Sesión de  09/07/2013
Índice

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.
Acuerdo de manifestación del criterio del Gobierno en relación con la toma en consideración de la Proposición de Ley formulada por los grupos parlamentarios Nacionalistas Vascos y Socialistas Vascos, de creación del Instituto de la Memoria y la Convivencia.
Acuerdo de designación de miembros de la Comisión de Ética Pública de la Alta Dirección Ejecutiva de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Decreto de ordenación de los albergues turísticos.
Resolución de 10 de julio de 2013, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de becas para formación de dinamizadores de la distribución comercial.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
Decreto por el que se aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2014.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.
Acuerdo en relación a la auditoría de cuentas de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Acuerdo de autorización del contrato de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para la contratación de los servicios de comunicaciones postales.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
193.600 euros para Proyectos de Formación/Innovación Educativa.
Convocatoria de ayudas a las Cooperativas de Enseñanza
26,6 millones de euros para becas universitarias.
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.
Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración con el organismo autonómo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en materia de seguridad.
Decreto de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi.
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.

ACUERDO DE MANIFESTACIÓN DEL CRITERIO DEL GOBIERNO EN RELACIÓN CON LA TOMA EN CONSIDERACIÓN DE LA PROPOSICIÓN DE LEY FORMULADA POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS NACIONALISTAS VASCOS Y SOCIALISTAS VASCOS, DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MEMORIA Y LA CONVIVENCIA.

RESUMEN

EL GOBIERNO CONSIDERA QUE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MEMORIA ES PLENAMENTE COINCIDENTE CON SU PROGRAMA DE GOBIERNO Y SU PLAN DE PAZ

El Gobierno manifiesta su criterio favorable a la iniciativa de los grupos Nacionalistas Vascos y Socialistas Vascos de creación del Instituto de la Memoria y la Convivencia.

El Consejo de Gobierno ha mostrado hoy su criterio favorable a la Proposición de Ley formulada por los grupos parlamentarios Nacionalistas Vascos y Socialistas Vascos, de creación del Instituto de la Memoria y la Convivencia al considerar que “su contenido es plenamente coincidente con el Programa de Gobierno y con las previsiones que establece el Plan de Paz y Convivencia 2013-16”.

Dentro de este plan y en materia de una política pública de memoria, destacan dos proyectos complementarios: el Instituto de la Memoria y la Convivencia y el Memorial de Víctimas del Terrorismo.

Junto a las anteriores, están previstas otras iniciativas relacionadas con una Política Pública de Memoria como son: el Día de la Memoria, el Mapa de la Memoria, y un buen número de actuaciones locales.

El Gobierno Vasco tiene una “predisposición favorable a impulsar todas ellas. No obstante, y para que la memoria sea plaza que nos une, y no muro que nos divide considera necesario que su sostenimiento se apoye en amplios consensos socio-políticos e institucionales a la hora de definir sus objetivos y contenidos”.
 

 

ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE ÉTICA PÚBLICA DE LA ALTA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL E INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.

RESUMEN

EL GOBIERNO NOMBRA A ELISA PÉREZ VERA Y A DANIEL INNERARITY MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE ÉTICA PÚBLICA QUE SUPERVISA Y CONTROLA EL CUMPLIMIENTOS DEL CÓDIGO ÉTICO

La catedrática de derecho internacional público y privado y el catedrático de filosofía política y social, se encargarán de atender las consultas, impulsar y supervisar el cumplimiento y mejora del “Código Ético y de Conducta” firmado por la totalidad de las y los altos cargos y personal eventual de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Consejo de Gobierno ha nombrado hoy a Elisa Pérez Vera y a Daniel Innerarity, miembros de la Comisión de Ética Pública que se encargará de impulsar, atender a las consultas y supervisar el “Código Ético y de Conducta” puesto en marcha por el Gobierno el pasado 28 de mayo.

Esta comisión está adscrita al Departamento de Administración Pública y Justicia y está compuesta por cinco miembros:

• Presidencia: La persona titular del Departamento de Administración Pública y Justicia. (Josu Erkoreka)

• La persona titular de la Viceconsejería de Función Pública. (Andrés Zearreta)

• Dos personas expertas con experiencia y prestigio en el ámbito de la ética y la alta dirección ejecutiva. (Elisa Pérez Vera y Daniel Innerarity)

• Secretaría: una persona que ocupe un alto cargo en el Gobierno que actuará de secretario o secretaria de la comisión. (Maite Iruretagoiena, Directora del IVAP)

FUNCIONES

Esta comisión será el órgano competente para recibir las observaciones, consultas, sugerencias, quejas, denuncias de posibles incumplimientos, etc.

En función de la gravedad o consecuencia de las acciones u omisiones de la persona firmante de este código, la Comisión de Ética Pública podrá proponer al Consejo de Gobierno el cese inmediato si afecta al incumplimiento de los estándares de conducta expresamente recogidos, el traslado al órgano competente para que se proceda a incoar, instruir o sancionar una conducta o el traslado al Ministerio Fiscal si hubiere constatación de posible delito o falta.
 

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

DECRETO DE ORDENACIÓN DE LOS ALBERGUES TURÍSTICOS.

RESUMEN

APROBADA LA NUEVA NORMATIVA PARA ALBERGUES TURÍSTICOS

El Gobierno Vasco continúa el trabajo de actualización de la normativa turística con la aprobación hoy del Decreto de Ordenación de los Albergues Turísticos, que regulará este sector permitiendo sentar las bases de su funcionamiento.

Este nuevo decreto completa el diseño de la oferta alojativa turística vasca, desarrollando una propuesta dirigida a un sector que cada vez está adquiriendo mayor importancia entre la demanda de turistas, que por distintas razones (mayor convivencia con el resto de alojados, menores precios de la oferta, etc.) buscan alojamientos con habitaciones compartidas.

Los requisitos establecidos perfilan una figura que viene a ocupar el peldaño inmediatamente inferior al de las pensiones, y los aspectos más significativos de la nueva norma son:

• Con carácter general, los albergues turísticos comparten las características generales de todo alojamiento turístico: ser establecimientos públicos, prestar alojamiento mediante precio, y hacerlo de manera profesional y habitual.

• Específicamente, los albergues turísticos prestan alojamiento en habitaciones múltiples, es decir en habitaciones con una capacidad de 4 a 30 plazas ambas inclusive. No obstante podrán existir habitaciones de capacidad inferior, siempre que la capacidad total de estas habitaciones sea igual o inferior al 20% de la capacidad total del albergue turístico. También pueden ser alojamientos en “conjuntos”, compuestos por habitaciones de capacidad múltiple 14 plazas máximo, con salón-comedor, baño y cocina.

• Existe la posibilidad de ubicación de los albergues en edificios compartidos, cuando la normativa municipal lo permita.

Algunas características de los A.T.:
• Calefacción en habitaciones y espacios comunes
• Teléfono para uso de clientes
• Acceso a internet
• La zona de recepción de la clientela podrá ser compartida entre diversos albergues si estos son gestionados por una sola unidad de explotación y la distancia entre ellos sea inferior a 500 metros.
• Anchura mínima de pasillos y escaleras de 1 metro.
• La superficie mínima de los dormitorios, excluído el baño, será de 2m2/plaza

Se establecen diferencias para dos tipos “ Albergue Rural” y “Albergue de los Caminos a Santiago”:
• El Albergue Rural sigue las mismas características que el resto de alojamientos rurales; es decir, debe estar en el medio rural, el edificio ha de responder a la arquitectura tradicional típica de la comarca o zona, y su capacidad máxima será de 40 plazas. Aquel albergue turístico que ubicado en un medio rural, cuya construcción responda a las características de la comarca, pero tenga una capacidad superior a 40 plazas podrá ser albergue turístico, pero sin la especialidad de rural.

• La especialidad de los Caminos a Santiago, se basa, principalmente en que la distancia del mismo respecto al trazado oficial del Camino de Santiago, sea inferior a 2 km.
 

 

RESOLUCIÓN DE 10 DE JULIO DE 2013, DE LA VICECONSEJERA DE COMERCIO Y TURISMO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE BECAS PARA FORMACIÓN DE DINAMIZADORES DE LA DISTRIBUCIÓN COMERCIAL.

RESUMEN

BECAS PARA DINAMIZADORES COMERCIALES

El Gobierno Vasco destinará 450.000 € a becas para dinamizadores comerciales buscando mejorar la profesionalización del sector de la distribución comercial. Se trata de formar profesionales debidamente cualificados en las distintas áreas de gestión empresarial y con conocimientos relativos a la estructura y evolución del sector comercial. Pueden optar a ellas titulados universitarios superiores con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Euskadi con antigüedad superior a 1 año y edad no superior a 32 años.

Las solicitudes pueden presentarse en las delegaciones del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del 14 de agosto al 13 de septiembre.
 

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO OFICIAL DE FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI PARA EL AÑO 2014.

RESUMEN

CALENDARIO LABORAL DE LA CAPV PARA 2014

A propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales, Juan María Aburto, el Consejo de gobierno ha aprobado el Calendario oficial de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2014. Según éste, a efectos laborales tendrán consideración de días inhábiles todos los domingos del año y las festividades de:

   1 de enero, Año Nuevo.
   6 de enero, Epifanía del Señor.
   17de abril, Jueves Santo.
   18 de abril, Viernes Santo.
   21 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
   1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
   15 de agosto, Asunción de la Virgen.
   25 de octubre, Día del País Vasco-Euskadiko Eguna.
   1 de noviembre, Todos los Santos.
   6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
   8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
   25 de diciembre, Natividad del Señor.

En 2014 serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por las y los delegados territoriales del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos respectivos, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada territorio histórico.

Los ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la respectiva Delegación territorial que por ubicación les corresponda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOPV del presente calendario.
 

 

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS X LEG.

ACUERDO EN RELACIÓN A LA AUDITORÍA DE CUENTAS DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.

RESUMEN

ACUERDO EN RELACIÓN A LA AUDITORÍA DE CUENTAS DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI

El Consejo de Gobierno ha aprobado un Acuerdo relativo a la auditoría de las entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi para los años 2013, 2014 y 2015.

Este Acuerdo, en ejercicio del control contable y del control económico-financiero establecido en la Ley de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, fija el procedimiento para que todas las entidades que integran el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi sometan sus cuentas anuales a auditoría.

Este Acuerdo obliga, también, a todas las entidades a la realización de informes de control interno, de cumplimiento presupuestario y de legalidad cuyo objetivo es, entre otros, el análisis de la ejecución presupuestaria y de los objetivos previstos para el ejercicio, la legalidad en materia de contratación, subvenciones y régimen retributivo, así como formular sugerencias y recomendaciones para mejorar los procedimientos y el control interno.
 

 

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL CONTRATO DE PRESUPUESTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES POSTALES.

RESUMEN

AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CORRESPONDENCIA POR UN IMPORTE SUPERIOR A 5 MILLONES DE EUROS, DENTRO DEL PROGRAMA 12120 “SERVICIOS GENERALES” DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

El Consejo de Gobierno ha autorizado la contratación de forma centralizada del servicio de comunicaciones postales para la Administración Pública de la Comunidad Autónoma para los ejercicios 2013, 2014 y 2015 por unos importes de 1.936.521,25€, 7.882.085,00€ y 7.882.085,00€, respectivamente.

 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

193.600 EUROS PARA PROYECTOS DE FORMACIÓN/INNOVACIÓN EDUCATIVA.

Orden por la que se convocan a los Centros privados concertados y centros públicos no dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura de enseñanza no universitaria excepto ciclos formativos, para la realización de Proyectos de Formación/Innovación Educativa y se determinan las condiciones o requisitos para el otorgamiento de subvenciones para la realización de los referidos proyectos a desarrollar durante el Curso 2013-2014.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado, en el día de hoy una orden por la que se convocan a los centros privados concertados de enseñanza no universitaria para la realización de Proyectos de Formación/Innovación Educativa y se determinan las condiciones o requisitos para el otorgamiento de dotaciones subvenciones para la realización de los referidos proyectos a desarrollar durante el Curso 2013/2014.

El objeto de esta orden, por un importe global de 193.600 euros, es el convocar a los centros concertados que imparten cualquiera de los distintos niveles y tipos de enseñanza no universitaria excepto ciclos formativos, para que presenten planes de mejora, al currículo y al desarrollo de las competencias básicas, así como determinar las condiciones y los requisitos para el otorgamiento de subvenciones para la realización de los referidos proyectos a desarrollar durante el curso 2013-2014.
 

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS COOPERATIVAS DE ENSEÑANZA

Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de Centros Docentes de enseñanza no universitaria.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, una orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El objeto de esta orden es convocar ayudas, por un importe global de 33.000 euros, para las cooperativas de enseñanza, para colaborar en los gastos por ellas soportados por la realización de actividades dirigidas al alumnado de los diferentes centros educativos y para la formación de madres y padres del alumnado.
 

 

26,6 MILLONES DE EUROS PARA BECAS UNIVERSITARIAS.

Orden por la que se convocan becas para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el año académico 2013-2014, y ayudas destinadas a sufragar los gastos de transporte de los estudiantes con discapacidad que en el curso 2013-2014 realicen estudios universitarios y otros estudios superiores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno, en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado la orden por la que se convocan becas: generales, de transporte diario y de transporte para estudiantes con discapacidad, para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores en el año académico 2013-2014.

Esta convocatoria de becas, por un importe global de 26,6 millones de euros, esta abierta a los estudiantes de enseñanza superior con vecindad administrativa en el País Vasco, que durante el año académico 2013/2014 vayan a realizar, en cualquier centro ubicado en al ámbito de esta Comunidad Autónoma o del resto del Estado, cualquiera de los estudios siguientes:

Los conducentes a la obtención del título universitario oficial de grado, a la obtención del título oficial de máster universitario, a los títulos oficiales de Diplomado universitario, Arquitecto técnico, Ingeniero técnico, Licenciado, Arquitecto e Ingeniero. Los cursos de adaptación y los complementos de Formación necesarios para acceder a un segundo ciclo de estudios universitarios. El curso de preparación para acceso a la Universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas no presenciales. Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores que lleven a la obtención de titulaciones reconocidas oficialmente como equivalentes en el orden académico, a los de licenciado o diplomado universitario.
 

 

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL ORGANISMO AUTONÓMO LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO EN MATERIA DE SEGURIDAD.

RESUMEN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD Y LANBIDE

Para reforzar la seguridad en las oficinas del Servicio vasco de Empleo

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la firma de un Convenio de Colaboración entre el Departamento de Seguridad y el organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. El objetivo del acuerdo es establecer un marco de colaboración entre ambas instituciones que permita incrementar la seguridad tanto del personal como de las instalaciones de Lanbide.

El Convenio que se va a firmar entre ambos organismos incluye el compromiso por parte del Departamento de Seguridad de designar a un funcionario policial cualificado, que actuará como enlace entre Lanbide y la Ertzaintza para agilizar la intervención de los recursos policiales y para mejorar la coordinación en general. Por su parte, Lanbide aportará toda la información, medios y recursos económicos necesarios para llevar adelante las mejoras de seguridad necesarias en base a las recomendaciones de los especialistas de la Ertzaintza.

Entre los aspectos contemplados en el Convenio de cara al reforzamiento de la seguridad en los centros de Lanbide figuran la evaluación y recomendación de medidas de seguridad, particularmente en lo que tiene que ver con la valoración de la necesidad de personal de vigilancia y protección, así como recomendaciones sobre instalación y perfeccionamiento de los dispositivos y sistemas pasivos de seguridad.
 

 

DECRETO DE LA COMISIÓN MIXTA DE COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE EUSKADI.

RESUMEN

EL CONSEJO DE GOBIERNO DA LUZ VERDE AL DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN MIXTA DE COORDINACIÓN DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE EUSKADI

Recoge la participación de todos los sectores vinculados con la seguridad privada

La reunión de hoy del Consejo de Gobierno ha aprobado, a instancias de la Consejera de Seguridad, la creación de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, un órgano consultivo que recoge la participación de todos los sectores vinculados con la seguridad privada y que tiene como finalidades, entre otras, asesorar al Departamento de Seguridad, coordinar el intercambio de experiencias, proponer mejoras en el sector y colaborar en la formación de los profesionales.

La Ley de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi, aprobada el 28 de junio de 2012, prevé “la integración de las actividades del sector privado de seguridad en el conjunto del sistema vasco de seguridad pública, implementando medidas encaminadas a asegurar su colaboración efectiva”. Para ello, la propia Ley determina la creación de la Comisión Mixta de Coordinación de la Seguridad Privada de Euskadi, “con el fin de facilitar el encuentro e intercambio de experiencias entre el sector de la seguridad privada y la Administración, acogiendo formalmente a los diferentes actores de la seguridad privada en el País Vasco”.

En el Decreto aprobado hoy por el que se crea dicha Comisión, se establece que las funciones de la misma son las de promover la coordinación de los sectores implicados, asesorar al Departamento de Seguridad, proponer criterios de homogeneización de actuaciones administrativas, intercambiar experiencias, conocer e informar sobre los avances técnicos, proponer criterios de coordinación con la Ertzaintza, colaborar en la formación del personal de seguridad privada, elevar los informes oportunos al Departamento así como ser consultada sobre proyectos normativos.

La Comisión Mixta estará presidida por una persona designada por el Departamento y formarán parte de la misma un total de veinticinco vocales, cinco de ellos pertenecientes al Departamento, diez en representación de los establecimientos que disponen de medidas de seguridad, otros cuatro en representación de las empresas de seguridad, cinco más en representación del personal de seguridad privada y uno por las empresas de formación. Un secretario designado por el Departamento de Seguridad completará la dotación humana del organismo.