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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 190, lunes 7 de octubre de 2002


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Interior
5699

ANUNCIO por el que se notifica a Doña Miren Iosune Begiristain Plazaola la Resolución de 12 de agosto de 2002 del Viceconsejero de Seguridad.

Por Resolución de 12 de agosto de 2002 del Viceconsejero de Seguridad, se desestimó el recurso de alzada interpuesto por Doña Miren Iosune Begiristain Plazaola, contra la Resolución de 3 de junio de 2002, del Director de Seguridad Ciudadana, (Exp.: 405X0 2000248-5), por la que se le sancionaba con multa de seiscientos euros (600 euros), por infracción de lo dispuesto en el artículo 23 c) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Habiéndose intentado la notificación sin éxito en el domicilio del interesado, se procede a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco en virtud de lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. Asimismo, se le notifica que contra la citada Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

En un plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, deberá hacerse efectivo el importe de la multa. El ingreso se realizará, citando el nombre y número de expediente y señalando que corresponde al Departamento de Interior en cualquiera de las cuentas bancarias que se citan a continuación:

Bilbao Bizkaia Kutxa BBK

Cuenta n.º: 2095-0631-55-21-31000143

Gipuzkoa eta Donostiako Kutxa KUTXA

Cuenta n.º: 2101-0760-69-0002788214

Araba eta Gasteizko Aurrezki Kutxa VITAL Kutxa

Cuenta n.º: 2097-0178-92-0015172561

En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su cobro por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de septiembre de 2002.

El Viceconsejero de Seguridad,

MIKEL LEGARDA URIARTE.


Análisis documental