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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 207, miércoles 24 de octubre de 2012


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DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES
4729

EDICTO de la Directora de Política Familiar y Comunitaria, sobre los expedientes que a continuación se señalan (255/2006 Dek./48/2012-10-02).

María Dolores García García, Directora de Política Familiar y Comunitaria del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, emite el siguiente

EDICTO

Tras dos intentos de entrega no hemos podido notificar de forma expresa el requerimiento de documentación a los/as solicitantes que se citan al final del presente edicto, por lo que se hace público el presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Todo ello en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, haciéndose saber a los/as interesados/as el requerimiento para la presentación de la siguiente documentación:

– En los supuestos en los que conforme a este Decreto sea necesario conocer el nivel de renta del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar, la solicitud incluirá la autorización de dicha personas para que la Dirección de Familia obtenga directamente de las Diputaciones Forales el citado nivel de renta.

– En el supuesto de que no se pueda obtener, por vía telemática, información sobre el nivel de renta del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar: fotocopia de la liquidación realizada por la Administración correspondiente de la declaración del IRPF del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar (bien declaración conjunta o declaración individual de cada uno de ellos) correspondiente al periodo impositivo correspondiente a dos años antes a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento familiar preadoptivo de los hijos o de la hijas.

A fin de determinar la concesión de la subvención solicitada al amparo del Decreto del Gobierno Vasco 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas, se concede al solicitante o a la solicitante un plazo de 10 días para la presentación de dicha documentación ante la Delegación Territorial de Empleo y Asuntos Sociales en la calle Gran Vía, 85; 48011 Bilbao, bien directamente o a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se advierte al interesado o a la interesada que de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su petición.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de octubre de 2012.

La Directora de Política Familiar y Comunitaria,

MARÍA DOLORES GARCÍA GARCÍA.

ANEXO
(Véase el .PDF)

Análisis documental