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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 204, viernes 19 de octubre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
4645

ACUERDO de 27 de septiembre de 2012, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre cambio de denominación del Departamento de Filología Vasca / Euskal Filologia.

El Departamento de Filología Vasca / Euskal Filologia aprobó en su reunión de Consejo de Departamento de 27 de marzo de 2012 la solicitud de cambio de denominación del mismo proponiendo como nuevo nombre «Lengua Vasca y Comunicación / Euskal Hizkuntza eta Komunikazioa».

La solicitud de cambio se fundamentaba en que el actual nombre del Departamento, Filología Vasca / Euskal Filologia es fruto de cierta evolución histórica ya que trae su origen de la antigua Facultad de Filología Vasca, de la que este Departamento se desgajó en su momento, conservando sin embargo el antiguo nombre. Este, no obstante, no describe adecuadamente la actividad académica actual ni en lo que corresponde a la enseñanza ni en la investigación.

El ámbito de conocimiento en que se centra la actividad del Departamento, abarca la utilización de normas y uso del euskera, la comunicación en esta lengua, que se estudia en la mayoría de titulaciones de la UPV/EHU y el uso en los medios de comunicación tanto oral como escrito. Atendiendo a este ámbito resulta más adecuada la denominación «Lengua Vasca y Comunicación».

De acuerdo con el artículo 9.2 de la Ley Orgánica de Universidades 4/2007, de 12 de abril, la creación, modificación y supresión de departamentos corresponde a la universidad, conforme a sus Estatutos.

Los Estatutos de la UPV/EHU establecen en su artículo 133.2 que «La creación o modificación de los departamentos se constituirán por ámbitos de conocimiento, entendiéndose como tales, además de las áreas de conocimiento, aquellos otros que, en su caso, supongan el desarrollo de un proyecto docente coherente conforme a los criterios que establezca el Consejo de Gobierno».

Hallándose en este caso creado el Departamento y tratándose de un cambio de denominación se debe acudir al concepto de «ámbito de conocimiento» dentro del cual ha de estar encuadrado el nombre del Departamento y se debe comprobar que no existan otros Departamentos que pudiesen verse afectados por el cambio de denominación.

Por todo ello, a propuesta de la Secretaria General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.– Aprobar el cambio de denominación del «Departamento de Filología Vasca» por la denominación de «Departamento de Lengua Vasca y Comunicación».

Segundo.– Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– El cambio de denominación entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Leioa, a 27 de septiembre de 2012.

El Rector,

IÑAKI GOIRIZELAIA ORDORIKA.

La Secretaria General,

EVA FERREIRA GARCÍA.


Análisis documental