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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 228, lunes 26 de noviembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
5192

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2012, de la Directora de Formación Profesional, por la que se convoca la prueba de acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional correspondiente al curso 2012-2013.

La Orden de 13 de abril de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, dispone en su artículo 2.1 que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, convocará al menos una vez al año una prueba para el acceso a los Ciclos Formativos.

En su virtud

RESUELVO:

Artículo 1.– Convocatoria.

Se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior de Formación Profesional correspondiente al curso 2012-2013 a la que se refiere el artículo 2.1 de la Orden de 13 de abril de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional.

Artículo 2.– Inscripciones e información.

1.– Para la realización de esta prueba los/as aspirantes deberán formalizar la inscripción en cualquier centro de la Comunidad Autónoma del País Vasco que imparta ciclos formativos, en el período comprendido entre los días 14 y 23 de enero de 2013 ambos inclusive, mediante la aplicación informática que el Departamento ha diseñado al efecto. Dichos aspirantes deberán abonar los derechos de examen para la prueba de acceso en el momento de la matrícula. El pago podrá efectuarse mediante las modalidades previstas en el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre de aprobación del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la intermediación de entidad de crédito colaboradora. El último día para hacer efectivos los derechos de examen será el 25 de enero de 2013.

2.– En el momento de inscripción a la prueba se solicitarán, si procede, las exenciones y se aportará la documentación referente a las mismas. Asimismo cada persona indicará el Territorio en el que desea recoger los certificados que correspondan y sea archivado su expediente. Finalizado el periodo de inscripción no se podrán realizar modificaciones que afecten a los datos de la prueba.

3.– El centro hará llegar la documentación relativa a la prueba de acceso de los alumnos y alumnas inscritos/as, en el plazo de dos días una vez concluido el periodo de inscripciones, a la unidad territorial de Formación Profesional correspondiente.

4.– El centro donde se realice la inscripción a la prueba, y las Delegaciones Territoriales de Educación facilitarán a los/as interesados/as información sobre condiciones de acceso, solicitud de exenciones, fecha de realización, contenido de las pruebas, etc.

5.– En un mismo curso escolar una persona no se podrá inscribir en las pruebas de acceso en más de una Comunidad Autónoma, el incumplimiento de esta condición supondrá la anulación de la inscripción. Para certificar dicha circunstancia deberá cumplimentar la declaración que se recoge en el anexo I.

Artículo 3.– Resolución de exenciones y listado de admitidos y excluidos.

La Resolución provisional de las exenciones, así como el listado provisional de admitidos y excluidos a la prueba se harán públicos el día 15 de marzo de 2013, en los tablones de anuncios de los centros siguientes:

Álava: IEFPS Mendizabala GLHBI, Ctra. de Lasarte s/n (Vitoria-Gasteiz).

Bizkaia: IES Emilio Campuzano BHI, c/ Santos Juanes 7 (Bilbao).

Gipuzkoa: IEFPS Easo GLHBI, Avda. Felipe IV, 1 (San Sebastián).

Y en las páginas web www.hezkuntza.net o www.euskadi.net/lanbidez

Los días 18 y 19 de marzo, se podrán realizar, en la secretaría de los centros mencionados en este artículo, las reclamaciones a la resolución de exenciones y al listado de admitidos y excluidos. Asimismo se podrá completar la documentación indicada en el listado provisional de exenciones.

El día 12 de abril a las 12:00 horas se expondrá en los lugares antes citados el listado definitivo de admitidos y excluidos a la prueba así como el de exenciones.

Artículo 4.– Aportación de documentos relativo a las exenciones para aquellos alumnos que habiéndose inscrito en la prueba de acceso a ciclos formativos en el período correspondiente, estén matriculados en un ciclo de grado medio o en un programa de cualificación profesional inicial.

Desde el día 3, hasta las 12:00 horas del día 5 de junio de 2013, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Orden de 13 de abril de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regula el acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional, modificada por la orden de 15 de noviembre de 2010, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, aquellos alumnos que habiéndose inscrito en la prueba de acceso a ciclos formativos en el período correspondiente, estén matriculados en un ciclo de grado medio o en un programa de cualificación profesional inicial, podrán aportar la documentación relativa a las exenciones que han solicitado en el período de inscripción a la prueba.

La entrega de la documentación citada mediante el certificado según el modelo indicado en el anexo II, se realizará por parte de los alumnos que estén cursando el ciclo formativo o el PCPI en un centro de fuera de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en la secretaría de los centros mencionados en el artículo 3.

En el caso de los alumnos que cursen el ciclo formativo o el PCPI en un centro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, será el centro en el que están matriculados el que mediante la aplicación informática al efecto hará llegar los referidos datos al tribunal. A estos efectos el centro recibirá una comunicación, mediante el correo electrónico oficial del centro, en la que se indicará que tiene alumnos a los que les afecta este apartado.

El listado del alumnado, al que hace referencia este artículo, que resulte exento, se hará público el día 6 de junio a las 12:00 horas.

Artículo 5.– Realización de las pruebas.

1.– Calendario de las pruebas a realizar.

(Véase el .PDF)

2.– Lugar de realización de las pruebas.

Bilbao Exhibition Centre, Avda. de Euskadi s/n (Ansio, Barakaldo). Pabellones a determinar.

Las secretarías de los centros mencionados en el artículo 3 custodiarán los ejercicios correspondientes a cada territorio así como sus calificaciones y los expedientes de los/as alumnos/as.

La Inspección Técnica de Educación supervisará y asesorará todo el proceso.

Artículo 6.– Resultados de la prueba y reclamaciones.

El día 20 de junio de 2013, a las 12:00 horas, se harán públicos los resultados de la misma en los lugares referidos en el artículo 3 de esta Resolución. A partir de ese momento y hasta el día 21 de junio, a las 13:00 horas, quedará abierto el plazo para la realización de reclamaciones, las cuales se efectuarán en la secretaría de los centros mencionados en el artículo 3 de esta resolución.

La resolución de las reclamaciones será expuesta en los lugares mencionados el día 27 de junio de 2013 a las 11:00 horas.

Artículo 7.– Certificado de las pruebas.

Aquellos/as alumnos/as que hayan superado la totalidad de la prueba podrán recoger los certificados acreditativos a partir del día 20 de junio de 2013, en la secretaría del centro del territorio elegido en la solicitud, donde se hacen públicos los resultados. Los que solo hayan superado alguna de las partes será a partir del día 25 de junio cuando podrán recoger la certificación de la parte o partes superadas.

Artículo 8.– Reserva de plazas.

Para los alumnos y alumnas procedentes de la prueba de acceso habrá una reserva del 25% del total de las plazas del Ciclo Formativo. Si éstas no son cubiertas en su totalidad por alumnos/as procedentes de prueba, se acumularán las sobrantes a las ofertadas para acceso directo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– En lo no regulado en la presente Resolución en materia de procedimiento será de aplicación supletoria la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.– La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de octubre de 2012.

La Directora de Formación Profesional,

María José Madariaga Rola.


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