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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 33, miércoles 15 de febrero de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
726

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2011, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se otorgan ayudas económicas a la formación para el empleo de oferta dirigida a las personas trabajadoras de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por Acuerdo de 14 de julio de 2011 (BOPV de 4 de agosto), aprobó la convocatoria de ayudas económicas a la formación para el empleo de oferta dirigida a las personas trabajadoras de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El artículo 12 de la convocatoria prevé que Hobetuz analice las solicitudes presentadas y formule a Lanbide-Servicio Vasco de Empleo las pertinentes propuestas a fin de que su Director General adopte la Resolución que corresponda, publicándose en el Boletín Oficial del País Vasco la relación de las entidades beneficiarias y las cantidades otorgadas.

Asimismo, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 11 de la convocatoria, se ha procedido a la valoración de las solicitudes. Para la determinación de las ayudas se ha tenido en cuenta lo establecido en los artículos 9 y 10 del mismo texto.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.- Conceder, a las entidades que se recogen en el anexo I y en las cuantías reflejadas, ayudas económicas por un importe global de 20.550.000 euros, para el desarrollo de los planes de formación aprobados y por las cantidades que en él se expresan.

Segundo.- Desestimar las solicitudes que se recogen en el anexo II por las causas que en él se señalan.

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2011.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

JAVIER RAMOS SALAZAR.

(Véase el .PDF)

(Véase el .PDF)


Análisis documental