclusión activa 9.1 Desarrollar aspectos de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de ingresos y para la Inclusión Social, asegurando su aplicación y completando su desarrollo reglamentario

 

DESTINADOS 5,88 MILLONES DE EUROS A LOS AYUNTAMIENTOS PARA QUE CONTRATEN TÉCNICOS EN SERVICIOS SOCIALES E INMIGRACIÓN

Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de las ayudas económicas para la contratación de personal técnico y/o administrativo y para el desarrollo de actividades por parte de instituciones públicas en el ámbito de la intervención social, para el año 2012.

 El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales pondrá a disposición de los ayuntamientos vascos un total de 5,88 millones de euros para que a lo largo de 2012 puedan contratar profesionales para los servicios sociales de base y los servicios de inmigración. El importe de las ayudas permitirá, igualmente, sufragar el coste de las actividades municipales que estén relacionadas con el bienestar social, la inclusión y la participación.

Una primera línea de ayudas, dotada con 4,46 millones de euros, posibilitará la incorporación de personal técnico y administrativo para reforzar el trabajo que desarrollan los servicios sociales en los municipios. Durante el pasado año, las ayudas que otorgó el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales en este área permitieron a 94 ayuntamientos contratar para este trabajo a 192 técnicos y 132 administrativos de refuerzo. Y en total, se financiaron 42 proyectos dirigidos a lograr la normalización en la vida cotidiana de colectivos socialmente marginados.

Una segunda línea de actuación, que este año tendrá un presupuesto de 1,42 millones de euros, permitirá que los municipios de la comunidad autónoma puedan contratar a técnicos de inmigración y desarrollar actividades en materia de convivencia intercultural en el ámbito municipal. En 2011, se financiaron 28 proyectos, y un total de 17 profesionales especializados en inmigración se incorporaron a estos servicios gracias a las ayudas del Departamento.

La distribución de las ayudas contempla la representación que cada municipio tiene sobre el total de la tasa de desempleo de la comunidad autónoma, el número de perceptores de la Renta de Garantía de Ingresos en cada localidad, o la tasa de inmigración.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, AGRICULTURA Y PESCA

CONVOCADAS AYUDAS POR 50.000 EUROS PARA LA PARTICIPACION EN LA PRODUCCION AGRARIA ECOLOGICA

Orden por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2012, las ayudas para la participación en la producción agraria ecológica al amparo del decreto 3/2012, de 31 de enero.

El Consejo de Gobierno ha dado hoy luz verde a la convocatoria de 50.000 euros en subvenciones para la participación en la producción agraria ecológica durante el presente ejercicio 2012.

La consejera Pilar Unzalu ha firmado la Orden por la que se convocan estas ayudas, de las que podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de operadores y operadoras gestionado por el Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi.

Estas ayudas están previstas en el Decreto 3/2012, de 31 de enero. El máximo de la ayuda podrá alcanzar el 80% de los gastos subvencionables y, en todo caso, la cuantía de la ayuda concedida no podrá superar el importe de 3.000 euros fijado por la legislación comunitaria.
 

 

AVANZA LA REORGANIZACION DE HAZI CON LA MODIFICACION DE FUNCIONES DE LA FUNDACIÓN

Acuerdo por el que se autoriza a la Fundación HAZI Fundazioa para la modificación de los estatutos fundacionales.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy la modificación de estatutos de la Fundación Hazi Fundazioa en un paso más del proceso de reorganización que se sigue llevando a cabo en el seno de la Corporación del Gobierno Vasco para el Desarrollo del Medio Rural y Litoral para poder prestar servicio de ventanilla única al sector primario vasco.

En el marco de esta reorganización se ha aprobado también la cesión, sin coste alguno, de activos y pasivos de la parte que antiguamente era Itsasmendikoi y que estaba ligada al desarrollo rural, a la Fundación Hazi Fundazioa para el desarrollo de sus funciones.

La modificación estatutaria amplía la función social de la Fundación para impulsar, promover y desarrollar la competitividad, sostenibilidad e innovación dentro de su ámbito de actuación, que comprenderá el sector primario (agrícola, ganadero, pesquero y forestal), el medio rural y litoral y la industria alimentaria, contribuyendo a su valorización y al mantenimiento del patrimonio natural y cultural.

Así, entre sus funciones figura desarrollar e impulsar los productos agroalimentarios de calidad diferenciada mediante distintivos de calidad y origen; promocionarlos; promover actuaciones para la cooperación entre los operadores y los sectores implicados; o impulsar y apoyar el emprendimiento y el apoyo a proyectos empresariales.

La Fundación también difundirá programas europeos para el desarrollo de proyectos de cooperación nacional o trasnacional, impulsará iniciativas para promover la reactivación social y económica del medio rural y litoral y participará en la elaboración y gestión de planes de organización sectorial.

Asimismo, desarrollará soluciones tecnológicas para la mejora de los procesos de producción, comercialización y transformación, ejecutará proyectos de carácter estadístico, metodológicos o socioeconómicos.
 

 

CONVOCADAS LAS AYUDAS A LA IMPLANTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN AGROFORESTAL Y PARA LA INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES

Orden, por la que se convocan para el año 2012 las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento; y por la que se da publicidad al volumen total de la ayuda nacional complementaria a la instalación de jóvenes agricultores.

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy la orden por la que se convocan las ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento a las explotaciones agrarias y forestales del País Vasco para el año 2012; y por la que se da publicidad al volumen total de la ayuda nacional complementaria a la instalación de jóvenes agricultores en el sector. Ambas líneas de ayudas suman 581.064 euros.

El Consejo de Gobierno ha dado así luz verde a la Orden de la consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, por la que se convocan estas ayudas a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento que ascienden a un total de 86.064 euros, de los cuales 30.983 euros serán con cargo al fondo europeo FEADER y los 55.080 euros restantes con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Estas subvenciones están destinadas a facilitar a agricultores y silvicultores del País Vasco, a través de los centros de gestión, la adaptación, mejora y gestión de sus explotaciones, así como a contribuir a aumentar el rendimiento global de las mismas.

Entre los proyectos o acciones a subvencionar figura la modernización y mejora técnica de las explotaciones; la jubilación anticipada de agricultores y trabajadores agrícolas; la utilización de servicios de asesoramiento; la gestión de recursos hídricos; la mejora de las infraestructuras; la compensación de las dificultades naturales en zonas de montaña y distintas a la montaña; o las agroalimentarias.

Por otro lado los presupuestos del País Vasco contemplan una dotación de 495.000 euros como ayuda nacional complementaria a la instalación de jóvenes agricultores, para permitir la creación de nuevas explotaciones o facilitar el relevo generacional en las ya existentes a través de procesos de formación, estudios de viabilidad, monitorización y tutorización de estas iniciativas.

De la suma de 495.000 euros, un total de 330.000 son con cargo a créditos del ejercicio 2012 y 165.000 con cargo a créditos de compromiso de 2013.
 

 

DEPARTAMENTO DE CULTURA

ABIERTO EL PLAZO PARA QUE LOS AYUNTAMIENTOS SOLICITEN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LOS ARCHIVOS PÚBLICOS, DOTADAS CON 220.000 EUROS

Orden por la que se establecen subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con el objeto de poner en funcionamiento y/o consolidar un sistema de archivo propio.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la Orden de la consejera de Cultura por la que se abre la convocatoria de subvenciones del año 2012 para la puesta en marcha de archivos públicos o para la consolidación de los ya existentes. Dotada con 220.000 euros, podrán beneficiarse de ella los municipios, entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal, y las supramunicipales de carácter local de la Comunidad Autónoma Vasca.

Serán susceptibles de ser subvencionados:
a) Programas destinados a la creación o mejora de instrumentos descriptivos, de cara a una política eficaz de difusión.
b) Programas que valoren y seleccionen fondos documentales.
c) Acciones de mejora de locales de archivo, tanto en lo relativo a las condiciones de conservación como a las de consulta.
d) Actividades archivísticas de difusión cultural.
e) Mantenimiento de servicios de archivo mancomunados.
f) Digitalización de documentos.

Por el contrario, están excluidos los proyectos de restauración o transcripción de fondos documentales, y aquellos que no aseguren las condiciones mínimas de conservación o acceso, presente y futuro, a los fondos de archivo.

Esta convocatoria está dotada con 220.000 euros y las subvenciones podrán alcanzar hasta el 50% del importe del presupuesto con un máximo de 20.000 euros.

La evaluación de convocatorias anteriores ha proporcionado unos resultados muy satisfactorios, especialmente en municipios de pequeño o mediano tamaño. En 2011 se subvencionaron 33 proyectos.

Con esta línea de ayudas el Centro de Patrimonio Documental de Euskadi (Irargi) impulsa la implantación y/o consolidación de un Sistema de Archivo propio o la elaboración de proyectos para dotarse de él. Este programa tiene un gran impacto social en la medida en que beneficia a un número cada vez mayor de municipios, y que supone una inversión modesta en relación con la rentabilidad que se obtiene, puesto que se organiza y conserva de forma definitiva una parte del rico patrimonio documental que está en manos de las entidades locales, y que pasa a ser accesible a la ciudadanía.


 

SUBVENCIONES PARA QUE LOS AYUNTAMIENTOS IMPLANTEN NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS INTEGRADAS EN LA RED DE LECTURA PÚBLICA DE EUSKADI

Orden por la que se regula la concesión de subvenciones para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la Orden de la consejera de Cultura por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para la implantación y/o desarrollo de las nuevas tecnologías en las bibliotecas públicas integradas en la Red en Línea de Lectura Pública de Euskadi.

Desde el Departamento de Cultura se considera necesario favorecer las actuaciones que posibiliten y favorezcan la implantación y el desarrollo de dichas tecnologías en las bibliotecas públicas municipales, teniendo en cuenta la función primordial de éstas como puerta de acceso de toda la ciudadanía al conocimiento y la información.

El importe global de las subvenciones para 2012 asciende a 354.400 euros y podrán acogerse a las mismas los ayuntamientos y entidades locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales integradas en la Red en Línea de Lectura Pública de Euskadi o que hayan solicitado su ingreso.

Será objeto de subvención la adquisición y/o instalación de:

a) Hardware o soporte físico: ordenadores de sobremesa, portátiles, pdas, escáner, pantallas planas, periféricos, routers, impresoras, etc.
b) Software o soporte lógico de sistemas informáticos.
c) Redes de comunicación de cableado o inalámbricas.
 

 

EL DEPARTAMENTO DE CULTURA ABRE EL PLAZO PARA QUE LOS AYUNTAMIENTOS SOLICITEN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA LECTURA Y DEL USO DE LOS SERVICIOS DE LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES ENTRE NIÑOS Y JÓVENES

Orden por la que se regula y se convoca la concesión de subvenciones para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la Orden de la consejera de Cultura por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

El importe global máximo destinado a este programa asciende a 176.616 euros y a él podrán presentarse los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma titulares de biblioteca/s pública/s así como las Entidades Locales competentes o con funciones atribuidas en esta materia cuyas bibliotecas estén integradas o hayan realizado solicitud de ingreso en la Red en Línea de Lectura Pública de Euskadi.

Serán susceptibles de ser subvencionadas todas aquellas actividades que se realicen durante 2012 y que tengan por objeto el fomento entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de las bibliotecas municipales:
  a) Formación específica de profesionales
  b) Actividades de lectura infantil y/o juvenil complementarias
  c) Organización de exposiciones bibliográficas del libro infantil y/o juvenil, coloquios, etc.
  d) Organización de concursos de literatura infantil y/o juvenil.
  e) Campañas de atracción de niños y niñas, y de jóvenes, al libro y a las bibliotecas.

La subvención podrá alcanzar hasta el 75% del presupuesto de las actividades (sin superar en ningún caso los 30.100 euros), no podrán acogerse aquellas que no garanticen la igualdad entre hombres y mujeres y se valorará el uso del euskera.

Estas ayudas tratan de impulsar la afición a la lectura entre la población infantil y juvenil, fomentando al mismo tiempo el uso de las bibliotecas públicas y la lectura en euskera a través de programas que atraigan este público como cuentacuentos, tertulias literarias, exposiciones, concursos o talleres. En 2011 se presentaron un total de 145 solicitudes; Araba recibió 22.877 euros (11,40%), Gipuzkoa, 82.565 (41,14%) y Bizkaia, 95.257 (47,46%).
 

 

EL GOBIERNO DESTINA 483.000 EUROS A LA PRODUCCIÓN LITERARIA TANTO EN EUSKERA COMO EN CASTELLANO

Orden por la que se regula y convoca la concesión de ayudas a la producción editorial de carácter literario.

A propuesta de la consejera de Cultura, el Consejo de Gobierno ha aprobado la Orden por la que se regula y convoca la concesión de ayudas a la producción editorial de carácter literario. Para esta convocatoria se destinan 483.000 euros.

Las limitadas tiradas de las ediciones de las obras literarias en el País Vasco y la situación actual del sector, en general, hacen que la continuidad de estas ayudas sea imprescindible si se quiere seguir contando con un número digno de títulos anuales de obras literarias vascas. En ese sentido, se considera que esta convocatoria es la herramienta más adecuada para impulsar a la industria editorial vasca a mantener una producción literaria novedosa anual tanto en euskera como en castellano.

Por ello, a fin de incentivar el esfuerzo que supone la publicación de obras literarias en la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Departamento de Cultura convoca y establece el régimen de subvenciones a la producción editorial de carácter literario en euskera y en castellano. Dichas ayudas están dirigidas a cubrir parte de los costes editoriales de los planes de edición anuales de obras literarias a desarrollar por las empresas de carácter editorial correspondiente al año 2012.

Para la financiación de las subvenciones que se contemplan en la presente Orden se destinan 483.000 euros, que se distribuyen según las siguientes áreas o modalidades de actividades subvencionables:
a) La producción literaria en euskera, con una dotación de 368.000 euros.
b) La producción literaria en castellano, con una dotación de 115.000 euros.

Podrán optar a las ayudas objeto de la presente Orden todas aquellas empresas editoriales que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria, entendiendo por empresas editoriales exclusivamente aquellas entidades privadas de carácter mercantil o personas físicas, que hayan publicado entre los años 2010 y 2011 un mínimo de cinco títulos de por lo menos tres autores diferentes. En el caso de las entidades privadas, que incluyan dentro de su objeto social la edición de libros, y para las personas físicas deberán estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe de actividades editoriales del impuesto de actividades económicas. No se concederán ayudas a las solicitudes formuladas por asociaciones y fundaciones.

En el ejercicio 2011, se subvencionaron 41 Planes Editoriales, en los que se incluyeron 373 nuevas obras literarias en euskera y 175 nuevas obras literarias en castellano.
 

 

EL GOBIERNO APRUEBA EL III PLAN JOVEN DE EUSKADI, MARCO PARA LAS POLÍTICAS INTERINSTITUCIONALES Y ABIERTO A LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

Acuerdo por el que se aprueba el Marco General del III Plan Joven de Euskadi 2020: La estrategia vasca en materia de juventud.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, a propuesta del Departamento de Cultura, el III Plan Joven de Euskadi 2020. El documento contempla por primera vez la elaboración de un marco general de referencia en el que se determinan los retos prioritarios, los objetivos estratégicos y las líneas de intervención que deben orientar la actividad de las administraciones públicas de la CAPV en materia de juventud a partir de un diagnóstico de necesidades y demandas que se ha ido consensuando durante la fase de consulta. Una vez aprobado el presente plan marco, cada administración pública vasca deberá desarrollar sus propias líneas de intervención.

Este nuevo enfoque es consecuencia de la evaluación final del anterior plan -finalizado en 2005- y en la que se recomendaba realizar un diagnóstico adaptado a las nuevas circunstancias y definir con mayor precisión los objetivos de actuación con el fin de establecer una jerarquización real de los objetivos y ámbitos de actuación e incidir en las políticas públicas: salud, empleo, vivienda, educación, servicios sociales, cultura, ocio, etc.

De esa forma, el III Plan Joven de Euskadi mantiene su carácter transversal, interinstitucional e interdepartamental, abierto a la participación social y basado en un riguroso diagnóstico compartido a partir del cual se marcan las prioridades para el período de vigencia.

Así, el III Plan Joven 2020 establece dos ejes de intervención:

Emancipación y autonomía.- Incluye áreas que inciden en la realización de los proyectos de vida de las personas jóvenes: educación, empleo y vivienda.
Calidad de vida y cohesión social.- Abarca áreas que inciden en la calidad de vida: salud, acción social, cultura, ocio, consumo y movilidad sostenible.

En cada una de estas áreas, el Plan recoge un análisis de situación, sus conclusiones y necesidades y, en consecuencia, fija unos retos y obejtivos estratégicos, con sus correspondientes propuestas, que pueden resumirse en:

• Educación
    -Reducir el efecto de las desigualdades sociales y de género.
    -Mejorar la educación en valores y la capacidad lingüística.
    -Aumentar la movilidad.
    -Apoyar la investigación y los estudios de especialización.

• Empleo
    -Potenciar la formación continua y el aprendizaje a lo largo de la vida.
    -Mayor vinculación entre el ámbito formativo y el mercado de trabajo.
    -Mejorar la inserción laboral y aumentar el espíritu emprendedor.

• Vivienda
    -Mejorar las oportunidades de acceso a la vivienda.
    -Impulsar el desarrollo de nuevos modelos residenciales.

• Salud
    -Potenciar el conocimiento y buen uso de los programas y servicios de salud.
    -Aumentar las conductas saludables y disminuir las conductas de riesgo.
    -Disminuir la siniestralidad vial.

• Accion social
    -Mejorar la atención a jóvenes en situación de riesgo o exclusión social.
    -Avanzar en el logro de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
    -Procurar atención integral a las mujeres víctimas de la violencia de género.
    -Sensibilizar sobre la violencia de género como un problema de primer orden.
    -Mejorar la prevención de las conductas violentas.

• Cultura
    -Aumentar el acceso a la cultura e impulsar la creación y producción cultural.
    -Atender la diversidad lingüística y cultural en la producción y consumo cultural.

• Ocio
    -Fomentar la práctica deportiva.
    -Ampliar y mejorar la oferta para su tiempo libre.
    -Promover el uso del euskera en las actividades de ocio.

• Consumo
    -Promover hábitos de consumo racional responsable y sostenible.

• Movilidad sostenible
    -Mejorar infraestructuras, equipamientos con medios de transporte alternativos al privado motorizado.
    -Impulsar alternativas al medio de transporte privado motorizado.
    -Promover un diseño del espacio público desde una perspectiva de género, eliminando las barreras y los conocidos como ‘puntos negros’.

Recordar que desde la finalización de la vigencia del anterior Plan Joven de Euskadi en diciembre de 2005, las administraciones públicas vascas han seguido programando y evaluando acciones positivas en materia de juventud, en unos casos siguiendo las orientaciones y las líneas de intervención del Plan y en otros casos teniendo en cuenta las pautas de planes jóvenes específicos elaborados por la correspondiente institución.

Por ello, se estimaba necesario la aprobación de este III Gazte Plana 2020 que, en cuanto que hoja de ruta de las políticas de juventud en Euskadi para los próximos años, quiere contribuir a incorporar acciones y medidas destinadas a mejorar y aumentar el papel de las políticas públicas para avanzar hacia la igualdad de oportunidades real y la capacidad de las personas jóvenes para desarrollar su propia vida de manera autónoma y libre como base de la sociedad del futuro.