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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, martes 10 de diciembre de 2013


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5367

ORDEN de 20 de noviembre de 2013, de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

La Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprobó la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, ha sido modificada en diversas ocasiones al objeto de adecuar los puestos de trabajo, a los diferentes cambios de estructura establecidos por las distintas organizaciones departamentales que se han configurado desde aquella fecha.

Habida cuenta de las numerosas modificaciones operadas en la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza, mediante Orden de 26 de junio de 2013 (BOPV n.º 125 de 02-07-2013) se hizo nuevamente pública la relación íntegra de los puestos de trabajo de la estructura de la Ertzaintza, resultado de todas las modificaciones aprobadas y publicadas hasta esa fecha.

Posteriormente, se ha publicado la Orden de 3 de septiembre de 2013 (BOPV n.º 177, de 3 de septiembre de 2013) en la que se suprimían todos los puestos de la extinta Unidad de Brigada de Refuerzo.

Como consecuencia de la reestructuración a que obligan las directrices marcadas por el Plan Estratégico Horizonte 2016, y conforme a la nueva estructura de la Ertzaintza, se realizan una serie de cambios en la relación de puestos de trabajo entre los que cabe destacar, de forma no exhaustiva, los siguientes:

En primer lugar, desaparece la Dirección Operativa de la Ertzaintza, estableciéndose un puesto único de mando, el Jefe de la Ertzaintza, que bajo la dependencia directa del Director de la Ertzaintza será el puesto bajo cuyo mando están la División de Protección Ciudadana, la División de Investigación Criminal y la Oficina Central de Inteligencia, además del CMC Central, la Secretaría General (que aglutina a la antigua Unidad de Administración y a la antigua Unidad de Servicios de la antigua División de Inspección y Administración y a la antigua Unidad de Servicios Centrales de la antigua División de Policía de lo Criminal) y el Servicio de Coordinación de Formación (de nueva creación).

En segundo lugar, de la Dirección de la Ertzaintza, además del Jefe de la Ertzaintza pasan a depender de forma directa el Servicio de Asuntos Internos (antigua Unidad Disciplinaria) y el Servicio de Relaciones Institucionales y de Comunicación (de nueva creación).

La División de Protección Ciudadana recoge, dentro de sus atribuciones, las competencias de las antiguas División de Seguridad Ciudadana y Recursos Operativos y División de Tráfico, en su integridad.

La División de Investigación Criminal recoge, dentro de sus atribuciones, las competencias de la antigua División de Policía de lo Criminal (a excepción de la antigua Unidad de Servicios Centrales que se engloba dentro de la Secretaría General) además de las correspondientes a la Unidad de Juego y Espectáculos y Unidad de Seguridad Privada de la extinta División de Inspección y Administración.

La Oficina Central de Inteligencia recoge, dentro de sus atribuciones, las competencias que la antigua División Antiterrorista y de Información tenía atribuidas, de forma centralizada, en sus Unidades de Información, Investigación y Coordinación, así como las correspondientes a la antigua Unidad de Soporte Operativo y Técnico, constituyendo el eje vertebrador de las Divisiones citadas, en la búsqueda de facilitar la toma de decisiones de los responsables policiales.

En tercer lugar, la División de Protección Ciudadana se estructura en siete Jefaturas:

● Jefatura Central de Apoyo Táctico (de nueva creación) de la cual pasan a depender la Unidad de Brigada Móvil, Unidad de Vigilancia y Rescate (antigua Unidad de Rescate y Apoyo Táctico Policial) y Unidad de Desactivación de Explosivos.

● Jefatura Central de Seguridad Institucional (de nueva creación) de la cual pasan a depender la Unidad de Protección y Seguridad, Unidad de Intervención, Unidad Canina y Unidad de Seguridad de Edificios.

● Jefaturas Territoriales de Araba, Bizkaia y Guipúzcoa dentro de las cuales se incardinan los Servicios de Protección Ciudadana Territoriales, los Servicios de Investigación Territoriales, las Oficinas de Inteligencia Territoriales y los CMC Territoriales.

● Jefatura Central de Tráfico (de nueva creación).

● Jefatura de Coordinación de Grandes Eventos (de nueva creación).

En cuarto lugar, la División de Investigación Criminal se estructura en:

● Jefatura de Investigación Criminal en la que se encuadran el Servicio Central de Investigación Criminal y Policía Judicial, y la Sección Central de Coordinación Operativa y Técnica (de nueva creación),

● Jefatura de Policía Científica.

● Unidad de Juego y Espectáculos.

● Unidad de Seguridad Privada.

Por último, se reasignan fechas de preceptividad motivadas por la amortización de algunas dotaciones que ya contaban con dicha fecha, y se asigna el perfil lingüístico 1 ó 2 de la Ertzaintza, según corresponda, a puestos de nueva creación, así como también se modifica el perfil lingüístico asignado a determinados puestos como consecuencia de su integración en otro puesto con un perfil lingüístico diferente, y se reservan nuevas dotaciones de puestos de trabajo a desempeñar por personal en situación administrativa de segunda actividad, al objeto de resolver la situación de nuevos funcionarios a los que se ha declarado o se va a declarar su pase a dicha situación.

En su virtud, habiendo emitido informe la Viceconsejería de Política Lingüística y el Consejo de la Ertzaintza, y previa negociación en la mesa prevista en el artículo 103 de la Ley 4/1992, de Policía del País Vasco.

DISPONGO:

Artículo 1.– Supresiones.

Se suprimen los puestos de trabajo o, en su caso, las dotaciones que se relacionan en anexo I.

Artículo 2.– Creaciones.

Se crean los puestos de trabajo y, en su caso, las dotaciones que se relacionan en anexo II.

Artículo 3.– Modificaciones.

Se aprueban las modificaciones a la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza que se citan en el anexo III.

Artículo 4.– Reasignación de fechas de preceptividad del perfil lingüístico 1.

Se asigna fecha de preceptividad del perfil lingüístico 1 a las dotaciones que se citan en el anexo IV.

Artículo 5.– Relación íntegra de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

En el anexo V se contiene la relación íntegra de los puestos de trabajo de la Ertzaintza resultante de todas las modificaciones realizadas hasta la actual.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2013.

La Consejera de Seguridad,

ESTEFANÍA BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ.

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Análisis documental