Sesión de  30/04/2013
Índice

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de la convocatoria de ayudas para el fomento de actividades del tercer sector en el ámbito de la intervención social en el País Vasco en el año 2013.
Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de las ayudas contempladas en los Decretos 176/2002, de 16 de julio, 109/2006, de 30 de mayo y 255/2006 de 19 de diciembre, por los que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.
Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística para la realización de la estadística a los centros de atención a personas sin hogar 2012 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
Orden por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones en el ejercicio 2013 destinadas a ¿Kale antzerkia bultzatuz¿.
Orden por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones en el ejercicio 2013 para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas y Visuales.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA LA FINANCIACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES DEL TERCER SECTOR EN EL ÁMBITO DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL EN EL PAÍS VASCO EN EL AÑO 2013.

RESUMEN

5 MILLONES DE EUROS PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES DEL TERCER SECTOR EN EL ÁMBITO DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL

El Consejo de gobierno ha aprobado una partida de 5,08 millones de euros al fomento de las actividades que realiza el Tercer sector en el ámbito de la intervención social, en su doble vertiente: la intervención con personas, familias, grupos y comunidades, y la destinada a subvencionar actividades para el fortalecimiento de la acción voluntaria y la participación asociativa. Para la primera línea, el Departamento de Empleo y Políticas Sociales destinará 4,43 millones, mientras que para el voluntariado consignará 0,64 millones.

Las ayudas que concede el Gobierno vasco para el fomento de actividades del Tercer sector están reguladas por el decreto 271/2012, de 4 de diciembre. El fin de las mismas es contribuir a la financiación de las actividades que desarrollen las entidades que se mueven en el ámbito de los servicios sociales y, en general, la intervención social. Actividades que están orientadas a la promoción y protección de la autonomía personal e integración comunitaria de todas las personas; en particular, cuando se enmarquen en los servicios sociales, inclusión social, protección de la familia, y atención y protección a la infancia y la adolescencia. Igualmente, cuando se dirige a la integración de las personas inmigrantes, y en general, la interculturalidad, la atención y protección a las personas mayores, en situación de dependencia y discapacidad, y la libertad y diversidad afectivo-sexual.
 

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS CONTEMPLADAS EN LOS DECRETOS 176/2002, DE 16 DE JULIO, 109/2006, DE 30 DE MAYO Y 255/2006 DE 19 DE DICIEMBRE, POR LOS QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS E HIJAS.

RESUMEN

EL GOBIERNO APRUEBA UN GASTO DE 18 MILLONES DE EUROS PARA AYUDA A LAS FAMILIAS CON HIJOS E HIJAS

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, una partida de 18.279.878,00 euros destinados a financiar el programa de ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, con el fin de proporcionar un apoyo económico para contribuir a atender las dificultades que sobrevienen con el incremento de hijos e hijas por el nacimiento o adopción.

Las situaciones subvencionadas son el nacimiento o adopción del primer hijo o primera hija, segundo hijo y/o segunda hija, tercero o sucesivos hijos y/o tercera o sucesivas hijas, así como el parto múltiple o adopción múltiple, en los términos siguientes:

Ayuda por primer hijo o primera hija: se concede una ayuda de 400,00 €, 500,00 € ó 900,00 euros en el año de nacimiento o adopción, determinándose la cuantía de la misma en función de la renta familiar

Ayuda por segundo hijo y/o segunda hija: se conceden 1.100,00 euros en el año del nacimiento o adopción, y 400,00 euros en el año de cumplimiento del primer año de edad

Ayuda por tercer y/o sucesivo hijo y/o por tercera o sucesiva hija: se conceden 1.100,00 euros en el año del nacimiento o adopción, 1.100,00 euros en el año de cumplimiento del primer, segundo, tercer y cuarto año de edad, y 400,00 euros en el año de cumplimiento del quinto y sexto año de edad

Respecto de los partos o adopciones nacionales múltiples y adopciones internacionales, se concede una ayuda específica en el primer año, cuya cuantía se determina en función de la renta y del número de hijos.

La autorización de este gasto por parte del Ejecutivo, firme en su voluntad de seguir dando protección y apoyo a las familias, se realiza sin perjuicio de futuras ampliaciones que se precisen en función de las solicitudes que se realicen así como las que se deriven de la modificación y actualización de los importes de las ayudas.
 

 

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y EUSKAL ESTATISTIKA ERAKUNDEA/INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA PARA LA REALIZACIÓN DE LA ESTADÍSTICA A LOS CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS SIN HOGAR 2012 EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.

RESUMEN

CONVENIO CON EL INE PARA LA REALIZACIÓN DE LA ESTADÍSTICA A LOS CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS SIN HOGAR 2012 EN LA CAV

El Consejo de Gobierno ha aprobado la suscripción de un convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística-Eustat para la realización de la Estadística a los Centros de Atención a Personas Sin hogar 2012 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El INE y Eustat están llevando a cabo diversas colaboraciones en materia estadística de manera satisfactoria para ambas partes, existiendo un interés mutuo del Estado y de la Comunidad Autónoma de Euskadi en avanzar en el conocimiento de los procesos de exclusión social, así como de obtener un estudio de las características de los centros de atención a las personas sin hogar.

El estudio está dirigido a los centros que prestan servicios de alojamiento y/o restauración a las personas sin hogar, gratuitamente o mediante pago de una pequeña cantidad o a cambio de realizar algún trabajo, y su objetivo es conocer las características como prestaciones ofrecidas, población atendida, fuentes de financiación, recursos humanos y financieros, y características de los centros.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCA Y REGULA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL EJERCICIO 2013 DESTINADAS A ¿KALE ANTZERKIA BULTZATUZ¿.

RESUMEN

CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONES AL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS DE TEATRO AL AIRE LIBRE

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística Y Cultura, la Orden por la que se regulan y convocan las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a financiar parte del gasto que ocasiona el desarrollo de programas de exhibición de espectáculos de teatro de compañías vascas en espacios públicos al aire libre durante el año 2013.

Son destinatarios de estas subvenciones: Ayuntamientos, Cuadrillas o Mancomunidades o sus Organismos Autónomos Municipales. Esta convocatoria cuenta con un importe económico de 75.000 euros.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCA Y REGULA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN EL EJERCICIO 2013 PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN EL ÁREA DE LAS ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES.

RESUMEN

CONVOCATORIA PARA SUBVENCIONES A ACTIVIDADES EN ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística Y Cultura, la Orden por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones para el fomento y desarrollo de actividades en el área de las Artes Plásticas y Visuales en 2013.

El plazo para presentar proyectos es de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la Orden en el BOPV. El plazo de resolución de los proyectos será de seis meses, a partir de la misma fecha. La convocatoria cuenta con un importe económico de 331.000 euros.