Sesión de  11/02/2014
Índice

PRESIDENCIA X LEG.
Decreto por el que se regula el reconocimiento "Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres".
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Acuerdo de comunicación del Plan Interinstitucional de Apoyo a la Actividad Emprendedora.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
30 millones de euros para fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad.
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.
Decreto de tercera modificación del Decreto por el que se establecen los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas y otros aspectos relativos a estas actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
PRESIDENCIA X LEG.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RECONOCIMIENTO "ENTIDAD COLABORADORA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES".

RESUMEN

REGULADO EL RECONOCIMIENTO DE “ENTIDAD COLABORADORA PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES”

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un nuevo decreto por el que se regula el reconocimiento “Entidad Colaboradora para la Igualdad de Mujeres y Hombres”. Este reconocimiento se creó en 1994 y es entregado por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a las empresas y entidades que desarrollan una política de igualdad en su organización. En este momento son ya 87 las empresas que cuentan con él.

A través de este nuevo decreto se intenta actualizar y reforzar el reconocimiento en esta materia. Para ello, se ha incorporado normativa y aspectos relacionados con los avances habidos de las políticas de igualdad en los últimos años, y se han aprovechado sinergias con otras normativas de las administraciones públicas vascas, como la normativa de subvenciones y la de contratos públicos en las cuales hay una creciente incorporación de las cláusulas de igualdad.

La finalidad es incentivar las iniciativas que puedan surgir en el ámbito sociolaboral a favor de la igualdad de mujeres y hombres. El Gobierno Vasco podrá reconocer como entidades colaboradoras en igualdad de mujeres y hombres a aquellas entidades que desarrollen una política de igualdad en su organización, exigiendo al menos, la elaboración de un diagnóstico y Plan de Actuación en Materia de Igualdad, así como un compromiso de ejecución de dicho plan.

Una de las aportaciones principales del nuevo decreto es la clarificación de los aspectos que ha de reflejar el diagnóstico y Plan para la Igualdad y aquellos criterios que se valorarán para el otorgamiento y mantenimiento del reconocimiento, así como las causas para su revocación. Con ello se persigue una mayor transparencia y de la misma forma, sensibilizar de una manera pedagógica.

Tal y como se recogía en el anterior decreto, el reconocimiento lo puede solicitar cualquier entidad privada y pública a excepción de las Administraciones Públicas. Para ello, deben presentar el Diagnóstico de Situación y el Plan de Actuación en Materia de Igualdad de la entidad, entre otros documentos. En el nuevo Decreto también se ha procedido a modificar el procedimiento para clarificarlo.
 

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

ACUERDO DE COMUNICACIÓN DEL PLAN INTERINSTITUCIONAL DE APOYO A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA.

RESUMEN

EL GOBIERNO VASCO APRUEBA EL PLAN INTERINSTITUCIONAL DE APOYO A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA

• Persigue reforzar la cultura emprendedora, incrementar su empleabilidad y generación de economía, con especial incidencia en el intraemprendimiento.

• El Plan prevé destinar 266 millones de euros al desarrollo del emprendimiento durante la legislatura 2013-2016.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Plan Interinstitucional de Apoyo a la Actividad Emprendedora para su remisión al Parlamento.
De esta manera el Gobierno vasco da cumplimiento a lo establecido en la Ley 16/2012, de 28 de junio, de Apoyo a las personas Emprendedoras y a la Pequeña Empresa en la que se establece que el Gobierno elaborará un plan de apoyo a la actividad emprendedora, de carácter interinstitucional y cuatrienal, en el que se recogen de forma coordinada y global los programas y actuaciones de impulso, promoción y fomento a realizar por las distintas administraciones de Euskadi en dicho ámbito.

Dicho plan, liderado por el Gobierno vasco, ha contado con la participación de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa que próximamente darán a conocer de forma conjunta los programas y acciones previstos.

El Plan de Apoyo a la Actividad Emprendedora se enmarca, asimismo, en el Programa de Apoyo al Empleo y a la Reactivación Económica recientemente aprobado por el Consejo de Gobierno y en el Acuerdo Marco de Colaboración para el desarrollo del Sistema Vasco de Emprendimiento suscrito entre las instituciones vascas en julio de 2013.

Los objetivos estratégicos y ámbitos de actuación del plan son:

- Fomentar la cultura y valores del emprendimiento en todos los niveles de la sociedad y etapas de la vida, reactivando la mentalidad emprendedora que ha caracterizado a nuestro país en el pasado.
- Incrementar el volumen de ideas captadas y de nuevas iniciativas que llegan al mercado, favoreciendo la generación de empleo y actividad económica.
- Favorecer el crecimiento, consolidación y transmisión (en su caso) de las nuevas empresas vascas.
- Realizar una apuesta diferencial por el intraemprendimiento o emprendimiento corporativo, dado su alto potencial de generación de empleo y actividad económica.
- Promover la integración de las diferentes políticas, herramientas e instrumentos de soporte que conforman el actual ecosistema vasco de apoyo al emprendimiento.

El Plan prevé una inversión de 266 millones en el período 2013-2016

La incidencia presupuestaria del Plan Interinstitucional de Apoyo al Emprendimiento 2013-2016 está directamente ligada a los presupuestos ordinarios del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, del Departamento de Educación, Política lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, de los Departamentos de Promoción Económica e Innovación de las tres Diputaciones Forales y de las sociedades públicas directamente implicadas (Centros de Empresa e Innovación, Lanbide, UPV-EHU, etc.)

A futuro se apuesta por una línea de inversión sostenida, y la extrapolación de su presupuesto en el conjunto de la X Legislatura 2013-2016 supone la asignación de un presupuesto total aproximado de 266 millones de €.
 

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

30 MILLONES DE EUROS PARA FOMENTAR LA INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2014, de la ayudas previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el ejercicio 2013, de las ayudas previstas en el Capítulo IV del Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral.

Resolución del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por el que se asignan recursos económicos destinados a la financiación, en el año 2014, de las subvenciones previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones consistentes en el abono de cuotas a la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 1044/1985, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

RESUMEN

A propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales, Juan María Aburto, el Consejo de gobierno ha aprobado una partida de 30 millones de euros para fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros especiales de empleo.

Las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al trabajo a través del empleo ordinario en las empresas y en las administraciones públicas, incluidos los servicios de empleo con apoyo; el empleo protegido, en centros especiales de empleo y en enclaves laborales; y a través del empleo autónomo.

Estas ayudas se refieren a la segunda modalidad, y están gestionadas por Lanbide. Las mismas se destinan a financiar los costes salariales de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad.

Ayudas por excedencia

En la misma reunión, el consejero Aburto ha puesto en conocimiento del Gobierno la resolución del director general de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral previstas en el Capítulo IV del Decreto 177/2010, de 29 de junio.

En concreto, para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos, hijas y familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria se han previsto 2,2 millones de euros.

Podrán solicitar las subvenciones, las personas físicas que trabajen por cuenta propia, así como las personas jurídicas privadas, excluidas las sociedades públicas, con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Cuotas a la Seguridad Social

Igualmente, el consejero ha informado de la resolución del director general de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo para la concesión de las subvenciones relativas al abono de cuotas a la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 1044/1985, a las personas perceptoras de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único. El importe de estas ayudas asciende a 500.000 €.

Podrán solicitar las mismas, los trabajadores y trabajadoras que hayan percibido, en un pago único, el 100% de su prestación por desempleo.
 

 

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD X LEG.

DECRETO DE TERCERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS HORARIOS DE LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS Y OTROS ASPECTOS RELATIVOS A ESTAS ACTIVIDADES EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

RESUMEN

APROBADA LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO QUE REGULA LOS HORARIOS DE LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

• Con el objetivo de hacer más ágil y sencilla la tramitación de los espectáculos regulados por los Ayuntamientos

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy una nueva reforma del Decreto que regula los horarios de los espectáculos públicos en Euskadi. El objetivo de los cambios introducidos en la norma es el de facilitar la tramitación de aquellos espectáculos cuya autorización y regulación depende de los Ayuntamientos vascos.

La modificación aprobada hoy por el Ejecutivo vasco es la tercera que se realiza del Decreto original, de diciembre de 1997, por el que se establecían los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La última modificación, realizada en marzo de 2012, había consolidado esta norma como una herramienta eficaz para la regulación de los horarios. Sin embargo, de la experiencia de su aplicación práctica se ha advertido la necesidad de realizar algunas ligeras modificaciones, para dotar de mayor operatividad a los mecanismos de ampliación horaria por parte de los Ayuntamientos.

En este sentido, en cuanto a las medidas concretas, la reforma aprobada hoy por una parte suprime el calendario anual que debían aprobar los Ayuntamientos, estableciendo mayor flexibilidad para la autorización de horarios especiales y, por otra parte, flexibiliza el plazo en el que la Autoridad municipal debe resolver las ampliaciones de horario que le soliciten.

La reforma del Decreto cuenta con la aprobación previa de la Comisión Jurídica Asesora y del Consejo de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.