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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, lunes 14 de enero de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
254

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2012, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se hace pública la relación de ayudas a acciones humanitarias con cargo al fondo de cooperación para el desarrollo concedidas al amparo de la convocatoria aprobada por resolución del Secretario General de la Presidencia, de 2 de febrero de 2012 (BOPV n.º 24, de 3 de febrero de 2012).

El Decreto 31/2008, de 19 de febrero, regula las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo, distinguiendo dos tipologías de actuaciones. Por una parte, los proyectos de ayuda de emergencia, destinados a la provisión urgente de bienes y servicios básicos para garantizar la supervivencia y aliviar el sufrimiento de las personas afectadas por desastres; y, por otra, los proyectos de acción humanitaria, en un sentido más amplio, cuyas actividades tienen un menor nivel de premura y aspiran a promover unas bases para el desarrollo, los derechos humanos y la construcción de la paz.

Por Resolución de 2 de febrero de 2012, del Secretario General de la Presidencia (BOPV n.º 24, de 3 de febrero de 2012), se efectuó la convocatoria de las ayudas a acciones humanitarias con cargo al fondo de cooperación para el desarrollo para el año 2012.

Teniendo en cuenta que el artículo 16.2 del referido Decreto 31/2008, de 19 de febrero, establece, además de la notificación individual de cada concesión de subvención, que la adjudicación de las ayudas sea publicada en el BOPV a efectos de general conocimiento,

RESUELVO:

Hacer pública la relación de ayudas a acciones humanitarias con cargo al fondo de cooperación para el desarrollo, concedidas al amparo de la convocatoria aprobada por resolución del Secretario General de la Presidencia, de 2 de febrero de 2012 (BOPV n.º 24, de 3 de febrero de 2012).

La presente Resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2012.

La Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

MARTA ARES GODOY.


Análisis documental