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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, miércoles 12 de diciembre de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
5543

EDICTO diamante del procedimiento ordinario n.º 1060/12.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Donostia-San Sebastián.

Juicio: pro. ordinario L2 1060/12.

Parte demandante: Jose Gaztelumendi Arrillaga, Iñigo Aizpurua Zaldua y Juan Maria Juanmartiñena Lasarte.

Parte demandada: Jose Manuel Arocena Añorga, Maria Clara Añorga Aramburu, Juan Jose Añorga Aramburu, herederos de Jose Añorga y Echeveste, Isabel Gorriti Añorga, Maria Luisa Añorga Aramburu, Francisco Añorga Aramburu, Carlota Martinez Gomez y Mari Carmen Añorga Aramburu.

Sobre declaración e inscripción de finca.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a Jose Manuel Arocena Añorga, Maria Clara Añorga Aramburu, Juan Jose Añorga Aramburu, herederos de Jose Añorga y Echeveste, Isabel Gorriti Añorga, Maria Luisa Añorga Aramburu, Francisco Añorga Aramburu, Carlota Martinez Gomez y Mari Carmen Añorga Aramburu, parte demandada, la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Autoridad que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia n.º 1 de Donostia-San Sebastián.

Asunto en el que se acuerda: el arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: herederos de Jose Añorga y Echeveste en concepto de parte demandada.

Domicilio: calle - n.º -

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: ante este Juzgado.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.– Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LECn-).

2.– La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn). Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3.– Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

4.– Por último, se le informa de que las partes pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación.

En San Sebastián, a 10 de octubre de 2012.

LA SECRETARIO JUDICIAL.

Emplazado el día,

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de Emplazamiento.

En San Sebastián, a 10 de octubre de 2012.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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