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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 94, lunes 14 de mayo de 1990


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Disposiciones Generales del País Vasco

Hacienda y Finanzas
1481

DECRETO 130/1990, de 8 de mayo, por el cual se habilitan créditos en los programas 08020, Reestructuración y 99020, Crédito Global, del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1990.

La Ley 10/1989, de 22 de Diciembre, por la que se aprueban los

Presupuestos Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 1990, establece que el estado de gastos del citado presupuesto totaliza, en cuanto a los créditos de pago la cantidad de 425.900.000.000 pesetas, ascendiendo el estado de ingresos al mismo importe.

En el ejercicio presupuestario de 1990 se obtuvieron ingresos no previstos provenientes de los resultado netos de los intereses y las amortizaciones por la cancelación de los préstamos participativos concedidos a DENAC por los Centros de Empresas de Andoain y de Basauri.

La obtención de este exceso de ingresos permite proceder a su habilitación de conformidad con lo establecido en los artículos 93 y

94 de la Ley 31/1983 de 20 de Diciembre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Gobierno Vaco, en su reunión del día 8 de Mayo de 1990,

DISPONGO: Artículo I.- Aprobar una habilitación por importe de

545.136.708 pesetas en el concepto 826, partida 2, «Reembolso de los préstamos participativos concedidos a DENAC», del programa 50010 en el estado de ingresos del Presupuesto de la Administración de la

Comunidad Autónoma, lo cual genera créditos de pago por importe de

355.000.000 pesetas en el concepto 470, partida I, «Para el ajuste laboral contemplado en el Plan de reordenación de la empresa Victorio

Luzuriaga, S.A.» del programa 08020 y de 190.136.708 pesetas en el concepto 680, partida 1, «Crédito Global», del programa 99020, del estado de gastos del Presupuesto citado.

Artículo 2.- Los créditos habilitados deberán aplicarse a financiar el ajuste laboral contemplado en el Plan de reordenación de la empresa Victorio Luzuriaga, S.A. y para aumentar el saldo del programa de Crédito Global que tiene como finalidad la de poder atender futuras insuficiencias en créditos de pago 0 para hacer frente a nuevas necesidades para las que no existe dotación, así como para financiación de los créditos calificados como ampliables.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 1990.

El Lehendakari, JOSE ANTONlO ARDANZA GARRO. El Consejero de Hacienda y Finanzas,

ALFONSO BASAGOITI ZABALA.


Análisis documental