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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, viernes 15 de enero de 2010


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Irun
165

EDICTO dimanante de procedimiento n.º 154/09 seguido sobre divorcio contencioso.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Irun (Gipuzkoa).

Juicio: Divor. contenc. L2 154/09.

Demandante: Jesús Domínguez Martín.

Abogado: Luís María Arrieta Beraza.

Procurador: Enríquez.

Demandado: Consolación Julia Varela Figueroa.

Sobre: divorcio sin acuerdo.

En el referido juicio se ha dictado el 22 octubre 2009 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Adela Enríquez Ordóñez en representación de D. Jesús Domínguez Martín debo declarar y declaro haber lugar a decretar la disolución del matrimonio contraído el 19 de noviembre de 1973 por D. Jesús Domínguez Martín y Dña. Consolación Julia Varela Figueroa por causa de divorcio con todos los efectos legales inherentes a tal declaración.

No se efectúa imposición de costas.

Notifíquese esta Resolución a las partes.

Esta Resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Audiencia provincial de Gipuzkoa.

Llévese testimonio de esta sentencia a los autos y guárdese el original en el Libro de Sentencias.

Una vez firme, comuníquese esta Sentencia al Registro Civil de Irun a los efectos de practicar las correspondientes anotaciones.

Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dña. Consolación Julia Varela Figueroa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Irun (Gipuzkoa), a 2 de noviembre de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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