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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 232, viernes 30 de noviembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
5303

ORDEN de 16 de noviembre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se adjudican las becas, TB-1 y TB-2 de la Dirección de Transportes en materia de formación.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, se procedió a la convocatoria del Programa de Becas de la Dirección de Transportes para la formación de titulados/as universitarios/as (Boletín Oficial del País Vasco n.º 204 de 19 de octubre de 2012).

Finalizado el plazo de solicitudes, tras la valoración de los expedientes de cada uno de los solicitantes y realización de todo el proceso de pruebas se llevó a cabo el proceso de evaluación de los candidatos, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de Becas.

La tramitación de las citadas Becas cumple con todos los requisitos exigidos para la misma, en su Orden de convocatoria.

Considerando que este Departamento es competente para resolver el expediente que se examina, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Gobierno de 30 de junio de l981, en el artículo 9.1.f) y g) del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, así como en la Orden de 10 de octubre de 2012 del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se convocan dos becas de la Dirección de Transportes de formación para titulados/as universitarios/as y se aprueban sus bases reguladoras (BOPV 19-10-2012).

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Otorgar las Becas TB-1 y TB-2 del programa de Becas de la Dirección de Transportes en materia de formación, a favor de:

– Beca TB-1: Política Europea y Estatal de Transporte: Tendencias, Programas de Ayudas y Promoción, Tendencias y Orientaciones. Actuaciones y Herramientas Transfronterizas de Transporte: Arco Atlántico y Relaciones Transfronterizas Euskadi-Francia. Promoción de capacidades logísticas de Euskadi y Transporte de Mercancías a doña Nora Oñate Vergara.

– Beca TB-2: implementación de políticas de movilidad sostenible: plan director de movilidad sostenible 2020, proyecto de ley de movilidad sostenible, planes de movilidad sostenible institucional y centros de actividades, gobernanza y planes de inversión y financiación del transporte público a don German Martínez Deza.

Artículo 2.– El adjudicatario de la misma desarrollará esta beca en la Comunidad Autónoma del País Vasco, sometiéndose a las directrices que le señale el responsable de la Dirección de Transportes, en cuanto se refiere al contenido, lugar de elaboración, método a seguir en su desarrollo y demás aspectos relacionados con la ejecución de los trabajos.

El pago de la beca se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria, condicionando el primer pago de la misma al cumplimiento de las exigencias derivadas sobre la incompatibilidad del trabajo remunerado establecida en la base reguladora undécima de la misma, lo cual será verificado por los servicios técnicos de la Dirección de Transportes, y si no se cumpliera la misma se procedería a dejar sin efecto la presente Orden.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma únicamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o, en su caso, notificación.

Vitoria-Gasteiz, 16 de noviembre de 2012.

EL Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental