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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 127, jueves 4 de julio de 2013


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
3049

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2013, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la renuncia a la solicitud de acreditación de requisitos administrativos y capacidades formulada por la entidad Paz con Dignidad.

El artículo 11.1 del Decreto 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan las ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo, establece que «La entidad solicitante acreditará el cumplimiento de los requisitos administrativos y capacidades establecidos en esta sección de manera independiente del conjunto de los requisitos solicitados para los consorcios, la entidad local y los programas, que se acreditarán en el plazo y forma que establezca la propia convocatoria de programas».

La entidad Paz con Dignidad con fecha 19 de junio de 2012 presentó solicitud de acreditación del cumplimiento de los requisitos administrativos y capacidades para concurrir a convocatorias de programas con cargo al Fondo de Cooperación para el Desarrollo.

No obstante, por lo que se refiere a la competencia para dictar esta resolución, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre, por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

La entidad Paz con Dignidad en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo con fecha de 29 de mayo de 2013, formuló una solicitud de renuncia al proceso de acreditación de programas del año 2012.

La Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo informa favorablemente a la renuncia realizada por la entidad solicitante, en vista de lo cual,

DISPONGO:

Artículo primero.– Autorizar la renuncia de acreditación de requisitos administrativos y capacidades para concurrir a convocatorias de programas con cargo al Fondo de Cooperación para el Desarrollo solicitada por la entidad Paz con Dignidad.

Artículo segundo.– Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de junio de 2013.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental