Sesión de  09/04/2013
Índice

PRESIDENCIA X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.
Acuerdo de aprobación del Acuerdo de Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi por el que se aprueba el Plan de Jubilación Parcial para el personal laboral fijo de la CAE hasta el 31 de diciembre de 2018.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad.
Resolución de 10 de abril de 2013, de la Viceconsejera de Innovación y Tecnología, por la que se convocan las Becas de Internacionalización en el ejercicio 2013.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Departamento de Hacienda y Finanzas.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración con la Diputación Foral de Álava para la prestación del servicio a la demanda a los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria de centros públicos del Territorio Histórico de Álava.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.
Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan plazas del programa «Auzolandegiak» de campos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en 2013.
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.
Acuerdo por el que se aprueban los Planes de Emergencia Exterior de determinados establecimientos.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad.
DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud.
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.
Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial.
PRESIDENCIA X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LEHENDAKARITZA.

RESUMEN

EL GOBIERNO REDUCE LA ESTRUCTURA DE ALTOS CARGOS Y PERSONAL DE CONFIANZA EN UN 21,13% AHORRANDO 4 MILLONES DE EUROS

El Consejo de Gobierno aprueba hoy 10 Decretos que fijan en 209 el número de personas que compondrán la alta estructura y personal de confianza del Gobierno actual, 56 personas menos que el Gobierno anterior.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy los 9 Decretos de estructura orgánica y funcional correspondientes a la nueva estructura del Gobierno del Lehendakari Iñigo Urkullu, un estructura compuesta por Lehendakaritza y ocho Departamentos.

Además, el Consejo de Gobierno ha dado luz verde a la modificación del Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos dela Administración de la Comunidad de Autónoma vasca, decreto que establece y regula al personal eventual de confianza del Gobierno.

Estos 10 Decretos fijan en 209 el número de personas que formarán parte de la alta estructura del actual Gobierno vasco frente a las 256 del Gobierno anterior, una reducción de 56 personas, el 21,13%.

El ahorro estimado de esta importante reducción ronda los 4 millones de euros.

El desglose de esta cifra es el siguiente:

ALTOS CARGOS Y PERSONAL DE CONFIANZA (*)

  2009 2013 Personas %
LEHENDAKARI 1 1 0 0%
CONSEJEROS 10 8 -2 -20,00%
VICECONSEJEROS 35 30 -5 -14,29%
DIRECTORES 124 98 -26 -20,97%
ASESORES Y PERSONAL DE CONFIANZA 95 72 -23 -24,21%
TOTAL 265 209 -56 -21,13%

(*) Incluye el personal adscrito a los ex Lehendakaris (TOTAL 2009: 3 conductores y 3 secretarias. TOTAL 2013: 4 conductores y 4 secretarias)

 

ESTRUCTURA GENERAL DE LEHENDAKARITZA

 ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus funciones, Lehendakaritza se estructura en los siguientes órganos:

Secretaría General de la Presidencia:
a) Dirección de Gabinete del Lehendakari.
b) Dirección de Régimen Jurídico.
c) Dirección de Coordinación.
d) Dirección de Servicios.
e) Dirección de Comunicación.
f) Dirección de Gobierno Abierto.
g) Dirección de Protocolo

Secretaría General de Acción Exterior:
a) Dirección de Relaciones Exteriores.
b) Dirección de Asuntos Europeos.
c) Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior.
d) Delegaciones: Delegación de Euskadi para la Unión Europea, Delegación de Euskadi en Argentina-Mercosur, Delegación de Euskadi en Chile, Perú y Colombia, Delegación de Euskadi en Estados Unidos y Delegación de Euskadi en México.

Secretaría General para la Paz y la Convivencia:
Dirección de Víctimas y Derechos Humanos.

■  Asimismo están adscritos a Lehendakaritza:

a) El organismo autónomo administrativo Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

b) El ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo.

■ Están, asímismo, adscritos o vinculados a Lehendakaritza en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:

a) Consejo Vasco de Ciencia, Tecnología e Innovación.

b) Comisión Interdepartamental de Acción Exterior.

c) Comisión Interinstitucional de Acción Exterior.

d) Consejo Asesor de Relaciones con las Colectividades Vascas.

e) Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak.

f) Comisión Interinstitucional de Cooperación para el Desarrollo.

g) Consejo Vasco de Cooperación para el Desarrollo.

h) El Consejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo.

i) Comisión Interdepartamental de Publicidad.
 

 

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.

ACUERDO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE JUBILACIÓN PARCIAL PARA EL PERSONAL LABORAL FIJO DE LA CAE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018.

RESUMEN

EL GOBIERNO APRUEBA EL PLAN DE PREJUBILACIONES PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE EUSKADI HASTA 2019

El plan recupera el contrato relevo y permitirá la creación de 2.100 puestos de trabajo públicos.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el “Plan de Jubilación Parcial para el personal fijo de la Comunidad Autónoma de Euskadi” acordado con todos los sindicatos con representación en la Mesa General de Función Pública celebrada el pasado 27 de marzo de 2013.

Gracias a este acuerdo, se recupera la figura del contrato relevo de manera que un total de 2.100 trabajadores podrán acogerse voluntariamente al contrato relevo desde la publicación de este acuerdo y hasta el 31 de diciembre de 2018.

Estos 2.100 empleados públicos que estén interesados en la prejubilación y que cumplan las condiciones (a partir de los 61 años) podrán reducir su jornada laboral hasta el 25% y permitir a otros tantas personas, actualmente inscritas en las bolsas de trabajo, acceder a sus puestos con contratos de hasta el 75% de la jornada laboral.

Con la aprobación de este plan, además de asegurar el derecho a la jubilación anticipada de los empleados públicos, se posibilita la creación de empleo facilitando el acceso a un puesto de trabajo estable en la Administración Pública vasca a más de dos mil personas que están en estos momentos en las bolsas de trabajo del Gobierno vasco.

El acuerdo será de aplicación a los trabajadores de:

• Personal laboral de la Administración de la Administración General y sus organismos autónomos.
• Personal laboral docente y educativo del Departamento de Educación.
• Personal laboral del Departamento de Educación.
• Personal laboral de Religión del Departamento de Educación.
• Personal laboral del Departamento de Seguridad.
• Personal laboral de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA.

 ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Administración Pública y Justicia se estructura en los siguientes órganos:

Consejera o Consejero de Administración Pública y Justicia:
a) Dirección de Servicios.
b) Gabinete.

Viceconsejería de Relaciones Institucionales:
a) Dirección de Secretaría de Gobierno y de Relaciones con el Parlamento.
b) Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos.

Viceconsejería de Régimen Jurídico:
a) Dirección de Desarrollo Estatutario.
b) Dirección de Desarrollo Legislativo y Control Normativo.
c) Dirección de lo Contencioso.

Viceconsejería de Función Pública:
a) Dirección de Función Pública.
b) Dirección de Relaciones Laborales.
c) Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación y Mejora de la Administración.

Viceconsejería de Justicia:
a) Dirección de la Administración de Justicia.
b) Dirección de Justicia.

■ Están, asímismo, adscritos o vinculados al Departamento de Administración Pública y Justicia, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:

a) Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones.

b) Consejo Vasco de la Función Pública.

c) Comité de Valoración de puestos de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

d) Comisión para la aplicación de los derechos profesionales y pasivos del personal que prestó servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

e) Comisión Mixta de Seguimiento del Plan de Informatización de la Administración de Justicia.

f) Órgano de colaboración entre el Gobierno Vasco y el Secretariado Judicial.

g) Consejo Asesor y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

h) Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita.

i) Instituto Vasco de Medicina Legal.

j) Observatorio Vasco de la Administración de Justicia.

■ Están adscritos al Departamento de Administración Pública y Justicia:

a) El organismo autónomo administrativo Herri Arduralaritzaren Euskal Erakundea/Instituto Vasco de la Administración Pública (HAEE/IVAP).

b) La Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. 
 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD.

ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad adopta la siguiente estructura general:

Órganos centrales:

Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad.
a) Dirección de Gabinete y Comunicación.
b) Dirección de Servicios.

Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Competitividad.
a) Dirección de Tecnología y Estrategia.
b) Dirección de Emprendimiento, Innovación y Sociedad de la Información.

Viceconsejería de Industria.
a) Dirección de Desarrollo Industrial.
b) Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial.
c) Dirección de Internacionalización.

Viceconsejería de Comercio y Turismo.
a) Dirección de Comercio.
b) Dirección de Turismo.

Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
a) Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas.
b) Dirección de Agricultura y Ganadería.
c) Dirección de Pesca y Acuicultura.
d) Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias.

Órganos periféricos:

     Delegaciones Territoriales de Desarrollo Económico y Competitividad de cada uno de los Territorios Históricos.

■ Quedan adscritas al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, las entidades del sector público que se relacionan a continuación:

1.- El ente público de derecho privado «Energiaren Euskal Erakundea / Ente Vasco de la Energía» (EEE/EVE).

2.- La sociedad pública «Sociedad para la Transformación Competitiva / Erakaldeta Lehiakorrerako Sozietatea, S.A. » (SPRI).

3.- La sociedad pública Basquetour- Turismoaren Euskal Agentzia- Agencia Vasca de Turismo, S.A.

4.- La sociedad pública NEIKER, Nekazal Ikerketa eta Garapenerako Euskal Erakundea, A.B., Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Agrario S.A.

5.- La fundación del sector público Fundación HAZI Fundazioa.

6.-  La fundación del sector público ELIKA Nekazaritzako Elikagaien Segurtasunerako Euskal Fundazioa- Fundación Vasca para la Seguridad Alimentaria.

■ Están adscritos al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en los términos previstos en sus normas de creación, los siguientes órganos colegiados:

1.- Comisión de Internacionalización del País Vasco.

2.-  Consejo Vasco de Seguridad Industrial.

3.-  Comisión de Grandes Establecimientos Comerciales.

4.-  Comisión Consultiva de Comercio.

5.-  Observatorio de la Distribución Comercial.

6.-  Consejo Consultivo de Turismo.

7.-  Comisión Técnica para el Desarrollo y Aplicación de la Reglamentación sobre Plaguicidas.

8.- Consejo de Razas Animales Autóctonas Vascas.

9.-  Comisión de Alimentación Animal de Euskadi.

10.-  Comisión Coordinadora para la Producción Integrada de Euskadi.

11.- Landaberri.

12.-  Consejo Consultivo de Desarrollo Rural.

13.-  Consejo Agrario y Alimentario de Euskadi.

14.-  Foro de Innovación Agraria y Alimentaria.

15.-  Comisión de Política Agraria y Alimentaria.

16.-  Comité Consultivo de Pesca.
 

 

RESOLUCIÓN DE 10 DE ABRIL DE 2013, DE LA VICECONSEJERA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS BECAS DE INTERNACIONALIZACIÓN EN EL EJERCICIO 2013.

RESUMEN

APROBADA LA CONVOCATORIA DE BECAS DE INTERNACIONALIZACION PARA ESTE AÑO

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy ha aprobado la convocatoria de las Becas de Internacionalización 2013 gestionadas desde la Dirección de internacionalización del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad.

Los detalles de estas ayudas: plazos de convocatoria, requisitos exigidos, condiciones económicas, así como el espíritu de estas “herramientas” en la estrategia establecida en materia de internacionalización por parte del Gobierno serán presentados mañana, miércoles 10 de abril a las 10 de la mañana, en rueda de prensa en la sede de la SPRI, por la consejera Arantza Tapia, el viceconsejero de Industria Juan Ignacio García de Motiloa y el director de Internacionalización, Imanol Aburto.

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES.

ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES

ORGANIGRAMA

Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales se estructura en los siguientes órganos:

Órganos centrales:

Consejero o Consejera de Empleo y Políticas Sociales.
a) Dirección de Gabinete y Comunicación.
b) Dirección de Servicios.

Viceconsejería de Empleo y Trabajo.
a) Dirección de Planificación e Innovación en el Empleo.
b) Dirección de Trabajo y Seguridad Social.
c) Dirección de Economía Social.

Viceconsejería de Políticas Sociales.
a) Dirección de Servicios Sociales.
b) Dirección de Política Familiar y Desarrollo Comunitario.

Viceconsejería de Vivienda.
a) Dirección de Vivienda.
b) Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda.

Órganos periféricos:

a) Las Delegaciones Territoriales de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales de cada uno de los Territorios Históricos.

b) Las Delegaciones Territoriales de Vivienda de cada uno de los Territorios Históricos.

■ Están adscritos al Departamento de Empleo y Políticas Sociales los Organismos Autónomos Lanbide-Servicio Vasco de Empleo y Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.

■ Asimismo, quedan adscritas al Departamento de Empleo y Políticas Sociales las sociedades públicas Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. -  Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A (VISESA)  y ALOKABIDE, S.A.

■ Están también adscritos o vinculados al Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:

1.- La Oficina Pública de Elecciones Sindicales y sus oficinas territoriales.

2.- Comisión Interinstitucional de la Obra Pública.

3.- Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales.

4.- Consejo Vasco de Servicios Sociales.

5.- Observatorio Vasco de Servicios Sociales.

6.- Consejo Asesor de Mediación Familiar.

7.- Comisión Técnica de Adopción Internacional.

8.- Consejo Vasco del Voluntariado.

9.- Consejo para la Promoción Integral y Participación Social del Pueblo Gitano.

10.- Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia.

11.- Observatorio de Infancia y Adolescencia.

12.- Observatorio Vasco de las Familias.

13.- Foro para la Integración y Participación Social de las ciudadanas y ciudadanos inmigrantes en el País Vasco.

14.- Consejo Vasco de Familia.

15.- Consejo Vasco para la Inclusión Social.

16.- Comisión Interinstitucional para la Inclusión Social.

17.- Comisión Interdepartamental para la Inclusión Social.

18.- Mesa de Diálogo Civil.

19.- Comisión para el Control de Calidad de la Edificación.

20.- Consejo Vasco para la Promoción de la Accesibilidad.

21.- Jurados Territoriales de Expropiación Forzosa de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

22.- Foro de Encuentro de Urbanismo y Vivienda de Euskadi.

 

 

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS.

 ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Hacienda y Finanzas se estructura en los siguientes órganos:

Consejero o Consejera de Hacienda y Finanzas.
a) Oficina de Control Económico.
b) Dirección de Gabinete y Comunicación.
c) Dirección de Servicios.

Viceconsejería de Administración y Servicios Generales
a) Dirección de Informática y Telecomunicaciones.
b) Dirección de Patrimonio y Contratación.
c) Dirección de Recursos Generales.

Viceconsejería de Economía y Presupuestos.
a) Dirección de Economía y Planificación.
b) Dirección de Presupuestos.

Viceconsejería de Hacienda y Política Financiera.
a) Dirección de Administración Tributaria.
b) Dirección de Política Financiera y Recursos Institucionales.

■ Están, asimismo, adscritos al Departamento de Hacienda y Finanzas en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:

a) Comisión de Arbitraje.

b) Comisión Central de Contratación.

c) Comisión Instructora para la Reversión de Bienes y Derechos Incautados.

d) Comisión de Precios de Euskadi.

e) Comisión Vasca de Estadística.

f) Consejo Vasco de Estadística.

g) Junta Asesora de la Contratación Administrativa.

h) Órgano de Coordinación Tributaria de Euskadi.

i) Tribunal Económico-Administrativo de Euskadi.

j) Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

k) Comisión de Valoración, Selección y Acceso de la Documentación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
 

■ Están adscritos al Departamento de Hacienda y Finanzas, los siguientes entes y organismos autónomos:

a) El ente público de derecho privado “Finantzen Euskal Institutua/ Instituto Vasco de Finanzas”.

b) El organismo autónomo administrativo “Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística” (EEE/IVE).

c) El organismo autónomo administrativo “Autoridad Vasca de la Competencia”.

 ■ Están adscritos al Departamento de Hacienda y Finanzas las siguientes sociedades Públicas:

a) Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea / Sociedad Informática del Gobierno vasco, S.A. (EJIE).

b) “Itelazpi”, S.A.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A LA DEMANDA A LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE CENTROS PÚBLICOS DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA.

RESUMEN

PROPUESTA DE ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO VASCO Y LA DIPUTACION FORAL DE ÁLAVA, PARA UN CONVENIO EN MATERIA DE TRANSPORTE ESCOLAR

El Consejo de Gobierno ha aprobado la Propuesta de Acuerdo por la que se autoriza la suscripción de un convenio en materia de transporte escolar, entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y la Diputación Foral de Álava.

Con el fin de racionalizar los recursos existentes en el territorio Histórico de Álava, se plantea el establecimiento de un convenio de cooperación entre las instituciones citadas que consistirá, en la utilización por parte del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura de los servicios contratados por el Departamento de Obras Públicas y Transporte de la Diputación Foral de Álava.

El servicio consistirá en acercar en taxi al alumnado de educación secundaria obligatoria de centros públicos del territorio, previa solicitud del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco al Departamento de Obras Públicas y Transporte de la Diputación Foral de Álava, desde el núcleo urbano de la población de residencia del alumno hasta la parada del autobus o al centro escolar de destino, y viceversa (de la parada o del centro al núcleo urbano).
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA.

 ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura se estructura en los siguientes órganos:

Órganos centrales:

Consejera o consejero de Educación, Política Lingüística y Cultura.
Dirección de Gabinete de la Consejera o Consejero.

Viceconsejería de Administración y Servicios.
a) Dirección de Gestión Económica.
b) Dirección de Gestión de Personal.
c) Dirección de Recursos Materiales e Infraestructuras.
d) Dirección de Régimen Jurídico y Servicios.

Viceconsejería de Educación.
a) Dirección de Innovación Educativa.
b) Dirección de Centros Escolares.

Viceconsejería de Formación Profesional.
Dirección de Formación y Aprendizaje.

Viceconsejería de Universidades e Investigación.
a) Dirección de Universidades.
b) Dirección de Política Científica.

Viceconsejería de Política Lingüística.
a) Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas.
b) Dirección de Promoción del Euskera.
c) Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación.

Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.
a) Dirección de Patrimonio Cultural.
b) Dirección de Promoción de la Cultura.
c) Dirección de Juventud y Deportes.

Órganos periféricos:

Delegaciones territoriales del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura en cada uno de los territorios históricos.

■  Quedan adscritas al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura las entidades del sector público que se relacionan a continuación:

1.- Administración institucional:

a) Organismo autónomo administrativo Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos (HABE).

b) Organismo autónomo administrativo Biblioteca de Euskadi.

c) Ente público de derecho privado Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.

d) Ente público de derecho privado Euskal Irrati Telebista / Radio Televisión Vasca (EITB) y las sociedades dependientes de dicho ente.

e) Ente público de derecho privado Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua / Basque Institute.

2.- Otras entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

a) Sociedad pública Orquesta de Euskadi, S.A.

b) Fundación Euskadi Kirola Fundazioa.

c) Fundación Joven Orquesta de Euskal Herria.

d) Fundación Privada para el Centro Superior de Música del País Vasco-Musikene.

e) Consorcio Haurreskolak.

■ Están, asimismo, adscritos al Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en los términos previstos en sus normas de creación:

1.- Consejo Escolar de Euskadi.

2.- Consejo Vasco de Universidades.

3.- Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Euskadi.

4.- Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria.

5.- Consejo Asesor de Enseñanzas Musicales.

6.- Consejo Vasco de la Formación Profesional.

7.- Consejo Vasco de Investigación.

8.- Instituto Vasco de Cualificaciones y Formación Profesional.

9.- Instituto Vasco de Evaluación e Investigación Educativa no universitaria (ISEI-IVEI).

10.- Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la Formación Profesional.

11.- Consejo Vasco de la Cultura.

12.- Consejo Asesor del Euskera.

13.- Consejo Vasco del Deporte.

14.- Junta Rectora del Plan Joven de la Comunidad Autónoma Vasca.

15.- Comisión Interinstitucional del Audiovisual Vasco (CIVAL).

16.- Consejo Asesor de Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi.

17.- Consejo Asesor de Patrimonio Arqueológico.

18.- Consejo Asesor de Patrimonio Documental y Archivos de Euskadi.

19.- Comisión de Valoración y Selección de Documentación.

20.- Comité Vasco de Promoción Olímpica.

21.- Comité Vasco contra la Violencia en el Deporte.

22.- Comité Vasco de Justicia Deportiva.

23.- Comité Vasco de Deporte Universitario.

24.- Consejo Consultivo previsto por la Ley 12/2012, de 21 de junio, contra el Dopaje en el Deporte.

25.- Comité Vasco de Autorizaciones de Uso Terapéutico (COVAUT).

26.- Consejo Asesor de Museos de Euskadi.

27.- Consejo Asesor de Bibliotecas de Euskadi.

28.- Comisión de Seguimiento de Convalidaciones.

 

 

ORDEN DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA, POR LA QUE SE CONVOCAN PLAZAS DEL PROGRAMA «AUZOLANDEGIAK» DE CAMPOS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI EN 2013.

RESUMEN

CONVOCATORIA DE PLAZAS DEL PROGRAMA AUZOLANDEGIAK 2013

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, la Orden por la que se convocan plazas para el programa Auzolandegiak 2013 de campos de trabajo.

El programa Auzolandegiak 2013 consiste en facilitar la participación de aproximadamente 400 jóvenes de Euskadi de entre 18 y 26 años en campos de trabajo de Euskadi, de otras Comunidades Autónomas y del extranjero; y la participación de 100 jóvenes de otras Comunidades y 100 jóvenes del extranjero en campos de trabajo de Euskadi.

El 10% de las plazas ofertadas en Euskadi se reserva para personas con discapacidad. Las plazas ofertadas pueden consultarse en el portal www.gazteaukera.euskadi.net, o en las sedes del Gobierno Vasco. Las personas interesadas en tomar parte en los campos de trabajo, deberán realizar una solicitud de preinscripción a través de Internet a partir del día siguiente a la publicación de la Orden en el BOPV y por un periodo de 5 días naturales.

Se entiende por campo de trabajo la actividad en la que un grupo de jóvenes de diferentes procedencias, se comprometen, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social, y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado. El proyecto pretende ser un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, o aprendizaje intercultural, entre otros.
 

 

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLANES DE EMERGENCIA EXTERIOR DE DETERMINADOS ESTABLECIMIENTOS.

RESUMEN

APROBADOS LOS PLANES DE EMERGENCIA EXTERIOR DE DIVERSOS ESTABLECIMIENTOS SUJETOS A LA NORMATIVA SEVESO

El Consejo de Gobierno ha aprobado los Planes de Emergencia Exterior correspondientes a diversas empresas de la CAV sujetas al Real Decreto 1254/1999 de 16 de julio (normativa Seveso) por el que se adoptan las medidas de control y limitación de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas al objeto de proteger a las personas, los bienes y el medio ambiente.

Los Planes de Emergencia Exterior aprobados corresponden a los siguientes establecimientos:

-Tubacex Tubos Inoxidables, S.A. (Planta de Llodio).

-Tubacex Tubos Reunidos, S.A. (Planta de Amurrio).

-General Química, S.A. (Lantarón).

-Momentive Specialty Chemicals Ibérica, S.A. (Lantarón).

Establecimientos ubicados en el Puerto Autónomo de Bilbao:

-Acideka, S.A. (Zierbena).

-Bahía de Bizkaia Gas (BBG) (Zierbena).

-Befesa VA, S.L.U. (Zierbena).

-CLH, S.A. El Calero (Santurtzi).

-Esergui, S.A. (Zierbena).

-Repsol Butano, S.A. (Santurtzi).

-Terminales Portuarias, S.A. (Tepsa) (Zierbena).

En la elaboración de dichos Planes de Emergencia han participado, entre otras instituciones y agentes, las Diputaciones de Araba y Bizkaia, así como los ayuntamientos de Llodio, Amurrio, Lantarón, Zierbena y Santurtzi habiendo obtenido informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Euskadi el 27 de septiembre de 2012 y la pertinente homologación de la Comisión Nacional de Protección Civil el 13 de marzo de 2013.
 

 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD.

ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Seguridad se estructura en los siguientes órganos:  

Órganos Centrales:

Consejero o la Consejera.
a) Dirección del Gabinete del Consejero o la Consejera.
b) Dirección de Comunicación.

Viceconsejería de Administración y Servicios.
a) Dirección de Gestión Económica y Recursos Generales.
b) Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales.
c) Dirección de Recursos Humanos.

Viceconsejería de Seguridad.
a) Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología.
b) Dirección de Juego y Espectáculos.
c) Dirección de Tráfico.
d) Dirección de la Ertzaintza.
e) Dirección de Coordinación de Seguridad.

■ Son órganos periféricos las oficinas territoriales de tráfico y las oficinas territoriales de juego y espectáculos.

■ Están adscritos y/o vinculados al Departamento de Seguridad los siguientes órganos colegiados:

- Consejo de Seguridad Pública de Euskadi.

- Comisión de Seguridad Vial de Euskadi.

- Comisión de Protección Civil de Euskadi.

- Comité Asesor del Voluntariado de Protección Civil.

- Consejo Vasco de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

- Consejo Vasco del Juego.

- Comisión Vasca Asesora para Asuntos Taurinos.

- Comisión de Apuestas de Euskadi.

- Consejo de la Ertzaintza.

- Comisiones de Coordinación de ámbito local.

- Comisión de Coordinación de las Policías Locales del País Vasco.

- Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi.

- Comisión de Videovigilancia y Libertades.

■  El Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias está adscrito al Departamento de Seguridad.

 

DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SALUD.

ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE SALUD

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Salud se estructura en los siguientes órganos:

Órganos centrales:

Consejero de Salud.

   a) Dirección del Gabinete del Consejero.
   b) Dirección de Régimen Jurídico, Económico y Servicios Generales.

Viceconsejería de Salud.

   a) Dirección de Salud Pública y Adicciones.
   b) Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitaria.
   c) Dirección de Farmacia.
   d) Dirección de Investigación e Innovación Sanitaria.
   e) Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria.

Órganos Periféricos:

      Delegaciones Territoriales de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

■ Se encuentran en situación de dependencia o vinculación, que legalmente corresponda en cada caso, con el Departamento de Salud los siguientes entes:

a) El Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

b) El Organismo Autónomo Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo.

c) Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitaria.

d) La Fundación Centro Nacional de Investigación en Envejecimiento. 

■ Asimismo, se encuentra adscrita al Departamento de Salud la siguiente relación de órganos colegiados:

1.- El Consejo de Sanidad de Euskadi y Consejos de Área de Salud de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.

2.- El Consejo Vasco de Atención Sociosanitaria.

3.- El Consejo Asesor de Drogodependencias y la Comisión Interdepartamental de Drogodependencias.

4.- El Consejo de Seguridad e Higiene Alimentaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

5.- La Comisión de Control de la Publicidad Sanitaria.

6.- El Consejo Vasco de Formación Continuada de las profesiones Sanitarias.

7.- La Comisión de Valoración, selección y expurgo de documentación clínica (COVSEDOC).

8.- La Comisión de Seguimiento para la implantación del Conjunto Mínimo Básico de Datos del Alta Hospitalaria, creada por el Decreto 303/1992, de 3 de noviembre.

9.- La Comisión para la acreditación de los Comités de Ética Asistencial.

10.- El Comité ético de investigación clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

11.- El Comité de Bioética de Euskadi.

12.- Las Comisiones Permanentes de Control Sanitario de las Aguas de consumo público de los Territorios.

13.- La Comisión para el estudio y racionalización de la Red de Transporte Sanitario de Urgencia.

14.- La Comisión Coordinadora del Sistema de Información sobre cáncer.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL.

ESTRUCTURA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL

ORGANIGRAMA

■ Para el ejercicio de sus competencias, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial adopta la siguiente estructura general:

Órganos centrales:

Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial.

Viceconsejería de Administración y Planificación Territorial.
a) Dirección de Servicios.
b) Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo.

Viceconsejería de Medio Ambiente.
a) Dirección de Administración Ambiental.
b) Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental.

Viceconsejería de Transportes.
a) Dirección de Infraestructuras del Transporte.
b) Dirección de Planificación del Transporte.

Órganos periféricos:

Los Servicios Territoriales de Medio Ambiente.
El Servicio de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.
Los Servicios Territoriales de Puertos de Bizkaia y de Gipuzkoa.

■ Están adscritos al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, en los términos previstos en sus normas de creación, los siguientes órganos colegiados:

a) La Comisión Ambiental del País Vasco.

b) El Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) El Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

d) El Consejo de Cooperación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

e) El Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza del País Vasco-Naturzaintza.

f) La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco.

g) El Consejo Asesor de Política Territorial.

h) La Comisión del Plan General de Carreteras del País Vasco.

i) Los Consejos Asesores de Puertos.

j) El Órgano Consultivo de Puertos de Euskadi.

k) La Autoridad del Transporte de Euskadi.

■ Se encuentran en situación de dependencia o vinculación, que legalmente corresponda en cada caso, con el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial los siguientes entes:

A) Los entes públicos de derecho privado:

1.- Uraren Euskal Agentzia/Agencia Vasca del Agua.

2.- Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea.

B) Las siguientes sociedades públicas:

1.- IHOBE, S.A., Sociedad Pública de Gestión Ambiental.

2.- Eusko Trenbideak/Ferrocarriles Vascos, S.A.

3.- Euskotren Participaciones, S.A.

4.- Euskadiko Kirol Portua, S.A.

5.- Zumaiako Kirol Portua, S.A.

C) La fundación Burdinbidearen Euskal Museoaren Fundazioa / Fundación Museo Vasco del Ferrocarril.