N.º 6, miércoles 9 de enero de 2013
- Otros formatos:
- PDF (185 KB - 1 Pág.)
- EPUB (97 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4 DE GETXO
146
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 139/12.
Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 de Getxo.
Juicio: pro. ordinario L2 139/12.
Demandante: Jose Antonio Martinez Castaño.
Abogado: Victor Villar Martinez.
Procurador: Otero.
Demandado: Ainhoa Urgoitia Santamaria.
Sobre: contratos: otras cuestiones.
En el referido juicio se ha dictado (12 de noviembre de 2012) sentencia cuyo fallo es la siguiente:
«FALLO
Que debiendo estimar como estimo plenamente la demanda interpuesta por Jose Antonio Martinez Castaño con Procurador D.ª Beatriz Otero Mendiguren contra Ainhoa Urgoitia Santamaria, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de 14.262,85 euros, e intereses legales y procesales previstos en el artículo 1108 Código Civil y 576 LE Civil, todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia».
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Ainhoa Urgoitia Santamaria y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Getxo (Bizkaia), a 12 de noviembre de 2012.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.