Sesión de  07/07/2015
Índice

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.
El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Fundaciones con el que aborda la modernización de un sector regulado hace ya más de veinte años.
El Gobierno Vasco concede una subvención directa por importe de 24.000 euros a la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.
Subvenciones a las asociaciones empresariales.
Nombramientos y ceses.
DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.
Cambios en el Consejo de Administración de Lanbide.
Subvención a las organizaciones sindicales.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
1,3 millones de euros para formación del profesorado.
DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.
El Gobierno Vasco regula la creación y funcionamiento de biobancos con fines de investigación biomédica en Euskadi.
El Departamento de Salud colaborará por segundo año consecutivo con la Universidad de Deusto para impulsarla formación y la investigación en salud y políticas sanitarias.
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.
El Consejo de Gobierno designa representantes en los Consejos de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao y del Consorcio de Transportes de Bizkaia.
Iosu Madariaga, nuevo Viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA X LEG.

EL GOBIERNO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE FUNDACIONES CON EL QUE ABORDA LA MODERNIZACIÓN DE UN SECTOR REGULADO HACE YA MÁS DE VEINTE AÑOS.

Proyecto de Ley de Fundaciones del País Vasco

RESUMEN

• Entre sus novedades, las fundaciones estarán obligadas a mantener actualizada toda la información sobre su constitución, cualquier variación, nombramientos, ceses y cambios de todas las personas integrantes del Patronato. Deberán comunicarlo al registro en un plazo no superior a los seis meses.
• Apenas la mitad de las fundaciones presentan sus cuentas anualmente, a partir de ahora, si no lo hacen, el Gobierno les cerrará el registro.
• Las fundaciones públicas deberán revertir los fondos aportados a la Administración Pública de origen tras su liquidación.
• En Euskadi hay más de 600 fundaciones con un patrimonio neto que supera los mil trescientos millones de euros y emplea a más de 13.000 personas.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Fundaciones, un documento que será enviado a la Cámara para el debate, negociación y en su caso aprobación por parte de los Grupos Parlamentarios.

Se trata de un texto moderno, que crea un marco jurídico y operativo nuevo para el sector fundacional vasco y que actualiza la normativa vigente desde hace más de 20 años (Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco y sus disposiciones de desarrollo). El objetivo de este proyecto es responder a la demanda del sector que solicitaba una nueva ley que simplificara la
creación de nuevas entidades fundacionales, eliminara trabas administrativas innecesarias y avanzara en su eficacia y buen funcionamiento.

El Gobierno vasco, considera que la nueva ley es necesaria para:

• Avanzar en la colaboración público-privada, favoreciendo la participación de la ciudadanía en actividades sin ánimo de lucro.
• Propiciar el crecimiento económico del País.
• Ahondar en la profesionalización y acomodo del sector a los nuevos modelos de organización y gestión empresarial.

ASPECTOS DESTACADOS

La reforma que recoge el texto se rige por los principios de transparencia, publicidad y buena gestión e incluye novedades destacadas con respecto a la ley actual:

• Registro de Fundaciones: las fundaciones tendrán la obligación de mantener el registro plenamente actualizado en todo momento. En un plazo no superior a los seis meses desde la adopción del acuerdo, las fundaciones deberán inscribir toda la información relativa a su constitución, cambios, nombramientos, ceses y variaciones de todas las personas integrantes del Patronato.

• Presentación de Cuentas: el Gobierno quiere que las fundaciones cumplan con su obligación de presentar las cuentas ya que, en estos momentos, apenas del 52% de las fundaciones vascas lo hacen. Para tal objetivo, se ha incluido en la norma la previsión de “cierre de registro”, de manera que las fundaciones que no cumplan, no podrán inscribir algunos de los acuerdos que puedan adoptar, hasta que den cumplimiento a la referida obligación. Además, las fundaciones de relevancia económica, tendrán la obligación de someterse anualmente una auditoría de sus cuentas.

• Inspección anual: el Gobierno elaborará un Plan de Inspecciones a las fundaciones para comprobar si éstas han cumplido con sus obligaciones. La Administración podrá realizar un expediente de verificación, para aquellos supuestos en los que se prevea la existencia de irregularidades graves en el funcionamiento de una fundación.

• A partir de la aprobación de esta ley, las fundaciones públicas o con participación del sector público, tras su liquidación, deberán revertir los fondos aportados a la Administración Pública.

• Los órganos de las fundaciones deberán cumplir obligatoriamente la Ley de igualdad entre mujeres y hombres.

• Se regula la utilización de las nuevas tecnologías añadiendo la obligación de tramitar ciertos procedimientos vía online en las condiciones y plazos previstos en la propia Ley

• Se regula la figura de la transformación de otras entidades en fundación y viceversa, así como la escisión como fórmulas de creación de una nueva fundación.

• Se creará el Consejo Vasco de Fundaciones, como órgano colegiado consultivo. A través de éste, la Administración y las fundaciones vascas mantendrán una interlocución permanente.

• Se añaden como tipo especial y diferenciado las fundaciones del sector público o las fundaciones bancarias de Euskadi.

• Se impulsa la aprobación de códigos de conducta y buenas prácticas por parte de las fundaciones.

 

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Anteproyecto de Ley de Fundaciones del País Vasco

EL GOBIERNO VASCO CONCEDE UNA SUBVENCIÓN DIRECTA POR IMPORTE DE 24.000 EUROS A LA ASOCIACIÓN DE DERECHO COLABORATIVO DE EUSKADI.

Acuerdo de concesión de subvención directa a la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi (ADCE), para la realización de actuaciones de promoción, difusión y formación en la práctica del Derecho Colaborativo durante el año 2015.

RESUMEN

• La subvención contribuirá a la promoción, difusión y formación en la práctica de esta fórmula alternativa para la resolución de conflictos basada en la negociación.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy una subvención directa por importe de 24.000 euros a la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, ADCE, para la realización de actuaciones de promoción, difusión y formación en la práctica del Derecho Colaborativo en 2015.

Con esta subvención, el Gobierno vasco avanza en su compromiso con el impulso del Derecho Colaborativo como fórmula alternativa para la resolución de conflictos y contribuye a la organización de conferencias, seminarios, talleres de formación, publicación de artículos especializados, elaboración de programas, folletos, carteles, etc. para su difusión.

Entre las acciones que desarrollará ADCE gracias a esta subvención destacan: el desarrollo de un taller en el foro que la asociación americana dedicada al Derecho Colaborativo IACP celebrará en Washington del 15 al 18 de octubre y la constitución de una federacion de ámbito estatal de Asociaciones de Derecho Colaborativo de la que formarán parte Euskadi, Madrid y Asturias.

DERECHO COLABORATIVO

El Derecho Colaborativo es un método de resolución de conflictos, alternativo, innovador y amistoso. Se trata de un mecanismo basado en la negociación entre las partes en conflicto y plenamente adecuado para alcanzar soluciones satisfactorias sin necesidad de acudir a los tribunales, lo que no solo propicia un importante ahorro de tiempo y costes, sino que también evita el desgaste emocional que sufren, en la mayoría de las ocasiones, las partes implicadas en un proceso judicial.
 

 

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD X LEG.

SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES EMPRESARIALES.

Acuerdo de concesión de una subvención directa a CONFEBASK y sus Organizaciones miembro (ADEGI, CEBEK, SEA) y A EUSKOMER, para el desarrollo del Plan de Industrialización 2014-2016, durante el ejercicio 2015.

RESUMEN

Propuesta de Acuerdo de concesión de una subvención directa a CONFEBASK y sus Organizaciones miembro (ADEGI, CEBEK, SEA) y A EUSKOMER, para el desarrollo del Plan de Industrialización 2014-2016, durante el ejercicio 2015.

El Consejo de Gobierno autoriza la suscripción del Convenio de Colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y CONFEBASK Y SUS ORGANIZACIONES MIEMBRO, ADEGI, CEBEK Y SEA, Y EUSKOMER, correspondiente a 2015, y autoriza una subvención para el desarrollo de este convenio por un importe de 587.802,00€.

La financiación quedará distribuida del siguiente modo: CONFEBASK, 50.371,00€; ADEGI, 165.150,00€; CEBEK, 184.434,00€; SEA, 100.045,00€ y EUSKOMER,87.802,00€.
 

 

NOMBRAMIENTOS Y CESES.

Decreto de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

RESUMEN

Proyecto de Decreto de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Dirección del Ente Vasco de la Energía en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Se procede al cese de Juan Ignacio García de Motiloa Ubis como Consejero del Ente Vasco de la Energía, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y al nombramiento de Aitor Patxi Oregi Baztarrika.
 

  

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES X LEG.

CAMBIOS EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LANBIDE.

Decreto de cese y nombramiento de miembros del Consejo de Administración del organismo autónomo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

RESUMEN

A propuesta del consejero de Empleo y Políticas Sociales, Ángel Toña, el Consejo de gobierno ha acordado el cese de Felipe García Miravalles y de Jesús García de Cos como miembros del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en representación de la Unión General de Trabajadores de Euskadi (UGT). En su lugar, ha nombrado a Raúl Arza Vélez y a Arantza Niño Núñez como vocal titular y vocal suplente, respectivamente.

El Consejo de Administración de Lanbide está integrado por las y los siguientes miembros:
a) Presidente o Presidenta, que corresponderá a la persona titular del departamento competente en materia de empleo.
b) Vicepresidente o Vicepresidenta, que corresponderá a la persona titular de la viceconsejería competente en materia de empleo.
c) El Director o Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
d) Dos vocales nombrados y, en su caso, cesados por el Gobierno Vasco a propuesta del Departamento competente en materia de empleo.
e) Cinco vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones sindicales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco.
f) Cinco vocales en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas del País Vasco, que serán designados por las organizaciones empresariales citadas y nombrados mediante decreto del Gobierno Vasco.
 

 

SUBVENCIÓN A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.

Orden por la que se conceden para el año 2015 las subvenciones a las Organizaciones Sindicales integrantes del Comité de Elecciones Sindicales, de los Comités Territoriales, y de la Inspección establecidas en el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre.

RESUMEN

El Gobierno ha aprobado conceder una subvención de 594.000 euros a las organizaciones sindicales que integran el Comité de elecciones sindicales, los comités territoriales, así como la propia Inspección de elecciones sindicales (ELA, CCOO de Euskadi, LAB y UGT-Euskadi) .

Estas ayudas se recogen en el Decreto 237/2000, de 28 de noviembre. En concreto, en su Disposición Adicional Segunda se establece que el procedimiento de distribución del crédito presupuestario podrá ser asignado de forma igualitaria entre todas las organizaciones sindicales integrantes de dichos Comités, o en proporción a la representatividad obtenida en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los procesos electorales a órganos de representación de las y los trabajadores y del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en función de la existencia o no de acuerdo entre ellas en cuanto al reparto.

El pasado 18 de mayo las organizaciones sindicales y el director de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno vasco alcanzaron un acuerdo sobre ese punto, según el cual el reparto de la subvención se haría a partes iguales.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

1,3 MILLONES DE EUROS PARA FORMACIÓN DEL PROFESORADO.

Orden por la que se convocan subvenciones destinadas a las Federaciones y Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados que imparten Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el desarrollo de Proyectos básicamente trilingües (y plurilingües), y para la formación del profesorado en lengua extranjera derivada de esos proyectos, durante el curso escolar 2015-2016.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, ha aprobado la orden por la que se convocan subvenciones destinadas a las Federaciones y Asociaciones con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados que imparten Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el desarrollo de Proyectos básicamente trilingües (y plurilingües), y para la formación del profesorado en lengua extranjera derivada de esos proyectos en el curso 2015-2016.

Podrán acogerse a estas subvenciones, por un importe global de 1.332.000 euros, las federaciones o asociaciones que, cuenten con personalidad jurídica y con relaciones estatutarias o reglamentarias con centros privados concertados de enseñanza no universitaria, ya estén constituidas exclusivamente por centros privados de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya sean de ámbito estatal, si bien éstas últimas deberán contar con sede en la Comunidad Autónoma del País Vasco y desarrollar el proyecto lingüístico en centros del País Vasco y, contar, asimismo, con un mínimo de tres centros ubicados en la CAPV y un número total de aulas concertadas igual o superior a 50.
 

  

DEPARTAMENTO DE SALUD X LEG.

EL GOBIERNO VASCO REGULA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE BIOBANCOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA EN EUSKADI.

Decreto sobre el régimen de autorización y funcionamiento de biobancos con fines de investigación biomédica en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

RESUMEN

• Serán entidades sin ánimo de lucro, bajo estricta supervisión ética y científica, que dispondrán de grandes series de muestras biológicas con datos clínicos asociados para realizar estudios que permitan mejorar el diagnóstico precoz, obtener nuevos fármacos y avanzar hacia la medicina personalizada.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto que establece los requisitos en Euskadi de autorización y funcionamiento de biobancos con fines de investigación biomédica y tratamiento de muestras biológicas de origen humano. En la actualidad, Euskadi cuenta con el Biobanco del Sistema Sanitario Público vasco, que fue precisamente el primer biobanco inscrito en el Registro Nacional de Biobancos, por lo que este decreto permitirá completar el desarrollo normativo relacionado con una de los principales herramientas para la investigación biomédica.

Ha sido el propio Consejero de Salud del Gobierno Vasco, Jon Darpón, quien ha comparecido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, junto al portavoz del Ejecutivo Urkullu, Josu Erkoreka, para dar cuenta del contenido del decreto, que ha situado en el contexto de la “apuesta del Departamento de Salud y del Gobierno Vasco en su conjunto por y para la investigación”. De hecho, Jon Darpón ha recordado que tanto la investigación como la innovación constituyen una de las líneas estratégicas tanto del Departamento como de Osakidetza: “Apostamos por la investigación sanitaria como herramienta que genera beneficios para la salud de las personas y también riqueza en nuestro tejido empresarial; además de posibilitar que nuestros investigadores e investigadoras puedan realizar su trabajo en casa y, al mismo tiempo, Euskadi resulte más atractivo para los investigadores e investigadoras de otros países.

Los biobancos son plataformas de apoyo a la investigación que albergan colecciones de muestras biológicas y datos clínicos, bajo estricta supervisión ética y científica, y que están sometidas a los más altos criterios de calidad. Su objetivo principal es resolver un importante problema de la investigación biomédica actual: disponer de grandes series de muestras biológicas con datos clínicos asociados para llevar a cabo estudios que posibiliten desarrollar métodos de diagnóstico precoz, descubrir nuevos fármacos y avanzar hacia la medicina personalizada entre otros.

Los PRINCIPIOS GENERALES que determina este decreto para cualquier actividad sujeta a su regulación son los siguientes:

-Respeto a los derechos y libertades fundamentales, especialmente, protección de la dignidad e identidad del ser humano, no discriminación y protección de la intimidad personal.
-Gratuidad de la donación y la utilización de las muestras biológicas humanas, sin perjuicio de la compensación por los costes de procesamiento y obtención de las mismas.
-Requerimiento del preceptivo informe favorable del Comité de Ética de la Investigación Clínica, previo al desarrollo de cualquier proyecto de investigación sobre seres humanos o su material biológico.
-Prevalencia de la salud, interés y bienestar del ser humano sobre el interés de la sociedad o de la ciencia.
-Libertad de investigación y de producción científica de acuerdo a lo estipulado en las leyes generales.
-Garantía de trazabilidad del cualquier material biológico y datos clínicos asociados a los que resulta aplicable este decreto, siempre y cuando la persona donante lo consienta.
-Velar por la buena práctica en el ejercicio de la acción investigadora, respetando las declaraciones internacionales a tales fines con el objeto de prevenir riesgos graves para la vida y salud humana.

Respecto a las CONDICIONES DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO de biobancos en Euskadi, el decreto aprobado hoy estipula que será necesaria la autorización de la Dirección del Departamento de Salud competente en materia de autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos que con carácter general exige el Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, y en particular, los requisitos mínimos siguientes:
a) Que la organización, objetivos y medios disponibles del biobanco justifiquen su interés biomédico.
b) Que se haya designado a la persona titular de la dirección científica del biobanco y a la persona responsable del fichero
c) Que el biobanco esté adscrito a dos comités externos, uno científico y otro de ética.
d) Que la actividad del biobanco no implique ánimo de lucro.
e) Que se haya inscrito el fichero de datos en el registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos o en su caso, en la Agencia Española de Protección de Datos.
f) Que cuente con las instalaciones y medios indispensables para garantizar la conservación de las muestras en condiciones de calidad adecuada, incluyendo las medidas necesarias para preservar su integridad ante posibles fallos técnicos.
 

  

EL DEPARTAMENTO DE SALUD COLABORARÁ POR SEGUNDO AÑO CONSECUTIVO CON LA UNIVERSIDAD DE DEUSTO PARA IMPULSARLA FORMACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN EN SALUD Y POLÍTICAS SANITARIAS.

Acuerdo de concesión de subvención a la Universidad de Deusto en materia de formación e investigación en salud y políticas sanitarias para el año 2015-2016.

RESUMEN

• El master de gestión sanitaria 2015-2016 aglutina todos los ámbitos de la gestión e incluye prácticas en Osakidetza

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la propuesta de Acuerdo de concesión de subvención a la Universidad de Deusto en materia de formación e investigación en salud y políticas sanitarias para el año 2015-2016. El objetivo de este programa formativo es preparar gestores y gestoras altamente cualificados que puedan gestionar eficaz y eficientemente las organizaciones sanitarias, así como liderar procesos de transformación dentro del sector salud.

El master impulsado por el Departamento de Salud en colaboración con la Universidad de Deusto está dirigido a universitarios y universitarias con titulación que quieran desarrollarse profesionalmente en el campo de la gestión sanitaria. Contará con profesorado de amplia y reconocida experiencia en el sector sanitario vasco y la duración del programa académico es de nueve meses, con dedicación a tiempo completo.

Su principal particularidad es que aglutina todos los ámbitos de la gestión e incluye además la realización de prácticas durante un periodo de seis meses en organizaciones sanitarias de Osakidetza. Así, aunque se impartirá en las instalaciones de Deusto Business School, incluirá rotaciones por las estructuras centrales del Departamento de Salud y de Osakidetza. Además,

El Departamento de Salud y Osakidetza son conscientes de la necesidad de poder contar con profesionales bien formados y que puedan aportar sus conocimientos en la gestión sanitaria. Es por ello que se considera prioritario invertir recursos en formación porque, además de revertir en nuestro propio sistema sanitario, contribuye a mantener y reforzar su sostenibilidad.

www.dbs.deusto.es/mastergestionsanitaria
 

  

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.

EL CONSEJO DE GOBIERNO DESIGNA REPRESENTANTES EN LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE BILBAO Y DEL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE BIZKAIA.

Decreto por el que se cesan y designan vocales representantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao.

Acuerdo de cese y nombramiento de representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Consejo General del Consorcio de Transportes de Bizkaia.

RESUMEN

El Gobierno Vasco ha designado vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao, en representación del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial, a Aintzane Urkijo en sustitución de Ricardo Ituarte y nombrar también vocal, en representación del Ayuntamiento de Zierbena, a Iñigo Ortuzar en sustitución de Marcelino Elorza.

Asimismo, para actualizar la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Consejo General del Consorcio de Transportes de Bizkaia, el Consejo de Gobierno ha dado su visto bueno al nombramiento como representante de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Consejo General del Consorcio de Transportes de Bizkaia a José Luis Sabas quien sustituye a Rafael Sarria Ansoleaga.
 

 

IOSU MADARIAGA, NUEVO VICECONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO VASCO.

Decreto de 7 de julio, por el que se nombra Viceconsejero de Medio Ambiente a Iosu Madariaga Garamendi

RESUMEN

• Sustituye a Josean Galera, nuevo diputado foral de Araba/Álava de Medio Ambiente y Urbanismo

El Consejo de Gobierno ha designado esta mañana Viceconsejero de Medio Ambiente a Iosu Madariaga quien sustituye en el cargo a Jose Antonio Galera, nombrado ayer diputado foral de Medio Ambiente y Urbanismo de Araba/Álava.

Iosu Madariaga es doctor en Ciencias (Biología) y Profesor Titular de Ecología de la Universidad del País Vasco. Ha publicado numerosos trabajos de investigación y ha participado en múltiples congresos y seminarios como experto en Ecología y Medio Ambiente. También ha ocupado diversos puestos de dirección de áreas medioambientales en la Administración Pública (Director-Conservador de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, 1994-1995, y Director General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia, 1995-1999, siendo hasta hace unos días Diputado Foral de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia.