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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 196, lunes 8 de octubre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA
4437

ORDEN de 31 de agosto de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se inscriben las Sociedades Cooperativas de Casas Baratas «Villanueva», «El Progreso» y el «Poblado Babcock & Wilcox» de Portugalete (Bizkaia) como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, a la vista del interés cultural de las Sociedades Cooperativas de Casas Baratas «Villanueva», «El Progreso» y el «Poblado Babcock & Wilcox» de Portugalete (Bizkaia), fundamentado en su valor histórico, social, urbanístico y arquitectónico, y a tenor de lo dispuesto por la normativa legal aplicable, resolvió incoar mediante Resolución de 29 de marzo de 2010, publicada en BOPV n.º 91, de 18 de mayo, y en el BOB n.º 67, de 13 de abril, expediente para su inclusión en el Inventario General de Patrimonio Cultural Vasco.

La tramitación administrativa del referido expediente implicó, de conformidad a lo previsto en los artículos 17 y 11.3 de la mencionada Ley 7/1990 y en las demás disposiciones concordantes, el sometimiento de dicho expediente al trámite de información pública y audiencia a los interesados.

Habiéndose dado correcto cumplimiento a los trámites legales establecidos al efecto, presentó alegaciones el Ayuntamiento de Portugalete.

En su escrito de alegaciones el Ayuntamiento de Portugalete se mostraba de acuerdo con la mayor parte de la propuesta contenida en la Resolución de 29 de marzo de 2010, mostrando su disconformidad, únicamente, en la delimitación de los ámbitos de «El Progreso» y del «Poblado Babcock & Wilcox». En cuanto a la primera, el Ayuntamiento proponía excluir los inmuebles 63, 64, 65 y 66 alegando que el planeamiento municipal prevé su desaparición por su inadecuación a la ordenación general del conjunto y por la imposibilidad de incorporarlos a la misma sin menoscabar el resto de la trama urbana. En cuanto al segundo, proponía la modificación del límite establecido en la Resolución en el encuentro con la calle Barrengoitia, dado que en el Plan General se prevé en dicha zona una actuación de ejecución de dotaciones públicas, con el fin de obtener suelo para sistema viario.

En vista de lo analizado, los Servicios Técnicos del Centro propusieron la estimación de las alegaciones presentadas, de manera que se excluya de la delimitación el bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66 de «El Progreso» y se ajuste el perímetro de protección a la anchura prevista para el sistema viario en el caso del ámbito de «Babcock & Wilcox», siempre que no se afecte a los edificios de las viviendas a proteger.

En consecuencia, y teniendo en cuenta que la aceptación de las alegaciones del Ayuntamiento de Portugalete implicaba un cambio sustancial en el ámbito de delimitación publicado originariamente, se procedió a la apertura de un nuevo plazo de información pública y audiencia a los interesados mediante Resolución de 1 de marzo de 2011, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, publicada en el BOPV n.º 61, de 29 de marzo de 2011, y en el Boletín Oficial de Bizkaia n.º 53, de 17 de marzo de 2011.

Dentro del nuevo plazo establecido al efecto, presentaron alegaciones D.ª Silvia Ayestarán Blanco, en nombre y representación de D.ª María Barrio Blanco, y D. Juan José Velasco Echevarría, en representación de la Comunidad de Propietarios del Grupo El Progreso.

D.ª Silvia Ayestarán Barrio considera que las razones esgrimidas por el Ayuntamiento de Portugalete para solicitar la exclusión de las viviendas número 63, 64, 65 y 66 de El Progreso del ámbito de delimitación son razones de orden estrictamente urbanístico, y no de orden patrimonial. En cuanto a la inadecuación a la ordenación general del conjunto de El Progreso esgrimida por el ayuntamiento, alega que éste reduce la trama urbanística del grupo a un modelo tipo que no se corresponde con la ordenación real del mismo, y sobre la supuesta imposibilidad de incorporarlo a la ordenación sin menoscabo del resto de la trama, considera que es una estrategia del ayuntamiento conducente a dejar fuera de ordenación las viviendas con el fin de demolerlas. Manifiesta, asimismo, su desacuerdo con los argumentos utilizados y el modo en el que se quiere llevar a cabo el ensanchamiento de la calle Ramón y Cajal y la propuesta de la nueva urbanización.

