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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 163, miércoles 28 de agosto de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3776

RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2013, del Viceconsejero de Política Lingüística, por la que se adjudican las subvenciones para el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera-Plan de Acción para la Promoción del Euskera en entidades locales.

1.– El 6 de mayo de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco la Orden de 2 de mayo de 2013 de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura. Dicha Orden regula la convocatoria de ayudas dirigidas a las entidades locales para la puesta en marcha del Plan General de Promoción del Uso del Euskera-Plan de Acción para la Promoción del Euskera.

2.– La Orden en su artículo 9 establece que la convocatoria se resolverá mediante concurso. Además, en el artículo 12 se menciona que la propuesta de resolución será elaborada por una comisión de valoración así como quiénes compondrán dicho tribunal. Para terminar, en el artículo 10 se mencionan los criterios de valoración que tendrá en cuenta dicha comisión.

En virtud de lo anteriormente mencionado y de la propuesta de resolución de la comisión de valoración,

RESUELVO:

Primero.– Adjudicar a las entidades locales recogidas en el anexo I las ayudas señaladas en el mismo. En dicho anexo se indican las cantidades totales adjudicadas a las beneficiarias, así como las correspondientes a 2013 (55%) y las correspondientes a 2014 (45%). Asimismo, se indican el tipo de proyecto que se subvenciona: el desarrollo de EBPN-ESEP o la realización del diseño.

Segundo.– Aceptar todas las solicitudes presentadas por las entidades locales.

Tercero.– Para el pago y justificación de las ayudas adjudicadas tal y como se recoge en la Orden de 2 de mayo de 2013 (BOPV de 6 de mayo de 2013) se tendrá en cuenta lo mencionado en los artículos 14, 18 y 19 de la misma.

Cuarto.– Esta Resolución será notificada a todas las entidades interesadas.

Quinto.– Las ayudas adjudicadas mediante esta Resolución y sus receptoras deberán publicarse en el BOPV.

Sexto.– Contra esta resolución que no agota la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, según lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (según la redacción dada por la Ley 4/1999).

Vitoria-Gasteiz, a 23 de julio de 2013.

Viceconsejero de Política Lingüística,

PATXI XABIER BAZTARRICA GALPARSORO.

(Véase el .PDF)

Análisis documental