Sesión de  03/11/2015
Índice

PRESIDENCIA X LEG.
El Gobierno da luz verde a los Estatutos de Gogora.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.
Subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento.
723.241 euros mas para ayudas para la contratación de especialistas de apoyo educativo.
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.
El Gobierno Vasco aprueba el proyecto de ley de puertos y transporte marítimo del País Vasco.
El Gobierno Vasco declara a los montes de Aldaia y los Robledales Isla de la Llanada Alavesa ¿Zonas Especiales de Conservación-ZEC¿.
PRESIDENCIA X LEG.

EL GOBIERNO DA LUZ VERDE A LOS ESTATUTOS DE GOGORA.

Decreto de Estatutos del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno ha dado luz hoy verde a los Estatutos del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos-Gogora, que incluyen el Reglamento de organización y funcionamiento. Los estatutos fueron aprobados en la reunión de constitución del Consejo de Dirección de Gogora celebrada el pasado día 19, junto con su presupuesto y el plan de actuación 2015-2016.

El decreto aprobado hoy define la naturaleza, fines y funciones de Gogora, y establece en sus diversos capítulos los órganos de gobierno y funciones de los mismos; el personal; el patrimonio, recursos y presupuestos, y finalmente, el régimen jurídico establecido para este instituto.

De acuerdo con los estatutos el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, tiene por finalidad la participación en el diseño, promoción, desarrollo y ejecución de la política pública relativa a los valores éticos y los principios democráticos que resulten sustanciales a la memoria de la lucha por la libertad, la garantía de los derechos humanos y la convivencia democrática de la sociedad vasca.

Asimismo, Gogora será un agente activo en la permanente conmemoración de los valores políticos y sociales que garanticen el conocimiento, comprensión y conciencia de la ciudadanía respecto al proceso sostenido a lo largo de décadas en defensa de la libertad y del desarrollo de la democracia en nuestro país.

El instituto velará, también, por la preservación, desarrollo y difusión del patrimonio colectivo que supone la memoria de la defensa de los principios y valores en que se sustenta la convivencia democrática y que encuentra en el testimonio de las víctimas parte insustituible de ese patrimonio.
 

 

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜISTICA Y CULTURA X LEG.

SUBVENCIONES A FUNDACIONES Y ASOCIACIONES VINCULADAS A PARTIDOS POLÍTICOS CON REPRESENTACIÓN EN EL PARLAMENTO.

Orden por la que se convocan para el año 2015 subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura la Orden por las que se convocan para el año 2015 las subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco. Esta convocatoria cuenta con un importe económico de 282.500 euros.

Estas subvenciones tienen por objeto el fomento y promoción de proyectos, programas o actividades de estudio, investigación y desarrollo del pensamiento en todos sus ámbitos y, particularmente, del pensamiento político, social y cultural, desarrollados por las citadas fundaciones y asociaciones.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la Orden en el BOPV.
 

 

723.241 EUROS MAS PARA AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE ESPECIALISTAS DE APOYO EDUCATIVO.

Orden de modificación de la Orden por la que se convocan ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo para el curso escolar 2015-2016.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno, ha aprobado la modificación Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan ayudas a los centros docentes concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo para el curso escolar 2015/2016.

La modificación de la orden implica un aumento en la partida destinada a las ayudas que pasa de 10.368.759 euros a 11.092.000. El objetivo de estas ayudas es el de propiciar un mayor desarrollo del programa de integración del alumnado con necesidades educativas especiales mediante ayudas a centros concertados para la contratación de Especialistas de Apoyo Educativo.

El departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura está comprometido con la inclusión del alumnado con necesidades educativas especiales, asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta. Para garantizar el derecho de los niños, niñas y jóvenes con discapacidad psíquica, física, sensorial o con un trastorno grave de conducta a “estar” y, fundamentalmente, a “participar” en un entorno educativo próximo a su domicilio, es imprescindible que los centros cuenten con profesionales especializados. Entre ellos, deben disponer de personal de apoyo, especializado en la intervención educativa relacionada con las necesidades asociadas a la autonomía y accesiblidad del alumnado con discapacidad.

La Dirección de Innovación Educativa de la Viceconsejería de Educación pretende poner los medios para que en los centros concertados se puedan eliminar las barreras para aprender y participar y, de este modo, poder garantizar una respuesta educativa de calidad, adaptada a sus necesidades, en un entorno ordinario y natural, a las alumnas y alumnos con discapacidades motóricas, usuarios o no de sillas de ruedas, con importantes limitaciones de autonomía asociadas a una discapacidad psíquica o a un trastorno autista; en definitiva, a todo alumno o alumna con discapacidad y dificultades para la autonomía personal y social.
 

 

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y POLÍTICA TERRITORIAL X LEG.

EL GOBIERNO VASCO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE PUERTOS Y TRANSPORTE MARÍTIMO DEL PAÍS VASCO.

Proyecto de Ley de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco.

RESUMEN

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de ley de puertos y transporte marítimo del País Vasco que será remitido al Parlamento para su debate. La Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial Ana Oregi considera que “tras un gran espacio de tiempo en el que no se consiguió un consenso necesario ahora se ofrece una base legislativa en la que han intervenido todos los agentes interesados”.

Su ámbito de aplicación es en los Puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Hondarribia, Donostia, Orio, Getaria, Zumaia, Deba, Mutriku, Ondarroa, Lekeitio, Ea, Elantxobe, Mundaka, Bermeo, Armintza y Plentzia y no es aplicable a los Puertos de interés general ubicados en la CAPV como Bilbao y Pasaia

“El objeto del proyecto de Ley es el hecho de establecer el régimen jurídico aplicable a los puertos e instalaciones portuarias y marítimas, regular la gestión del dominio público portuario, definir la estructura y funcionamiento de la Administración Portuaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, creando el ente público de derecho privado KAIAK, regular el régimen económico-financiero derivado de la utilización del dominio público portuario y de la prestación de servicios portuarios, ordenar la actividad de transporte marítimo de pasaje, de mercancías y mixto de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco y fijar el régimen sancionador en el dominio público portuario autonómico, así como las potestades de inspección y control” explica la Consejera Ana Oregi.

La ley prevé un Consejo Municipal Portuario como instrumento de participación institucional y social para articular las relaciones entre la Administración portuaria y las administraciones municipales responsables de municipios que disponen de puerto.

En cuanto a la planificación y ordenación de los puertos prevé un principio de coordinación entre las Administraciones con competencias sobre el espacio portuario, apuesta por la convivencia pacífica entre la actividad portuaria y la actividad cotidiana de los municipios y ciudades en las que se ubican los puertos. Para ello cuenta con los instrumentos de planificación y ordenación de Planes Especiales de Ordenación Portuaria y ordenación urbanística de las zonas portuarias, Para la delimitación de los Espacios y Usos Portuarios establece la ordenación de usos e instalaciones en la zona de servicio de los puertos.

Creación de KAIAK
La nueva ley define la nueva figura del ente público de derecho privado –Kaiak- para la gestión de todas las instalaciones portuarias de competencia de la CAPV. Su finalidad consiste en aglutinar la gestión de todas las infraestructuras portuarias de Euskadi en un único modelo, partiendo de la premisa de mantener la gestión pública de los mismos y con la voluntad de superar la actual dispersión en las formas de gestionar las infraestructuras portuarias.
Para ello se define un sometimiento al derecho público en todos aquellos que impliquen el ejercicio de potestades administrativas, como son los de limitación, control, intervención o gravamen. KAIAK aglutinará las distintas entidades públicas que en la actualidad participan en la gestión portuaria.

Régimen jurídico de los Puertos de Euskadi
El régimen jurídico de los Puertos de Euskadi dibuja un concepto global de puerto, sin clasificación en base a su uso y siempre atendidas las características de los puertos de la Comunidad Autónoma en los que, mayoritariamente, las distintas actividades y usos que se desarrollan en los mismos confluyen en un mismo espacio físico.

El proyecto aprobado por el Gobierno vasco muestra su preferencia por la prestación pública de los servicios portuarios y la utilización privativa del dominio público portuario en base a unas autorizaciones previas para la ocupación con bienes muebles o instalaciones desmontables o sin ellas; y un plazo máximo de tres años, incluida las prórrogas.

Para las concesiones prevé una ocupación con obras o instalaciones no desmontables y un plazo máximo de cincuenta años, incluida las prórrogas. En cuanto a la autorización para el uso de puestos de amarre establece un plazo máximo de cinco años prorrogable por otros cinco.

Registro de Empresas
La ley indica que para el Registro de Empresas Operadoras del Transporte Marítimo se comprende la inscripción de empresas de transporte marítimo de pasaje, mercancías y mixtos. En el registro informativo, a los únicos efectos de publicidad se define un contenido de la inscripción con recorridos, horarios y período de prestación del servicio; embarcaciones y sus características; tarifas y demás condiciones económicas

Régimen de policía y sancionador
El régimen de policía y sancionador del proyecto de ley establece garantías para la preservación de la actividad de los puertos con el ejercicio de las potestades de desahucio y de recuperación posesoria, en base al principio de legalidad y con la tipificación de las infracciones como leves, graves y muy graves.(Sanciones para Infracciones leves hasta 12.000 €; Infracciones graves de 12.001 € hasta 500.000 € y para infracciones muy graves de 500.001 € hasta 1.000.000 €.

Tasas portuarias
La ley establece la Revisión general de la regulación relativa a las tasas portuarias, incorporando una completa redefinición y reestructuración de las mismas. En sus principales novedades fija una Tasa T-2 para Pasaje: unificación de las cuotas establecidas para cabotaje europeo o exterior. Tasa T-3. Mercancías: unificación de las cuotas a aplicar a las operaciones de tránsito de mercancías en función del distinto origen de las mismas y actualización del concepto de Short Sea Shipping, adaptándolo a la normativa de la Unión Europea. Reducción del 25% de la cuota para las mercancías que entren o salgan de la zona de servicio del puerto por transporte ferroviario, con el objeto de fomentar la integración de los puertos en las cadenas logísticas nacionales e internacionales.

Tasa T-5 Embarcaciones de Listas Sexta y Séptima: modificación en la reducción aplicable a pensionistas aplicable tan solo a quienes acrediten unos ingresos anuales totales inferiores a dos veces el Salario Mínimo Interprofesional; inclusión de una nueva bonificación para incentivar la reutilización de pantalanes por usuarios en tránsito.

Tasa T-6. Servicios de elevación: establecimiento de una única cuota para las distintas modalidades de servicios de elevación.

Tasa T-8.Tasa de suministros de agua y energía eléctrica: establecimiento de una misma cuota para todos los puertos, en base a los costes soportados por la Administración portuaria para la prestación del servicio.
Tasa por ocupación privativa y utilización del dominio público portuario: cuota específica para aquellas concesiones que se otorguen sobre superficies edificadas en zonas o áreas portuarias de uso náutico-deportivo y también para aquellas que se otorguen sobre inmuebles ya equipados.


 

EL GOBIERNO VASCO DECLARA A LOS MONTES DE ALDAIA Y LOS ROBLEDALES ISLA DE LA LLANADA ALAVESA ¿ZONAS ESPECIALES DE CONSERVACIÓN-ZEC¿.

Decreto por el que se designa Zona Especial de Conservación Montes de Aldaia (ES2110016).

Decreto por el que se designa Zona Especial de Conservación Robledales isla de la Llanada Alavesa (ES2110013).

RESUMEN

• El 21% de la superficie del País Vasco -27% del territorio alavés- forman ya parte de la superficie protegida con esta figura europea de conservación de la biodiversidad.

• Ana Oregi, consejera de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco: “La declaración se realiza siguiendo un riguroso procedimiento marcado por las directrices de la Comisión Europea y un proceso participativo con los agentes implicados”

El Consejo de Gobierno en su reunión de hoy ha declarado Zonas Especiales de Conservación-ZEC los espacios de Montes de Aldaia y de los Robledales Isla de la Llanada Alavesa, ubicados en el Territorio Histórico de Álava. El Gobierno Vasco persigue con esta declaración ayudar a la conservación de la biodiversidad, garantizando una conservación favorable de los hábitats naturales y de las especies silvestres de la fauna y de la flora, además de asegurar la supervivencia y reproducción de las especies de aves y especies migratorias dentro de la conservación de la biodiversidad en el territorio europeo. Las zonas declaradas suman 1.300 hectáreas de superficie de territorio natural.

La Comunidad Autónoma Vasca cuenta ya con 38 espacios declarados ZEC de los 52 incluidos en la Red ecológica europea Natura 2000 y marcados como objetivo prioritario por el departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. La finalización del proceso de designación de todos los espacios está prevista para el mes de junio del año próximo.

Según explica la consejera de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, Ana Oregi, “las ZEC son la figura de protección establecida por la Unión Europea para los espacios naturales. La Comisión Europea considera que la implantación de la Red Natura 2000 es el principal objetivo para garantizar la protección de la naturaleza en toda Europa y las ZEC de la Comunidad Vasca forman parte de ella”.

El 21% de la superficie total del País Vasco y el 27% del territorio alavés forman parte de la superficie protegida bajo la figura de las ZEC y por tanto, pertenecen ya a la Red ecológica europea Natura 2000. El Gobierno Vasco trabaja para la próxima declaración como Zonas Especiales de Conservación los espacios de Izki, Sierras meridionales de Álava, Lagunas de Laguardia, Lago de Arreo/Caicedo de Yuso, Valderejo/Sobrón/Sierra de Arcena (dos LIC refundidas en una ZEC), Arkamo/Gibijo/Arrastaria, Aitzkorri-Aratz, Gorbeia y Urkiola, Aralar y Armañón.

“La declaración de estas ZEC cuenta con la participación social ya que cada proyecto ha sido expuesto a información pública, se han mantenido encuentros con los agentes sociales y colectivos de cada lugar; y se han tenido en cuenta las aportaciones de cada persona, partiendo de la necesaria coordinación con las Diputaciones Forales y demás administraciones asociadas. El proceso se lleva a cabo siguiendo un riguroso procedimiento marcado por las directrices de la Comisión Europea” detalla Oregi.

“La conservación de la biodiversidad es una decisión de la ciudadanía de Europa. Un reto común que también hemos asumido en Euskadi y en el que nos jugamos nuestro bienestar y el de las generaciones venideras”, señala la consejera.

La Comisión Europea avala los trabajos que se están realizando en Euskadi en la designación de las ZEC y en el impulso de la red de espacios naturales protegidos Red Natura 2000, que en Europa está formada por más de 27.000 espacios que suponen en torno al 18,5% de la superficie que ocupan los 28 estados miembro de la Unión Europea.

Montes de Aldaia

Los Montes de Aldaia constituyen una pequeña barrera orográfica entre las cuencas de los ríos Zadorra y Barrundia, que domina la Llanada Alavesa por el noreste. Las altitudes máximas no superan los 800 m. La Zona Especial de Conservación (ZEC) Montes de Aldaia (ES2110016) tiene una superficie de 1.095 hectáreas y está situada en su totalidad en el municipio de Barrundia, al norte de la Llanada alavesa.

En la actualidad, estos montes se encuentran cubiertos predominantemente por quejigales y por carrascales. Estos bosques son hábitats de interés comunitario y constituyen la vegetación potencial de los montes de Aldaia pero, debido al secular proceso de humanización, en algunas zonas han sido sustituidos por pastos y matorrales.

La presencia de rodales de quejigos trasmochados de considerable tamaño, permite que alberguen algunas especies características de bosques maduros, aun sin serlo. De hecho están presentes varias especies de coleópteros de interés comunitario, particularmente Osmoderma eremita, coléoptero saproxílico para el que Montes de Aldaia es una de las tres únicas localizaciones conocidas en el País Vasco.

También alberga una presencia notable de fauna forestal vertebrada. Todo ello constituye el principal motivo por el que este espacio fue seleccionado para formar parte de la Red Natura 2000, siendo aprobado por la Comisión Europea para la Región Biogeográfica Atlántica.

La ZEC ocupa terrenos del municipio de Barrundia. No existen núcleos habitados en el interior de la ZEC, aunque sí en sus proximidades: Ozaeta, Hermua, Larrea, Etura y Heredia.

Con la ejecución de las medidas aprobadas se pretende mejorar el estado de conservación de los hábitats y especies silvestres que tienen presencia significativa en el lugar y que han motivado su inclusión en la Red Natura 2000.

Robledales Isla de la Llanada Alavesa

La nueva Zona Especial de Conservación de Robledales Isla de la Llanada Alavesa (ES2110013) tiene una superficie de 281,27 hectáreas distribuidas en trece fragmentos aislados, y está situada en plena llanada alavesa, región biogeográfica atlántica, con terrenos en seis municipios: Arrazua-Ubarrundia, Elburgo/Burgelu, San Millán / Donemiliaga, Iruraiz-Gauna, Vitoria-Gasteiz y Zalduondo.

La vegetación potencial y la que antiguamente ocuparía la llanada alavesa correspondería principalmente a robledales de Quercus robur. La fuerte implantación de actividades humanas, principalmente el cultivo intensivo de cereal, remolacha y patata, y el asentamiento de núcleos urbanos, instalaciones industriales e infraestructuras de comunicación, fueron eliminando progresivamente estos bosques.

Estos cambios se intensificaron en la segunda mitad del siglo XX y como consecuencia de los mismos, en la actualidad únicamente persisten pequeños retazos de robledal. La conservación de estas manchas residuales, ejemplo testimonial de lo que en su día fue el ecosistema dominante de la llanada alavesa, y considerado además hábitats de interés comunitario, constituyó el principal motivo por el que este conjunto de pequeños espacios fueron seleccionados para formar parte de la Red Natura 2000.

De esta manera se han incluido en la ZEC trece bosquetes, que enumerados de oeste a este son: Sarbikoetxea, Arzubiaga, Durruma, Mendiluz, Maumea, Sarrena, Elburgo, Gazeta, Santa Lucia, Larrazabal, El Montico, Arangutxi y Mezkia.

Se trata de bosques mixtos en los que predomina Quercus robur, con sotobosque bien desarrollado aunque también existen rodales de quejigal. Por la presencia de estos bosques de roble, este espacio fue seleccionado para formar parte de la Red Natura 2000 por la Comisión Europea.

El elevado grado de fragmentación y reducido tamaño impide el asentamiento de poblaciones viables de lo que sería la comunidad faunística característica de estos bosques en su estado maduro. Estos bosques se ubican sobre terrenos llanos o ligeramente ondulados y se enmarcan en una matriz agrícola profundamente transformada; algunos robledales se encuentran, además, muy próximos a núcleos urbanos. Destacan los casos de los bosquetes de Sarbikoetxea, en Zuazo de Vitoria, y en menor medida al de Arzubiaga, muy cercanos a Vitoria-Gasteiz.

La presencia de predadores oportunistas y especies generalistas propias de áreas intensamente transformadas, y el reducido tamaño de las manchas y su grado de aislamiento hace impensable el asentamiento de comunidades forestales bien estructuradas a corto e incluso medio plazo.

Con la designación ZEC se pretende, por tanto, mejorar el estado de conservación de los elementos clave y los hábitats y especies silvestres que tienen presencia significativa en el lugar y que han motivado su designación como espacio de la Red Natura 2000.

+ INFO
ZEC en tramitación (10):
• Arkamo-Gibijo-Arrastaria.
• Valderejo-Sobrón-Sierra de Árcena, que también es ZEPA y parte de cuyo territorio corresponde al Parque Natural de Valderejo,
• Izki, que es al mismo tiempo ZEPA y Parque Natural
• Sierras meridionales de Álava, que es también ZEPA..
• Lagunas de Laguardia –coincide con el Biotopo del mismo nombre-.
• Lago de Arreo-Caicedo de Yuso –se solapa parcialmente con el Biotopo Protegido de Añana-.
• Gorbeia – También es Parque Natural.
• Urkiola - También es Parque Natural.
• Aralar. También es Parque Natural.
• Aizkorri-Aratz - También es Parque Natural.
• Gorbeia y Urkiola son compartidos con Bizkaia y Aitzkorri-Aratz es compartido con Gipuzkoa
• Excepto en Urkiola y Aralar, la parte de los documentos que es competencia de las Diputaciones Forales no ha iniciado su tramitación.

Debido a su mayor volumen y extensión natural, Álava es el territorio con mayor trabajo y dedicación en las designaciones de las ZEC y para la aprobación de los instrumentos de conservación de las ZEC y ZEPA. Excepto el Lago de Arreo-Caicedo de Yuso, todas ellas han culminado ya la fase de información pública con una ejemplar participación de colectivos y agentes sociales de cada zona, por lo que confiamos en terminar el proceso a lo largo del primer semestre de 2016.

En Bizkaia falta por culminar la tramitación de dos ZEC: Gorbeia y Urkiola que son compartidas con Álava.

En Gipuzkoa únicamente está pendiente la tramitación de Aralar y Aizkorri-Aratz, ésta última también compartida con Álava.

La tramitación de los decretos mediante los cuales se designan las ZEC lleva consigo una doble participación: en las fases iniciales de todo el proceso, cuando aun solamente se cuenta con borradores de los documentos técnicos, se han realizado procesos de participación social con las personas, entidades y asociaciones afectadas, relacionadas o interesadas. En las reuniones de estos procesos los agentes trasladan dudas y preguntas sobre lo que puede suponer la designación de la ZEC.

Un LIC-Lugar de Interés Comunitario es la designación previa que la Unión Europea dedica a una parte del Territorio que, tras cumplir una serie de trámites, alcanza la condición de ZEC Zona Especial de Conservación o protección natural homologada en Europa. En el caso de los espacios ZEPA se añade el factor de protección a las aves y su directiva europea que las protege y controla en todo el viejo continente.
• Toda la documentación sobre la Red Natura 2000 y sus espacios ZEC y ZEPA está disponible en www.euskadi.eus/natura