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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 45, martes 5 de marzo de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE BILBAO
1217

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 55/10.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: proc.ordinario 55/10.

Demandante: ISS Higiene Ambiental 3D, S.A.

Abogado: Paniagua Bertomeu Mariano.

Procurador: Ana Rosa Alvarez Sanchez.

Demandado: Jose Manuel Briñas Gomez.

Sobre: ord. resp. administr.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia 55/12 de 7 de marzo de 2012, cuyo fallo es el siguiente:

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por la entidad ISS Higiene Ambiental 3D, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Rosa Álvarez Sánchez; frente a D. Jose Manuel Briñas Gómez, declarado en rebeldía.

2.– Condenar a D. Jose Manuel Briñas Gómez a que abone a la parte actora las siguientes cantidades:

– Siete mil dos euros con seis céntimos (7.002,06), como principal.

– Mil novecientos cincuenta y tres euros con trece céntimos (1.953,13) por las costas devengadas en el procedimiento ordinario n.º 9/2008 tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Aoiz (Navarra).

– La cantidad que resulte de las costas generadas en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales n.º 9/2009 tramitado ante el mismo órgano judicial

3.– Condenar a D. Jose Manuel Briñas Gómez a que satisfaga, sobre la cantidad global resultante, el interés legal, desde el 21 de enero de 2010 hasta hoy, devengando el global que resulte el citado interés legal elevado en dos puntos desde esta fecha hasta la completa satisfacción del actor.

4.– Se imponen las costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jose Manuel Briñas Gomez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 2755 0000 04 0055 10, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 16 de enero de 2013.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


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