N.º 46, miércoles 6 de marzo de 2013
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BARAKALDO
1235
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 546/12 seguido sobre reclamación de cantidad.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N.º 219/12
Juez que la dicta: D.ª Susana Diez Martinez de Lahidalga.
Lugar: Barakaldo (Bizkaia).
Fecha: veintinueve de noviembre de dos mil doce.
Parte demandante: Comunidad de Propietarios San Vicente n.º 18, Barakaldo.
Abogado.
Procurador.
Parte demandada: Juan Marcos Badiola Lopez y Maria Antonia Arcocha Villa.
Abogado.
Procurador.
Objeto del juicio: reclamación de cantidad.
FALLO
Estimo la demanda formulada por D.ª Ainhoa Gómez Rodríguez, contra D. Juan Marcos Badiola Lopez y D.ª María Antonia Arcocha Villa, y en su virtud, condeno a la referida demandada al pago al actor de la suma de 1.596,54 euros, intereses del artículo 576 de la LEC, con imposición de costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de apelación, de conformidad con la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, publicada el día 11 de octubre de 2011, en el BOE, y que entró en vigor el día 1 de noviembre del mismo año, que modifica el artículo 455.1 de la LEC, y según interpretación de la Disposición Transitoria Única.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Juan Marcos Badiola Lopez y Antonia Arcocha Villa, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Barakaldo (Bizkaia), a 10 de enero de 2013.
EL/LA SECRETARIO.