Por su parte, D. Juan José Velasco Echevarría se opone a la nueva delimitación del ámbito de protección y alega que es contradictoria con la motivación que se dio en origen a la protección del bien. Recuerda que la Resolución de 29 de marzo de 2010 protegía el conjunto en su totalidad, por lo que la exclusión de cuatro viviendas resulta, a su juicio, completamente contradictoria. Respecto a los informes que motivaron la estimación de las alegaciones del Ayuntamiento de Portugalete, sobre los que se asienta la nueva delimitación, considera que no se justifica la exclusión de las viviendas, aportando para ello el informe de la Comisión de Patrimonio del Colegio de Arquitectos Vasco Navarro en el que se defiende la protección de todo el grupo de El Progreso, y que se funda en una interpretación errónea de lo alegado por el ayuntamiento.

En base a los informes técnicos obrantes en el expediente, y teniendo en cuenta que la eliminación del bloque de las viviendas número 63, 64, 65 y 66 de El Progreso del ámbito de delimitación protegido, no sólo no influye en la protección del conjunto, sino que contribuye a su puesta en valor al dejar la fachada principal hacia la calle Ramón y Cajal, al igual que ocurre en la Avenida de Repélega, y hace que el conjunto no aparezca como algo inacabado pendiente de remate, se desestiman las alegaciones presentadas y se excluye de la delimitación el bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66 de El Progreso, procediendo, asimismo, a la adaptación de la descripción del Bien a dicha exclusión.

Es por todo lo que antecede y, a tenor de lo establecido por el artículo 17 de la mencionada Ley, visto el informe de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco y a propuesta del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir las Sociedades Cooperativas de Casas Baratas «Villanueva», «El Progreso» y el «Poblado Babcock & Wilcox» de Portugalete, como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

Segundo.– Proceder a la descripción formal del mencionado Bien conforme a la delimitación que se indica en el anexo I y en los términos expresados en el anexo II de la presente Orden.

Tercero.– Comunicar la presente Orden al Registro de la Propiedad, a los efectos previstos en el artículo 26 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco.

Cuarto.– Instar al Ayuntamiento de Portugalete para que proceda a la protección de dichos inmuebles contemplándolos en su instrumento de planeamiento urbanístico municipal.

Quinto.– Notificar la presente Orden a los interesados, al Ayuntamiento de Portugalete, a los Departamentos de Cultura y Presidencia de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.

Sexto.– Publicar la presente Orden de inclusión en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Orden de inscripción surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en su caso, previamente recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de agosto de 2012.

La Consejera de Cultura,

MARÍA BLANCA URGELL LáZARO.

ANEXO I
Delimitación

a) Descripción de la delimitación.

La delimitación incluye los tres siguientes grupos de viviendas: La Sociedad Cooperativa «Villanueva», La Sociedad Cooperativa «El Progreso», con exclusión del bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66, y El Poblado «Babcock & Wilcox»; así como los siguientes edificios colectivos vinculados a éstos: la Cooperativa de Consumo del Grupo Villanueva, el Colegio Antonio Trueba y el edificio que albergaba las antiguas Escuelas de la Babcock & Wilcox y la Capilla de La Divina Pastora.

De esa manera, el área de la delimitación queda constituida por tres ámbitos ubicados a lo largo de la calle Ramón y Cajal.

El primer ámbito es el que circunscribe el grupo «El Progreso», con exclusión del bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66, y queda definido por los siguientes límites: al Norte, la calle Luis Fernández Gómez; al Este, la Avenida de Repélega, incluyéndose también en la delimitación el cierre con zócalo de piedra que separa la calle interior del grupo de viviendas de la propia Avenida de Repélega; al Sur, la calle Ramón y Cajal, y el muro que separa el grupo de viviendas del solar utilizado como aparcamiento, excepto el tramo que rodea el bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66; y al Oeste, el parque del Depósito de San Roque.

El segundo ámbito delimita el grupo «Villanueva», quedando definido por los siguientes límites: al Norte, la calle Ramón y Cajal; al Este y al Sur la propia calle que circunscribe el grupo Villanueva; y al Este, la Avenida de Repélega.

El tercer ámbito pertenece al grupo «Babckok & Wilcox», definiéndose por los siguientes límites: al Noreste, la calle Abatxolo; al Sur, la calle Ramón y Cajal; y al Oeste, la calle Barrengoitia, con ajuste del perímetro de protección en esta calle a la anchura prevista para el sistema viario, siempre que no se afecte a los edificios de las viviendas protegidas, y la calle trasera del edificio del ambulatorio.

b) Justificación de la delimitación.

