Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 25, jueves 6 de febrero de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ANUNCIOS

Otros anuncios oficiales

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
562

EDICTO de 20 de enero de 2014 del Director de Trabajo y Seguridad Social, por el que se notifica a la empresa «Taller Auxiliar de Galvanotecnia Alavesa, S.A.» la resolución recaída en el recurso n.º 13.0056.01.02.01.02.

José Javier Losantos Omar, Director de Trabajo y Seguridad Social

Hago saber que, concluido el recurso n.º 13.0056.01.02.01.02, incoado en virtud del acta de infracción núm. I12008000050681 a la empresa Taller Auxiliar de Galvanotecnia, S.A. (CIF: A-01027184), se ha dictado resolución por la que se acuerda desestimar el recurso de alzada interpuesto por la empresa y, por lo tanto, confirmar la resolución de 6 de marzo de 2013 de la Delegación Territorial de Álava del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, recaída en el expediente sancionador 01/2009/12, por la que se impone a la citada empresa la sanción de doce mil (12.000) euros, por la comisión de una infracción grave del artículo 12.14 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

No habiéndose podido notificar dicha resolución a la empresa Taller Auxiliar de Galvanotecnia, S.A., a pesar de los intentos realizados en el último domicilio del que se tiene constancia, ubicado en Portal de Gamarra, 44 interior – 01013 Vitoria-Gasteiz, se procede a su notificación según lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se advierte a la empresa que la citada resolución pone fin a la vía administrativa y que podrá impugnarse ante el juzgado de lo social correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

Con independencia de la impugnación o no de la resolución, la empresa interesada deberá proceder al pago de la sanción, a través de la pasarela de pagos del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección de Internet: http://www.euskadi.net/mipago. La fecha límite de pago es el 15-03-2014, y los datos necesarios para proceder al pago son los siguientes:

– Código Procedimiento Recaudación (CPR): 9050794

– Entidad emisora: 04833001-522

– Referencia: 0109001200495

– Identificación: 150314

– Importe: 12.000,00 euros

Si no lo hiciera así, se instará el acto administrativo ejecutivo de apremio para el cobro de la sanción, y se devengarán de inmediato el correspondiente recargo de apremio e intereses de demora, con aplicación del procedimiento establecido en el Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco.

Para que sirva de notificación a la empresa mencionada, se publicará este edicto en la forma prevista en el citado artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2014.

El Director de Trabajo y Seguridad Social,

JOSÉ JAVIER LOSANTOS OMAR.


Análisis documental