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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 225, miércoles 21 de noviembre de 2001


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Disposiciones Generales

Vivienda y Asuntos Sociales
6464

DECRETO 126/2001, de 10 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad en el Transporte (corrección de errores).

El artículo 24.1 del Decreto 155/1993, de 1 de junio, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento rectificará de oficio o a instancia del órgano o entidad interesado los errores tipográficos o de impresión que se produzcan en la inserción de los textos publicados, siempre que supongan alteración o modificación del sentido de los mismos o puedan suscitar dudas al respecto.

Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 126/2001, de 10 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad en el Transporte, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 142, de 24 de julio, se procede a su corrección:

En el artículo 5.2 del Anejo, página 23581, donde dice:

"5.2.– Tarjetas de estacionamiento.

Las tarjetas de estacionamiento de vehículos que transportan personas discapacitadas se ajustarán a lo establecido en el Decreto 236/1989, de 17 de octubre".

Debe decir:

"5.2.– Tarjetas de estacionamiento.

Las tarjetas de estacionamiento de vehículos que transportan personas discapacitadas se ajustarán a lo establecido en el Decreto 256/2000, de 5 de diciembre".


Análisis documental