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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 140, viernes 20 de julio de 2007


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
4149

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 682/05.

D.ª Virginina Carreras Prieto, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz,

HAGO SABER:

Que en el proceso de ejecución seguido en este Juzgado con el n.º 682/05 a instancia de FCE Bank PLC Sucursal en España FCE Bank, contra Javier Gomez Perez Carcamo, sobre reclamación de cantidad, por 6.925,23 euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más 2.000 euros presupuestados para intereses y costas que se devenguen, sin perjuicio de ulterior liquidación, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y VALOR POR EL QUE SALEN A SUBASTA

– Participación indivisa en la Finca n.º 28.450, inscrita en el Registro de la Propiedad de Vitoria n.º 4, al Tomo 4174, libro 738, folio 176.

Valorado en: 214.002,52 euros (una vez efectuada la liquidación, conforme artículo 666 LECn, valor pericial 345.860,54 euros).

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado Avda. Gasteiz 18 3.ª planta-CP 1008, el día 14 de septiembre de 2007 a las 10:30 horas de su mañana.

CONDICIONES DE LA SUBASTA:

1.– Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1) Identificarse de forma suficiente.

2) Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3) Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) n.º 0010-0000-05-682/05 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor por el que salen a subasta los bienes.

Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn).

2.– Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.– Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.– Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.

5.– La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicase a su favor.

No consta en el proceso si el inmueble cuyo usufructo se

subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado, no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo, se entenderá que se celebrará el día siguiente hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.

Notifíquese esta resolución al ejecutado con antelación de veinte días, en el domicilio que consta en el título ejecutivo así como a los titulares del inmueble cuyo usufructo es objeto de la presente subasta y en caso de resultar negativa, servirá el Edicto de notificación en forma.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de junio de 2007.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental