Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 108, jueves 6 de junio de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 2 DE BILBAO
2618

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 372/11.

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: proc. ordinario 372/11.

Demandante: Comercial de Presera, S.A.

Abogado.

Procurador: Monica Gallego Castañiza.

Demandado: Rafael Amann Barroso.

Sobre: demanda de juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado, el 11-05-2012, la siguiente sentencia.

SENTENCIA N.º 126/12

En Bilbao (Bizkaia), a 11 de mayo de 2012.

Aner Uriarte Codón, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, ha visto los presentes autos de juicio ordinario n.º 372/11, instados por la entidad Comercial de Preresa, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mónica Gallego Castañiza, y asistida por la Letrada Dña. Inmaculada Oses; frente a D. Rafael Amman Barroso, declarado en rebeldía; sobre reclamación de cantidad y responsabilidad de administrador social.

FALLO

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por la entidad Comercial de Preresa, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mónica Gallego Castañiza, y asistida por la Letrada Dña. Inmaculada Oses; frente a D. Rafael Amman Barroso, declarado en rebeldía.

2.– Condenar a D. Rafael Amman Barroso, a que abone a la parte actora la cantidad de nueve mil ciento sesenta euros con veintitrés céntimos (9.160,23).

3.– Condenar a D. Rafael Amman Barroso, a que satisfaga sobre dicha cantidad, el interés legal, desde el 10 de mayo de 2011 hasta hoy, devengando el global que resulte el citado interés legal elevado en dos puntos desde esta fecha hasta la completa satisfacción del actor.

4.– Se imponen las costas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 0030 1846 42 0005001274, y en observaciones 2755 0000 00 0372 11 indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

No están obligados a constituir el depósito para recurrir los declarados exentos en la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 11 de mayo de 2012.

1.– Estimar íntegramente la demanda formulada por la entidad Comercial de Preresa, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mónica Gallego Castañiza, y asistida por la Letrada Dña. Inmaculada Oses; frente a D. Rafael Amman Barroso, declarado en rebeldía.

2.– Condenar a D. Rafael Amman Barroso, a que abone a la parte actora la cantidad de nueve mil ciento sesenta euros con veintitrés céntimos (9.160,23).

3.– Condenar a D. Rafael Amman Barroso, a que satisfaga sobre dicha cantidad, el interés legal, desde el 10 de mayo de 2011 hasta hoy, devengando el global que resulte el citado interés legal elevado en dos puntos desde esta fecha hasta la completa satisfacción del actor.

4.– Se imponen las costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Rafael Amann Barroso y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 19 de marzo de 2013.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental