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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 227, viernes 23 de noviembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5172

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2012, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se adjudican seis becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 2012.

Por Resolución de 17 de julio de 2012, del Secretario General de la Presidencia (BOPV n.º 140, de 18-07-2012), fueron convocadas seis becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo para 2012.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 138/1997, de 17 de junio, por el que se regulan las becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo (BOPV n.º 125, de 02-07-1997), en relación con el artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de Junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (BOPV n.º 131, de 10-07-2008); y el artículo 11.1 del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (BOPV n.º 65, de 09-04-2010), y a la vista de la propuesta de adjudicaciones y suplencias elaborada, con fecha 8 de noviembre de 2012, por la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 9 del citado Decreto 138/1997, de 17 de junio,

RESUELVO:

Primero.– Adjudicar las seis becas de especialización de profesionales en el área de Cooperación al Desarrollo, convocadas en el presente ejercicio 2012, a las personas que figuran en el anexo I de la Resolución.

El disfrute de la beca de especialización se iniciará el 26 de noviembre de 2012, con una duración de 12 meses.

Segundo.– Declarar como excluidas las solicitudes que se reseñan en el anexo II.

Tercero.– Designar suplentes para los supuestos de renuncia o cualquier otra posible incidencia, a las personas que figuran en el anexo III, siguiendo el orden resultante de la puntuación obtenida.

Cuarto.– Desestimar las demás solicitudes presentadas y que se contienen en el anexo IV.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de noviembre de 2012.

La Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

MARTA ARES GODOY.

(Véase el .PDF)

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Análisis documental