Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, miércoles 26 de febrero de 2003


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
1189

DECRETO 31/2003, de 18 de febrero, por el que se reconoce como de Utilidad Pública a la Asociación «Casa de la Gastronomia de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea».

El artículo 22 de la Ley 3/1988, de 12 de febrero, de Asociaciones, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública las Asociaciones inscritas que contribuyen mediante el desarrollo de sus actividades a la promoción del interés general de Euskadi.

A su amparo, la Asociación «Casa de la Gastronomía de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea» ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que realiza de conocimiento y práctica de la gastronomía como fuente de cultura, salud y equilibrio para el conjunto de la sociedad vasca la hacen merecedora de reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.

La Asociación solicitante es una entidad constituida en 1999, inscrita en el Registro de Asociaciones con fecha 29 de abril de 1999, que extiende su ámbito de actuación principalmente a toda Euskal Herria y tiene fijado su domicilio social en Donostia-San Sebastián.

Desde su constitución las actividades fundamentales de la Asociación han consistido en cursos, charlas, jornadas y encuentros en el mundo de la gastronomía buscándose la dinamización y puesta a punto de la cultura gastronómica tradicional de cara a los retos de modernidad y futuro, lo que le ha reportado un prestigio y reconocimiento unánimes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda por razón de la materia, previo informe de los mismos y de los entes y organizaciones interesados. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informe emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de la Asociación «Casa de la Gastronomía de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea» como entidad de Utilidad Pública.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social y de la Consejera de Cultura, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 18 de febrero de 2003,

DISPONGO

Artículo único.– Declarar de Utilidad Pública a la Asociación «Casa de la Gastronomía de Euskal Herria C.G.E.H.-E.H.G.E. / Euskal Herriko Gastronomi Etxea» con el número AS/G/07962/1999 en el Registro de Asociaciones por considerar que contribuyen a la promoción del interés general de Euskadi mediante el desarrollo de sus actividades.

Así mismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 22.2 de la Ley 3/1998, de 12 de febrero.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2003.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

JOSEBA AZCÁRRAGA RODERO.

La Consejera de Cultura,

MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.


Análisis documental