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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 51, miércoles 13 de marzo de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
1345

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2013, del Viceconsejero de Industria y Energía, por la que se renueva y amplía a nuevas especialidades la autorización de Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI) como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados.

N.º Exp. / Asunto: SEG/0009/2013

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Por Resolución de 24 de mayo de 2007 del Director de Consumo y Seguridad Industrial y del Director de Energía y Minas, se reconoció a la Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI) como entidad reconocida para la formación de profesionales autorizados en las especialidades siguientes:

– Carné de cualificación individual para fontanería.

– Carné de cualificación individual para instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Instalador A).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de climatización (Instalador B).

– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria (Mantenedor A).

– Carné de cualificación individual para mantenimiento de instalaciones de climatización (Mantenedor B).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de Gas (Categoría IG-A).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de Gas (Categoría IG-B).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de Gas (Categoría IG-C).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos, (Categoría I).

– Carné de cualificación individual para instalaciones de productos petrolíferos líquidos, (Categoría II).

– Carné de cualificación individual para baja tensión (categoría básica).

– Carné de cualificación individual para baja tensión (especialidades).

Dos.– Con fecha 1 de junio de 2012, la representación de la Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI) presentó solicitud de renovación para las especialidades equivalentes para las que estaba acreditada, y ampliación de autorización, como entidad reconocida para la formación de profesionales, en las siguientes especialidades:

– Manipulador de Equipos con Gases Fluorados, categorías GF 1 y GF 2.

Tres.– Junto con dicha solicitud se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial y, en particular:

– Datos de identificación de la Entidad, cuya sede se encuentra ubicada en Camino de Portuetxe, n.º 61 Bajo, Edificio Bonea, 20018 San Sebastián.

– Convenios de colaboración con los Centros de Formación Profesional Usurbilgo Lanbide Eskola y el IFPS Don Bosco, por los que estos le ceden las instalaciones precisas para la impartición de los cursos.

– Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de las acciones formativas correspondientes.

– Especificación de los cursos a desarrollar, detallando los temarios, metodología, organización y sistemas de evaluación previstos.

Cuatro.– Con fecha 21 de noviembre de 2012, el Delegado Territorial del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo en Gipuzkoa emitió informe favorable a la renovación de la autorización como entidad reconocida en relación con la solicitud de la Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI).

En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– La Viceconsejería de Industria y Energía es el órgano competente para la resolución del presente expediente, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en la Disposición Adicional Primera del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo.

Dos.– Conforme a lo establecido en el artículo 26 del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, las entidades actualmente reconocidas para la impartición de cursos de formación deberán renovar su autorización cada 5 años, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el artículo 25 del mismo.

Tres.– Conforme a la documentación presentada, la solicitante, Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI) cuenta con las instalaciones que, con el carácter de mínimos, se exigen en el artículo 22 del citado Decreto, situándose dichas instalaciones en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Cuatro.– Así mismo, se ha presentado acreditación suficiente en relación con los cursos a desarrollar, detallando los temarios, metodología, organización y sistemas de evaluación previstos, tanto en relación con las especialidades para las que solicita renovación como en relación con las especialidades para las que solicita nueva autorización.

Cinco.– Por otra parte, también se han justificado debidamente los recursos humanos con los que cuenta la entidad para impartir los cursos en las distintas especialidades para las que solicita bien renovación o ampliación de la autorización.

Seis.– En suma, el procedimiento se ha tramitado conforme a lo establecido en el citado Decreto 63/2006, de 14 de marzo, y, asimismo, se ha presentado, por parte de la entidad solicitante, la documentación suficiente acreditativa que se recoge en el artículo 25 del mismo.

Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

1.– Renovar, conforme a lo establecido en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, a la Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI), como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados, en las especialidades de:

(Véase el .PDF)

2.– Ampliar el reconocimiento a la Asociación Empresarial de Instaladores y Mantenedores de Gipuzkoa (INSTAGI) como entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados , a los efectos previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, en la especialidad de:

(Véase el .PDF)

3.– Esta entidad está autorizada para impartir los correspondientes cursos en las instalaciones acreditadas radicadas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. Para impartir cursos en instalaciones diferentes deberá solicitar la preceptiva autorización de la Oficina Territorial competente, debiendo acreditar, en todo caso, que dichas instalaciones reúnen las condiciones mínimas previstas en el artículo 22, del Decreto 63/2006, de 14 de marzo.

4.– Toda entidad reconocida deberá cumplir con las obligaciones impuestas en las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación y en particular las obligaciones previstas en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, y su incumplimiento determinará la pérdida de la calificación de entidad reconocida.

5.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes contado desde su notificación, en virtud de lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2013.

El Viceconsejero de Industria y Energía,

JUAN IGNACIO GARCÍA DE MOTILOA UBIS.


Análisis documental