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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 33, miércoles 15 de febrero de 2012


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Empleo y Asuntos Sociales
731

EDICTO de 12 de enero de 2012, de la Viceconsejera de Trabajo, por el que se notifica a la empresa Rehabilitaciones Teisa, S.L. la resolución recaída en el recurso n.º 11.0190.48.03.01.02.

Sonia Pérez Ezquerra, Viceconsejera de Trabajo.

Hago saber que, concluido el recurso 11.0190.48.03.01.02, incoado en virtud del acta de infracción núm. 541/04 a las empresas Sarkevi, S.L., Bernabé y Jorge, S.L. y Rehabilitaciones Teisa, S.L., se ha dictado resolución, por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por D. José Ignacio Rojas Gorostiza, en nombre y representación de la empresa Sarkevi, S.L. y, por lo tanto, confirmar la resolución de 14 de julio de 2011 de la Directora de Trabajo del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, recaída en el expediente sancionador 04.0157.48.01.01.02 (SH-460/04), por la que se impone a la empresa Sarkevi, S.L. la sanción de treinta mil cincuenta euros con sesenta y dos céntimos (30.050,62.), por la comisión de una infracción muy grave del artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y se hace responsables solidarias de la misma a las empresas Bernabé y Jorge, S.L. y Rehabilitaciones Teisa, S.L.

No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa Rehabilitaciones Teisa, S.L., a pesar de los intentos realizados en el último domicilio de que se tiene constancia, ubicado en c/ Doctor Luis Bilbao Libano, 30 A - 1.º A 48940 Leioa (Bizkaia), se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa mencionada que la citada resolución pone fin a la vía administrativa, y que contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la presentación o no de recurso contencioso-administrativo, la empresa Sarkevi, S.L., o la empresa Bernabé y Jorge, S.L. o la empresa Rehabilitaciones Teisa, S.L., deberán proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 23-02-2012, y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:

Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794

Entidad emisora: 04833001-522

Referencia: 4804046000327

Identificación: 230212

Importe: 30.050,62 euros

Si no lo hicieran así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de enero de 2012.

La Directora de Trabajo,

KATRIN BEGOÑA ITURRATE ZAMARRIPA.


Análisis documental