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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 232, viernes 30 de noviembre de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
5310

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2012, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas, para el año 2012, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.

Por Resolución de 18 de julio de 2012, del Secretario General de la Presidencia (BOPV n.º 141, de 19-07-2012), fueron convocadas las ayudas, para el año 2012, a Organismos Internacionales del sistema de Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos (BOPV n.º 50, de 12-03-2007), y tras recibir la propuesta el visto bueno del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, según consta en el acta de la sesión celebrada el 7 de noviembre de 2012,

RESUELVO:

Primero.– Asignar las ayudas convocadas por Resolución de 18 de julio de 2012, del Secretario General de la Presidencia, a las entidades recogidas en el anexo de la resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de noviembre de 2012.

La Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

MARTA ARES GODOY.

(Véase el .PDF)

Análisis documental