Sesión de  10/06/2014
Índice

PRESIDENCIA X LEG.
Subvenciones para proyectos de sensibilización y prevención y para la realización del Master de Intervención en Violencia contra las Mujeres.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Acuerdo de concesión de una subvención directa a CONFEBASK y a sus organizaciones miembro (ADEGI, CEBEK y SEA) para el desarrollo del Plan de Competitividad Empresarial durante el ejercicio 2014.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
Acuerdo de autorización del gasto superior a 5.000.000 de euros para la financiación de las ayudas previstas en el capítulo II del Decreto 327/2003, de 23 de diciembre, sobre recursos formativos al servicio de la inserción laboral.
El Gobierno declara las primeras trece entidades ¿de interés social¿ por su contribución al desarrollo de los servicios sociales.
Acuerdo por el que se autoriza la suscripción de un convenio de cooperación educativa entre la UPV/EHU y el organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, para la realización de prácticas académicas externas (extracurriculares de grado) del alumnado de grado en Relaciones Laborales.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
Acuerdo de autorización de un contrato de presupuesto superior a 5.000.000 de euros para el suministro de comidas preparadas, materias primas y servicios afines para los centros públicos docentes con comedores de gestión directa dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, para el curso 2014/15.
Orden por la que se regulan y convocan las becas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2014-2015.
Orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de Centros Docentes de enseñanza no universitaria.
Orden por la que se convocan ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de Centros Docentes de enseñanza no universitaria.
Orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Federaciones y Confederaciones de entidades asociativas de padres y madres de alumnos y alumnas, de enseñanza no universitaria.
Desafectación de dos inmuebles en el casco histórico de Azkoitia.
DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.
Anteproyecto de Ley sobre Adicciones.
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.
Orden por la que se establece un programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y viajeros por abandono de la actividad.
Orden por la que se establece un programa de ayudas para sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Orden por la que se convocan ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
PRESIDENCIA X LEG.

SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN Y PREVENCIÓN Y PARA LA REALIZACIÓN DEL MASTER DE INTERVENCIÓN EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.

Resolución de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a organizaciones, asociaciones y fundaciones que impulsen y promuevan actividades de sensibilización y prevención de comportamientos violentos contra las mujeres durante el año 2014.

Resolución de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se convocan ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno ha aprobado una convocatoria de subvención a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a organizaciones, asociaciones, y fundaciones, sin ánimo de lucro, para la realización, durante 2014, de proyectos, programas y/o actividades concretas cuya finalidad sea la sensibilización y/o la prevención sobre comportamientos violentos contra las mujeres. Los recursos económicos destinados a estas ayudas asciende a 230.000 euros. Cada proyecto podrá recibir un máximo de 12.000 euros que comprenderá el conjunto de las actividades objeto del proyecto.

Asimismo, se han convocado ayudas para la realización del Master Universitario Oficial en Intervención en Violencia contra las Mujeres que se impartirá en la Universidad de Deusto durante el curso académico 2014-2015. Los recursos económicos destinados a esta finalidad se cifran en un total de 27.291,60 euros. La cuantía individualizada de la subvención cubrirá un 28 % del coste de la matrícula, para el curso académico 2014-2015, con un máximo de 1.819,44 euros.
 

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

ACUERDO DE CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA A CONFEBASK Y A SUS ORGANIZACIONES MIEMBRO (ADEGI, CEBEK Y SEA) PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DURANTE EL EJERCICIO 2014.

RESUMEN

SUBVENCIÓN A CONFEBASK Y SUS ORGANIZACIONES, ADEGI, CEBEK Y SEA, PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE INDUSTRIALIZACION 2014-2016

El Gobierno ha autorizado la suscripción de un convenio de colaboración con CONFEBASK y sus organizaciones ADEGI, CEBEK y SEA, por el que se concede una subvención de 680.802 €, para la financiación de proyectos a desarrollar en el ejercicio 2014 dentro del Plan de Industrialización 2014-2016.

La ayuda se distribuye de la siguiente forma:

- CONFEBASK, 231.173,00€.
- ADEGI, 165.150,00€
- CEBEK, 184.434,00€
- SEA, 100.045,00€

El órgano de gestión de las ayudas, plazos y forma de pago de las subvenciones para proyectos, actuaciones complementarias y sus modificaciones, se fijan en el Convenio de Colaboración entre el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y CONFEBASK y sus organizaciones, en el marco del Plan de Industrialización 2014-2016.

Este Plan tiene cinco objetivos prioritarios: Empleo, Inversión, Innovación, Internacionalización e Industrialización, así como dos ejes de actuación, la Estrategia de Empleo y la de Reactivación (Estrategia 4i). De esta forma se apoya a las empresas en dificultades, a la Industria Avanzada, y a nuevos proyectos impulsando un contexto más competitivo. Las ayudas aprobadas hoy son una parte de esta estrategia global de cooperación público-privada.
 

 

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN EL CAPÍTULO II DEL DECRETO 327/2003, DE 23 DE DICIEMBRE, SOBRE RECURSOS FORMATIVOS AL SERVICIO DE LA INSERCIÓN LABORAL.

RESUMEN

36 MILLONES DE EUROS PARA MEJORAR LA CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE 15.000 PERSONAS DESEMPLEADAS

El Gobierno vasco financiará con 36 millones de euros una serie de acciones de formación que facilitarán la inserción laboral de aproximadamente 15.000 personas registradas en Lanbide.

Podrán solicitar las subvenciones los Centros públicos y privados concertados autorizados para la impartición de ciclos de formación profesional reglada y otros centros formativos privados o públicos como los centros privados de formación profesional de trabajadores, centros de iniciación profesional, centros de educación de otras entidades formativas en general, y empresas y agrupaciones de empresas para los casos de ejecución de proyectos formativos ligados a compromisos de contratación.

También podrán hacerlo, los municipios, mancomunidades, cuadrillas, agencias de desarrollo local y sociedades públicas dependientes de estos, asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales en general de apoyo a colectivos con dificultades singulares de acceso al mercado de trabajo, así como entidades consultoras cuyo ámbito de actividad se centre en el área de recursos humanos con colectivos con especiales dificultades para la inserción laboral.

Las acciones de formación, que el año pasado beneficiaron a 12.360 personas participantes en 817 cursos, darán prioridad a los siguientes ámbitos:

-Formación acreditable que permita obtener competencias adaptadas a las actuales necesidades del mercado productivo plasmadas en un título que otorga al alumnado grades oportunidades de inserción, con una formación eminentemente práctica y con contacto directo con las empresas del sector, en las cuales realiza el módulo obligatorio de prácticas no laborales en centros de trabajo.

-Formación innovadora que responda a las necesidades emergentes de las empresas, en los procesos de especialización inteligente, necesario para el aumento de su productividad y su competividad.

-Formación adaptada a colectivos con dificultades de inserción en el mercado laboral, como formación básica o prelaboral sin los conocimientos necesarios para entrar en los cursos cualificantes o la formación adaptada a la discapacidad.

-Formación ligada a compromisos de contratación y prácticas no laborales en centros de trabajo, que permitan el ajuste de competencias teórico prácticas adquiridas en un centro de formación con las competencias reales que se desarrollan en los puestos que ofertan las empresas y a la vez mejoren la empleabilidad de las personas desempleadas.
 

 

EL GOBIERNO DECLARA LAS PRIMERAS TRECE ENTIDADES ¿DE INTERÉS SOCIAL¿ POR SU CONTRIBUCIÓN AL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS SOCIALES.

Decreto el que se declara de interés social a la Fundación Etorkintza.

Decreto el que se declara de interés social a la Fundación Gizakia.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Goiztiri Elkartea.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Centro de Acogida Lagun Artean.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Nagusilan, Voluntariado Social de Mayores.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Erroak, para la incorporación social y laboral de colectivos en situación y/o riesgo de exclusión.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Uribe Costa.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación de Reinserción Social Sartu-Álava.

Decreto el que se declara de interés social a "Gorabide", Asociación vizcaína en favor de las personas con discapacidad intelectual.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Etorkinekin bat.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Zubietxe.

Decreto el que se declara de interés social a la Asociación Módulo de Asistencia Psico-Social Auzolan.

Decreto de por el que se declara de interés social a la Asociación Comisión Ciudadana Anti-Sida de Bizkaia.

RESUMEN

A propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales, Juan María Aburto, en su reunión de hoy el Gobierno ha declarado “de interés social” a 13 entidades sin ánimo de lucro que prestan servicios sociales en la Comunidad autónoma.

Se trata de las primeras entidades que se acogen a esta figura de la ley de Servicios Sociales de 2008, cuya regulación llegó algunos años después mediante el decreto 424/2013, de 7 de octubre, del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno vasco.

La declaración de interés social, regulada por el reconoce la trayectoria y contribución de las entidades al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma, lo que en la práctica les permite tener preferencia en la concesión de las ayudas y subvenciones que conceden las administraciones públicas vascas.

Entre otros requisitos, como son la prestación de servicios sociales y carecer de ánimo de lucro, la normativa establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades con el 40% de la plantilla contratada de forma indefinida.

Las trece entidades que han sido declaradas hoy de interés social son las siguientes:

• ASOCIACIÓN MÓDULO DE ASISTENCIA PSICO-SOCIAL AUZOLAN. Es una entidad sin ánimo de lucro, constituida en el año 1986, que tiene como objeto principal la promoción y desarrollo de la salud física, psíquica y social de las personas. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• FUNDACIÓN ETORKINTZA. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1984 que tiene como objeto principal mejorar la calidad de vida de las personas en los ámbitos de la salud mental, de las adicciones y de la vulnerabilidad social mediante la prevención, asistencia e inclusión social. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• GORABIDE, Asociación vizcaína en favor de las personas con discapacidad intelectual. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1962 que tiene como objeto principal promover la integración social de las personas con discapacidad intelectual en todas y cada una de las etapas de su vida, contribuir al máximo desarrollo de sus capacidades, su seguridad vital y alcanzar la integración laboral de las personas con minusvalías psíquicas, en función de sus posibilidades.

• ASOCIACIÓN ERROAK, PARA LA INCORPORACIÓN SOCIAL Y LABORAL DE COLECTIVOS EN SITUACIÓN Y/O RIESGO DE EXCLUSIÓN. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1988 que tiene como objeto principal el promover y desarrollar actividades y servicios encaminados a conseguir la plena inclusión social y/o laboral de personas y/o grupos en situación de dependencia, discapacidad, pobreza y exclusión social. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

• FUNDACIÓN GIZAKIA. Entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1993 que tiene como objeto principal promover y desarrollar actividades y servicios encaminados a la defensa de los hombres y mujeres de cualquier condición frente a la drogadicción y otros tipos de toxicomanías. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• ASOCIACIÓN CENTRO DE ACOGIDA LAGUN ARTEAN. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1984 que tiene como objeto principal la atención integral, caritativa, humanitaria y solidaria a todas aquellas personas que por diversas circunstancias (económicas, sociales, culturales, personales, etc.) no están integrados en la dinámica social habitual, y son realmente marginados sociales. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• ASOCIACIÓN ETORKINEKIN BAT. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1996 que tiene como objeto principal promover la solidaridad trabajando por la integración social, laboral y cultural del/de la inmigrante en nuestra sociedad desde una perspectiva de actuación intercultural. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• ASOCIACIÓN GOIZTIRI ELKARTEA. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1993 que tiene como objeto principal el apoyo a personas y colectivos en situación de pobreza y/o riesgo de exclusión social, abordando sus causas, paliando sus efectos, sensibilizando a la sociedad y ofreciendo y desarrollando acciones y servicios adecuados a tal fin. Su actividad se desarrolla principalmente en la comarca del Gran Bilbao.

• ASOCIACIÓN NAGUSILAN, VOLUNTARIADO SOCIAL DE MAYORES. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1995 que tiene como objeto principal promover, programar, organizar, realizar y controlar acciones de jubilados y mayores, en beneficio de su colectivo y de la sociedad, con atención preferente a las personas más necesitadas. Su actividad se desarrolla principalmente en el territorio Histórico de Gipuzkoa.

• ASOCIACIÓN DE REINSERCIÓN SOCIAL SARTU-ÁLAVA. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1992 que tiene como objeto principal la promoción y desarrollo de actividades y servicios encaminados a conseguir la plena inclusión social y/o laboral de personas y/o grupos en situación de dependencia, desprotección, discapacidad, pobreza y exclusión social, o en riesgo de estarlo.

• ASOCIACIÓN URIBE COSTA. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1976 que tiene como objeto principal promover y desarrollar actividades y servicios encaminados a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y sus familias. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• ASOCIACIÓN ZUBIETXE, para personas en situación o riesgo de exclusión social. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1992 que tiene como objeto principal facilitar la incorporación social de personas en situación o riesgo de exclusión, ofreciéndoles oportunidades para ello y acompañando a cada persona en su proceso de adquisición de la condición de plena ciudadanía y de la mejora de su calidad de vida. Su actividad se desarrolla principalmente en el Territorio Histórico de Bizkaia.

• ASOCIACIÓN COMISIÓN CIUDADANA ANTI-SIDA DE BIZKAIA. Es una entidad sin ánimo de lucro constituida en el año 1987 que tiene como objeto principal las diversas tareas relacionadas con la prevención del virus del SIDA (VIH), investigación sobre el mismo y las posibles derivaciones sociales del fenómeno.
 

 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DE UN CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UPV/EHU Y EL ORGANISMO AUTÓNOMO LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO, PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS (EXTRACURRICULARES DE GRADO) DEL ALUMNADO DE GRADO EN RELACIONES LABORALES.

RESUMEN

ESTUDIANTES DE GRADO EN RELACIONES LABORALES PODRÁN HACER PRÁCTICAS ACADÉMICAS EN LANBIDE

A propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales, Juan María Aburto, el Gobierno ha autorizado la firma de un convenio marco de cooperación educativa entre la Universidad del País Vasco y Lanbide para la realización de prácticas académicas externas de grado en Relaciones Laborales.

La ordenación actual de las enseñanzas universitarias incide en la realización de prácticas externas como medio para reforzar la empleabilidad de los futuros graduados y graduadas. La suscripción de este convenio va en esa línea, dado que las alumnas y alumnos de la Escuela de Relaciones Laborales de la UPV/EHU que participen en las prácticas –un mínimo de cuatro- podrán plasmar los conocimientos que han adquirido en su formación académica en las instalaciones del propio organismo autónomo Lanbide-Servicio vasco de empleo, favoreciendo así la adquisición de competencias para el ejercicio de futuras actividades profesionales. La duración de las prácticas oscilará entre las 150 y las 300 horas.

Este convenio con la UPV-EHU se enmarca en el compromiso de Lanbide de contribuir al pleno desarrollo del derecho al empleo, estable y de calidad, y favorecer la configuración de un mercado de trabajo que contribuya de forma eficiente a garantizar la empleabilidad de las personas trabajadoras y a cubrir las necesidades de personal adaptado a los requerimientos de las empresas.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

ACUERDO DE AUTORIZACIÓN DE UN CONTRATO DE PRESUPUESTO SUPERIOR A 5.000.000 DE EUROS PARA EL SUMINISTRO DE COMIDAS PREPARADAS, MATERIAS PRIMAS Y SERVICIOS AFINES PARA LOS CENTROS PÚBLICOS DOCENTES CON COMEDORES DE GESTIÓN DIRECTA DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA, PARA EL CURSO 2014/15.

RESUMEN

92,8 MILLONES DE EUROS PARA LOS COMEDORES DE LOS CENTROS PÚBLICOS

El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, una autorización de gasto por un importe de 92,8 millones de euros destinados al suministro de comidas preparadas, materias primas y servicios afines a este suministro para centros públicos docentes con comedores de gestión directa dependientes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura.

Los centros públicos docentes que gestionarán directamente sus comedores durante el curso escolar 2014/2015 ascenderán a un total de 490.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN Y CONVOCAN LAS BECAS NUEVAS Y RENOVACIONES PARA EL PROGRAMA POSDOCTORAL DE PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL INVESTIGADOR DOCTOR, CORRESPONDIENTE AL CURSO 2014-2015.

RESUMEN

2,67 MILLONES DE EUROS PARA BECAS DE PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL INVESTIGADOR DOCTOR

El Consejo de gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado, en su reunión de hoy, la orden por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y de renovaciones para el Programa Posdoctoral, de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor correspondiente al curso 2014/2015.

El objeto de esta orden, por un importe global de 2.670.870 euros, es el regular y convocar las ayudas, nuevas y renovaciones, destinadas a las personas investigadoras doctoras de perfeccionamiento en centros de aplicación en la CAPV y desplazamiento temporal en el extranjero, correspondientes al curso 2014-2015.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A LAS COOPERATIVAS DE ENSEÑANZA TITULARES DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA.

RESUMEN

CONVOCATORIA DE AYUDAS LAS COOPERATIVAS DE ENSEÑANZA

El Consejo de Gobierno ha aprobado en el día de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, una orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Cooperativas de Enseñanza titulares de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El objeto de esta orden es convocar ayudas, por un importe global de 33.000euros, para las cooperativas de enseñanza, para colaborar en los gastos por ellas soportados por la realización de actividades dirigidas al alumnado de los diferentes centros educativos y para la formación de madres y padres del alumnado.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Y A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA.

RESUMEN

500.000 EUROS PARA LAS AMPAs

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado en el día de hoy una orden por la que se convocan ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria.

El objeto de esta orden es convocar ayudas, por un importe global de 500.000 euros, para colaborar en la financiación de los gastos de actividades y gastos de infraestructura necesarios para el funcionamiento de las asociaciones alumnos y alumnas de EPA y de las asociaciones de madres y padres; Y en las financiación de los gastos de actividades dirigidas a madres y padres y al alumnado de los diferentes centros educativos.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A LAS FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE ENTIDADES ASOCIATIVAS DE PADRES Y MADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS, DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA.

RESUMEN

350.000 EUROS PARA AYUDAS A FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE ENTIDADES ASOCIATIVAS DE PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura la Orden por la que se convocan ayudas destinadas a las Federaciones y Confederaciones de entidades asociativas de padres y madres del alumnado de enseñanza no universitaria.

Las ayudas se concederán para gastos de infraestructura necesarios para el funcionamiento de las Federaciones y Confederaciones, para gastos de actividades de apoyo y asesoramiento a las entidades asociativas, y para gastos de actividades de formación de padres y madres. Todas estas actividades serán realizadas durante el año 2014. La convocatoria de estas subvenciones cuenta con un importe de 350.000 euros.
 

 

DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES EN EL CASCO HISTÓRICO DE AZKOITIA.

Decreto el que se acuerda la desafectación de los inmuebles n.º 6 y 8 de Kale Nagusia de Azkoitia (Gipuzkoa), bienes culturales afectados por el Decreto 17/2005, de 25 de enero, por el que se califica como Bien Cultural con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Azkoitia y se fija su régimen de protección, incursos en un procedimiento de declaración de ruina.

RESUMEN

El consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura el Decreto por el que se acuerda la desafectación de los inmueble nº 6 y 8 de Kale Nagusia de Azkoitia, incurso en un procedimiento de declaración de ruina. Los citados inmuebles están incluidos, con protección básica, en el Decreto 17/2005, de 25 de enero, por el que se declara Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental el Casco Histórico de Azkoitia.

A la vista de los informes técnicos aportados, el expediente de ruina y las actuaciones seguidas, el Consejo Asesor del Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi acordó la desafectación del citado inmueble. El Decreto surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el BOPV.
 

 

DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.

ANTEPROYECTO DE LEY SOBRE ADICCIONES.

RESUMEN

LA PREVENCIÓN, PILAR BÁSICO DE UNA NORMA QUE CONTEMPLA SOLUCIONES PARA LAS NUEVAS REALIDADES EN EL ÁMBITO DE LAS ADICCIONES CON Y SIN SUSTANCIA

• La ley, que velará especialmente por la salud de las personas menores de edad y los colectivos más vulnerables, se enviará al Parlamento antes de fin de año

El Consejero de Salud, Jon Darpón, ha informado hoy al Consejo de Gobierno del anteproyecto de la Ley sobre Adicciones elaborado por su Departamento.

Tal y como ha explicado el Consejero de Salud en su comparecencia ante los medios, “el objetivo es remitir al Parlamento antes de que finalice el año una Ley sobre adicciones más amplia y acorde con las necesidades de la sociedad actual que vele en especial por la salud de las personas menores de edad y de los colectivos socialmente más vulnerables”

La nueva ley profundizará en los derechos y deberes de las personas usuarias, en la prevención y en el fenómeno del consumo de alcohol por parte de las personas menores de edad y por supuesto, abordará las denominadas adicciones sin sustancia, así como nuevos productos que han proliferado en los últimos tiempos, como son los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina. En concreto, según el Consejero de Salud se pretende:

-Abordar las adicciones con un enfoque más global, incluyendo tanto las adicciones clásicas -a una sustancia- como las adicciones sin sustancia. Se pasa, por tanto, de la denominación clásica de drogodependencias a la de adicciones, adecuando la normativa al avance y evolución de las normativas y estrategias de nuestro entorno.