La delimitación propuesta viene justificada por la necesidad de preservar los valores históricos, sociales, urbanísticos y arquitectónicos de los tres grupos residenciales.

El valor patrimonial se atribuye al conjunto o grupo; de este modo, la identidad de estos barrios viene determinada no sólo por las edificaciones en sí mismas, sino por la relación espacial que guardan éstas con los jardines, patios, huertos y las calles y aceras.

Por ello, la delimitación establecida incluye los solares de los tres barrios en su totalidad, con excepción del bloque correspondiente a los inmuebles 63, 64, 65 y 66 de «El Progreso», a fin de poder preservar y poner en valor el carácter propio de este tipo de grupos de vivienda obrera.

ANEXO II
Descripción

1.– La Sociedad Cooperativa de Casas Baratas «Villanueva».

Villanueva fue el primer conjunto de Casas Baratas hecho realidad en Portugalete gracias al esfuerzo de un grupo de trabajadores de Altos Hornos de Vizcaya, Construcción Naval y Babcock & Wilcox, asociados en forma de cooperativa. El arquitecto Santos Zunzunegui Echeverría fue el encargado de dar forma al proyecto edificado entre 1924 y 1925.

El solar es una superficie plana de planta cuadrada de 11.448,47 m2. En él se asientan 61 viviendas adosadas y un edificio colectivo que sirvió como cooperativa de consumo y guardería de parvulario.

El espacio se organiza en torno a dos amplias calles perpendiculares, que dividen el espacio en cuatro parcelas cuadrangulares, y otra calle que circunda el barrio. El interior de las parcelas se organiza a modo de manzana cerrada: se ubican las viviendas en el perímetro exterior y se deja libre la zona central, espacio en el que se disponen los huertos traseros de cada vivienda.

Se combinan dos tipologías de vivienda en cada parcela, todas ellas de planta baja, primera y camarote. Cada una de las parcelas cuadrangulares organiza estas tipologías de la siguiente forma: los lados paralelos a la calle central se encuentran ocupados por hileras de seis viviendas; sin embargo, los otros dos lados, hacia las calles trasversales, se cierran mediante una edificación bifamiliar.

El interior de cada vivienda es de planta cuadrada y se distribuye mediante un interesante esquema en el cual la planta baja se destina a las dependencias asociadas a actividades diurnas: un porche de entrada, un pequeño hall, el comedor, la cocina, el baño y la escalera; mientras, el piso superior lejos de las miradas ajenas acoge tres dormitorios y un ropero. Todas las viviendas están dispuestas de forma simétrica con la contigua, de esta manera se organizan fachadas simétricas con cubiertas a dos aguas y dobles accesos resguardados por una visera y centrados a eje de cumbrera.

En cuanto a las fachadas, las dos tipologías mencionadas, tanto las dispuestas en hilera como las bifamiliares, siguen modelos neovascos. Presentan características propias del caserío en los frentes de fachada: tejados a dos aguas con caballete perpendicular a fachada, aleros volados, balconaje en altura, tablazón artificial en los hastiales, simetría, amplios accesos adintelados y centrados en fachada, y un zócalo de mampostería en el sótano (actualmente sustituida por revoco). La volumetría de las bifamiliares recuerda al caserío vasco.

Además de las viviendas, un edificio colectivo forma parte imprescindible del grupo rematando el solar en su vértice Noroeste: La Cooperativa de Consumo del Grupo Villanueva. Se trata de un edificio exento de planta rectangular con planta baja y primera. A la cubierta original, rematada a cuatro aguas, se le ha añadido posteriormente una buhardilla con tejadillo a doble vertiente. Destaca la fachada principal frente a la calle Ramón y Cajal, que cuenta con cinco arcos de medio punto en planta baja y amplio balcón de homenaje con tres vanos en la segunda altura. Constituye una fachada bien ordenada, mediante huecos recercados, imposta horizontal separando planta baja de planta primera y vertical en esquineras. Esta edificación retoma en la composición de sus fachadas la imagen de una concreta y habitual tipología de edificios públicos, la de las tradicionales casas consistoriales porticadas.

2.– La Sociedad Cooperativa de Casas Baratas «El Progreso».

La Sociedad Cooperativa «El Progreso» siguió el ejemplo de Villanueva unos años más tarde. Los socios de la cooperativa fueron obreros de Altos Hornos de Vizcaya y Babcock & Wilcox. Adquirieron en 1929 unos terrenos próximos a Villanueva, con una superficie de 10.508,20 m2, y en 1930 el arquitecto Emiliano Pagazaurtundua Murrieta redactó el proyecto.

El grupo esta formado por 62 viviendas organizadas en hileras. Cada vivienda dispone de su correspondiente huerto trasero. Todas ellas son paralelas a la calle central (El Progreso), excepto dos alineaciones dispuestas transversalmente, que cierran el barrio y forman un frente de fachada hacia la Avenida Repélega.

Las viviendas se organizan en planta baja, primera y camarote, con cubierta a dos aguas y caballete paralelo a la fachada principal. El programa de las viviendas sitúa las estancias diurnas en planta baja: vestíbulo, cocina, lavadero, comedor, baño con ducha (aprovechando el hueco bajo la escalera); y los tres dormitorios y baño en la planta superior, además de desván. Es un programa muy completo con respecto a las distribuciones de la época, en la que resultan excepcionales los dos baños y el lavadero.

La construcción de las viviendas está realizada con técnicas tradicionales, muros perimetrales de carga de ladrillo y estructura y forjados de madera. Al igual que en las viviendas de Villanueva se utiliza la teja cerámica plana, material habitual en los conjuntos de Casas Baratas. Las viviendas están separadas del terreno por un forjado sanitario ventilado.

En cuanto al aspecto exterior, a pesar de que aparecen detalles de estilo Neovasco, como hastiales decorados con entramados de madera ficticios, el «Progreso» presenta un aire ecléctico. Las fachadas se resuelven mediante revocos pintados combinando dos tonos diferentes: el gris oscuro, utilizado de fondo, y el blanco para remarcar huecos, zócalos, líneas de forjado y el mirador.

Destaca la originalidad de la fachada delantera. Cada vivienda se compone de puerta de acceso y ventana en planta baja, y balcón y mirador saliente en planta superior. Este sencillo esquema de formas y materiales se enriquece mediante una ornamentación ecléctica: originales resaltes en cornisa, imposta separando los forjados, impostas verticales diferenciando una casa de la contigua y recerco con orejetas en los huecos; todos ellos son elementos recrecidos en el enfoscado. El mirador de albañilería sobresale de fachada, está apoyado sobre dos ménsulas y rematado en la parte superior con un frontón quebrado y dos volutas a ambos lados, elementos más clásicos dentro de este eclecticismo. Muchas de las carpinterías se mantienen en madera, al igual que los balcones entre los cuales también se encuentran trabajos de herrería.

Los testeros de las hileras son ciegos y se presentan decorados mediante formas geométricas, impostas y entramado de madera ficticio en los hastiales, resaltados en blanco sobre fondo de fachada gris. En estos testeros laterales la cumbrera se remata en forma de cola de milano.

La sobriedad de la fachada posterior, orientada hacia los huertos, contrasta con las demás; es enteramente blanca y está configurada por huecos de diferentes tamaños. La repetición de está sencilla combinación de huecos adquiere una gran fuerza plástica.

3.– El Poblado «Babcock & Wilcox».

El Poblado Babcock & Wilcox es posterior a los barrios Villanueva y El Progreso. Reúne en su interior 289 viviendas, construidas por encargo de la propia empresa Babcock & Wilcox y con la ayuda económica de Viviendas de Vizcaya. Diseñado por los arquitectos Pascual Perea y Luis Pueyo, el proyecto se desarrolló en dos fases, la inicial data de 1951 cuando se ideó la construcción de 108 viviendas, y la segunda, con las 181 restantes, se inauguró en 1960. Para ello, se adquirió un solar de gran extensión, aproximadamente 6 hectáreas, de planta triangular y pronunciada pendiente hacia el Noreste.

Babcock & Wilcox es un poblado de baja densidad formado por pequeños bloques de dos alturas unidos entre sí, formando un frente ordenado y alineado a las calles. El espacio interior del barrio se ordena mediante una organizada trama de amplias calles: la calle Tubos y Forja, dos ejes rectos y perpendiculares entre sí que se encuentran formando una plaza interior; y las calles Fundición y Maquinaria, calles curvas que se adaptan a la topografía del terreno. Esta trama divide el solar en seis grandes parcelas de planta irregular. En ellas, los bloques se ubican perimetralmente, destinando un enorme espacio central a huertas individuales en la trasera de los bloques; lugar donde cada familia puede disponer de aperos y animales.

Urbanísticamente, además de disfrutar de gran amplitud espacial y extensas zonas ajardinadas, dispone de interesantes soluciones adaptadas a la complicada topografía del solar y gran variedad de espacios comunes que singularizan el espacio: plazas en las intersecciones entre calles, soportales porticados, calles que pasan por debajo de las edificaciones, escalinatas de piedra, pequeños jardines y puntuales retranqueos en las alineaciones de los bloques.

En cuanto a la tipología de las viviendas, se utilizan principalmente dos modelos, de los que se realizan diferentes versiones y pequeñas adaptaciones:

El primer tipo residencial y el más abundante, lo constituyen los bloques en hilera. Estos bloques de planta rectangular, constan de planta baja, planta primera y cubierta a cuatro aguas. Cada bloque acoge dos viviendas por planta, que disponen de acceso a través de las escaleras exteriores, que al situarse en los espacios intermedios entre un bloque y el contiguo, sirven a su vez de nexo de unión. Un dintel de arco rebajado marca el paso entre los bloques, señalando el acceso a la escalera exterior y a las huertas traseras. El interior de esas viviendas se organiza mediante un esquema que aprovecha el espacio al máximo: un amplio espacio de cocina-salón con orientación a fachadas opuestas, y separados de este por un mínimo distribuidor, los tres dormitorios. Sobre esta base se diseñaron modificaciones que introducían una habitación más o menos. La cocina y el baño se dispusieron contiguos, compartiendo bajantes y patinillos, y permitiendo un ahorro de energía al acortar las tuberías de agua caliente. Incorporaciones como un armario en la entrada o un tendedero para ocultar la ropa lavada hacían de aquella solución una de las más avanzadas de su época. Cada alojamiento se completa con un cuarto de aperos exterior.

El segundo tipo residencial lo forman los bloques bifamiliares de dos alturas. A pesar de que esta tipología de vivienda se desarrolla en altura, situando tres dormitorios y dos armarios roperos en el superior y una escalera interior individual para cada vivienda, sigue los mismos parámetros que la distribución de la primera tipología. El acceso a cada vivienda se realiza desde un zaguán individual.

El aspecto exterior de todos estos bloques es sólido y sencillo, confiando las fachadas a una ordenada sucesión de vanos adintelados y a la economía del revoco. Las fachadas se componen de un zócalo de piedra, revoco gris en planta baja, imposta horizontal a la altura de los huecos del primer piso, y por último revoco de color crema en el piso superior. Actualmente, estos colores están siendo sustituidos por unas nuevas tonalidades rosas.

Finalmente, es importante destacar los servicios colectivos con los que se dotó al barrio: locales comerciales, escuelas, iglesia, carreteras, aceras, zonas ajardinadas, configurando el barrio como un auténtico poblado.

En primer lugar, se encuentra el actual Colegio Público Repélega en la avenida Ramón y Cajal. En este caso, los propios arquitectos que diseñaron el poblado, siguieron los mismos criterios de funcionalidad para albergar las Escuelas de la Babcock & Wilcox y Capilla La Divina Pastora. Se trata de un edificio de estructura vista de hormigón, grandes ventanales y ladrillo, que originalmente tenía la planta baja abierta y porticada.

En segundo lugar, el Colegio Antonio Trueba se ubica en la zona baja del Poblado, alineado a la calle Abatxolo. Este edificio racionalista fue diseñado por el arquitecto Juan María de Uribe Guimón, que se basó en la limpieza de las formas y en las líneas rectas. Se construyó entre 1933-35, con anterioridad al poblado Babcock & Wilcox, para satisfacer las necesidades educativas de la población de Repélega, rejuvenecida por los dos grupos de Casas Baratas, Villanueva y El Progreso. El proyecto original fue reformado en 1968 por Juan M.ª de Amesti ante el incremento de las necesidades educativas en la zona. La reforma demolió la tercera altura y el cuerpo de terraza, levantando dos nuevas plantas y tejado a cuatro aguas. A pesar de que esta obra desfiguró las proporciones y la cubierta aterrazada del proyecto inicial, todavía se encuentran en él elementos y la apariencia de un cuidado edificio racionalista, en el que se advierten perfectamente las partes originales y las plantas de la reforma. Entre sus características principales destacan las siguientes: la composición simétrica, la verticalidad de los dos cuerpos de escaleras angulares en contraste con la horizontalidad del cuerpo de ventanas de la crujía, y la combinación de los paramentos lisos revocados en color crema y rosa, con superficies de ladrillo visto.

(Véase el .PDF)

Análisis documental