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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 26, viernes 7 de febrero de 2014


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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 11 DE BILBAO
580

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 864/13 seguido sobre indemnización de daños y perjuicios.

Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Bilbao.

Juicio: juicio verbal L2 864/13.

Parte demandante: Linea Directa Aseguradora y Gregorio Perez de Heredia Soto.

Parte demandada: Construcciones Urasa, S.A. y Allianz.

Sobre: juicio verbal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 267/13

Juez que la dicta: D.ª Maria Cruz Aparicio Redondo.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veintitrés de diciembre de dos mil trece.

Parte demandante: Linea Directa Aseguradora y Gregorio Perez de Heredia Soto.

Abogado.

Procurador: Alfonso Jose Bartau Rojas y Alfonso Jose Bartau Rojas.

Parte demandada: Allianz.

Abogado: Eduardo Sotomayor Anduiza.

Procurador: Arantza de la Iglesia Mendoza.

Parte demandada: Construcciones Urasa, S.A. (rebelde).

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: indemnización de daños y perjuicios.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por Línea Directa Aseguradora, y por Gregorio Perez De Heredia Soto, frente a Allianz, y contra Construcciones Urasa, S.A., a las que se condena solidariamente a pagar a Línea Directa la suma de 1.311,69 euros, y al Sr. Pérez de Heredia la cantidad de 300 euros, respondiendo solidariamente Allianz de la totalidad de la cantidad, excepto 600 euros de franquicia, más los intereses señalados en el Fundamento Jurídico Tercero de esta Sentencia, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a veintitrés de diciembre de dos mil trece.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho demandado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Bilbao (Bizkaia), a 23 de diciembre de 2013.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental