Sesión de  02/07/2013
Índice

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.
Acuerdo de concesión de una subvención directa a los Ilustres Colegios de Abogados de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa destinada a financiar la realización del programa de asistencia legal penitenciaria durante 2013, en los centros penitenciarios de Zaballa-Nanclares de la Oca, Basauri y Martutene, respectivamente.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de Premios al Turismo Vasco para el ejercicio 2013, dentro del marco establecido por la Orden de 16 de marzo de 2011 por la que se regulan los Premios al Turismo Vasco.
Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración con las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca y Euskal Telebista-Televisión Vasca S.A. para la producción televisiva del programa "Sustraia".
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
Acuerdo de autorización del contrato de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para el servicio de transporte escolar no universitario para los cursos escolares 2013/14 y 2014/15.
Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de la convocatoria de las becas nuevas y renovaciones para el programa predoctoral de formación de personal investigador no doctor, correspondiente al curso 2013/14.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Conformado por Moldeo de Metales y Polímeros.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Impresión Gráfica.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Prótesis Dentales.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Vestuario a medida y de espectáculos.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Acuicultura.
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.
Decreto por el que se efectúa el nombramiento de la presidencia y las vocalías de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.

ACUERDO DE CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA A LOS ILUSTRES COLEGIOS DE ABOGADOS DE ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA DESTINADA A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA LEGAL PENITENCIARIA DURANTE 2013, EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS DE ZABALLA-NANCLARES DE LA OCA, BASAURI Y MARTUTENE, RESPECTIVAMENTE.

RESUMEN

EL GOBIERNO SUBVENCIONA CON 161.000 EUROS EL ASESORAMIENTO JURÍDICO GRATUITO A LAS PERSONAS PRESAS EN NANCLARES, BASAURI Y MARTUTENE

El objetivo último de la ayuda es salvaguardar los derechos fundamentales de las personas presas y facilitar su reintegración y rehabilitación social.

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy subvencionar con 160.989€ la Asistencia Legal Penitenciaria que realizan los Colegios de Abogados de Álava/Araba, Bizkaia y Gipuzkoa en los tres centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Nanclares de Oca, Basauri y Martutene.

El objetivo último de la subvención es que las personas presas puedan recibir asesoramiento jurídico gratuito en materia penitenciaria con el fin último de salvaguardar sus derechos fundamentales y facilitar su reintegración y rehabilitación social.

Se hará un primer abono del 50% de la subvención para sufragar los gastos del primer semestre de 2013:

▪ Ilustre Colegio de Abogados de Álava/Araba 36.863,07€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia 23.800,15€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa 19.831,28€

Se hará un segundo pago del 25% para el tercer trimestre de 2013:

▪ Ilustre Colegio de Abogados de Álava/Araba 18.431,54€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia 11.900,07€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa 09.915,64€

Y se efectuará un último pago por el restante 25% antes del 28 de febrero del 2014:

▪ Ilustre Colegio de Abogados de Álava/Araba 18.431,54€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia 11.900,07€
▪ Ilustre Colegio de Abogados de Gipuzkoa 09.915,64€

SERVICIO

El Servicio de Asistencia Legal Penitenciaria comenzó su andadura en 1987 en el Centro Penitenciario de Basauri en virtud de un acuerdo suscrito entre el entonces Departamento de Presidencia, Justicia y Desarrollo Autonómico y el Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Bizkaia y, como consecuencia de su favorable evolución, se extendió a los Centros Penitenciarios de Martutene y Nanclares de la Oca en 1989 a través de la suscripción de acuerdos con los Colegios de Abogados de Gipuzkoa y Araba, respectivamente, con el mismo, manteniéndose su actividad hasta la actualidad.

Comprobada la eficacia del servicio prestado por los Colegios de Abogados, se pretende mantener su continuidad a través de la concesión de esta nueva subvención directa.
 

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERA DE COMERCIO Y TURISMO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE PREMIOS AL TURISMO VASCO PARA EL EJERCICIO 2013, DENTRO DEL MARCO ESTABLECIDO POR LA ORDEN DE 16 DE MARZO DE 2011 POR LA QUE SE REGULAN LOS PREMIOS AL TURISMO VASCO.

RESUMEN

PREMIOS AL TURISMO VASCO 2013

El Gobierno hace pública la convocatoria de Premios al Turismo Vasco 2013, con el objetivo de reconocer la actividad empresarial o trayectoria profesional de personas cuya contribución haya sido significativa para el desarrollo turístico de Euskadi; eventos que por su repercusión, notoriedad o impacto hayan contribuido de forma significativa al desarrollo turístico de Euskadi, o la labor de fomento turístico desarrollada por instituciones como ayuntamientos, comarcas o asociaciones.

Podrán ser beneficiarios de los premios aquellas personas, físicas o jurídicas, directivas o gestoras de algún tipo de actividad económica relacionada con el sector turístico en Euskadi, y aquellos ayuntamientos, entidades profesionales, corporativas o gremiales, públicas o privadas, cuyo ámbito de actuación sea Euskadi.

El premio es una escultura denominada “Amaillur” realizada por el escultor Gallo Bidegain, valorada en 6.000 euros.
 

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LAS DIPUTACIONES FORALES DE ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA, EUSKAL IRRATI TELEBISTA-RADIO TELEVISIÓN VASCA Y EUSKAL TELEBISTA-TELEVISIÓN VASCA S.A. PARA LA PRODUCCIÓN TELEVISIVA DEL PROGRAMA "SUSTRAIA".

RESUMEN

CONVENIO PARA LA PRODUCCIÓN DEL PROGRAMA SUSTRAIA

El Gobierno ha cerrado un convenio que establece la colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, con las Diputaciones Forales de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, y Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca S.A. para la producción del programa Sustraia.

Sustraia es el programa decano de ETB y una referencia informativa para el Sector Primario vasco, y para su producción se cierra una cooperación entre instituciones correspondiendo al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad la aportación 85.111,00 €
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL CONTRATO DE PRESUPUESTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR NO UNIVERSITARIO PARA LOS CURSOS ESCOLARES 2013/14 Y 2014/15.

RESUMEN

5,659 MILLONES PARA TRANSPORTE ESCOLAR

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, la siguiente autorización de gasto:

5,659 millones de euros para la contratación del servicio de transporte escolar no universitario para los cursos 2013/14 y 2014/15.
 

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA LA FINANCIACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS BECAS NUEVAS Y RENOVACIONES PARA EL PROGRAMA PREDOCTORAL DE FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR NO DOCTOR, CORRESPONDIENTE AL CURSO 2013/14.

RESUMEN

9,86 MILLONES DE EUROS PARA BECAS PARA LA FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL INVESTIGADOR

El Consejo de gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado, en su reunión de hoy, la orden por la que se regulan y convocan las becas nuevas y renovaciones para el Programa Predoctoral, de Formación de Personal Investigador no doctor correspondiente al curso 2013/2014.

El objeto de esta orden, por un importe global de 9.856.377 euros, es el establecer y convocar las becas destinadas a personal investigador no doctor, correspondientes al curso 2013-2014. La convocatoria incluye tanto la concesión de nuevas becas como la renovación de las concedidas para el curso 2012/2013.

El Programa Predoctoral pretende promover la formación de los investigadores e investigadoras para la obtención del título de Doctor o doctora y la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad dentro de un Programa de Doctorado a través de los dos siguientes subprogramas:

Subprograma de becas para personal investigador no doctor de formación en centros de aplicación en el País Vasco: modalidad A.

Subprograma de becas para personal investigador no doctor de formación en centros de aplicación fuera del País Vasco, bien sea en el estado español (modalidad B) o en el extranjero (modalidad C).
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN MARKETING Y PUBLICIDAD.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN MARKETING Y PUBLICIDAD

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad, de la familia profesional Comercio y Marketing.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO EN CONFORMADO POR MOLDEO DE METALES Y POLÍMEROS.

RESUMEN

TÉCNICO EN CONFORMADO POR MOLDEO DE METALES Y POLIMEROS

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Conformado por Moldeo de Metales y Polímeros.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio correspondientes al título de Técnico en Conformado por Moldeo de Metales y Polímeros, de la familia profesional: Fabricación Mecánica.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO EN IMPRESIÓN GRÁFICA.

RESUMEN

TÉCNICO EN IMPRESIÓN GRÁFICA

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Impresión Gráfica.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio correspondientes al título de Técnico en Impresión Gráfica, de la familia profesional: Artes Gráficas.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO EN MANTENIMIENTO ELECTROMECÁNICO.

RESUMEN

TÉCNICO EN MANTENIMIENTO ELECTROMECÁNICO

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio correspondientes al título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico, de la familia profesional: Instalación y Mantenimiento.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN PRODUCCIÓN DE AUDIOVISUALES Y ESPECTÁCULOS.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN PRODUCCIÓN DE AUDIOVISUALES Y ESPECTÁCULOS

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos, de la familia profesional Imagen y Sonido.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN PRÓTESIS DENTALES.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN PRÓTESIS DENTALES

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Prótesis Dentales.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Prótesis Dentales, de la familia profesional: Sanidad.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL Y TURÍSTICA.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL Y TURÍSTICA

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística, de la familia profesional: Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN VESTUARIO A MEDIDA Y DE ESPECTÁCULOS.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN VESTUARIO A MEDIDA Y DE ESPECTÁCULOS

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos, de la familia profesional: Textil, Confección y Piel.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Acuicultura.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Acuicultura, de la familia profesional: Marítimo-Pesquera.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE AL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN TRANSPORTE MARÍTIMO Y PESCA DE ALTURA.

RESUMEN

TÉCNICO SUPERIOR EN TRANSPORTE MARÍTIMO Y PESCA DE ALTURA

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.

Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado superior correspondientes al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura, de la familia profesional: Marítimo-Pesquera.

Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.

Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y, muy importante, tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.
 

 

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE EFECTÚA EL NOMBRAMIENTO DE LA PRESIDENCIA Y LAS VOCALÍAS DE LA JUNTA ELECTORAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

RESUMEN

APROBADO EL DECRETO QUE RECOGE LA COMPOSICIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL DEL PAÍS VASCO

Tras la designación por el Parlamento y el TSJPV de sus respectivos vocales

El Consejo de Gobierno, a instancias de la Consejera de Seguridad, ha aprobado en su reunión de hoy el Decreto mediante el cual se procede al nombramiento del Presidente y los Vocales que conforman la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La presidencia del máximo órgano de la Administración electoral vasca recae en el magistrado Juan luis Ibarra, Presidente del TSJPV, que estará acompañado de los diez vocales nombados paritariamente por el Parlamento y la Administración de justicia.

Una vez designados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y por el Parlamento Vasco los diez vocales de la Junta Electoral que corresponden a ambas instituciones, el Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto, firmado por la Consejera de Seguridad, en el que se dispone el nombramiento del magistrado Juan Luis Ibarra Robles, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, como Presidente de la Junta Electoral, así como de los también magistrados José Luis Asenjo Pinilla, Luis Angel Garrido Bengoechea, Emilio Palomo Balda, Modesto Iruretagoyena Iturri y Luis Javier Murgoitio Estefanía como vocales de la misma designados por el TSJPV.

La Junta Electoral la completan, como vocales designados por el Parlamento Vasco, Fidel Ignacio Uriarte Pérez, Iñigo Iruin Sanz, Jon Larrinaga Zulueta, Miguel Alonso Belza y Javier García Pascual, en calidad de catedráticos, profesores titulares de derecho o de ciencias políticas y de sociología o juristas de reconocido prestigio.