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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 2, viernes 3 de enero de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1 DE TOLOSA
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EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 212/13 sobre reclamación de cantidad.

Unidad Procesal de Apoyo Directo de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Tolosa.

Juicio: pro. ordinario L2 212/13.

Demandante: Pedro Jose Ibarguren Iturbe.

Abogado: Zalacain Lopez Aitziber.

Procurador: Mujika.

Demandado: Ikena 2001, S.L.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado, el 11-11-2013, Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

SENTENCIA N.º 123/13

Juez que la dicta: D.ª Helena Antona Suena.

Lugar: Tolosa (Gipuzkoa).

Fecha: once de noviembre de dos mil trece.

Parte demandante: Pedro Jose Ibarguren Iturbe.

Abogado: Aitziber Zalacain Lopez.

Procurador: Eider Mujika Agirre.

Parte demandada: Ikena 2001, S.L., en rebeldía procesal.

Objeto del juicio: reconocimiento de deuda.

Vistos por D.ª Helena Antona Suena, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes Autos de juicio ordinario de reclamación de cantidad número 212/2013, con la intervención de las partes que constan en el encabezamiento, ha dictado la siguiente sentencia.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por Dña. Eider Mujika Agirre, Procuradora de los Tribunales y de Pedro José Ibarguren Iturbe, frente a la entidad mercantil Ikena 2001, S.L., en rebeldía procesal, y se condena a esta última al pago de la cantidad nueve mil ciento noventa y ocho euros con setenta y nueve céntimos (9.198,79), más los intereses legales.

Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Ikena 2001, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Tolosa (Gipuzkoa), a 18 de noviembre de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental