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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 140, viernes 20 de julio de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Irun
4147

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 62/07.

Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Irun (Gipuzkoa).

Juicio: J. verbal desh. L2 62/07.

Demandante: Amuitz, S.L.

Abogado: Lersundi Donado, Juan Jose.

Procurador: Margarita Alcain Goicoechea.

Demandado: Arianatrans, S.L.

Sobre: desahucio por falta pago y reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Margarita Alcain Goicoechea, en nombre y representación de la sociedad mercantil "Amuitz, S.L.", contra la mercantil Arianatrans, S.L. debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento concertado entre las partes y en consecuencia el desahucio del local sito en la calle Bera de Bidasoa n.º 4 bajo 1 derecha, condenando a la parte demandada a que lo desaloje dentro del plazo legal, un mes, apercibiéndole de lanzamiento en caso contrario que tendrá lugar el día 24 de julio de 2007 a las 9:00 horas, asimismo se le requiere para que retire las cosas o enseres que no sean objeto del título, dentro del referido plazo, con la advertencia de que si no las retirase, se consideraran bienes abandonados a todos los efectos; condenándole así mismo al pago de 1.581,70 euros, más las rentas que se hayan devengado desde la fecha de interposición de la demanda y que se devenguen en lo sucesivo hasta el abandono del local o el lanzamiento de los arrendatarios a razón de 170,48 euros mensuales así como las cantidades correspondientes al suministro de agua y recogida de basuras, suma que se incrementará con los intereses del artículo 576 LEC, así como al pago de las costas del presente procedimiento.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación.– La sentencia que antecede ha sido leída y publicada por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, en el día de la fecha y celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Arianatrans, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 15 de junio de 2007.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental