Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 91, jueves 15 de mayo de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Justicia, Empleo y Seguridad Social
2944

ORDEN de 1 de abril de 2008, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la "Fundación Ikerbasque / Ikerbasque Fundazioa", de Bilbao (Bizkaia).

Visto y examinado el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación estatutaria acordada por la "Fundación Ikerbasque / Ikerbasque Fundazioa", de Bilbao (Bizkaia), sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 18 de octubre de 2007 tuvo entrada en el Registro de Fundaciones del País Vasco, dependiente del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, instancia presentada por D. Iñigo Atxutegi Basagoiti, en representación de la "Fundación Ikerbasque / Ikerbasque Fundazioa", solicitando la inscripción en dicho Registro del cambio de domicilio de la Fundación.

Segundo.– Adjunto a la solicitud de inscripción, se presentó certificado original y copia, expedido el 1 de octubre de 2007 por don Alberto Ansuategi Cobo, Secretario del Patronato de la Fundación, con el Visto bueno de su presidente, don José Antonio Campos Granados, del Acuerdo de cambio de domicilio de la Fundación adoptado por el Patronato de la misma el 20 de septiembre de 2007, trasladándose dicho domicilio a la Alameda Urquijo, n.º 36, 5.ª planta. 48011 Bilbao.

Tercero.– Una vez llevado a cabo el análisis jurídico pertinente de la documentación aportada a tal efecto, la Encargada del Registro de Fundaciones solicitó el 22 de febrero de 2008 a la Fundación la subsanación de los defectos observados, en base al artículo 44 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, debiendo presentarse doble copia autorizada de la Escritura pública de modificación estatutaria, que eleve a público el acuerdo de modificación del artículo 5 de los estatutos de la Fundación, adoptado por el Patronato de la misma.

Cuarto.– El 13 de marzo de 2008 tuvo entrada en el Registro de Fundaciones del País Vasco, escrito remitido por don Iñigo Atxutegi Basagoiti, en representación de la "Fundación Ikerbasque / Ikerbasque Fundazioa", adjuntando doble copia autorizada de la Escritura pública de modificación estatutaria (cambio de domicilio), otorgada en Bilbao el 7 de marzo de 2008, ante don Jose María Rueda Armengot, Notario del Ilustre Colegio de Bilbao (n.º de su protocolo 745).

Dicha Escritura pública incorpora certificación expedida en Bilbao el 3 de marzo de 2008 por don Alberto Ansuategi Cobo, Secretario del Patronato de la Fundación, con el visto bueno de su Presidente, don José Antonio Campos Granados, del acta de la reunión del Patronato celebrada el 20 de septiembre de 2007, en la que se acordó modificar el artículo 5 de los estatutos de la Fundación, trasladándose el domicilio fundacional a la Alameda Urquijo, n.º 36, 5.ª planta. 48011 Bilbao.

Quinto.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos de esta Dirección que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social dictar, mediante Orden, la resolución del expediente de modificación estatutaria, en virtud de los artículos 36.3 y 40 de la Ley de Fundaciones del País Vasco, y del artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Segundo.– Al presente expediente de aprobación de modificación estatutaria y ulterior inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, la Ley de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, y demás normas de general y pertinente aplicación,

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero.– Aprobar la modificación del artículo 5 de los Estatutos de la "Fundación Ikerbasque / Ikerbasque Fundazioa", De Bilbao (Bizkaia), trasladándose el domicilio de la Fundación a la Alameda Urquijo, n.º 36, 5.ª planta. 48011 Bilbao.

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública de modificación de estatutos (cambio de domicilio), otorgada por la citada Fundación en Bilbao el 7 de marzo de 2008, ante don Jose María Rueda Armengot, Notario del Ilustre Colegio de Bilbao (n.º de su protocolo 745).

Tercero.– Remitir a la citada Fundación copia de la presente Orden.

Cuarto.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 1 de abril de 2008.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

JOSEBA AZKARRAGA RODERO.


Análisis documental