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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 249, martes 30 de diciembre de 2008


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
7220

RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2008, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2009, dentro del marco establecido por la Orden por la que se regula el programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras.

La Orden de 21 de mayo de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, regula el programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras (BOPV n.º 112, de 12 de junio de 2007), modificada por otra de 18 de diciembre de 2007 (BOPV n.º 20, de 29 de enero de 2008).

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para el ejercicio 2009.

De conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2009, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 12 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.- Objeto.

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2009, de las ayudas, bajo la forma de anticipos reintegrables, previstas en la Orden por la que se regula el programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras.

Para este fin se destinará un total de 26.000.000,00 euros, con cargo a los créditos asignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose, a partir de ese momento, la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial.

Artículo 2.- Requisitos.

1.- Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula el Programa Gauzatu-Industria, de impulso a la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras, deberán ostentar la condición de entidad beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la citada Orden de 21 de mayo de 2007.

Artículo 3.- Solicitudes y plazo.

1.- Asimismo, deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda de Urquijo 36, 4.ª planta, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El modelo de solicitud y formularios se podrán cumplimentar y/o descargar en la dirección de Internet, www.spri.net/gauzatu.

2.- El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 2 de enero de 2009 y, en tanto no se haya agotado el crédito consignado al efecto, finalizará el día 31 de marzo de 2009.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

De conformidad con la Orden de 26 de abril de 2007, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la concesión de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del ejercicio 2009.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de noviembre de 2008.

El Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial,

JOSÉ IGNACIO TELLECHEA FERNÁNDEZ.


Análisis documental