-Subrayar la importancia de la promoción de estilos de vida saludable y de la prevención como eje central de las actuaciones de la administración.

-Abordar el fenómeno de las adicciones desde una óptica transversal y multidimensional, desde todos los ámbitos relacionados o afectados (comunitario, familiar, educativo, laboral, judicial, policial…), con una visión globalizadora, integral y planificada, y de una manera normalizada.

-Determinar las responsabilidades de las diferentes áreas competenciales e instituciones y adecuar la arquitectura institucional, participativa y de coordinación.

A través de sus 96 artículos, la norma plantea como grandes áreas de intervención la promoción de la salud y la prevención de las adicciones; la reducción de la oferta; la inclusión social y la atención sanitaria y sociosanitaria; el desarrollo y gestión del conocimiento; y, finalmente, la organización institucional en esta materia.

El texto propuesto se ha redactado desde una perspectiva integral. Así, contempla las sustancias con capacidad adictiva de consumo más arraigado en nuestro entorno (alcohol, tabaco, sustancias estupefacientes y psicotrópicas y productos industriales con potencialidad de crear dependencia). Como novedad, la ley regula los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina. Aborda, igualmente, y también por primera vez en nuestra normativa, las adicciones comportamentales o adicciones sin sustancia -como la ludopatía-.

Y además, al hacer hincapié en la prevención, contempla los factores de riesgo precursores de las adicciones, los consumos problemáticos de sustancias, y las conductas excesivas con riesgo de generar adicciones comportamentales surgidas de la mano de nuevas realidades como las redes sociales, las tecnologías digitales y las nuevas aplicaciones para ellas diseñadas, los teléfonos móviles, los videojuegos, etc.

La ley contiene 96 artículos, distribuidos en siete Títulos, una única Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales, relativas al desarrollo reglamentario y a la entrada en vigor.

El título preliminar aporta un marco teórico más completo que el recogido en la ley vigente. Comprende el ámbito material de la ley, objetivos, definiciones, principios generales, fundamentos básicos del modelo de prevención y atención y derechos y obligaciones de las personas. En este sentido, es especialmente novedoso el reconocimiento de los derechos y el establecimiento de obligaciones, no sólo para las personas en tanto que usuarias de los servicios sociales o de salud, sino también, en aceptación de su libertad personal.

En el Título primero de la Ley, la Salud Pública, la promoción de la Salud y la prevención de las Adicciones se erigen en el área de actuación preferente y prioritaria; así, es particularmente novedosa la regulación en capítulo propio de la promoción de la salud. Las medidas de promoción de la salud y prevención de las adicciones van dirigidas al conjunto de la población y a personas o grupos en situación de riesgo o de mayor vulnerabilidad, y se complementan con medidas específicas para las adicciones no comportamentales (y a las que en la actualidad no se reconocen científicamente como tales), involucrando a todos los ámbitos posibles y entre ellos, el comunitario, familiar y educativo son los prioritarios.

El título Segundo, relativo a la reducción de la oferta, aparece separadamente de la prevención, y se estructura por sustancias. Y, dentro de cada una de ellas, regula la publicidad, venta, suministro y consumo. En cuanto al tabaco, se mantienen disposiciones actuales (normativa estatal de obligado cumplimiento), en lo referente al alcohol, se plantean más limitaciones a la publicidad, venta y consumo (en aras a la protección de los menores), el cigarrillo electrónico es equiparado con el tabaco y se incluyen medidas de concienciación dirigidas a limitar la disponibilidad de los juegos de azar y a un uso responsable de las tecnologías digitales.

El Título Tercero aborda la asistencia sanitaria y sociosanitaria y plantea una atención integral, centrada en las necesidades de las personas, y con la normalización e inclusión social como objetivo.

La Inclusión social, aparece con entidad propia y separada de la atención sanitaria y sociosanitaria, en el Título cuarto, puesto que la actuación en este caso se lleva a cabo por otro sistema público diferenciado del de salud y con principios de actuación propios.

El Título Quinto, sobre gestión del conocimiento, unifica aspectos que aparecen separados y desperdigados en la ley vigente. Se prevén labores de información en materia de adicciones por parte de la administración sanitaria, social, educativa y laboral. Se articulan actividades de, se impulsa la investigación y se contempla la evaluación de los programas en materia de adicciones y se abre la posibilidad de crear premios u otras distinciones honoríficas para reconocer públicamente a personas públicas o privadas que hayan destacado por su labor en este ámbito.

El Título Sexto recoge aspectos relacionados con la organización institucional, planificación, iniciativa social, coordinación y participación. Así, cataloga las competencias y responsabilidades de las diferentes instituciones y adecúa la arquitectura institucional. De este modo, la comisión interdepartamental actualmente existente (integrada sólo por Departamentos del Gobierno), pasaría a ser comisión interinstitucional integrada por Gobierno, Diputaciones y Ayuntamientos.

Finalmente, el último título, sobre infracciones y sanciones, establece un nuevo régimen sancionador, con una clasificación más clara de las infracciones, para conseguir un cumplimiento efectivo de la norma. Por lo que respecta a los órganos con competencias sancionadoras, se distribuye entre el Consejo de Gobierno, el órgano correspondiente del departamento competente en materia de adicciones, y los Ayuntamientos.

En relación a las sanciones, las multas se han adaptado a cuantías más reales en función de la verdadera gravedad de la infracción, resultando multas de hasta 600 euros por la comisión de infracciones leves; hasta 10.000 euros en caso de infracciones graves y de hasta 600.000 euros en caso de comisión de infracciones muy graves. Cuando sea declarada la responsabilidad de los hechos cometidos por una persona menor de edad, podrá sustituirse la sanción económica de la multa por medidas reeducadoras (realización de trabajos o actividades en beneficio de la comunidad o, inclusión de la persona infractora en programas de carácter formativo o informativo relacionados con las adicciones).


INFORMACIÓN ADICIONAL

Prácticamente desde su constitución, el Gobierno Vasco asumió un firme compromiso de abordar y dar respuesta al fenómeno de las adiciones desde un ámbito interinstitucional. Para ello, se tomaron iniciativas como:

-la creación del DAK (Centro Coordinador de Drogodependencias), en 1981

-la aprobación del primer Plan de Actuación en el ámbito de las drogodependencias, en 1982

-la puesta en marcha de una comisión interdepartamental y de una comisión parlamentaria en 1984

-la constitución, en 1991, del consejo asesor de drogodependencias

A lo largo de estos últimos años, Euskadi ha contado con dos leyes, la de 1988 y la de 1998 (modificada en 3 ocasiones).

La primera Ley en materia de drogodependencias se aprobó en 1988, en un contexto de profundos cambios sociales y políticos. En aquella época, la droga ocupaba el primer lugar entre los problemas de la sociedad vasca. Esta ley tuvo un claro enfoque pedagógico y ya entonces se centraba en la prevención, la asistencia y la reinserción en materia de drogodependencias.

Diez años después se aprobó un nuevo texto, la Ley 18/1998, de 25 de junio, con el objeto de adaptar la legislación a la nueva realidad, desde una perspectiva que profundizara en la corresponsabilidad y coordinación de todas las Administraciones y sectores implicados. Fue fundamentalmente una ley continuista, que pretendió que las políticas de prevención tuvieran mayor efectividad por medio de la creación e implantación de los equipos técnicos municipales de prevención comunitaria.

La Ley 18/1998 ha sido reformada en tres ocasiones. La última vez en 2011, con el fin de adaptarla a las exigencias planteadas –en el ámbito de la protección de la salud pública y en lo referente al tabaco– por la OMS, la Unión Europea y la Legislación básica del Estado.

En estos años también se ha llevado a cabo una intensa labor planificadora de las distintas instituciones, con los 6 planes vascos de drogodependencias o adicciones, así como los sucesivos planes forales y locales.

Tanto las normas como los planes han encuadrado la política del Gobierno Vasco en materia de adicciones, y han propiciado programas, apoyos y logros en prevención, asistencia e inserción para garantizar una atención adecuada a las personas afectadas, y para abordar los problemas sociosanitarios derivados tanto del consumo como del abuso de sustancias.

Además, a lo largo de estos 26 años se ha ido consolidando una potente red asistencial pública, diversificada y profesionalizada, que lleva a cabo tareas de prevención y promoción de la salud, así como de asistencia e inserción, prestando una atención integral e integrada a las personas con adicciones y a sus familias. Estos recursos asistenciales públicos (sanitarios, sociales y sociosanitarios), se complementan con los ofertados por las distintas asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro que, en estrecha relación con la Administración, han trabajado y trabajan en beneficio de las personas afectadas.

Euskadi cuenta, así mismo, con importantes herramientas para la obtención de información, datos y análisis, imprescindibles para el diseño, implementación y evaluación de políticas en materia de adicciones. Así, las investigaciones recogidas por el Observatorio de Drogodependencias, la serie de informes Euskadi y Drogas y los sucesivos Drogas y Escuela han resultado también fundamentales para la elaboración de la nueva Ley de adicciones que se aprobará antes de que finalice el año 2014.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.

ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE UN PROGRAMA DE AYUDAS AL SECTOR DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR ABANDONO DE LA ACTIVIDAD.

RESUMEN

APROBADO UN PROGRAMA DE AYUDAS AL SECTOR DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR ABANDONO DE LA ACTIVIDAD

El departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco ha establecido un programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y viajeros por abandono de la actividad y que está destinado a fomentar el abandono de la profesión de transportistas de edad avanzada del sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera.

Dentro del Plan de Organización Sectorial del transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de septiembre de 2000, se contempló la adopción de medidas de fomento del abandono de la profesión por considerar que uno de los problemas que afectan al sector del transporte público de mercancías por carretera es la elevada edad de los transportistas autónomos y desde ese año, con ciertas modificaciones, se ha realizado la convocatoria de ayudas.

En esta edición el importe económico asciende a 150.000,00 euros con una cuantía máxima de las ayudas de: Cuatro mil cien (4.100,00) euros por cada seis meses completos que a la persona transportista le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años, en los supuestos de transporte público de mercancías en vehículo pesado y transporte público de viajeros en autobús; Dos mil seiscientos (2.600,00) euros por cada seis meses completos que al transportista le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años, en el supuesto de transporte público de mercancías en vehículo ligero; y Diez mil (10.000,00) euros al transportista al que se le hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o total o una gran invalidez.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE UN PROGRAMA DE AYUDAS PARA SISTEMAS DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y DE SEGURIDAD EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR CARRETERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

RESUMEN

EL GOBIERNO VASCO AYUDA EN LA INSTALACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DE SEGURIDAD EN TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR CARRETERA

El Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, a través de una orden aprobada en Consejo, ofrece ayudas para sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Según detalla la consejera Ana Oregi “este programa de ayudas se destina a impulsar la implantación de sistemas de gestión, localización y control de flotas basados en SaaS (Software as a Service) o similar y elementos de seguridad en los vehículos destinados al transporte público de mercancías y viajeros en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con el fin de lograr una mayor seguridad, calidad, transparencia y agilidad en la prestación del servicio”.

El importe económico asciende a 50.000,00 euros. Se trata de una convocatoria de ayudas que se ha realizado de forma continuada desde 2005, si bien como novedad introducida en la presente convocatoria se ha optado por pasar a subvencionar la instalación de sistemas de localización y gestión de flotas (basados en GPS o similar), conectados a un centro de control y gestión. No se subvencionarán la adquisición individualizada de elementos de localización, que no estén integrados en un sistema de control y gestión de flotas.

Con esta iniciativa se apoya la implantación de estos sistemas de gestión en su conjunto y no la adquisición exclusiva de aparatos o elementos de localización.
 

 

ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE CALIDAD Y DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR CARRETERA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

RESUMEN

AYUDAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE CALIDAD Y MEDIOAMBIENTAL EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS Y VIAJEROS POR CARRETERA

El Gobierno Vasco, a través de su departamento de Medio Ambiente y Política Territorial ha convocado una serie de ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco

“Se trata de un programa de ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con el fin de lograr una mayor seguridad, calidad, transparencia y agilidad en la prestación del servicio. Se apoya la implantación de distintos sistemas de calidad ambiental: ISO 9000 y 14001, Reglamento EMAS o Ekoescan” explica la consejera Ana Oregi

El importe económico asciende a 30.000,00 euros y se trata de una convocatoria de ayudas que se ha realizado de forma continuada desde 2005, a salvo de la excepción del año 2013, en el que no se realizó la convocatoria.

La cuantía de las ayudas contempladas consistirá en el abono de una subvención no reintegrable correspondiente al 25% de los gastos acreditados, que se incrementará al 30% en el supuesto que la persona solicitante disponga de una certificación de gestión de la flota de vehículos eficiente y sostenible económica y medioambientalmente, con un máximo de 2.000,00 euros por persona beneficiaria.